Autor: CCOO Bankia

  • Integración operativa y horario de fiestas

    Ante las numerosas incidencias y consultas que están surgiendo con motivo de la integración operativa y del horario en la semana de fiestas mayores, queremos aclarar lo siguiente.

    VACACIONES

    -La excepcionalidad de la situación no significa, en absoluto, que decaigan los derechos laborales contemplados en la legalidad vigente.

    -El disfrute de las vacaciones no es algo que pueda restringirse alegremente y de manera unilateral, máxime cuando las supuestas “instrucciones” de la empresa no responden a una gestión racional de los recursos y no siguen el cauce jerárquico ordinario, sino que caen más en el terreno de la rumorología, o bien se transmiten de manera y por cauces informales.

    -No tiene mucha lógica, por ejemplo, que se esté trasladando el mensaje de que el período que abarca los meses de marzo, abril y mayo de 2012 es “inhábil” para el disfrute de vacaciones.

    -En 2011, la implicación de la plantilla de oficinas en la OPS de las acciones de Bankia supuso en muchos casos acabar el año con vacaciones pendientes de disfrutar.

    -Por todo ello, es un sinsentido que la empresa, aunque sea de manera ”informal” y según “el barrio”, transmita que en el mes de marzo no pueden disfrutarse vacaciones. En cuanto a los meses de abril y de mayo, toda la plantilla es conscientes de lo excepcional del momento y del esfuerzo adicional que conllevará la integración operativa a partir de la semana santa, pero de ahí a decretar la prohibición generalizada de disfrutar de vacaciones media un abismo.

    -En cuanto a los criterios y orden de las vacaciones en los centros, el Convenio establece que:

      Los empleados con responsabilidades familiares tienen preferencia a que las suyas coincidan con los periodos de vacaciones escolares y dentro de esta situación, o si no hubiera empleados en ella, se resolverá la preferencia dentro del Nivel, a favor de quienes tengan mayor antigüedad en la institución.

      La preferencia a favor de los empleados con responsabilidades familiares no implica la elección de un turno determinado sino, únicamente, que sus vacaciones se disfruten dentro de los límites del periodo de vacaciones escolares.

      La elección de turno concreto dentro de dicho periodo se resolverá a favor de la mayor antigüedad en la Entidad dentro de cada Nivel, aunque los empleados solicitantes no tengan responsabilidades familiares.

    -Recordar también el derecho de la persona a conocer las fechas de sus vacaciones con 2 meses de antelación y que “Cumplido el preaviso de 2 meses de antelación, el acuerdo sobre el calendario de vacaciones será ejecutivo”. En caso de discrepancia o modificación unilateral de la empresa de dicho calendario de vacaciones, es preciso recurrir a la vía jurídica.

    -Por si faltaba poco, acaba de abrirse el periodo para canjear las “preferentes”, lo que va a suponer una fuerte carga de trabajo, coincidiendo además con fechas señaladas en algunas localidades.  

    FORMACIÓN

    -A lo dicho anteriormente debe añadirse el o los días adicionales de permiso, contemplados en el acuerdo de establecimiento del horario provisional del último trimestre de 2011; así como el hecho de que la plantilla viene participando en las diferentes fases formativas del proceso de integración operativa, con dedicación creciente en 2012. Básicamente, consiste en hacer pruebas on-line, que van colgando en internet, que empezó con 44 ejercicios y ya va por 170; una formación extensa que sigue sin poder realizarse en casa ni en el trabajo, salvo que se cierren las demás aplicaciones.

    -Otra consulta recurrente se refiere a las personas que tienen que dar o recibir formación a partir de las 16:00h, sólo una hora después de finalizar la jornada laboral. Apelamos aquí al sentido común: si no hay tiempo material para comer y/o desplazarse desde el trabajo a la formación, las dos cosas no pueden ser; o la empresa asume que esta persona tendrá que finalizar su jornada laboral con suficiente antelación, o no podrá ser puntual a la hora de iniciar la formación.

    – Aunque la empresa está dando un trato dispar (al menos verbalmente) a las consultas en torno a la compensación de los gastos por formación, recordamos que el procedimiento para el abono de estos gastos está en el “Aula Virtual” de la Intranet de Bankia, seleccionando “Preguntas más frecuentes” / “Liquidación de gastos por formación”. En concreto, la “diapositiva 6” recoge los criterios (desplazamiento, comida) que aplica la empresa, si bien CC.OO. hemos manifestado una discrepancia, solicitando a Bankia que también se abonen los gastos por los desplazamientos dentro de la misma provincia.   

    -La empresa tampoco contempla el caso de las y los compañeros procedentes de Caja Madrid que son formadores y formadoras del NOS, a quienes en ocasiones se les niegan las compensaciones. Es absurdo que quienes imparten la formación no reciban nada, mientras que las y los “alumnos” sí reciben compensaciones, por lo que CC.OO. exigimos a Bankia que aplique a las y los formadores las mismas compensaciones que a los receptores de la formación.

    -Se está impartiendo formación sobre equipos de los que no se dispone en las oficinas cuya plantilla está asistiendo a dicha formación (por ejemplo: dispensadores); por otra parte, adelantar en exceso en el tiempo determinada formación práctica (por ejemplo: cajeros automáticos), es de una eficacia al menos dudosa.

    -En un momento tan decisivo como este, no quisiéramos que la racanería que manifiesta Bankia nos obligara a recordar e insistir en que la formación es voluntaria, como todas y todos sabemos.

    IMPLANTACIÓN / COMPENSACIONES

    -CC.OO. hemos manifestado en reiteradas ocasiones que las compensaciones anunciadas son un planteamiento unilateral de Bankia, sin que respondan a ningún acuerdo con los sindicatos; y que no solo son insuficientes, sino que no contemplan toda la casuística que se está produciendo; p.ej. no contemplan los esfuerzos adicionales en servicios centrales con motivo de la integración.

    -Recordamos que las compensaciones ofrecidas por Bankia consisten, para la plantilla de la red, en 1 ó 2 días de permiso, en función de realizar 4 ó más horas de trabajo el Domingo 8 de abril; y para las personas que ejercen de implantadoras, en el pago del traslado inicial (avión, tren ó bien kilometraje) desde la localidad de origen; de los gastos de la estancia (hotel y media dieta); así como 1 día de permiso adicional.

    – CC.OO. tenemos presentes todas las situaciones descritas para plantear, durante las negociaciones en curso, la ampliación y mejora de las compensaciones expuestas por Bankia de forma unilateral.

    Horario en la semana de fiestas mayores

    – Conviene recordar, para situar este asunto en sus términos exactos, que el acuerdo de empresa de Bancaja en el que se expresa la reducción horaria en la semana de fiestas mayores, así como en los días 26 y 27 de diciembre (el acuerdo “de las mochilas” de 7-agosto-1997, no firmado por CC.OO.), no reduce la jornada anual, sino que se acordó una mera distribución del horario, quedando el remanente a disposición de la empresa: “Si el cómputo anual de la jornada no alcanza las horas previstas en Convenio, deberán alcanzarse éstas bien acudiendo a aquellos cursillos de formación que Bancaja programe o bien sobrepasando la jornada general ordinaria cuando las necesidades del puesto de trabajo así lo requieran”. En la práctica, esto habilita a la empresa un margen de maniobra unilateral en relación al horario y a las reducciones horarias incluidas en este acuerdo”.

    – Este caso tiene, a su vez, poco que ver con la situación en alguna otra caja de procedencia, con acuerdos que consolidan derechos en esta materia, de forma efectiva, a las y los trabajadores.   

    – En los demás territorios, las plantillas de Bankia procedentes de las siete cajas no han tenido reducción horaria en la semana de fiestas mayores, salvo la tarde del jueves correspondiente, por lo que lo lógico es que ocurra lo mismo en nuestro territorio.

    – La situación actual en Bankia es que se acordó con la empresa, por la práctica totalidad de la representación sindical, la prórroga por tres meses de toda la normativa vigente en cada empresa, así como del horario provisional del último trimestre de 2011, puesto que también se prorrogaba por tres meses el plazo para negociar el desarrollo del acuerdo laboral; quedando las posibles compensaciones por dicha prórroga del horario provisional (según figura en un Acta), a expensas de lo que se establezca en el proceso de negociación global.

    – Con independencia de lo anterior, será en el curso de dicha negociación donde se determinará el horario que regirá en Bankia, siendo éste un elemento más de los que configurarán un acuerdo de carácter global sobre todas las materias laborales que, como tal, deberá ser equilibrado en su conjunto.

    12 de Marzo de 2012

  • Manifestaciones el domingo 11 de marzo

    CC.OO. y UGT se manifiestan el domingo 11 de marzo en numerosas ciudades contra una reforma laboral INJUSTA con los trabajadores y trabajadoras, INEFICAZ para la economía e INÚTIL para el empleo.

    Esta convocatoria se desarrollará, además, desde el mayor respeto a las víctimas del brutal atentado del 11 de marzo de 2004. En el caso de Madrid, y en referencia a las duras críticas recibidas desde el Gobierno central, regional y sus medios de comunicación afines, CC.OO. y UGT recuerdan que, pese a que 11-M es una jornada de especial connotación, no se suspenden otras actividades, incluso lúdicas (partidos de fútbol o espectáculos musicales, las tiendas del centro también permanecerán abiertas); siendo una manipulación repugnante el enfoque que se ha querido dar a esta convocatoria concreta, quizás por ser contraria a unas medidas decididas por el Gobierno. Una manipulación que además forma parte de la campaña más amplia que venimos constatando, orientada a deslegitimar a los sindicatos.

    Conscientes de la coincidencia de la fecha con diversos actos conmemorativos de los atentados de Atocha, CC.OO. y UGT han consultado con la Asociación de 11-M Afectados del Terrorismo, que aglutina a la mayoría de las víctimas de estos atentados.

    Esta asociación no veía incompatibilidad alguna en rendir homenaje a las víctimas y celebrar más tarde la manifestación (para ver el comunicado de esta asociación, pincha aquí). Por eso, ambos sindicatos realizarán su tradicional homenaje, como hacen todos los años, junto con dicha asociación mayoritaria de víctimas del 11 M, a las 10 horas en la estación de Atocha Cercanías. Este año no será diferente en cuanto a nuestro sentimiento.

    Además, en la intención de no entorpecer los distintos homenajes que se pudieran celebrar en la Puerta del Sol, CC.OO. y UGT han modificado el recorrido de la manifestación de Madrid.

    Los trabajadores y trabajadores no iremos alegres a esta manifestación; vamos a protestar para evitar un atropello laboral, con respeto a las víctimas de los atentados y con la dignidad que sólo las gentes del pueblo llevamos dentro.

    7 de marzo de 2012

  • 8 de marzo, Día internacional de la mujer

    Frente al recurso a la imposición unilateral, que favorece la reciente reforma laboral, CC.OO.–Bankia queremos resaltar el valor de la interlocución laboral como vía para lograr acuerdos y avances que permitan atender las reivindicaciones de la plantilla en materia de igualdad, así como sus necesidades en cuanto a conciliación de la vida laboral y personal.

    Las mujeres representan el 49% del total de la plantilla de Bankia y de las personas que permanecen en las cajas de origen. El nivel de afiliación de las mujeres es notable y este apoyo expresa la confianza en la representación sindical y la necesidad de seguir requiriendo medidas de igualdad de oportunidades reales.

    Con motivo de la celebración del Día Internacional de la Mujer, en CC.OO. decimos Más.

    Más es el lema de este año, en el que en el actual contexto político y económico se pretende convencernos de que es inevitable que nos conformemos con menos. Nos encontramos en un entorno de respuesta social a la última reforma laboral, que recorta derechos y protección social a las trabajadoras y trabajadores, mientras se desmantela el Estado del bienestar.

    Una mujer tiene que trabajar, de media, 61 días más para ganar el salario/hora medio que un hombre percibía en 2011. Esta brecha entre mujeres y hombres en el terreno laboral,  en el que el paro femenino alcanza ya el 23,3%, también se hace visible en mayor temporalidad, segregación ocupacional, menores prestaciones de desempleo, etc.

    Nos preocupa la ausencia de corresponsabilidad entre mujeres y hombres en relación al cuidado familiar, comportamiento que se ha visto reforzado por la suspensión  del Gobierno de la ampliación a 4 semanas del permiso de paternidad.

    CC.OO. afirmamos nuestro compromiso con las políticas de igualdad entre mujeres y hombres como garantía democrática que fortalezca el desarrollo de un modelo social más justo e igualitario en derechos, en el empleo, en la participación económica y en la sociedad.

    Queremos resaltar que, a pesar de la contestada reforma laboral de 2010, CC.OO. conseguimos mantener medidas de igualdad en los sectores y las empresas, lo que nos ha permitido afianzar y reforzar los derechos alcanzados en materia de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.

    CC.OO. demandamos al actual gobierno el mantenimiento, garantía e impulso de las políticas de igualdad en lo relativo al empleo y a las condiciones de trabajo.

    8 de marzo de 2012

  • Ante el anuncio de bankia de aplicar los Art. 41 y 44 del ET

    Bankia convocó ayer una reunión para informar a los sindicatos de las novedades existentes en relación a la decisión de segregar los activos del balance a la nueva Bankia Habitat. Además, la empresa también informó, de forma sorpresiva, de novedades significativas en relación al horario laboral.

    Aplicación del artículo 44 del ET en el caso de Bankia Habitat.

    En primer lugar, Bankia nos ha comunicado que, como consecuencia de la mencionada segregación de activos, se va a proceder a una operación de sucesión de empresas (artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores), que incluye el pase a Bankia Habitat de 81-82 empleadas y empleados que hasta ahora vienen prestando sus servicios en el departamento de activos adjudicados de Bankia (tanto en el área de Administración como de Gestión Comercial) y que, a su vez, proceden de Caja Madrid.

    Además de las siempre delicadas implicaciones personales estamos, pues, ante el primer caso en que un grupo de trabajadoras y trabajadores de Bankia, en bloque, cambian de empresa y de Convenio; sin olvidar que la creación de Bankia segregó por la vía de los hechos a un grupo de compañeras y compañeros, que permanecen en las cajas de origen y para quienes seguimos reclamando su incorporación a Bankia.

    Lo primero que hay que señalar es que CC.OO. no vamos a permitir que esto ocurra de cualquier modo y se atropellen los derechos de las personas, sino que vamos a participar activamente en este proceso, puesto que existen otras fórmulas que también la ley permite, como la figura de la excedencia especial o la comisión de servicios, en lugar del recurso a la sucesión de empresas por el art. 44 del ET, que es la opción elegida inicialmente por Bankia.

    En todo caso, cualquier fórmula que se utilice debe garantizar una serie de condiciones de aplicación a las y los afectados, que incluyan garantías laborales satisfactorias. 

    Hay que aclarar, no obstante, que la ley permite a las empresas aplicar el artículo 44 del ET (y más tras el reciente real decreto de la reforma laboral), incluso de forma unilateral y sin acuerdo con los sindicatos. Por ello, vamos a hacer todo lo que esté a nuestro alcance, si bien existe una diferencia entre esto y dar por hecha la excedencia especial, como se transmitió inicialmente a la plantilla desde varias instancias.

    Bankia también ha informado que no hay una fecha prevista de integración y que tampoco existe previsión de movilidad geográfica a corto plazo. Así mismo, la empresa ha confirmado la apertura de una mesa de negociación laboral específica sobre este asunto.

    Aplicación del artículo 41 del ET en el caso del horario laboral.

    La reunión de ayer todavía deparó otra sorpresa desagradable, ya que la empresa anunció la apertura de un periodo de consultas para la aplicación del artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (modificación sustancial de las condiciones de trabajo) en relación al horario laboral.

    La causa inmediata de esta decisión empresarial se sitúa en la reciente interposición por parte de UGT de un Conflicto Colectivo por una mejora que existía en Caja Insular en materia de horario. La empresa ha declarado que, en medio de la negociación general que mantenemos en Bankia sobre todos los aspectos laborales, incluido el horario, interpretan la interposición de un conflicto colectivo como un acto de mala fe y deslealtad negociadora; siendo este el motivo de una reacción que solo podemos calificar de extrema y agresiva.

    Hay que aclarar que también en este caso la ley permite a las empresas este tipo de decisiones, y más tras el reciente real decreto de la reforma laboral; teniendo en cuenta, además, que el periodo de consultas anunciado por Bankia no implica la necesidad de alcanzar un acuerdo con los sindicatos, para que la empresa procediera a modificar el horario.

    No obstante, aclarado el origen de esta noticia y situado el asunto en su contexto, CC.OO. queremos transmitir un mensaje de confianza, ya que en absoluto vamos a permitir que la empresa haga y deshaga a su antojo con el horario. Cualquier aspecto relacionado con nuestras condiciones laborales, incluido el horario, debe situarse en el marco de la negociación que mantenemos abierta, siendo cualquier medida unilateral una agresión contra la propia negociación, que no vamos a tolerar.  

    La nueva realidad que es Bankia se debe hacer con los empleados y empleadas y no contra ellas y ellos. De otro modo, se generaría un descontento y conflictividad social que en nada ayudaría a la consolidación y a la propia viabilidad del proyecto empresarial.

    En una situación como la actual, de profunda transformación de la realidad laboral general, y del sector financiero en particular; en un escenario no exento de fuertes amenazas, en que el mundo que conocíamos está cambiando de manera acelerada ante nuestros ojos, CC.OO. creemos que es necesario reaccionar y enfrentar la realidad de frente, con firmeza y flexibilidad, para conducir los cambios a favor de los intereses de las y los trabajadores.

     

    Seguiremos informando.

     

    6 de marzo de 2012

  • Información Área inmobiliaria

    Hoy ha tenido lugar una reunión entre la Dirección de Bankia y las organizaciones sindicales, en la que se nos ha informado de los planes de la Entidad respecto del Área Inmobiliaria.

    La propuesta que se nos hace es la de aplicar el artículo 44 del Estatuto de los Trabajadores para aquellas personas que pasen de Bankia a Hábitat, la nueva empresa cesionaria de los Activos, en un proceso de sucesión de empresas similar al habido para la integración de las plantillas de las siete Cajas en Bankia, sin determinar la fecha exacta por un problema de carácter mercantil, y sin aplicación inicial de movilidad geográfica.

    La representación de los trabajadores ha planteado la necesidad de establecer un acuerdo que recoja, al menos, los siguientes aspectos:

    – Mantenimiento de las condiciones laborales actuales.
    – Garantía de continuidad del empleo.
    – Compromiso de retorno en casos como cambio de accionariado o disminución del negocio.
    – Mecanismos de voluntariedad en el paso a la nueva empresa.

    Se nos informa de que se creará una mesa mixta de negociación, con representación de todas las empresas afectadas para abrir un proceso de diálogo sobre las condiciones que regirán en la nueva sociedad.

    Aprovechando la reunión, Bankia, en respuesta a la presentación de un Conflicto Colectivo por parte de una de las organizaciones sindicales presentes, nos ha comunicado la intención de abrir un período de consultas para la modificación sustancial de las condiciones de trabajo en cuestiones relativas a los horarios (art. 41 del Estatuto de los Trabajadores), indicándonos que nos convocará en breve de manera formal para tratar este asunto.

    Seguiremos informando.

    6 de marzo de 2012