Autor: DeutscheBank

  • Procedimiento Agencia Tributaria: Regularización IRPF prestaciones de Maternidad y Paternidad

    La Agencia Tributaria.  El Ministerio de Hacienda acaba de hacer público en su página web el procedimiento que la Agencia Tributaria ha puesto en marcha para dar cumplimiento a la sentencia del Tribunal Supremo de 3 de octubre de 2018 (sentencia 1462/2018) que fija como doctrina
    legal que ?Las prestaciones públicas por maternidad percibidas de la Seguridad Social están exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas?, y para cuya valoración sindical os remitimos a la Circular que os remitimos el pasado 5 de octubre.

    Finalmente, como veníamos anunciando, la solución adoptada es, sin perjuicio de la opinión que se tenga sobre la doctrina jurisdiccional aprobada, coherente con la misma y tendente a ejecutarla sin necesidad de demandas por vía contenciosa.

    La medida afectará a 1.086.000 mujeres y hombres y el importe de la devolución alcanzará los 1.200 millones de euros. Cantidad relevante que permitiría financiar, probablemente de forma más justa que una reducción de base imponible más ventajosa para las rentas más altas, políticas sociales ligadas a la maternidad, paternidad, infraestructuras de 0-3 años,?

    La principal novedad que ha incorporado la Agencia Tributaria es que, como hemos interpretado desde el principio desde CCOO, asumen que la doctrina de la Sentencia es también aplicable a las prestaciones de paternidad, por lo que también éstas podrán reclamarse en el citado procedimiento.

    INSTRUCCIONES PUBLICADAS HOY POR LA AEAT

    Plazos de reclamación de las prestaciones de maternidad y paternidad:

    Las prestaciones percibidas o que se perciban durante el año 2018, se regularizarán en la próxima campaña de renta, de manera que los y las contribuyentes solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos fiscales que se les ofrezcan. 

    El programa de ayuda Renta WEB ofrecerá los datos fiscales incorporando tales prestaciones como rentas exentas y las retenciones soportadas como plenamente deducibles.
    Las prestaciones percibidas durante los años 2016 y 2017, podrán solicitar su regularización a partir del mes de enero de 2019 desde la página web de la Agencia Tributaria. En los casos en que las prestaciones se percibieran en más de un año, deberán solicitar la rectificación de la declaración de IRPF de cada año.
    Las prestaciones percibidas durante los años 2014 y 2015, pueden solicitar su regularización desde esta misma tarde a través de la página web de la Agencia Tributaria, www.agenciatributaria.es, donde se ha habilitado un  espacio web específico, en el que la persona perceptora de la prestación deberá indicar en cuáles de esos años ha percibido la prestación y un número de cuenta bancaria de su titularidad, donde se abonará la devolución que proceda.

    No es necesario adjuntar a la solicitud un certificado de la Seguridad Social acreditativo de las prestaciones por maternidad/paternidad percibidas, puesto que en cada caso la AEAT recabará directamente de la Seguridad Social toda la información precisa para la resolución del procedimiento.
    El formulario puede presentarse a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria utilizando el sistema RENØ (número de referencia para servicios de renta), Cl@vePIN o Certificado electrónico.

    El número de referencia (RENØ) puede solicitarse en el portal de la AEAT en Internet indicando los siguientes datos:

    • Número de DNI y su fecha de validez.
    • Casilla 450 de la declaración de la renta de 2016 o los últimos cinco dígitos de alguna cuenta bancaria en la que el interesado figure como titular, si no presentó declaración de la renta de 2016.

    Alternativamente, podrá utilizarse el formulario en papel para su presentación en cualquiera de las oficinas de registro de la AEAT, si bien no es válido el uso de este formulario para hacer constar datos no contemplados en el mismo, ya que no resulta posible el tratamiento informatizado de esos datos adicionales. En ese supuesto deberá sustituirse el uso de este formulario por un escrito en el que se describan detalladamente las circunstancias concurrentes, acompañado, en su caso, de la correspondiente documentación.

    La Agencia Tributaria ha informado también que, en relación a las solicitudes previamente presentadas que se encuentren pendientes de resolución de un recurso o reclamación, no será necesario la presentación de ninguna solicitud adicional de modo que la aplicación de la exención fiscal corresponderá al órgano que esté conociendo del recurso o reclamación.

    Formulario Prestación maternidad y paternidad (Sentencia del Tribunal Supremo)

  • Seguimos en el Banco de la oscuridad

    En el mes de noviembre se procede a abonar los premios de reconocimiento sobre los resultados obtenidos durante el primer semestre de este año. Y, una vez más, nos encontramos en el reino de las tinieblas donde la transparencia es un vocablo eliminado del diccionario de PCC.

    Las reglas que miden y regulan este procedimiento se publican al inicio de cada trimestre. Y, aunque en ellas no se publicitan las condiciones de cumplimiento presupuestario para poder obtener un premio de reconocimiento, si se incluyen las penalizaciones por posible morosidad, condiciones que han cambiado para el tercer trimestre.

    Una vez comunicados los premios a recibir, nos encontramos con que a varios empleados se les ha anulado el pago, por directrices impuestas desde la Dirección, por la aplicación retroactiva de las normas del tercer trimestre a los dos primeros del año. Las razones para eliminar este premio no corresponden a ninguna de las penalizaciones esgrimidas en las reglas impulsa de los dos primeros trimestres, sino que responden a las directrices mencionadas. La penalización ha sido para todo el importe designado según las reglas de los dos primeros trimestres.

    Y esto es así aun cuando las operaciones se concedieron de acuerdo con todos los requisitos marcados por la normativa. Cualquier persona que sepa algo de leyes sabe que las modificaciones a la norma no pueden aplicarse retroactivamente. La arbitrariedad se impone a la racionalidad.

    Adicionalmente, el Banco nos informó que, en este pago, se habían incluido dos grupos con mayor porcentaje de premios de reconocimiento, podían llegar al 20 y 25 por ciento anual. La realidad, según la web de oficinas, es que no se contempla esa opción, pero, según hemos podido saber, sí ha habido algunos empleados que van a percibir premios de reconocimiento por encima del 5% que han publicado.

    Compañeras y compañeros, estamos ante el ignoto mundo de los premios de reconocimiento, un mundo en el que la Dirección de PCC pone unas reglas que después se las salta a la torera adaptándolas a sus necesidades, que también son ignotas, y en el que la transparencia no existe para poder hacer y deshacer a su antojo.

    Esperamos de la Dirección de PCC algo más de profesionalidad en el trato a los empleados. No es de recibo la actuación que están teniendo y, obviamente, se han saltado las clases donde se impartía como incentivar a los empleados, sólo han acudido a la de como presionar.

    Recibid un cordial saludo.

  • #VidasNoNúmeros. 25-N Dia Internacional contra las violencias machistas

     CCOO, en este 25N, manifiesta su más contundente rechazo a la violencia contra las mujeres como una de las más terribles atrocidades que actualmente atenta contra los derechos humanos y uno de los mecanismos sociales decisivos con los que se quiere mantener a las mujeres en una inaceptable situación de subordinación con respecto a los hombres.

    CCOO denuncia el agravamiento de factores de la violencia estructural: la ausencia de políticas educativas igualitarias, la desprotección social, el desempleo, la feminización de la pobreza y la insuficiencia de recursos públicos para la prevención, protección y atención a las víctimas; factores de riesgo que incrementan decisivamente la violencia contra las mujeres.

    Con cada mujer humillada, acosada, golpeada, violada y asesinada se quiebra, de manera irreparable, el sistema democrático.

    CCOO reclama el derecho a la vida y a la igualdad proclamado en la Constitución ante las cifras escalofriantes de mujeres asesinadas.

    Cifras que evidencian los retos pendientes y que son la punta de un iceberg tras el que se esconde un alarmante número de denuncias por violencia de género 166.620 en 2017.

    De igual modo, CCOO denuncia la violencia ejercida fuera del ámbito de la pareja, ausente de las estadísticas oficiales a pesar de su dramática presencia en la realidad social.

    ¡¡BASTA YA!! de seguir contabilizando mujeres asesinadas, agredidas, humilladas y acosadas sexualmente; es urgente actuar y dejar de acumular fríos datos que no reflejan la dramática y cruda realidad, poniendo en marcha, sin más demora, los mecanismos y recursos necesarios para la PREVENCION, PROTECCION y ATENCION de las víctimas de la violencia de género VVG.

    Es alarmante el alto número de órdenes de protección (OP) denegadas, más del 30% en 2017, requisito imprescindible, hasta el momento, para la acreditación como víctima. Para CCOO es indispensable la activación de los necesarios sistemas de prevención y acceso a los recursos económicos y derechos laborales existentes.

    Las unidades de valoración integral de riesgo no son suficientes ni eficaces, en muchos casos carecen de recursos y de profesionales con formación especializada. Y resultan inadmisibles los fallos en la tutela institucional y judicial sobre la valoración del riesgo, que han tenido como resultado el asesinato de las mujeres.

    CCOO ha venido denunciando fallos en los distintos mecanismos y eslabones que ponen en riesgo todo el sistema de protección a Víctimas de Violencia de Género y que deben ser subsanados para optimizar la coordinación institucional y policial entre Administraciones, fiscalía, abogacía, profesionales sanitarios y sociales, etc. ; así como la necesaria formación en perspectiva de género de todos ellos, como agentes que intervienen en la prevención, actuación y atención de las VVG.

    CCOO denuncia el fracaso de las políticas institucionales para frenar la violencia, a tenor del incremento de la violencia juvenil, la tolerancia social que culpabiliza a la víctima y cuestiona su veracidad, con un inaceptable mantenimiento, y en ocasiones enaltecimiento, de la persistencia mediática y cultural de estereotipos sexistas.

    CCOO manifiesta su indignación ante una justicia que, en ocasiones, maltrata a las mujeres con actitudes arrogantes, faltas de respeto y de empatía por parte de algunos jueces, que emiten sentencias y resoluciones carentes de la más mínima visión de género, que constituyen una dejación del deber de protección a víctimas y menores afectados, y desincentivan a las mujeres en su complicada y difícil decisión de dar el paso de la denuncia.

    Disponemos de un nuevo instrumento, el Pacto de Estado en materia de violencia contra las mujeres, un Pacto surgido de la movilización feminista y social, cuyo cumplimiento exigimos en todas y cada una de sus medidas, de forma que la tutela jurídica e institucional sea efectiva, corrigiendo los déficits detectados en la atención, prevención y protección a las víctimas.

    Desde CCOO creemos que se precisa de una voluntad política firme y decidida que cambie radicalmente el tratamiento de la violencia para que se construya una sociedad, desde los pilares de la igualdad, libre de violencias sexistas, con una visión integral que implique al conjunto de la sociedad y favorezca el cambio cultural y educativo necesario.

    Mujer violencia 25n

    Gaceta Sindical 25-N Dia Internacional contra las violencias machistas

    CCOO manifiesta su más contundente rechazo a la violencia contra las mujeres

  • ¡VERGÜENZA! ? o la falta de ella

    Lamentamos empezar esta circular con un título tan rotundo, pero para definir lo ocurrido en estas dos últimas semanas no encontramos un vocablo más adecuado.

    Desde la primera sentencia del Tribunal Supremo, la Dirección de PCC dio instrucciones de paralizar la tramitación de hipotecas de empleados, incluso dijeron, desde RRHH, que se estaba negociando con los sindicatos, nada más lejos de la realidad. El motivo era claro, ante la sentencia que obligaba a las entidades financieras a hacerse cargo del impuesto de AJD, éstas tenían la opción de modificar los tipos de interés para resarcirse de ese coste. Pero resulta que los empleados tenemos un Convenio Interno, firmado únicamente por CCOO, en el que se establece de forma meridiana las condiciones para la concesión de esos préstamos y, ese acuerdo, no permite modificar unilateralmente ninguna condición.

    Adicionalmente a lo anterior, en los casos de hipotecas en las que vencían contratos de arras o plazos de entrega, el Banco ha tramitado las hipotecas obligando a los empleados a firmar, de su puño y letra, una cláusula por la que se comprometían a pagar ellos el impuesto, independientemente del resultado de la resolución del Tribunal Supremo prevista para el 5 de noviembre y comprometiéndose a no hacer ninguna reclamación. Tenemos fundadas dudas sobre la legalidad de que la gestoría page un impuesto que le correspondía al Banco con dinero de un empleado, incluso algún notario hizo constar que, a pesar de suscribir y firmar esa cláusula, el empleado tenía derecho a reclamar el importe si finalmente el Tribunal Supremo obligaba al Banco a pagarla.

    Los empleados que no están comprendidos en el párrafo anterior siguen esperando la tramitación de sus hipotecas.

    Desde Recursos Humanos ya se han puesto en contacto con nosotros para revisar el contenido del Convenio Interno, incluso nos “avisan” de reclamaciones judiciales por su parte si no accedemos. Es el mundo al revés. La respuesta de CCOO a la Dirección del Banco es clara y pública, no vamos a hablar de este tema mientras no se desbloquee el normal desarrollo en la concesión de las hipotecas a los empleados.

    Desde CCOO sentimos vergüenza ajena por la manera en que la Dirección del Banco ha tratado este tema. Si su idea de cumplir los acuerdos y, consecuentemente, los principios y valores de este Banco, es ésta, tal vez se han confundido de Banco. Instamos a Compliance (responsables del cumplimiento normativo) que investiguen esta forma de actuar y procedan en consecuencia. No solamente los empleados “normales” somos susceptibles de sus investigaciones.

    Desde CCOO vamos a tratar con absoluta rigurosidad los temas que afectan a los empleados, también vamos a hacerlo desde la defensa de vuestros intereses.

    Recibid un cordial saludo.

  • Celebrado en Luxemburgo el jucio sobre el registro de jornada promovido por CCOO

    La intervención de CCOO ha sido muy bien acogida por la Gran Sala.Tanto el Abogado General como el Juez Ponente se han mostrado muy críticos con el tema.
    La decisión final del TJUE se conocerá en unos meses.

    Hoy, 12 de noviembre, se ha celebrado en la Gran Sala del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), en Luxemburgo, la vista oral para resolver si las empresas tienen la obligación de llevar un Registro de la Jornada de Trabajo.

    La decisión del TJUE – que aún tardará unos meses- se producirá gracias al Conflicto Colectivo presentado por CCOO ante Deutsche Bank, el 26 de julio de 2017, que desembocó en el auto de la Audiencia Nacional que acordó formular cuestión prejudicial ante el TJUE.

    La intervención efectuada por el abogado responsable de la Asesoría Jurídica de CCOO Servicios ha sido muy bien acogida por la Sala. Por su parte, el Abogado General ?que no forma parte de las deliberaciones del Tribunal y cuyas conclusiones se publicarán el 31 de Enero de 2019- y el juez Ponente, han estado muy críticos con el Reino de España y con Deutsche Bank, llegando a decir que no entendían como había reticencias a establecer un control de la jornada cuando es algo inherente a toda empresa, añadiendo que sin un sistema de registro es difícil que se cumplan las normas de jornada.

    Las impresiones de la vista celebrada hoy son pues muy positivas, aunque son los jueces de la Gran Sala quienes tomarán la decisión final.

    Esta iniciativa de CCOO se complementa con todas las actuaciones que venimos realizando para combatir las prolongaciones de jornada, como las múltiples denuncias ante la Inspección de Trabajo o las propuestas a los grupos parlamentarios para que se modifique la ley, y es un paso más en el camino para poder ejercer con plenitud el derecho a conciliar la vida laboral, con la personal y la familiar.