Autor: DeutscheBank

  • Sobre la nueva nómina

    El lunes nos encontramos con la sorpresa de la presentación de un nuevo portal de nóminas y de un nuevo formato de nómina. Es evidente que el Banco obvió las obligaciones que establece el Estatuto de los Trabajadores respecto a la información previa a los Representantes de los Trabajadores, al menos a CCOO no nos informó. Pero este tema ya lo solucionaremos en otro ámbito, aquí vamos a hablar de lo que os puede afectar a vosotros.

    En el nuevo formato de nómina han desaparecido los siguientes elementos que son necesarios para la vigilancia de las normas vigentes en materia laboral y de seguridad social:

    Salario Bruto Anual. Sirve para conocer tu retribución anual, saber si estás por debajo o por encima del Salario de Garantía.

    Salario anual Convenio. Sirve para comprobar si se han aplicado correctamente los incrementos acordados en cada Convenio Colectivo de Banca.

    Mejora voluntaria (anualizada). Es dónde podemos comprobar el impacto de la absorción salarial y si se ajusta a Ley.

    Antigüedad en la categoría. Sirve para calcular los trienios de Técnicos. También para calcular el tiempo en que corresponde un incremento de nivel salarial, o equiparación, por antigüedad.

    Antigüedad en Banca. Sirve para calcular los trienios de antigüedad que te corresponden.

    No aparece el número de empleado anterior y nos informan de un nuevo número del cual no han informado sobre su procedencia y utilidad.

    También hemos detectado los siguientes tipos de errores:

    Inclusión de la totalidad de la ayuda alimentaria en Retribución en Especie. Cuando, hasta donde conocemos, este año están exentos de cotización hasta 11 euros al día para este concepto.

    Antigüedad en la Empresa con errores en muchos casos. Este problema afecta en caso de tener que calcular una indemnización por cualquier motivo y al cálculo de la antigüedad.

    Rebaja de la base técnica y prorrata de pagas en el apartado de la SS, a pesar de haberse incrementado el salario. No acabamos de entender cómo pueden bajar las bases de cotización si se incrementado el salario. En caso de no estar «topado» puede afectar en la cotización.

    Desde CCOO lamentamos la falta de transparencia en la implementación de este nuevo sistema y solicitamos a RRHH que nos explique estos cambios y otros que no mencionamos. Así como la reposición de la información mencionada.

    Cualquier duda o pregunta que tengáis, desde el nuevo portal de nóminas, abrir una incidencia clicando en «I require further assistance (raise a ticket with HRdirect)«.

  • MiFID II: LA RESPONSABILIDAD ES DE LAS ENTIDADES

    La entrada en vigor de la Directiva MiFID II supone un cambio normativo en todas las entidades que va más allá de la formación para asesorar e informar, puesto que implica una nueva forma de relación con la clientela. Cambios que también vienen para reforzar la profesionalidad, injustamente cuestionada en muchas ocasiones, de las plantillas del sector financiero y para dotar de una mayor protección al personal sujeto a la normativa.
    CCOO tenemos claro que la responsabilidad es de las entidades, puesto que la directiva MiFID II no modifica lo establecido por el Estatuto de los Trabajadores y el Código Civil, que es donde se determina en nuestra legislación la responsabilidad de los trabajadores y trabajadoras en el ejercicio de sus funciones profesionales, y para corroborarlo hemos solicitado un informe a nuestros servicios jurídicos del que os informaremos en cuanto esté concluido.

    Además, la propia CNMV, en la reunión que mantuvimos con ella, nos manifestó que la responsabilidad es de las Entidades, ya que son ellas las que diseñan y distribuyen los productos financieros y quienes están obligadas a indicar a qué segmentos concretos de la clientela pueden comercializarse cada uno de ellos.

    Otra cosa es que, aunque la responsabilidad sea de las empresas, puedan producirse demandas al personal de gestión, puesto que algunas asociaciones de consumidores y gabinetes jurídicos aconsejan que se denuncie, no solo a la Entidad, sino también al empleado o empleada. Y puesto que esto, aunque no de manera masiva, ya ha sucedido anteriormente, CCOO pedimos que, en el hipotético caso de que suceda, las entidades den toda la cobertura jurídica y civil a la plantilla.

    Por todo ello, no está de más tomar nuestras propias precauciones, y que extrememos, aún más si cabe, lo que ya venimos haciendo desde siempre, el cumplimiento riguroso de las normativas vigentes.

    Para ayudar a esa protección que nos da MiFID II, la CNMV ha habilitado un ?canal de comunicación de infracciones?, al que se puede acceder de manera confidencial si se detectan irregularidades o comportamientos que contravienen la normativa (CNMV).

    Además, CCOO instamos a las empresas a que habiliten canales internos para poder denunciar malas prácticas que se pretendan inducir al personal por parte de algún superior jerárquico. Bien en las comisiones de formación de las entidades, o expresamente dando participación sindical en los órganos creados para la aplicación y seguimiento de la normativa MiFID II, es donde pueden regularse estos mecanismos.

    En Deutsche Bank tenemos los siguientes contactos para este supuesto:

    Denuncias telefónicas: 00 34 900 83 16 28
    Mediante formulario electrónico en https://www.bkms-system.net/deutschebank
    Por correo electrónico: responsabilidad-penal.dbspain@db.com
    Os adjuntamos enlace a la Política aplicable para mayor información.

    Con respecto a la formación requerida, CCOO también te ayuda si lo necesitas, y por ello ponemos a tu disposición el curso ?Certificado de Asesoramiento Financiero?, con un descuento del 50% para la afiliación y que se imparte en la modalidad online por el Instituto Europeo de Postgrado, organización homologada por la CNMV (pincha aquí).

    CCOO instamos también a las entidades a que provean adecuadamente todo lo necesario para ayudar y facilitar a las trabajadoras y a los trabajadores la correcta aplicación de esta nueva normativa, es decir, tanto en lo referido a la implementación de herramientas telemáticas, como en la publicación de normativas y protocolos de asesoramiento, venta y comercialización sencillas y claras.

  • ¿Es necesario faltar a la verdad?

    Nos cuesta mucho entender porque los compañeros de UGT se atribuyen la presentación de una demanda que hemos presentado desde CCOO y que presenten como propios los argumentos de nuestra Asesoría Jurídica ? ¿serán cosas de la posverdad? (RAE: Posverdad: Distorsión deliberada de una realidad, que manipula creencias y emociones con el fin de influir en la opinión pública y en actitudes sociales).
    En todo caso nos congratulamos de que se hayan adherido a nuestra iniciativa y estén contentos de que ésta pueda llegar a ser muy positiva para la conciliación de la vida familiar y laboral y pueda llegar a permitir eliminar el fraude en las horas extras.

    Para ser más transparentes, os adjuntamos un enlace al texto íntegro del Auto de la Audiencia Nacional para despejar cualquier duda. Que cada cual saque sus conclusiones.

  • La Audiencia Nacional da la razón a CCOO sobre la demanda interpuesta contra Deutsche Bank para regular el control del horario de los trabajadores

    Ante la falta de avances en la Mesa de Negociación, abierta en 2016, para regular el control horario de los trabajadores, CCOO presentó en el mes de junio de 2017 una solicitud de mediación ante el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje) para reconducir esta situación. La Empresa no quiso conciliar nuestra demanda.
    Ante esta negativa, presentamos una demanda por Conflicto Colectivo en el mes de julio de 2017 que era el inicio de un nuevo proceso (no es la continuación de denuncias terceras que no llevaron a ninguna parte) para intentar solventar judicialmente el conflicto planteado por no querer registrar el Banco los horarios de entrada y salida de sus empleados.

    Desde CCOO somos perfectamente conscientes de que la sentencia del Tribunal Supremo anulando la Sentencia de la Audiencia Nacional, que obligaba a controlar las entradas y salidas de los empleados, dificultaba acabar con las prolongaciones de jornada y con las horas extras fraudulentas.

    Creemos que esa sentencia no es acorde con las directivas europeas al respecto. Por ello planteamos, desde CCOO en Deutsche Bank, una demanda que nos diese acceso a una interpretación del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en Luxemburgo sobre la necesidad de cambiar la redacción del Estatuto de los Trabajadores.

    Esta demanda por Conflicto Colectivo fue vista en la sala de lo Social de la Audiencia Nacional, el pasado 8 de noviembre y hoy ya tenemos su pronunciamiento.

    La Audiencia Nacional ha emitido un Auto en el que da la razón a nuestra solicitud de formular cuestiones prejudiciales al mencionado tribunal europeo. Este asunto, absolutamente importante para todo el sector financiero, se va a dilucidar en el mencionado Tribunal.

    El artículo 267 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) establece que el TJUE ?será competente para pronunciarse, con carácter prejudicial, sobre la validez e interpretación de los actos adoptados por las instituciones, órganos u organismos de la Unión?. En el caso que nos ocupa, requerimos su opinión sobre si las sentencias emitidas por el Tribunal Supremo de nuestro país, se ajustan al derecho comunitario.

    En concreto, la Audiencia plantea al TJUE un pronunciamiento al respecto de si la interpretación que ha hecho el Tribunal Supremo de los artículos 34 y 35 del Estatuto de los Trabajadores (con las sentencias de Bankia y Abanca), en el sentido de que no es obligatorio para las empresas llevar el registro diario de la jornada, es contraria a lo establecido en la Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea y en diversos artículos de las directivas y del Consejo del Parlamento Europeo.

    Estamos convencidos que nuestra actuación va a ser determinante en establecer unas condiciones laborales de los trabajadores, no solo del sector financiero, que sean acordes con sus derechos laborales y con la necesaria conciliación de la vida familiar y laboral de todos los empleados españoles.

    En CCOO tenemos un compromiso con todos vosotros y vamos a seguir trabajando para defender vuestros derechos donde haga falta.

  • Los Reyes Magos de Deutsche Bank consideran que nos hemos portado mal, muy mal

    A pesar de que en nuestra carta a los Reyes Magos de Deutsche Bank expusimos lo bien que nos habíamos portado, esos Reyes Magos han decidido que no nos hemos portado bien. Nos van a traer carbón.
    La Dirección de Deutsche Bank España ha decidido, por enésima vez, que van a absorber el incremento salarial del Convenio Colectivo de Banca el tramo que supera el 1% que tenemos garantizado por el Convenio Interno.

    Por otro lado, durante 2017 nos han ido comunicando que el negocio de PCC estaba funcionando muy bien y que se esperaban unos beneficios muy importantes. Pero, finalmente, parece ser que no ha sido suficiente para que el RAE permita ni siquiera un cuarto de paga para todos los empleados. Tendremos que esperar al análisis de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias para entender esos malos resultados.

    La primera decisión parece ser que entra en contradicción con las declaraciones del Sr. Cryan respecto al pago de bonus. O tal vez no. Algunos afortunados si van a tener bonus este año, incluso van a tener un incremento salarial que puede superar incluso al establecido por el Convenio Colectivo. Pero eso será para unos pocos, la inmensa mayoría de los trabajadores de Deutsche Bank España no vamos a poder tener siquiera el 1,75% de incremento reglamentado.

    Como recordaréis, tenemos un bonus global que puede llegar hasta el 4% del salario de cada trabajador. Afortunadamente esta decisión no depende de la cicatera Dirección española, depende de la Dirección Global en Alemania. Por las informaciones que tenemos, posiblemente sea algo superior al 2% que cobramos en 2017.

    Una vez más queda clara la opinión que tiene la Dirección de Deutsche Bank España sobre sus empleados. Somos muy importantes para Alemania, pero nos quieren vender. En los estudios independientes somos los mejores empleados de banca en España, pero nos lo compensan con ? ?? (que cada uno añada el calificativo que quiera).

    En septiembre dijeron que habían presentado un proyecto de negocio a Alemania que era fantástico y que impediría la venta de la banca minorista, aunque todos sabemos porque no se produjo la venta, Hasta ahora todo lo concerniente a ese proyecto es absolutamente desconocido. No tenemos en la mesa más que unas pocas prejubilaciones que no vemos ligadas a ningún proyecto con cara y ojos.

    Esperamos que alguien ponga algo de sentido común y un proyecto de negocio claro antes que volvamos a una nueva situación de crisis.