Autor: CCOO Bankia

  • El salario en especie en la Renta

    Como en años anteriores publicamos este comunicado sobre cómo tratar el salario en especie en la declaración de renta.

    La tributación del ejercicio 2010 se realiza de acuerdo con la ley del IRPF, la 35/2006. El principal cambio que introdujo dicha ley en la deducción por inversión en vivienda habitual fué reducir dicha deducción a un porcentaje único del 15%. No obstante, para las viviendas compradas con anterioridad al 20/1/2006 establece una compensación fiscal por la diferencia entre la deducción actual y la que establecía la ley anterior. Compensación ésta que también podrá aplicarse en las viviendas compradas antes del 4/5/98, aunque ha desaparecido la compensación fiscal adicional que podían disfrutar con la anterior ley, con lo que se iguala el tratamiento fiscal para todas las viviendas compradas con financiación ajena con anterioridad al 20/1/2006. 

    Los aspectos más importantes a tener en cuenta, para no resultar perjudicados en la declaración que ahora debemos efectuar, afectan al ingreso a cuenta repercutido que no ha originado un mayor ingreso salarial y a la consideración del salario en especie y el ingreso a cuenta en la deducción por compra de vivienda habitual.

    Es necesario advertir a quienes utilizan el borrador que remite Hacienda a quien lo solicita, que el borrador hace una primera estimación sobre la deducción por vivienda habitual, pero ésta deberá modificarse con los criterios que señalamos a continuación porque Hacienda no dispone de los datos sobre la parte de salario en especie que corresponde a financiación por vivienda habitual.

    El ingreso a cuenta repercutido

    El ingreso a cuenta repercutido al trabajador no origina un mayor ingreso salarial. El impreso de la declaración, como en los últimos años, recoge este hecho. Así en el apartado de retribuciones en especie es necesario rellenar la casilla Valoración (a), la casilla Ingresosa cuenta (b) y la casilla Ingresos a cuenta repercutidos (c), siendo los Ingresos íntegros el resultado de a + b – c.

    Los gastos deducibles por salario en especie por la compra de vivienda habitual

    La base de la deducción por inversión por vivienda habitual cuando hay financiación ajena la constituyen las amortizaciones de capital y los intereses pagados.

    En el caso de los empleados y empleadas del Grupo Bankia cuando disfrutamos de préstamos bonificados, éstos generan un salario en especie y los correspondientes ingresos a cuenta. El salario en especie por préstamos para compra de vivienda habitual consiste en una mayor imputación de intereses, aumentando por tanto la base de la deducción. Así, para determinar los intereses por capitales ajenos invertidos en la adquisición de vivienda, deberemos sumar la valoración del salario en especie a los intereses realmente pagados por el préstamo, a lo que le sumaremos la amortización de capital efectuada, así como todos los gastos que se deriven de esa financiación. Sobre el resultado obtenido aplicaremos el porcentaje que señala la ley para determinar la deducción de la cuota pertinente.

    Si el ingreso a cuenta que se deriva del salario en especie no ha sido repercutido al trabajador o trabajadora la Dirección General de Tributos, en varias consultas (21-6-2002, 11-4-1997 y 13-5-1992)* ha contestado que se consideran como intereses deducibles la suma de la valoración de la retribución en especie y el ingreso a cuenta, es decir, la misma cuantía que constituye rendimiento del trabajo para el perceptor.

    En el caso de que exista más de un titular de la vivienda y se realicen declaraciones separadas, la retribución en especie, como ingreso salarial que es, se la imputa el trabajador que la percibe y la deducción, calculada según los criterios explicados, se imputa a cada uno de los titulares de la vivienda en función del tanto por ciento de propiedad que posea (Consulta a la DGT 1474-03)*.

    Las primas de seguros en la deducción por vivienda habitual

    Las primas de seguros de vida o de incendios, vinculadas a la financiación ajena de la vivienda habitual, son deducibles al considerarse un gasto derivado de esa financiación. (Consulta 292 de 11-5-2001)*.

    Compensación fiscal para las viviendas compradas con un préstamo antes del 20 de enero de 2006

    Las personas que compraron su vivienda habitual antes del 20 de enero de 2006 y la financiaron con un préstamo, podrán comparar el nuevo tratamiento fiscal de la compra de vivienda con la deducción que establecía la ley anterior y podrán practicar una compensación fiscal, por la diferencia. La base de la deducción es la misma en ambos casos puesto que sólo ha variado el porcentaje de la deducción. El sistema de cálculo, denominado compensación por vivienda, está incorporado al programa PADRE.

    Como ya hemos indicado, las viviendas compradas con anterioridad a 4/05/1998 pierden la posibilidad de la compensación adicional que gozaban pudiendo disfrutar sólo de la compensación actual.

    Naturalmente, y en todos los casos, es preciso computar el ingreso a cuenta en el apartado correspondiente de los Pagos a cuenta y cuota diferencial al final de la declaración.

    Las cuotas al sindicato desgravan

    Es necesario recordar que las cuotas satisfechas al sindicato se siguen considerando como gasto deducible de los rendimientos del trabajo (1). Porque, efectivamente, la afiliación sindical, y en especial a CCOO, contribuye a mejorar las condiciones de trabajo y, también, los rendimientos del trabajo.

    Supuesto práctico trabajador o trabajadora del Grupo Bankia

    Deducción por vivienda habitual (adquirida con préstamo vivienda)

    Capital amortizado 1.200
    Intereses pagados (2) 3.600
    Retribución en especie por préstamo vivienda(3) 720
    Seguro de amortización 280
    CANTIDADES INVERTIDAS (TOTAL) 5.800
       
    DEDUCCIÓN. 15% s/cantidad invertida (4) 870

     

    El importe máximo con derecho a deducción es de 9.015 euros.
    Si existiese exceso no puede trasladarse a ejercicios futuros.
     

     

    VIVIENDA HABITUAL ADQUIRIDA ANTES DEL 20.01.2006: Compensación fiscal

    Si esta vivienda fue adquirida antes del 20 de enero de 2006, pero después de 1/01/1992 (no se considera retribución en especie en los préstamos constituidos con anterioridad a esta fecha), puede accederse, como indicamos en el primer comunicado, a una compensación por la diferencia entre la aplicación de la ley anterior y de la actual. 

     

    Como ya indicamos en el primer comunicado, las viviendas compradas con anterioridad a 4/05/1998, con la nueva ley han perdido la posibilidad de practicar la compensación adicional que gozaban pudiendo disfrutar sólo de esta compensación. 


    * Las respuestas a consultas tributarias tienen un carácter meramente informativo, y no son por tanto vinculantes para la Administración que podría cambiar de criterio. En todo caso, si se actúa conforme a los criterios expuestos por la Administración ante dichas consultas no se incurrirá en responsabilidad por infracción tributaria, según el art.5.2 de la Ley de Derechos y Garantías del Contribuyente. (1) El borrador de declaración que remite Hacienda a quienes lo hayan solicitado no incluye la cuota sindical, por lo que si procede será necesario incluirla. (2) Si el ingreso a cuenta no se ha repercutido al perceptor, y por tanto ha aumentado los rendimientos del trabajo, computa como “Intereses pagados” tal como recoge la Dirección General de Tributos en varias consultas. Así, si fuera el caso, aumentaríamos los intereses pagados en 144 euros por el ingreso a cuenta. 

    (3) Es la parte de la casilla 02 del apartado de Rendimientos del trabajo que corresponde a la retribución en especie por el préstamo de vivienda. 

    (4) En alguna comunidad autónoma este porcentaje puede variar por el tramo autonómico aplicado en función de diversas condiciones. 

  • Constituida la Mesa laboral unitaria de Bankia

    Bankia anuncia que el traspaso masivo de trabajadoresde las 7 cajas a la nueva entidad se producirá la 3ª semana de Mayo. – CC.OO. insiste en reclamar la unidad de todas las plantillas y una integración ordenada, con respecto a las personas.

    El día 29 de abril quedó constituida la Mesa unitaria que deberá abordar (según lo dispuesto en el Acuerdo Laboral de diciembre) contenidos y materias de aplicación en el nuevo banco, como: sistema de retribución variable, promoción profesional, clasificación de oficinas, plan de pensiones de grupo, tardes de jueves, beneficios sociales, plan de igualdad, medidas de conciliación de la vida laboral y personal, permisos, prevención de riesgos laborales, etc.

    Esta Mesa unitaria es también un ámbito adecuado para tratar materias como la insularidad, la extensión de condiciones laborales de Bankia a sus Grupos de empresas, así como también es un ámbito desde el que contribuir a definir la forma de abordar eventuales reestructuraciones en estas empresas…

    La representación laboral en esta negociación se corresponde con los resultados de las elecciones sindicales celebradas en las 7 cajas de Bankia en noviembre pasado:

    CC.OO., 41,1%; UGT, 22,1%; Confed. Cuadros, 18,6%; CIC*, 12,3%; CSICA, 3,8%; CGT, 2,1%

    (* CIC engloba a SATE, de Bancaja; SEC, de Caja Segovia; y Alternativa Sindical, de Caja Madrid).

    No obstante, la noticia más destacada de esta primera reunión ha sido el anuncio de Bankia en el sentido de que la sucesión de empresas, en términos de traspaso masivo de trabajadores de las siete cajas a la nueva Entidad, se producirá en la tercera semana de Mayo, una vez concluyan ciertos trámites administrativos y legales ahora en marcha. Tras este traspaso masivo, la inmensa mayoría de los empleados actuales de las 7 cajas trabajarán en Bankia, permaneciendo solo un pequeño grupo de empleados en cada caja y otro grupo de 15-20 personas en el Banco Financiero y de Ahorros. 

    CC.OO. hemos insistido en que este proyecto solo es posible en términos de unidad de las plantillas, de modo que el 100% de los trabajadores estén regulados por unas únicas condiciones laborales, derivadas del Convenio Colectivo y de los Acuerdos que ya se han suscrito o se puedan suscribir en Bankia.

    También hemos señalado que la información que se nos ha facilitado hoy sobre aspectos tan relevantes es insuficiente y tardía, lo que abunda en una sensación de cierto descontrol e improvisación en el proceso de integración en que estamos embarcados.   

    Solo estamos en los primeros compases de un movimiento que se prevé mucho más amplio y, en efecto, ya se están produciendo incidencias notables y decisiones a veces sorprendentes: falta manifiesta de coordinación entre entidades; diferentes políticas en un mismo territorio; cierre de oficinas rentables; traslados de personal de un día para otro y con criterios dudosos, asignación de cursos de formación en provincias distintas al lugar de residencia, habiendo aulas de formación más próximas, etc. Recordamos que la formación siempre es voluntaria, si bien también es necesaria y conveniente, sobre todo en un contexto excepcional como el actual; aunque también debe contemplarse la suficiente flexibilidad para poder conciliar vida laboral y personal. 

    Por todo ello, en esta reunión CC.OO. hemos vuelto a insistir a la Dirección de Bankia (como venimos haciendo en la Comisión de Seguimiento y en otros foros) en la necesidad de llevar a cabo un proceso de integración ordenado, transparente y con criterios racionales; con respeto a las personas, procurando que los traslados sean consensuados, satisfactorios para las y los interesados y se comuniquen debidamente, en tiempo y forma; garantizando una igualdad de oportunidades real para todos, con independencia del puesto que ocupara el trabajador/a anteriormente, así como de su caja de procedencia; y garantizando también, en su caso, a trabajadoras y trabajadores la formación necesaria para el desempeño de su nueva función.   

    29 de abril de 2011

    – CC.OO. no vamos a admitir actuaciones sin sentido ó sin escrúpulos.

    – Más de 7.000 trabajadores de Bankia (1 de cada 3) están afiliados a CC.OO.

    Unidos somos más fuertes.

  • Comparte responsabilidades. ¡NO TE LO PIERDAS!

    La legislación española se ha modificado en los últimos años varias veces para facilitar la conciliación de la vida laboral y privada de las personas trabajadoras. Todas las modificaciones introducidas últimamente generan los mismos derechos para las mujeres que para los hombres.

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    PARA ATRAVESAR LA BARRERA ENTRE LA IGUALDAD

    FORMAL E IGUALDAD REAL

    La legislación española se ha modificado en los últimos años varias veces, para facilitar la conciliación de la vida laboral y privada de las personas trabajadoras. Todas las modificaciones introducidas últimamente generan los mismos derechos para las mujeres que para los hombres.

    De este modo, ya no existe ningún impedimento legal para que un hombre pueda disfrutar del permiso de paternidad para cuidad a su hijo recién nacido o de una reducción de jornada o excedencia para atender a su padre o a su madre. No obstante, todavía quedan otros obstáculos para eliminar, son los basados en roles y estereotipos que la sociedad ha asignado a lo largo del tiempo a hombres y mujeres. Luchar para eliminarlos, es nuestro objetivo.

     

    ¿Por qué no se comparten todos los trabajos?

    Permisos retribuidos

     

     

    Por fallecimiento, accidente, enfermedad grave u hospitalización de familiares (art. 37.3 ET)

    2 días / 4 días si es preciso desplazamiento.
    Hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad

    Nacimiento de hijos (art. 37.3 E.T.)

    2 días/4 días si es preciso desplazamiento

    Hijos prematuros o que requieran hospitalización (art. 37.4 bis ET)

    1 hora de ausencia, dentro de la jornada laboral
    Reducción de la jornada de trabajo hasta un máximo de dos horas, con la disminución proporcional del salario.
    . Pueden acceder la madre o el padre, si trabajan los dos

    Descanso por maternidad (art. 48 E.T.)

    16 semanas / parto múltiple: ampliable en 2 semanas más por cada hijo/a a partir del 2º.

    ·   Distribución a opción de la interesada, aunque las 6 semanas de descanso posteriores al parto las tiene que hacer obligatoriamente la madre.

    ·   A opción de la madre, y siempre que los dos trabajen, el padre podrá hacer uso de las 10 semanas restantes, de forma simultanea o sucesiva a la madre.

    ·   La baja médica provocada por riesgo o alteración de la salud durante el embarazo no supondrá, en ningún caso, una reducción de la duración del permiso por maternidad.

    Hijos prematuros o que requieran hospitalización (art. 48.4 ET)

    El período de suspensión podrá computarse a instancia de la madre o, en su defecto, del padre, a partir de la fecha del alta hospitalaria.

    Descanso por adopción o acogida de menores de 6 años (art. 48.4 E.T.)

    16 semanas / en caso de adopción o acogida múltiple, ampliable en 2 semanas por cada hijo/a a partir del 2º.

    ·      Distribución a opción de los interesados. Si el padre y la madre trabajan, podrán disfrutar del permiso de forma simultánea o sucesiva.

    •  En caso de adopción internacional previo, se podrá empezar a disfrutar del permiso hasta 4 semanas   antes de la resolución judicial.

    ·      Esto será válido para niños y niñas de más de 6 años cuando se trate de menores discapacitados o que tengan especiales dificultades de inserción social

    Lactancia (art. 37.4 E.T.)

     

    1 hora de ausencia, dentro de la jornada laboral de la madre o el padre, que podrá dividirse en 2 fracciones de media hora.

    ·   Hasta que el recién nacido cumpla 9 meses.

    ·   Se puede sustituir la ausencia de 1 hora por una reducción de media hora en la jornada normal (entrar media hora más tarde o salir media hora antes).

    ·   Lo puede disfrutar el padre o la madre, siempre que los dos trabajen.

    ·  La concreción de los 2 puntos anteriores corresponde a la trabajadora

     

    Permisos no retribuidos

    Reducción de jornada (art. 37.5 E.T.)

     

     

    Supuestos:

    ·   Por cuidado directo de algún menor de 6 años.

    ·   Por cuidado directo de una persona discapacitada.

    ·   Por cuidado directo de un familiar, hasta el 2º grado de consanguinidad o afinidad que no pueda valerse por sí mismo.

     

    Condiciones:

    ·   La reducción de la jornada de trabajo, con disminución proporcional del salario, puede ser de entre un tercio y la mitad de la duración de la jornada.

    ·   Es un derecho individual de las personas trabajadoras.

    ·   La concreción horaria y del periodo de disfrute corresponderá a la persona interesada, dentro de su jornada ordinaria.

    ·   Se deberá preavisar al empresario con quince días de antelación de la fecha de reincorporación a la jornada ordinaria.

     

    Excedencias (art.46.3 E.T.)

    Supuestos:

    ·         Para cuidado de hijos:

      • Periodo de duración no superior a 3 años, a contar desde el nacimiento o, en su caso, de la resolución judicial o administrativa.
      • Cuando la excedencia es menor o igual a 12 meses, a disfrutar en cualquier momento en los primeros 3 años, se tendrá derecho de reserva del puesto de trabajo. Transcurrido dicho plazo, la reserva quedará referida a un puesto de trabajo del mismo grupo profesional o categoría equivalente.

    ·         Para cuidado de un familiar, hasta el 2º grado que no pueda valerse por sí mismo:

      • Duración máxima: 1 año.
      • Derecho de reserva del puesto de trabajo

    Condiciones:

    ·     La excedencia es un derecho individual de las personas.

    • El periodo de excedencia será computable a efectos de antigüedad y se tendrá derecho a la asistencia a cursos de formación profesional.

          ·   Las excedencias para estos supuestos no tienen duración mínima.

  • ¿Hablas como piensas?… ¡Piensa lo que hablas!

     

    lenguaje genérico …. sin exclusiones

    ¿ hablas como piensas ? … ¡ piensa lo que hablas !

    UTILIZA EL GENÉRICO: ¡ PARA TODAS Y PARA TODOS !
    ¡ HAZ VISIBLE A LAS MUJERES EN TU LENGUAJE COTIDIANO !
    ¡ USA TAMBIÉN EL FEMENINO !
    Mujeres y Hombres   debemos hacer del lenguaje un instrumento de igualdad en los distintos ámbitos de nuestra convivencia colectiva

    Pensamiento, cultura, valores y lenguaje caminan de la mano. Las palabras que empleamos en nuestro lenguaje cotidiano reflejan y transmiten, en la mayoría de los casos, tanto los valores aprendidos como nuestra forma de pensar y actuar.

    La utilización del género masculino como sinónimo de neutro y comprensivo de hombres y mujeres, no solo es un error cultural impuesto en los tiempos, sino un vehículo de transmisión de valores y conductas de dominación y ocultación de las mujeres en la vida cotidiana, social y laboral.

    Es necesario construir y normalizar un lenguaje genérico para todas y todos que, manteniendo la máxima claridad y legibilidad, contribuya a transmitir valores y conductas de igualdad.

    Recomendaciones  » siempre que puedas, procura …

    – Sustituir la terminación o/a, utilizando términos comprensivos de hombres y mujeres.

    – Emplear nombres colectivos genéricos en vez del masculino.

    – Generalizar la utilización de abstractos.

    – Evitar el uso del masculino para referirse a oficios, cuando los desempeña una mujer: la médica, la autora … ¡ Es correcto!.

    – Omitir los sujetos colectivos masculinizados  para referirse a mujeres o grupos que las incluyan, cuando resultan implícitos en la frase: Como sabéis …, omitiendo el  vosotros.

    – Sustituir el uso de participios masculinizados por el empleo de fórmulas gramaticales genéricas o impersonales: los seleccionados por las personas objeto de selección.

    – Emplear ambos genéricos cuando no resulte posible la utilización de un término genérico.

    – Anteponer el femenino con terminación a/as al masculino o/os para referirse a ambos géneros, cuando resulte necesario emplearlos. ¡ Es correcto! Las primeras son anteriores en nuestro orden alfabético.

    Usa el femenino cuando lo necesites «

    Ejemplos  sirva una nuestra de los llamados genéricos, que sí son neutros, para comenzar a redactar y expresarnos correctamente:
    El hombre: la humanidad, las personas, el ser humano.

    El cuerpo del hombre: el cuerpo humano.

    La evolución del hombre: la evolución de la humanidad.

    El hombre urbano: la población urbana.

    Los derechos del hombre: los derechos humanos.

    Los niños, los jóvenes, los ancianos: la infancia, la juventud, las personas mayores.

    Los alumnos y los profesores: el alumnado y el profesorado.

    Los maestros, padres y alumnos: la comunidad escolar.

    Los médicos y las enfermeras: el personal médico y sanitario.

    Los extremeños: el pueblo extremeño, la población extremeña o de Extremadura.

    Los españoles: la ciudadanía del Estado Español.

    Los parados: la población en paro.

    Los trabajadores: el personal, la plantilla, las personas trabajadoras.

    Los funcionarios y los laborales: personal trabajador de las administraciones  públicas.

    Los delegados: la delegación, la representación sindical.

    Los laborales: personal laboral.

    Los ciudadanos: la ciudadanía.

    Candidatos: candidatura.

    Director: dirección

    Los padres: progenitores.

    Los funcionarios: funcionariado, el personal funcionario.

    Los bomberos: profesionales del servicio de extinción de incendios.

    Los soldados: la tropa.

    Jefe: jefatura.

    Secretario y secretaria: secretaría.

    Redactores/as: redacción, equipo de redacción.

    Notario: notaría.

    Tutor/a: tutoría.

    Distribuidor: distribución/distribuciones.

    Psicólogos: profesionales de la psicología.

    Nacido/a: natural de.

    Pocos/muchos: minoría/mayoría.

    El lector/a: quien lee, la persona que lee.

    Los demandantes: quienes demandan.

    El firmante: la persona que firma, quien firma.

    Los denunciantes: quienes demandan.

    El interesado: la persona interesada, a quien interesa.

  • Utilización de pesticidas en ambientes cerrados

    Alerta con la utilización de pesticidas en ambientes cerrados

    Verano de 1994. Se realizan dos fumigaciones en el Servicio de Microbiología del hospital público la Vall d’Hebró en Barcelona. Unas 60 personas se quejan de molestias: olores, lagrimeo, gusto metálico en la boca. Algunas presentan dificultad respiratoria. Las tratan de «quejicas» e «histéricas» (la mayoría de ellas son mujeres). Hoy, 8 de estas trabajadoras tienen una invalidez absoluta. Se les reconoce que no pueden realizar ningún tipo de trabajo. Pero la realidad es más cruel si cabe: sus vidas han cambiado. El malestar general, los dolores musculares, la intolerancia a ambientes cerrados (no pueden ir al cine, ni entrar en grandes almacenes, en sus casas no pueden entrar muebles nuevos y, en algunos casos, ni flores…) las obliga a organizarse la vida de manera diferente. No deciden ellas, son las secuelas de un accidente de trabajo las que determinan su cotidianeidad.

    Alcance del problema

    En estos tres años se han producido otras intoxicaciones por la utilización de pesticidas en ambientes cerrados con repercusiones diferentes sobre la salud. Unas piscinas municipales de Badalona (dos intoxicaciones), un centro geriátrico, un centro del Departament de’Ensenyament de la Generalitat, un gran centro comercial, un hospital comarcal… Y, estamos hablando de las exposiciones de las que Comisiones Obreras de Catalunya hemos tenido conocimiento. Nos preguntamos cuál será el alcance real.

    Un problema de salud laboral, pero también de salud pública. Son sustancias tóxicas que se utilizan sin ningún tipo de control en numerosos edificios tanto de uso público como privados. Una mujer de Madrid nos explica en una carta: «a partir de ese momento – tras una aplicación de pesticidas en la escalera- mi vida ha sido un calvario, una auténtica pesadilla ya que prácticamente no he sido atendida ni comprendida por nadie… el principal tratamiento es no volver a estar en contacto con ese producto, ni con ningún otro que sea tóxico…»

    ¿Qué tienen en común todos estos casos?

    Se utilizan sustancias tóxicas. No podemos olvidar que el objetivo de los pesticidas e matar (eso sí, insectos). La legislación española obliga a que los pesticidas que se utilicen en ambientes cerrados estén autorizados para tal fin. Existe un registro oficial (y, como tal registro, es público) dependiente del Ministerio de Sanidad, y como mínimo algunas comunidades autónomas (desconozco si todas) tienen la información toxicológica.

    Nuestra experiencia es que los productos que están generando problemas de salud corresponden a la familia química de los organofosforados y piretroides.

    Estos productos se utilizan sin ningún tipo de control, ni protocolos de actuación. Deben acabarse las prácticas de desinfectar de manera periódica (por si acaso), sin registrar qué productos se utilizan y en qué dosis, sin informar a los trabajadores y trabajadoras de las medidas que deben tener en cuenta, ni informar a las trabajadoras de la limpieza cómo deben actuar… Y deben implantarse un conjunto de medidas preventivas que son necesarias para que estos productos consigan su fin: matar las plagas de insectos sin dañar la salud de las personas.

    Una vez producida la intoxicación la atención sanitaria que reciben las personas intoxicadas es totalmente deficiente, tanto en la atención inmediata de urgencia, como en la atención posterior.

    Nuestra acción sindical: la solidaridad, la denuncia y la prevención

    Implicarse y trabajar en aquellos temas que no se conocen es difícil, Nuestra primera dificultad fue entender qué estaba pasando. ¿Tenía algún sentido que el Servicio de Prevención no hiciese caso a las trabajadoras cuando relataban sus «dolencias»? ¿Cómo conseguir un circuito de atención sanitaria para las mujeres intoxicadas? ¿Cómo contrarrestar el informe del Servicio de Medicina Preventiva que aseguraba que no pasaba nada? Hoy, después de más de tres años tras el tema y con la fuerza que nos ha dado la relación con el conjunto del colectivo implicado (personas afectadas, algún personal técnico y sindicatos) podemos afirmar que estamos avanzando en lograr que la aplicación de pesticidas en ambientes cerrados adquiera la «categoría» de problema de salud pública, y sea considerado como un tema social y de prevención.

    En el mes de febrero Iniciativa Per Catalunya, recogiendo las reividicaciones de las afectadas y de CCOO, planteó en el Parlament de Catalunya una interpelación y una moción sobre el tema. Todos los grupos han coincidido en instar a la Generalitat a que tome una serie de medidas como son: 

    Sensibilizar sobre la utilización de pesticidas únicamente en los casos en que sean necesarios, informando sobre los problemas de su uso inadecuado.

    · Clarificar las responsabilidades y controles.

    · Garantizar el acceso a la información sobre las características y condiciones de uso.

    · Elaborar un protocolo preventivo para el uso de pesticidas y garantizar su difusión y aplicación.

    · Garantizar la formación permanente de las personas que realizan las aplicaciones.

    · Sensibilizar y capacitar al personal sanitario para la detección y tratamiento de las intoxicaciones.

    No quisiera acabar sin una reflexión del por qué como sindicatos nos hemos sentido con aliento a continuar adelante con nuestro objetivo. Es la justicia, es la defensa de la salud. Pero, sobre todo, es el trabajo conjunto con personas intoxicadas, la mayoría de ellas mujeres, que desde un principio han sido muy activas, han luchado por su salud y, a pesar de sus problemas, están luchando para que las políticas de prevención sean una realidad en cada uno de los centros de trabajo, Porque somos unas enamoradas de la vida, la salud y la prevención… hasta el final.

    Neus Moreno

    Comissió Obrera Nacional de Catalunya


    Paralizamos una fumigación

    Universidad de Valencia. Viernes, 31 de octubre de 1997. Sección Sindical de CC.OO. Un compañero nos llama para preguntar en qué condiciones se va a hacer la desinsectación que se anuncia en los pasillos por medio de unos carteles en los que se advierte que los días 1 y 2 de noviembre la empresa DE.SA procederá a realizar un tratamiento en algunos edificios de la Universidad.

    Nos pusimos en contacto con la empresa para que nos facilitaran el nombre del producto que iban a utilizar y las condiciones en que se realizaría la operación. DE.SA nos proporcionó una información incompleta por lo que acudimos a la Conselleria de Sanidad donde nos confirman que el producto no está en el Registro de Plaguicidas de uso Ambiental del Ministerio de Sanidad y nos recomiendan que no se lleve a cabo la operación hasta disponer de una información más detallada.

    Es viernes y son las tres y cuarto de la tarde. Intentamos contactar con el Presidente del Comité de Seguridad y Salud de la Universidad para informarle del asunto. Como no le localizamos, acudimos al Vicerrector de Infraestructuras, que decide asumir la responsabilidad y paralizar la fumigación. Ese mismo día enviamos a todos los centros afectados un comunicado explicando que la Universidad iba a paralizar la desinsectación, por las dudas que el producto y el proceso generaban, hasta que se tuviera más información sobre el asunto.

    A la semana siguiente solicitamos una reunión urgente de responsables de DE.SA, representantes de la Universidad y de los trabajadores/as. A dicha reunión acudimos con una profesora de la cátedra de Control de Plagas que explicó que el producto que pensaban utilizar estaba clasificado como tóxico por lo que solicitábamos su sustitución por otros menos peligrosos.

    De esta reunión conseguimos que la Universidad se comprometiera, por un lado, a que en futuras ocasiones se utilizarán los productos menos peligrosos incrementando si era preciso el número de aplicaciones, y por otro, que se cumplirán los plazos de seguridad. Así, se acordó que se informaría con antelación a los miembros del Comité de Seguridad de las aplicaciones a realizar.

    Carmen Rodríguez 

    Delegado de Prevención Universidad de Valencia