Autor: Comfia BBK

  • Hazía: situación en el mes de noviembre

    Resumen Hazia Noviembre

     

    Las incertidumbres sobre la evolución de
    la economía mundial se siguen acumulando. A la salida del Reino Unido de la
    Europa monetaria, se añade la reciente victoria de Donald Trump en EE.UU.  Una victoria que apunta a cambios significativos
    en la política económica, con un fuerte proteccionismo interno, que podría
    tener efectos negativos en el comercio internacional, aún en fase de
    recuperación, y a cambios más rápidos de lo esperado en la política monetaria.

    A
    ello se añade las dificultades en la Unión Europea, que el próximo año tendrá
    diversos procesos electorales en los que estarán presentes fuerzas políticas
    claramente contrarias al proyecto común europea, o las de China en la
    consolidación del proceso de cambio de su modelo económico iniciado hace un año
    y que en los últimos meses apunta a cierta inestabilidad.

     Esta
    situación tiene su reflejo en los mercados financieros, que aunque en los
    últimos meses han tenido cierta recuperación no dejan de estar sometidas a una
    fuerte volatilidad. Además, como
    consecuencia del agotamiento de las políticas financieras y de la incertidumbre
    sobre la evolución económica a corto plazo, se ha iniciado un cambio de
    tendencia en la renta fija, principalmente en el área del dólar, con la subida
    de tipos prevista por parte de la Reserva Federal de EEUU. En el área euro los
    tipos a corto plazo permanecen en niveles bajos debido a la política del BCE y
    se prolongará durante todo el 2017. No obstante y debido al sistema de
    valoración de Hazia, la normalización de tipos propiciará que las nuevas
    inversiones se realicen a tipos superiores.

     En
    noviembre, los mercados emergentes son los que más han caído, por ser los más
    afectados por la implementación de futuras políticas proteccionistas. En el
    mercado de divisas el dólar se ha revalorizado y ello ha perjudicado sobre todo
    a los países emergentes ya que en muchos casos están endeudados en dólares.
    Curiosamente Japón es el país menos afectado.

    Por
    lo que respecta a la rentabilidad de la EPSV a finales de Noviembre, ésta ha
    sido del 1,86%, HAZIA-BBK-EPSV este
    mes ha mantenido posiciones en renta
    variable, mientras en renta fija ha realizado pequeñas inversiones a
    vencimientos relativamente cortos, en espera de mejores oportunidades de largo
    plazo en el futuro.

  • Boletín de CCOO en Kutxabank

    Iniciamos la negociación colectiva y es tiempo de negociar. En riesgos psicosociales, la empresa ha decepcionado con la presentación del plan.

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    o
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  • IRPF y prestación por maternidad

    ¿Puedo reclamar la devolución del IRPF de la prestación por maternidad?

    ¿Puedo reclamar la
    devolución del IRPF de la prestación por maternidad?

    Esta
    es la pregunta que muchas compañeras, y también compañeros,  nos están trasladando después de publicarse la
    noticia de la sentencia emitida por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid,
    en la cual se interpreta que, según la normativa estatal del IRPF, las
    prestaciones por maternidad percibidas de la Seguridad Social tienen que estar
    exentas en el IRPF. Entonces, ¿puedo reclamar? Vayamos por partes.

    ¿A quién se le aplica esta
    sentencia?

    Únicamente
    a la demandante. Es decir, Hacienda no tiene obligación de
    devolver con carácter general las
    cantidades pagadas por la prestación de maternidad. Quien quiera tiene que
    hacer su reclamación individual, siempre teniendo en cuenta que la reciente
    sentencia no sienta jurisprudencia, aunque sí un precedente que ayudará en sus alegaciones a quien decida
    reclamar.

    ¿Y si se hace la
    declaración ante una Hacienda Foral?

    Es
    cierto que como hemos dicho la sentencia hace una interpretación de la
    normativa estatal del IRPF. Sin embargo, puesto que la normativa de Gipuzkoa,
    Bizkaia y Araba recogen una redacción igual a la estatal en este punto, el
    ?precedente? judicial es igualmente válido.

    ¿Qué plazo tengo para
    reclamar?

    Se
    pueden reclamar los ejercicios no prescritos. Concretamente, el 2012
    prescribirá en junio de 2017; esto es, a los 4 años del último día de
    presentación de la declaración de renta del ejercicio fiscal 2012.

    Procedimiento para
    reclamar

    Vaya
    por delante que el camino que se inicia no es ni corto ni sencillo, y
    que antes de llegar a la vía judicial se debe agotar la vía administrativa.

    Esto
    complica la posibilidad de que varias personas afectadas presenten una demanda
    conjunta, ya que la vía administrativa es individual para la rectificación de declaraciones de
    IRPF, como es el caso
    , y los plazos a cumplir entre un paso y otro son
    también individuales.


    podría ocurrir, aunque no es algo que podamos solicitar, que llegado el caso el
    propio juzgado decida ?acumular? demandas. Pero esto no es seguro: con lo que debemos
    contar con hacer todo el proceso de manera individual.

     

    1º.   Vía administrativa

    A.  
    Hay que presentar, en la Hacienda
    correspondiente, una solicitud de rectificación de la declaración de la
    renta del año en que se ha percibido la prestación por maternidad.

    Previsiblemente
    la respuesta de Hacienda será desestimar tu solicitud.

    Plazo:
    normalmente Hacienda responde a estas solicitudes con rapidez, pero? Puede que
    haya que esperar más.

    B.   
    Con esta negativa, el siguiente paso es
    acudir al Tribunal Económico Administrativo Regional/Foral y presentar un
    recurso administrativo.

    Nuevamente,
    la previsión es que la respuesta sea negativa.

    Plazo:
    normalmente un mínimo de 3 meses.

    2º.   Vía judicial
    (Contencioso-Administrativa)

    Una
    vez tengamos las dos negativas anteriores, si se decide seguir adelante, hay
    que interponer demanda judicial ante el Tribunal Superior de Justicia
    correspondiente (cada comunidad autónoma tiene el suyo).

    En
    principio, al igual que la recientemente publicada, el resultado de la
    sentencia será sin posibilidad de recurso ordinario por razón de cuantía.

     

    1
    de diciembre de 2016

  • Proceso de contratación: ELA pervierte la supervisión

    ELA está utilizando la labor de supervisión sindical en pruebas de acceso a la entidad para hacer acopio de datos personales. 

    Supervisores en beneficio propio

    ELA está utilizando la labor de supervisión
    sindical en pruebas de acceso a la entidad para hacer acopio de datos
    personales. Una actuación inadmisible, nueva muestra de cómo sus intereses
    particulares (¿afiliación?) priman sobre cualquiera otros de interés común
    (transparencia). Un hecho que hemos denunciado en la comisión de puestos.

    A ese sindicato le parecían pírricos los 30
    empleos apalabrados en el acuerdo laboral. Es más, en la práctica se reían de su
    escasez. Ellos han conseguido muchos más, como se ha venido demostrando
    tozudamente durante todos estos años. ¿Cuántos? ¡Ah, ninguno!

    A
    pesar de ello, no ha dudado en apropiarse del mérito en cuanto el proceso se ha
    puesto en marcha y ahora entendemos el porqué. 30 puede ser un número escaso,
    pero los 275 que han pasado por las pruebas es otro cantar. Ahí hay una gran veta?

    ¿Una
    gran veta para qué?… Para aprovechar la labor de supervisión que nos
    corresponde a todos los grupos sindicales para velar por el buen desarrollo y
    transparencia del proceso y prostituirla en beneficio propio.

    Sí,
    ELA ha utilizado su intervención para recoger datos de quienes se han
    presentado que no tiene más objetivo que la búsqueda del rédito sindical.
    ¿Habrán prometido algo, qué habrá sido? ¿Quizás hayan comprometido gestiones en
    los despachos, ésas que nos achacan a otros, para quienes rellenen su ficha?

    Una
    actuación que hemos denunciado en la comisión de puestos donde se lleva el
    proceso. Porque mientras el resto de grupos hemos utilizado nuestro turno de
    supervisión con una pulcritud exquisita, este sindicato al que denunciamos ha
    hecho gala de una falta de moralidad digna de no ser olvidada.

     

    22
    de noviembre de 2016

  • Segunda reunión de la mesa del convenio: del ridículo al espento

    Del ridículo al esperpento

    Y viceversa.

    Segunda reunión de la mesa negociadora del
    convenio colectivo y la perdiz, perpleja convidada de piedra, viendo cómo ELA y
    LAB tratan de marearla, en esta ocasión con el impagable apoyo de PK.

    En primer lugar, se ha tenido que dirimir la
    procedencia o no de un escrito, dirigido por estos grupos al secretario de la
    mesa, nombrando como asesores de ?toda la parte social? a los grupos sin
    representación: ASPEM y ASPROBANK.

    No deja de sorprender que dos sindicatos que
    tanto critican el ámbito geográfico de nuestro convenio nombren asesores ?de
    todos? a delegados de Asprobank, un sindicato estatal. ¿Hemos de pensar que
    necesitan sus consejos? No lo creemos, más bien la razón será otra.

    De esta forma se ?inventan?, ellos solitos, cuatro
    puestos de asesor (según la RAE, persona
    que da consejo o dictamen
    ) para convertirlos en mirones (personas que miran, y especialmente
    demasiado o con curiosidad
    ) y concedérselos, por un lado, a un grupo como
    ASPEM, que ha entorpecido la participación de empleados y empleadas en las
    elecciones sindicales interponiendo numerosos recursos y que ahora vería con
    buenos ojos que nos saltásemos la norma. Y por el otro, a Asprobank, cuya breve
    historia en Kutxabank se limita a la judicialización de los resultados de las
    elecciones en Madrid.

    Y habremos de recordar que en la anterior
    reunión, por unanimidad de todos los grupos presentes en la mesa, se aprobó que
    cada sindicato tuviera 2 asesores. Con la propuesta planteada, además de esos
    10 habría otros 4 más, lo que llevaría a que hubiese más asesores (14) que
    miembros de pleno derecho (13).

    Si
    lo anterior era ridículo, el otro punto que ha tocado resolver ya rozaba el
    esperpento. ELA, a quien no debe de gustar las salas de Gran Vía, ha solicitado
    que las reuniones se lleven a cabo en el PRECO, órgano donde se auspician
    procedimientos voluntarios para la solución de conflictos laborales y que dimana
    del Consejo de Relaciones Laborales, el cual ese sindicato ha abandonado y no
    quiere ni ver ni oír hablar de él. En fin, ?cosas
    veredes que farán fablar las piedras?
    .

    Ninguna
    de las dos distracciones ha salido adelante. La mesa de convenio está
    debidamente constituida con arreglo a la norma vigente y cada grupo tiene la
    representación que le corresponde. Todo lo demás no son sino los ya habituales intentos
    de entorpecerla.

    Ahora
    es momento de negociar y el tiempo transcurre inexorablemente. La dilación a la
    hora de abordar los contenidos del nuevo convenio colectivo no beneficia a
    ninguna de las partes, pero muy especialmente al conjunto de la plantilla.

    Así
    pues, ¿por qué no nos dejamos de tanto brindis al sol?

     

     

    21
    de noviembre de 2016