Autor: CCOO El Corte Ingles

  • Es el momento de afiliarte a CCOO

    Todo cambia. Y tú, ¿qué decides?

    ¿Te agarras a lo de siempre o nos das una oportunidad para cambiar las cosas?

    El modo de compra ha cambiado. El sector de Comercio ha cambiado. Las exigencias laborales han cambiado. La plantilla de El Corté Inglés hemos cambiado.

    CCOO es un instrumento eficaz de protección y mejora laboral y social. Prueba de ello es que somos el primer sindicato, con cerca de 100.000 delegadas y delegados sindicales y casi un millón de personas afiliadas, a quienes debemos nuestra independencia. Contar contigo nos hace más fuertes.

    CCOO es imprescindible para conseguir mejores condiciones de trabajo, mejores salarios y nuevos derechos a través de la negociación de los convenios colectivos, de la relación permanente con las empresas y de la interlocución con las diferentes Administraciones Públicas.

    Tenemos los mejores equipos de asesoramiento sindical, jurídico y técnico a tu disposición. Una red de 320 abogadas y abogados y 190 centros repartidos por el territorio nacional. Solo en 2019 atendimos cerca de 200.000 casos, con una amplísima mayoría de resoluciones favorables.

    LLÁMANOS AL 690091945 Y AFILIATE (ASÍ DE FÁCIL)

    PÁSALO SI YA ESTAS AFILIADO/A

  • Valoración positiva del Acuerdo por el Mantenimiento del Empleo en El Corte Inglés

    Desde CCOO enmarcamos este Acuerdo dentro del contexto de crisis económica y social como consecuencia de la pandemia y del cambio que se está produciendo en los hábitos de consumo y que comienzan a afectar ya de lleno a la configuración de la organización del trabajo en nuestra empresa. El Acuerdo posibilita con la prioridad absoluta del mantenimiento del empleo, ordenar las nuevas realidades de actividad y de funciones que, como consecuencia de la crisis del COVID-19, han resultado esenciales como la figura del picking, el personal de comercio online, la gestión de pedidos mediante el call center, realización de la actividad en turnos de noche, etc. 

    El Acuerdo incluye todas las propuestas de CCOO

     Plan de Empleo: Como prioridad más importante evitar la destrucción de empleo.

     Promover y garantizar las medidas necesarias para preservar la salud y la seguridad de los y las trabajadoras.

    – Medidas de conciliación que garantice la atención de nuestros familiares dependientes (hijos, hijas, padres y madres y otras situaciones )

    – Evitar el deterioro de las condiciones laborales y salariales: Limitación de la movilidad funcional en los destinos de traslado. Compensar en la movilidad funcional, las pérdidas salariales para el personal con comisiones por venta.

    – Respetar los turnos vacacionales asignados

    – Garantizar la equidad para el personal afectado por movilidad funcional 

    Destacamos la creación del Observatorio del Acuerdo que permita no hacer definitiva ninguna medida hasta que no sea comprobada su eficacia, siendo por tanto un órgano garante de la información y conocimiento de las medidas a tomar corrigiendo lo que se vea que no funciona. 

  • Vacaciones en El Corte Inglés

     Ante la llegada de las vacaciones, os recordamos la normativa y los derechos que tenemos a nuestra disposición, así como las medidas específicas que hemos negociado en el Acuerdo por el Mantenimiento  del Empleo en El Corte Inglés.

    VACACIONES EN EL CORTE INGLÉS

    NORMATIVA Y DERECHOS A TU DISPOSICIÓN

    Marco General

    Toda la plantilla tiene derecho a 31 días naturales de vacaciones al año distribuidas en:

    • 21 días ininterrumpidos entre junio y septiembre
    • 10 días ininterrumpidos en el resto de meses excluyendo enero y diciembre

    Los turnos, adscripción y orden de elección por parte del personal se decidirá en los comités de centro garantizando el sistema elegido igualdad de trato entre todo el personal.

    • Bolsa vacacional de 350€ en caso de elección de otro turno de 21 días por pacto entre empresa y trabajador por causas organizativas

     

    Acuerdo por el Mantenimiento del Empleo

    Las vacaciones tienen un apartado específico en el Acuerdo por el Mantenimiento del Empleo para la recuperación total de la actividad en los centros de trabajo:

    • Se dará prioridad al disfrute de las vacaciones pendientes de las personas trabajadoras que hubieran continuado prestando servicios durante la crisis.
    • Como principio general y ante las necesidades organizativas que puedan surgir en el último trimestre del año, se intentará que todas las vacaciones de la plantilla correspondientes al año 2020 se disfruten antes del 31/10/2020, manteniéndose de forma general los turnos ya comunicados a las personas trabajadoras, aunque podrán establecerse acuerdos entre las partes de modificación tanto de días como de periodos establecidos.
    • En el caso de personas trabajadoras afectadas por el ERTE, la minoración de los turnos de vacaciones como consecuencia de las suspensiones de contratos se llevará a cabo en primer lugar con afectación de los turnos de 10 días, si no se hubieran disfrutado y salvo acuerdo en contra.

    • En materia de turnos de vacaciones se intentará favorecer los acuerdos como consecuencia de peticiones para hacer efectivos los derechos de conciliación familiar de las personas trabajadoras. En especial se tendrán en cuenta las medidas que por motivos de conciliación familiar establece el vigente Plan de Igualdad de la Empresa en materia de vacaciones.
    • Posibilidad de acumular todo el periodo vacacional para atender a familiares de primer grado dependientes o en situación de IT prolongada
    • Facilitar el cambio de turno de vacaciones a uno de los cónyuges (si ambos trabajan en la misma empresa) y tienen a su cargo menores con una discapacidad mayor del 65% o un familiar de primer grado dependiente.

    Recuerda consultar la oferta vacacional para afiliados y afiliadas de CCOO

    Vacaciones

     

  • Conciliación en El Corte Inglés

    Todos los permisos, licencias y otras medidas a tu disposición:

    Medidas Generales vinculadas a la conciliación. Medidas Específicas de conciliación laboral y familiar. Permisos Y Licencias Retribuidas de carácter general. Derivados de familiares y parejas de hecho. Permisos no retribuidos

    MEDIDAS GENERALES VINCULADAS A LA CONCILIACIÓN

    En el caso de concreciones de jornada en guarda legal en turno fijo se respetarán las condiciones pactadas, si bien se recomendará la aplicación temporal de turnos rotativos, previo acuerdo con la persona trabajadora, que garanticen la adecuada defensa del derecho a la protección de la salud e integridad de estas personas trabajadoras.

    En el caso de personas trabajadoras con necesidades acreditadas de conciliación familiar, será posible, previa solicitud por su parte, la detracción de todas o algunas de las horas pendientes de recuperación, lo que se hará con cargo a las percepciones salariales de los meses siguientes, sin que esta detracción afecte a las cotizaciones de la persona trabajadora.

    MEDIDAS ESPECÍFICAS DE CONCILIACIÓN LABORAL Y FAMILIAR

    Permiso no retribuido de hasta 3 meses de duración, para personas trabajadoras con necesidades acreditadas de conciliación familiar. A estos efectos la referencia a la edad de los hijos/as se entenderá hecha hasta los 15 años. Este permiso no retribuido extenderá su vigencia hasta el 31/12/2020.

    Excedencia especial con reserva de puesto de trabajo a partir de 3 meses de duración para personas trabajadoras que acrediten necesidades familiares de conciliación, incluido el cuidado de menores hasta 15 años de edad y con una duración máxima, prorrogable por solicitud de la persona trabajadora, hasta el 31/12/2021. En estos casos no será posible la solicitud de reingreso anticipado, debiéndose estar a la duración pactada.

    Las personas trabajadoras que acrediten necesidades de conciliación familiar podrán acordar con la Empresa no recuperar, hasta el 31/03/2021, todo o parte del defecto de jornada que pudiera existir correspondiente al año 2020, con motivo de la reorganización de turnos y horarios, sustituyendo la realización de estas horas por la detracción económica correspondiente en las mensualidades ordinarias.

    Posibilidad de acumular los periodos de 10 y 21 días de vacaciones en un solo periodo de 31 días para poder atender situaciones de necesidad de conciliación, en los términos anteriormente citados.

    PERMISOS Y LICENCIAS RETRIBUIDAS DE CARÁCTER GENERAL

    • El tiempo preciso para asistencia a consultorio médico con justificación del facultativo público o privado
    • Dieciséis días naturales en caso de matrimonio
    • Un día para examen por primera vez del permiso de conducir
    • El tiempo preciso para asistir a exámenes oficiales o académicos
    • Un día por traslado del domicilio habitual
    • Un  día por firma de documentos notariales por adquisición de vivienda

    DERIVADOS DE FAMILIARES Y PAREJAS DE HECHO

               Dos días por accidente grave u hospitalización, o cuatro en caso de desplazamiento, de familiares hasta segundo grado.

    • Tres días por enfermedad grave, y hasta cinco en caso de desplazamiento superior a 300km, de parientes hasta segundo grado de consanguinidad o afinidad
    • Cinco días por nacimiento de hijo siendo de aplicación en los casos de adopción y acogimiento
    • Cinco días por  fallecimiento de hijos, padres, hermanos o afinidad
    • Tres días por fallecimiento de abuelos y hasta 5 en caso de desplazamiento superior a 300km
    • Hasta seis horas para acompañar a hijos menores de quince años a consultas médicas no planificadas
    • Hasta dos días para progenitores o tutores de menores de hasta doce años con enfermedades recogidas en RD 114/2011 o familiares de primer grado con discapacidad del 65% y que requieran un desplazamiento fuera de su localidad
    • Un día por matrimonio de pariente hasta segundo grado o afinidad

    PERMISOS NO RETRIBUIDOS

    • Dos meses para trámites de adopción o acogida
    • Dos meses de suspensión de contrato por fallecimiento, accidente o enfermedad de larga duración de cónyuge o pareja de hecho
    • El tiempo necesario para cuidado de hijos menores de doce años mientras esté hospitalizado
    • Hasta treinta días por causa justificada acreditada previa solicitud y concesión por la Empresa, se podrá ampliar hasta tres meses para atención y cuidado de hijos menores de doce años
  • La obsolescencia del Sistema de Incentivos

    El sistema de incentivos por venta como parte de las retribuciones salariales en la función de venta asistida está instaurado desde hace más de cinco décadas. Su objetivo inicial fue incrementar la productividad a través de un aumento constante de las operaciones de venta.

     

    El sistema actualmente en vigor procede de una modificación que CCOO no suscribió en el año 2014. El tiempo nos ha dado la razón seis años después de su vigencia demostrando su obsolescencia.

    El sistema de incentivos ha agrandado las diferencias retributivas por el mismo concepto entre las plantillas, y ha evidenciado la imposibilidad que tienen de poder calcular y comprobar de una manera sencilla el salario variable que deberían de percibir por este concepto.

     

    Un buen sistema de incentivos requerirá:

     

    • Simplificación del sistema de cálculo.
    • Afectación a toda la plantilla.
    • Equidad en la distribución.

     

    Los cambios a los que estamos haciendo frente en todos los órdenes con responsabilidad, pero sin perder derechos, tienen también que incluir para corregir sus deficiencias y por tanto mejorarlas, el sistema de incentivos, para beneficio de todos, empresa y su plantilla.

     

    Ahora,  que el reto es mayor por las  consecuencias provocadas por el covid19 y que afectan transversalmente a la totalidad de la sociedad, es el momento de las grandes ideas que nos permita garantizar un futuro en las mejores condiciones posibles.

     

    Un sistema de incentivos universal, transparente y equitativo será una gran medida para hacer que El Corte Inglés siga siendo una gran empresa.

     

    MEJORAR EL SISTEMA DE INCENTIVOS ES POSIBLE Y NECESARIO

     

    El mayor capital de una gran empresa son las personas que la integran. En tiempos de cambio contar con un buen sistema de incentivos  va a resultar vital.

     

    El actual ha quedado superado:

     

    • Excluye a la mayor parte de la plantilla con desempeños esenciales.

     

    • Que ha originado diferencias retributivas dependiendo del departamento asignado.

     

    • Fomenta la insolidaridad con las tareas colectivas y el trabajo en equipo.

     

    • Dificultad, cuando no desconocimiento en su cálculo, sin participación sindical para controlar y resolver errores o situaciones injustas.

     

    • No contempla la perspectiva de género, en una empresa con mayoría de mujeres, profundizando en la brecha salarial.

     

    Trabajo en equipo, compromiso, solidaridad, corresponsabilidad, participación y derechos van a ser necesarios. Y CCOO trabajará para que esto sea posible.

    ES TIEMPO DE CAMBIO, ES TIEMPO DE CCOO

     

    Sistema incentivos