Autor: CCOO Bankia

  • CC.OO. insta a la empresa a abonar el segundo plazo de la indemnización

    En la reunión de ayer de la Comisión de Seguimiento del ERE, Bankia informó de su intención de no abonar el segundo plazo de la indemnización a las personas afectadas, en aquellos casos en que exista demanda con sentencia en primera instancia y recurrida por cualquiera de las partes. La empresa alega que se trata, en todo caso, de una medida temporal (en tanto en cuanto no exista sentencia firme) y que se realiza por motivos «técnico-jurídicos».

    CC.OO. hemos consultado inmediatamente con nuestros servicios jurídicos este asunto y, en particular, el supuesto «problema técnico» al que alude la empresa, constatando que existen mecanismos que permiten realizar el abono a las personas afectadas, sin mayores problemas ni repercusión alguna.

    Por ello, hemos dirigido una carta a la empresa, instándole a que abone en tiempo y forma el segundo plazo de la indemnización comprometido en el Acuerdo del ERE, en los casos de extinción de contrato; reservándonos, asimismo, el derecho a ejercer cuantas acciones jurídicas pudiera corresponder en defensa de los intereses de unos trabajadores a los que no es de recibo añadir más sufrimiento.

    2 de Octubre de 2014

  • CIRCULAR CONJUNTA: NO PUEDE HABER MÁS DESPIDOS.

    En el curso de la reunión de la Comisión de Seguimiento celebrada hoy, la empresa ha informado que a día de hoy ya se han producido 4.471 salidas efectivas: 3317 de la Red, 770 de SSCC y 384 externalizaciones.

    Informa, igualmente, que sólo quedan pendientes de realización, por motivos operativos y hasta la cifra límite de las 4500 personas que contemplaba el expediente, la salida de 29 personas con solicitud de adhesión voluntaria aceptada.

    Esto implica de hecho la imposibilidad efectiva de proceder a ningún despido como consecuencia del ERE.

    Hemos reclamado a la empresa la necesidad de atender el problema de las personas cuya solicitud de adhesión voluntaria no ha sido atendida, debido a la nefasta gestión del proceso que hemos venido denunciado a lo largo del mismo.

    Bankia ha informado, adicionalmente, que temporalmente no procederá al pago del segundo plazo de la indemnización en aquellos casos en que exista demanda con sentencia en primera instancia y recurrida por cualquiera de las partes.

    En esta situación, según la empresa, han consignado en el juzgado la cantidad correspondiente al despido improcedente, por lo que está de hecho desembolsada, y pagar el segundo plazo podría acabar suponiendo el desembolso doble de al menos una parte de esa cantidad.

    No obstante, han manifestado también su disposición para abonar esta cantidad bien cuando haya sentencia firme, bien si las partes encontramos solución a este problema técnico.

    1 de Octubre de 2014

  • Se inicia el proceso para evaluar los Riesgos Psicosociales

    Más de un año después de que CC.OO. lo solicitara por primera vez, y tras la insistencia reiterada de nuestra organización, la empresa comunicó ayer el inicio del proceso para acordar y aplicar un modelo de Evaluación de Riesgos Psicosociales en nuestra empresa.

    undefined undefined» style=»color:#ff4040;text-decoration:underline»>¿Qué son los riesgos psicosociales y por qué es importante su evaluación?

    Se denominan factores psicosociales a aquellos factores de riesgo para la salud que se originan en la organización del trabajo y que generan respuestas de tipo fisiológico (reacciones neuroendocrinas); emocional (sentimientos de ansiedad, depresión, alienación, apatía?); cognitivo (restricción de la percepción, de la habilidad para la concentración, de la creatividad o la toma de decisiones?) y conductual (abuso de alcohol, tabaco, drogas, violencia, asunción de riesgos innecesarios?). Estas conductas se conocen popularmente como ?estrés? y pueden ser precursoras de enfermedad en ciertas circunstancias de intensidad, frecuencia y duración.

    El estrés, el acoso y el malestar físico y psíquico que sufren muchos trabajadores y trabajadoras son resultado de una mala organización del trabajo y no de un problema individual, de personalidad o que responda a circunstancias personales o familiares.

    Los Factores Psicosociales representan, pues, la exposición (aquello que deberemos identificar, localizar y medir); la Organización del Trabajo representa el origen de dicha exposición (aquello sobre lo que habrá que actuar para eliminar, reducir o controlar esta exposición); y, por último, el ESTRÉS representa el precursor del efecto (enfermedad) que pretendemos y debemos evitar.

    Todos estos factores han cobrado especial protagonismo en empresas que se han visto sometidas a importantes procesos de reestructuración, como es nuestro caso, dado que el cierre de gran número de centros de trabajo y la consiguiente salida de personal implica (junto a una serie de situaciones duras y traumáticas) un importante déficit de recursos en todos los sentidos; lo que, a su vez, se sitúa en la base de otros graves problemas que venimos padeciendo: prolongaciones de jornadas, presiones, amenazas?

    Más vale, pues, tarde que nunca. CC.OO. reiteramos nuestro compromiso de velar por la seguridad y salud de todas las personas que trabajamos en Bankia. Asimismo, nos ponemos a tu disposición para aclarar cualquier dato que necesites al respecto, a través de tu Delegado de Prevención de CC.OO. o contactando con este sindicato.

    26 de Septiembre de 2014

  • Modificaciones en la gestión y control de la Incapacidad Transitoria

    El 1 de Septiembre han entrado en vigor una serie de modificaciones relativas a la gestión y control de la Incapacidad Transitoria, que vienen reguladas en el Real Decreto 625/2014, de 18 de Julio del presente año.

     
    Lo más destacado es que se otorga mayor poder a las Mutuas en la gestión y control de los procesos de IT ya que, si bien estas entidades siguen sin poder dar altas por Contingencia Común, a partir de ahora la ley obliga a que haya respuesta ante una propuesta de Alta Médica, por parte de la Mutua; de tal forma que si ésta no se produce por parte del médico, el INSS decidirá si se declara el alta o no.
     
    Entre los cambios que introduce la nueva norma destacan los siguientes: 
     
    – Partes médicos de baja y confirmación e informes complementarios del control de la baja. Básicamente éstos se extenderán en función de la duración estimada de la baja, modificándose también la periodicidad de la emisión de los informes complementarios que la acompañan.
     
    – Seguimiento y control de la prestación económica y de la IT. Las Mutuas podrán ejercer el control y seguimiento de los procesos de IT desde el primer día (hasta ahora era a partir del 16), pudiendo acceder a los informes médicos, pruebas y diagnósticos del paciente. Aunque el Real Decreto indica expresamente que estos datos no podrán utilizarse para finalidades distintas a las previstas, CC.OO. nos hemos mostrado en contra del acceso de las Mutuas a esta información, por razones de confidencialidad y ante la posibilidad de que se pueda producir un mal uso de la misma. Igualmente, se modifican plazos para citaciones y para justificación de ausencia a las mismas.
     
    – Reclamación de alta médica del trabajador, a propuesta de la Mutua. Hasta ahora el trabajador/a tenía 4 días hábiles para este trámite y ahora se aumenta a 10, del mismo modo que se amplía el plazo para la mutua para efectuar alegaciones al INSS: antes 2 días hábiles, ahora 4.

    En el archivo adjunto encontrarás información detallada de los siguientes aspectos:

    – Partes de baja y confirmación.

    – Informes médicos complementarios.

    – Propuestas de alta médica formuladas por las Mutuas en procesos de Contingencia Común.

    – Procedimiento de Determinación de Contingencia causante de la IT.

    – Acceso al texto íntegro del Real Decreto Ley.

     
     
    24 de Septiembre de 2014
  • CC.OO. exige la retirada de la encuesta enviada a Directores.

    Nuestra empresa, en un ejercicio más propio de las policías políticas del pasado, ha enviado una encuesta cuya participación parece ser ?voluntaria?…

    … y en la que se atreve a realizar una serie de preguntas trampa como estas: 

                    «¿Si recibieses una buena oferta profesional, dejarías Bankia?»
                    «¿Te resultaría muy duro dejar Bankia?»
                    «¿Te sientes parte de Bankia?»
                    «¿Te preocupa lo que te pueda suceder si tuvieses que dejar Bankia?»

    No hace falta más explicaciones para entender el trasfondo y la intención de las amenazas latentes que, claramente, se ven en estas preguntas, justamente después de lo que hemos vivido en nuestra empresa. 

    Desde CC.OO. nos hemos dirigido a la Dirección de la empresa para que retire inmediatamente la encuesta e inicie un proceso interno de depuración de responsabilidades entre las personas que han ideado esta herramienta, que solo sirve para sembrar temores e inquietudes entre una plantilla que lleva años soportando presiones desde todos los ámbitos posibles.