Autor: CCOO en Vítaly

  • DESINTEGRANDO LA PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

    La contundencia de las sanciones nos ha abocado a un escenario en el cual, en no pocas ocasiones, en el mundo de la empresa, el objetivo prioritario de velar eficazmente por la seguridad y salud de los trabajadores y de vigilar sus condiciones de trabajo decae, haciendo que la prioridad se desplace hacia el establecimiento de un sistema de gestión documental de la prevención de riesgos que “cubra las espaldas” tanto a los técnicos, ya sean del servicio de prevención propio o ajeno, como al propio empresario.

    Hace unos meses nuestra ley 31/1995 de prevención de riesgos laborales cumplía 21 años de vida. Estamos ante una norma que fue revolucionaria en su génesis y que debiera tener un enorme calado en la vida de las empresas.

    La ley 31/1995 nace con el objetivo de transponer al ordenamiento jurídico español el contenido de la Directiva Comunitaria 89/391 y, tal y como  su propio preámbulo indica, busca la definición del cuerpo básico de garantías y responsabilidades necesario para establecer un adecuado nivel de protección de la salud de los trabajadores frente a los riesgos derivados de las condiciones de trabajo, enmarcado en la implantación de una política coherente, coordinada y eficaz de prevención de los riesgos laborales.

    Creo que todos estaremos de acuerdo en que la vocación no puede ser mejor. Ahora bien, aunque los avances que en materia de prevención de riesgos laborales se han producido durante los 21 años de vida de esta ley son notables, creo que el día a día nos demuestra que aún queda mucho camino por recorrer para alcanzar la verdadera integración eficaz de la cultura preventiva en la empresa.

    La filosofía de la normativa en esta materia es clara. Soy consciente de estarlo simplificando mucho pero, básicamente, al empresario se le atribuye: la responsabilidad de evaluar los riesgos de su actividad, de evitarlos en su origen mediante la implantación de medidas preventivas, de controlar periódicamente las condiciones de trabajo, de investigar los accidentes, de informar a sus trabajadores sobre los riesgos, de formarles en materia preventiva, de dotarles de medios de protección eficaces y de poner a su disposición los medios oportunos para la vigilancia de su salud.

    Parece lógico que, de cara a garantizar una efectiva implantación de los principios enunciados, la propia norma contenga un régimen sancionador y de atribución de responsabilidad, que aplicar en caso de incumplimiento de las obligaciones que de la propia normativa dimanan.

    De ahí parte, tanto la existencia de un cuantioso régimen sancionador en el orden social como la atribución de responsabilidades de ámbito penal.

    Sin embargo, opino que esta contundencia en el régimen sancionador ha tenido ciertos efectos colaterales perversos, que a continuación expondré, y que, de alguna manera, han terminado por provocar que, en lugar de que se produzca una efectiva integración de la cultura preventiva en la empresa, lo que se ha producido es una desintegración de la prevención.

    Desintegrando la PRL

    ¿A qué me refiero cuando afirmo que la prevención de riesgos va camino de desintegrarse?. Pues me refiero a que, como otras tantas veces sucede, tengo la sensación de que en materia preventiva, lamentablemente, el medio ha pasado a ser un fin en si mismo.

    La contundencia de las sanciones nos ha abocado a un escenario en el cual, en no pocas ocasiones, en el mundo de la empresa, el objetivo prioritario de velar eficazmente por la seguridad y salud de los trabajadores y de vigilar sus condiciones de trabajo decae, haciendo que la prioridad se desplace hacia el establecimiento de un sistema de gestión documental de la prevención de riesgos que “cubra las espaldas” tanto a los técnicos, ya sean del servicio de prevención propio o ajeno, como al propio empresario.

    Por eso, opino que a veces la gestión de la prevención está perdiendo su esencia, en pos de la prioridad otorgada a la necesidad de contar con sistemas de gestión documental de dimensiones faraónicas y diseñados para situarnos en un escenario de seguridad jurídica de cara a una eventual inspección o demanda.

    A resultas de esta realidad la disponibilidad de tiempo que un técnico de PRL tiene para invertirlo en el ejercicio activo y eficaz de sus funciones, se ve mermada ante la ingente cantidad de documentación que éste debe generar, mantener, y alimentar en sus sistemas de gestión documental: memorias, planificaciones, registros de formación, de entrega de equipos de protección individual, inventarios de medios y herramientas de trabajo, procedimientos de seguridad, entrega de las fichas informativas sobre los riesgos y medidas de emergencia, certificados de aptitud de los reconocimientos médicos, auditorias, actas, registros de mediciones higiénicas … y capítulo aparte merecen las obligaciones inherentes a la coordinación de actividades empresariales aparejada a la subcontratación de un servicio o a la necesidad de acceso de un trabajador de nuestra empresa a las instalaciones de un cliente. Todos sabemos además que los tiempos hoy en día no acompañan para justificar la inversión que supone reforzar el equipo humano de un servicio de prevención propio.

    Imagen por cortesía de Stuart Miles/FreeDigitalPhotos.net

    La situación no mejora si hablamos de gestionar la PRL a través de un servicio de prevención ajeno ya que, aunque quepan excepciones, en esos casos lo que suele suceder es que el plan de prevención se conforma como un conjunto de procedimientos abigarrados,  en no pocas ocasiones estandarizados, que el servicio de prevención redacta en modo exhaustivo, no pensando en tanto en su efectividad como en evitar incurrir en responsabilidades. El empresario, desconocedor de la materia, normalmente suscribe ese plan de prevensión siendo inconsciente e ignorante de la caterva de obligaciones que dicho plan despliega.

    En empresas de reducida dimensión, el problema se agrava, siendo muy frecuente que esos procedimientos terminen encerrados en un armario esperando ser exhibidos en caso de inspección, con la falsa creencia por parte del empresario de que el mero hecho de tenerlos firmados y de tener un servicio de prevención ajeno contratado ya le sitúa en un escenario de seguridad jurídica.

    Estamos por tanto ante un complejo marco normativo que persigue un objetivo loable, necesario y ambicioso y que castiga con contundencia al incumplidor, provocando con ello,  desde mi personal punto de vista un daño colateral: una inversión de las prioridades, de tal manera que el objetivo que se persigue por los empresarios, y que a veces arrastra contra su voluntad a los servicios de prevención, no se alinea tanto con la implantación de la cultura preventiva en la empresa como con el “prevenir ser sancionados”.

    Como muestra de lo frecuente que resulta que esta burocratización fagocite la cultura preventiva, me gustaría poner un ejemplo que a mi personalmente, como técnico en prevención de riesgos, me desagrada cada vez que me ocurre. Y es que es desgraciadamente frecuente que en el contexto de una coordinación de actividades empresariales el servicio de prevención con el que estamos coordinando actividad no nos solicite “el apto del trabajador” en el reconocimiento médico sino que en su lugar directamente nos pida que aportemos “la renuncia” del trabajador a dicho reconocimiento, asumiéndose con naturalidad que la renuncia es la norma general, en lugar de la excepción, y que esta realidad reviste menor importancia que el hecho de recabar el oportuno documento.

    Por otra parte, si hablamos del ámbito de los Comités de Seguridad y Salud, pienso que también encontramos efectos colaterales no deseados derivados de la complejidad normativa en materia de PRL y del régimen sancionador que su incumplimiento acarrea. Así, no resulta extraño que en ocasiones, las tensiones y controversias que se originan entre empresario y RLT ligadas al devenir de las relaciones laborales trasladen su campo de batalla a los Comités de Seguridad y Salud, utilizándose la sensibilidad de estos foros para hacer reivindicaciones ajenas al mundo de la PRL, o la velada referencia a girar denuncias a la Inspección de trabajo sobre incumplimientos en PRL como medida de presión a estos mismos fines.

    ¿Perspectivas de cambio?

    En estos días se debate sobre la necesidad de propiciar un cambio normativo que impulse la integración efectiva en la empresa de la cultura preventiva, pivotando las propuestas de reforma sobre el fortalecimiento de la organización de la prevención en la empresa a través de los servicios de prevención propios en detrimento de los ajenos.

    A priori, no me parece descabellado que una modificación en este sentido pueda contribuir a una mayor implicación empresarial en la PRL, con independencia de que algunas disciplinas como la vigilancia de la salud deberán generalmente mantenerse bajo la cobertura de un servicio de prevención ajeno. A su vez, opino que determinadas actividades técnicas, tales como las evaluaciones de riesgos psicosociales, en aras de su efectividad también preferiblemente deberían prestarse a través de un servicio de prevención ajeno.

    Pero dicho esto, creo que una adaptación normativa en este sentido, por si sola, no va a obrar el milagro si no se acompaña de un cambio de mentalidad empresarial.

    Es imprescindible que el empresario ponga el foco en la gestión preventiva, pero no concibiéndola de un modo reactivo, o defensivo, en evitación de sanciones, sino valorándola como una inversión que favorece no solo a su plantilla sino también a su marca de empleador.

    Aparte, creo que se impone la necesidad de que el legislador haga un esfuerzo por encontrar soluciones que imponga racionalidad en la trazabilidad documental inherente a la gestión preventiva en la empresa.

    Pienso que un giro en este sentido, aunque no es sencillo de instrumentar, contribuiría a que los técnicos de prevención pudiéramos canalizar mayores esfuerzos para conseguir el objetivo final de integrar la cultura preventiva en la empresa.

     
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    Las opiniones, comentarios y contenidos que, como autora, publico en este blog son absolutamente personales, y por tanto no las emito en representación de ninguna de las empresas con las que en el pasado o en la actualidad mantengo vinculación laboral.

    Fuente

     

                                                                                       

  • El contrato de Trabajo: modalidades y características de cada tipo de contrato

    Definición y Modalidades del contrato de trabajo Extraídos de la Guía Laboral del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social.

    Título V – La Contratación de trabajadores y las características de cada tipo de contrato

     
     
                                                                                       
  • Actualización de la guía de maternidad/paternidad de CCOO Cualtis – Septiembre 2019

    Tras las últimas novedades legislativas de los Reales Decretos 6 y 8 de 2019  relativas a maternidad/paternidad publicadas en el BOE con fecha 1 de Abril de 2019, que suponen mejoras en cuanto a igualdad, conciliación e incentivos fiscales aplicables hemos procedido a actualizar la publicación de la Guía de Maternidad/Paternidad de CCOO Cualtis.

    También puedes consultar en el siguiente enlace que medidas entraron en vigor.

    Que medidas han entrado en vigor – Abril 2019

    Esperamos os resulte de utilidad.

    Consulta la Guia de Maternidad/Paternidad CCOO Cualtis – Septiembre 2019

     

    Consulta la Guia

  • Sindicatos ASPY PREVENCIÓN: la absorción, una operación antinatural de ingeniería laboral que aboca a la judicialización y al conflicto

    Con fecha 1/9/2019 ASPY PREVENCIÓN, con 2.000.000€ de capital y 1.010 personas en plantilla, ha quedado absorbida por SPAY SEGURIDAD Y SALUD, con 3.000€ de capital y 125 personas en plantilla, en lo que la representación social considera “una operación antinatural de ingeniería laboral y abuso del derecho, diseñada para devaluar el marco de condiciones laborales existente en ASPY en desarrollo o mejora del convenio colectivo sectorial”.

    Para los sindicatos, la política de hechos consumados de la Dirección del Grupo ASPY, perteneciente al grupo energético Audax, aboca a un escenario de judicialización y conflicto en las relaciones laborales.

    ASPY PREVENCIÓN se constituyó en 2006 como Sociedad de Prevención de Asepeyo, hasta que en 2015 dejó de ser propiedad de la Mutua y en 2016 fue adquirida por el Grupo Audax, con un activo total de 37 millones €, un capital social de 2 millones € y una plantilla de 1.130 profesionales. Poco después, dicho Grupo puso en marcha también la sociedad instrumental SPAY SEGURIDAD Y SALUD, con un capital social de solo 3.000 €, para integrar la plantilla subrogada de Laborsalus.

    Tras varios meses negociando un convenio colectivo de grupo, proceso que es suspendido unilateralmente por la Dirección, con fecha 26 de Junio se anuncia que el 1/9/2019 se ejecutaría la absorción de ASPY por SPAY, pasando ésta a denominarse ASPY PREVENCIÓN. Una operación que el conjunto de la representación sindical considera como “una absorción jurídica a la inversa de la absorción real, ejecutada de forma express y diseñada en lo mercantil con el único objetivo de devaluar el marco de condiciones laborales existentes en ASPY por encima del convenio colectivo sectorial, además de evitar su aplicación a la plantilla actual de SPAY y la de futuro ingreso”.

    Los sindicatos añaden que “ante esta situación, el conjunto de la RLT hemos actuado de forma conjunta y coordinada, reclamando la negociación de un Acuerdo Laboral de Fusión que garantice, extienda y defina las condiciones laborales de la plantilla, presente y futura”. La posición de la Dirección ha sido de negativa absoluta a cualquier tipo de diálogo o reunión, incluso para tratar sobre el Informe conjunto emitido por la representación sindical, posición que han mantenido en el acto de mediación del SIMA celebrado el día 3.

    Desde la representación social se considera, en cualquier caso, que “no estamos ante el final, sino ante el principio de un nuevo escenario en las relaciones laborales de ASPY PREVENCIÓN”, al tiempo que advierten que “dado que la Dirección del Grupo se niega al diálogo, tendremos que afrontar esta política de hechos consumados desde la denuncia, como la que ya hemos presentado en la Inspección, la judicialización en su caso y otras actuaciones sindicales”.

     

                                                                                    

  • El lado oscuro de los incentivos

     

    Aquellas personas que no están dispuestas a pequeñas reformas no estarán nunca en las filas de los hombres que apuestan a grandes cambios (Mahatma Ghandi)

    La alternativa a los incentivos es buscar la motivación intrínseca de las personas. Ello sólo se consigue cambiando la cultura de la organización.

    Cuando hablamos de incentivos hablamos de motivación. Según la definición de la RAE incentivar es “estimular para que algo se acreciente o aumente”.

    Cuando una organización tiene una política de incentivos lo que se pretende es estimular y motivar a sus componentes para la consecución de mejores resultados.

    Dejando aparte el tipo de incentivos que se dan, sean monetarios o de cualquier otro tipo, la cuestión de fondo es si realmente consiguen motivar a las personas.

    En el artículo  “The dark side of Incentives” Barry Schwatz señala que, después de 35 años de investigación, el ineludible defecto de los incentivos es que consigues lo que pagas pero nunca lo que quieres conseguir.

    La educación basada en los premios y castigos: “si haces esto te daré aquello” o “si no haces esto las consecuencias serán…” ya ha demostrado sobradamente que genera un tipo de comportamiento que busca el beneficio propio o evitar el castigo mas allá del interés intrínseco en conseguir algo.

    Las motivaciones extrínsicas en raras ocasiones incitan a hacer el trabajo bien hecho. El objetivo es sólo conseguir el premio.

    Los incentivos en las empresas generan tipos de comportamientos que no aportan ningún valor.  Cuando lo que importa es cobrar el bono o incentivo, basados generalmente en objetivos financieros, las personas tienden a:

    • Competir entre ellas, de tal forma que las que mejor lo hacen nunca comparten lo que saben y se pierde la posibilidad de aplicar buenas prácticas en toda la organización. Cuando los bonos son interdepartamentales, cada departamento trabaja para conseguir sus propios incentivos sin tener en cuenta el sistema como un todo y, por lo tanto, perjudicándole.
    • Hacer trampas. Existen muchas formas de alterar los resultados. Y cuando lo que está en juego es el dinero la imaginación para encontrar trucos y trampas es asombrosa. Si esta energía se empleara en mejorar el trabajo sería provechosa.
    • Focalizarse en objetivos a corto plazo. Trabajar para conseguir cobrar incentivos financieros en base al “budget” anual conlleva una visión cortoplacista en la que lo que importa es cumplir este año y luego ya veremos.
    • Desmoralizarse. Cuando no se consigue cobrar los incentivos (muchas veces están vinculados a resultados en los que, quien los tiene que cobrar, no puede intervenir) la moral baja y la motivación desaparece.
    • No preocuparse por lo que realmente importa. La razón de ser de cualquier empresa no es otro que servir a sus clientes, conseguir más y más fieles. Los incentivos sustituyen este objetivo por el de conseguir el premio, aunque para hacerlo incluso se deban hacer cosas que van en contra del cliente.

    La alternativa a los incentivos es buscar la motivación intrínseca de las personas. Ello sólo se consigue cambiando la cultura de la organización. Tal como indicaba en un post anterior, el estilo de Management basado en el “command and control” supone un freno para el desarrollo y motivación de las personas que trabajan en las empresas. Cuando los líderes empiezan a ver  y entender la organización como un sistema y entienden que su función es influenciar, ayudar y dar soporte a las personas para que sean capaces de mejorar su trabajo día a día, no hacen falta incentivos extrinsecos para motivarles. La motivación viene a través de sentirse autorrealizadas como personas a través de su trabajo y su aportación de valor para llevar la empresa adelante.