Autor: seccion sindical fraternidad

  • PREACUERDO COMUNICADO

    PREACUERDO SOBRE EL PROCESO DE SEGREGACION DE LA ACTIVIDAD QUE LAS MUTUAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL REALIZAN COMO SERVICIOS DE PREVENCION AJENO


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    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD
    MUPRESPA


    En el día de ayer, las Organizaciones Sindicales Fes-UGT y
    Comfia-CC.OO. (en presencia de ambas Confederaciones) y la Organización Patronal
    AMAT, junto con la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, como
    convocante de la reunión, alcanzamos un Preacuerdo que garantiza a

    l@s


    trabajador@s
    de las Sociedades de Prevención que se segregan de las Mutuas,
    la continuidad de la aplicación del Convenio Colectivo General para las empresas
    de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo hasta la entrada en
    vigor de un Convenio Colectivo que permita una ordenación de todo el Sector de
    la Prevención, así como efectuar la segregación prevista en el proyecto de Real
    Decreto, con el menor impacto posible para las plantillas.


    En este sentido acordamos:

    PRIMERO: Iniciar un
    proceso de diálogo para la negociación de un Convenio Colectivo para todo el
    sector de los Servicios de Prevención ajeno, en cuyo ámbito queden incluidas las
    Sociedades de Prevención, tomando como base las condiciones laborales del
    Convenio General de Seguros.


    SEGUNDO: Las partes se comprometen a elaborar un Protocolo que
    fije las condiciones laborales de segregación en cada Mutua, respetando los
    derechos existentes.

    TERCERO: Se crea una
    Comisión Mixta para resolver las diferencias que se pudieran derivar del proceso
    de segregación en cada Mutua. También se podrán incorporar, a la citada
    Comisión, las Asociaciones de Servicios de Prevención Ajenos para dentro de
    este foro propiciar las negociaciones del convenio colectivo previstos en el
    punto primero.


    CUARTO: Los firmantes se comprometen a que todo el proceso de
    segregación se realice sobre el principio de no discriminación y respeto a las
    garantías sindicales previstas en el Estatuto de los Trabajadores y en la ley
    Orgánica de Libertad Sindical, manteniendo, que la representación legal de los
    trabajadores en caso de que pasen a la Sociedad de Prevención mantendrán “ad
    Personam” sus derechos y garantías.

    Estamos pues en el
    inicio de lo que necesariamente deberá ser un proceso de diálogo social y
    entendimiento mutuo, tanto colectivo como en el seno de cada una de las Mutuas,
    que propicie acuerdos para lograr una segregación ordenada y pactada, respetando
    tanto las condiciones del Convenio Sectorial vigente como aquellas alcanzadas a
    través de convenios o acuerdos de empresa, a la vez que se consiga establecer
    las bases para la consecución de un Convenio Colectivo para todo el Sector de la
    Prevención.


    Estamos seguros que en todo el proceso habrá tentaciones de
    instrumentalizar representaciones al margen de los sindicatos de clase
    mayoritarios, pero confiamos que los trabajadores y trabajadoras, tanto de las
    Mutuas como de los Servicios de Prevención Ajenos, sabrán valorar los esfuerzos
    realizados por UGT y CC.OO. en la defensa de sus intereses en todo este proceso,
    ratificando su confianza en nuestras organizaciones en el proceso electoral que
    deberá realizarse próximamente.



    Madrid, 26 de enero de 2.005

  • El parte de guerra laboral

    Durante todos estos años muchas instituciones han insistido en la idea de que la prevención es una inversión y no un gasto. Desgraciadamente, muchas empresas siguen sin comprender esta afirmación, limitándose a cumplir el expediente por los pelos.


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    Ostenté diversas
    responsabilidades en el Ministerio de Trabajo durante los años 1996-2000, en un
    periodo de fuerte creación de empleo y un razonable clima laboral, con positivos
    acuerdos sociales. Un hecho, sin embargo, oscureció ese halagüeño panorama.
    ¿Cuál? Pues que la siniestralidad laboral se incrementaba año a año, con su
    trágico reguero de muertos y heridos. Cuando me preguntan por los lados
    negativos de mi gestión, siempre respondo de idéntica manera: durante mi mandato
    se incrementó la siniestralidad.
    Recuerdo algunas mañanas en las que no cesaban de llegarnos noticias de muertos
    o heridos. Aquello parecía un parte de guerra. Hoy, tras el balance de 10
    muertos del accidente de Burgos, me vienen a la cabeza aquellos tristes
    recuerdos. Pero no es la melancolía el mejor antídoto para nuestro mal. Como
    siempre sólo hay una receta para superar los problemas. Pensar y trabajar.
    España cuenta en estos momentos con un corpus legislativo y normativo
    completamente homologable a nuestros vecinos europeos. Sin embargo nuestra
    siniestralidad es sensiblemente superior. ¿Por qué? Escasa concienciación de
    empresarios y trabajadores, falta de inversión y formación en prevención y
    limitados recursos de la inspección de trabajo. A efectos estadísticos también
    existen voces que afirman que los criterios de contabilización de accidentes no
    son idénticos en todos los países. Que nosotros contabilizamos como laborales lo
    que otros consideran accidentes de tráfico o enfermedades. No merece la pena que
    nos detengamos en esto. En cualquier circunstancia nuestra siniestralidad es
    excesiva. Otras opiniones fundamentan en nuestra estructura productiva el alto
    número de accidentes: al crecer de forma espectacular el ritmo de construcción
    durante estos últimos años, la media de incidencias se habría elevado.
    Por otra parte, los sindicatos insisten en señalar a la altísima temporalidad de
    nuestra contratación como uno de los principales responsables de nuestro triste
    balance. Tampoco faltan quienes recurren a la socorrida excusa de la
    descoordinación entre las comunidades autónomas –que ostentan las
    competencias– y el Gobierno central. ¿Quién tiene la razón? Pues quizá todos
    encierren alguna. Pero la principal, sin duda alguna, reside en la escasa
    concienciación de empresas y trabajadores.

    LA LEY de prevención de riesgos laborales se basa en el principio de más vale
    prevenir que curar. Articula una serie de medidas en inversiones de prevención,
    formación y consultoría, tanto previa como de seguimiento. Para que sus
    preceptos fuesen eficaces resultaba del todo imprescindible que las empresas
    introdujeran en su cultura y procedimientos tanto la filosofía como los
    contenidos de la ley. Pasados ya unos años de su puesta en vigor comprobamos
    que, aunque se ha avanzado, son muchas las empresas que se limitan a cumplir el
    expediente formal en las cuestiones de seguridad, sin que hagan de ellas una
    línea de actuación real. Siguen viendo estas cuestiones sólo cómo un gasto que
    deben realizar por imperativo legal y por miedo ante las sanciones, pero no como
    unas medidas que optimizan sus procesos y mejoran su calidad de producción y su
    ambiente laboral. Durante todos estos años muchas instituciones han insistido en
    la idea de que la prevención es una inversión y no un gasto. Desgraciadamente,
    muchas empresas siguen sin comprender esta afirmación, limitándose a cumplir el
    expediente por los pelos.
    Partamos de que la ley hay que cumplirla, y que las sanciones deben recaer sobre
    los que la incumplan. La tarea de la inspección de trabajo debe ser fundamental
    para ello. Pero sólo conjugando las acepciones temor y castigo nunca podremos
    superar nuestro mal. No. Tenemos que ir mucho más allá. Querría hablar en
    términos empresariales de dos conceptos imprescindibles para la rentabilidad de
    una empresa: calidad y competitividad. No existe empresario que se precie que no
    esté convencido de ello. Pues que no tenga duda alguna. Los procedimientos de
    prevención van íntimamente ligados tanto al uno como al otro. Los accidentes de
    trabajo ocasionan costosas bajas laborales que interfieren la producción normal,
    restan experiencia y profesionalidad indispensable para la calidad, desaniman a
    la plantilla, castigan el ambiente laboral, disminuyen la satisfacción en las
    condiciones laborales.

    ES DECIR, que la siniestralidad supone un duro golpe no tan sólo para la salud
    de los trabajadores, sino también para la competitividad y cuenta de resultados.
    No es ya sostenible, por tanto, que algunas aún consideren esos gastos de
    prevención como ociosos. Al igual que la inversión en informática supone una
    mejora en los rendimientos, la prevención de los riesgos laborales mejora
    realmente la competitividad.
    La economía española ha retrocedido en el ránking internacional de
    competitividad. ¿Por qué? Pues falta de inversión tecnológica, formación,
    investigación y desarrollo y menor apuesta por la calidad y el valor añadido. La
    prevención de riesgos laborales debería introducirse con voz propia en el
    concepto de calidad. A mejor prevención, más calidad y competitividad.
    La profesionalidad es al trabajador lo que la calidad a la empresa. Los
    trabajadores también tienen una clara responsabilidad en materia de prevención.
    No siempre la empresa es la responsable de los accidentes. En algunos casos, la
    tragedia procede de una negligencia de un trabajador.
    Algo hemos mejorado estos dos últimos años. Pero más nos queda por hacer. Que la
    tragedia de Burgos nos sirva al menos para algo. Para poner la materia de
    prevención en un lugar protagonista en la agenda política, de diálogo social y
    de gestión administrativa y empresarial. Todos nos jugamos mucho en ello.

    MANUEL Pimentel
    Exministro de Trabajo y escritor.
    El Periodico

  • El Gobierno pondrá en marcha este año el Observatorio de Condiciones de Trabajo

    El Gobierno prevé finalizar los trabajos preparatorios del Observatorio Permanente de las Condiciones de Trabajo en los primeros meses de 2005, que pondrá en funcionamiento en forma de prototipo a lo largo del presente año, según una respuesta parlamentaria del Ejecutivo


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    De este modo, el Gobierno contestaba al
    portavoz de CiU en la Comisión de Trabajo y Asuntos Sociales en el Congreso,
    Carles Campuzano, quien se interesaba por las previsiones acerca de la creación
    de un observatorio de riesgos laborales.

    En la respuesta parlamentaria, la Administración apunta que ya está trabajando
    en el proyecto de creación de dicho Observatorio, dentro del cual se prestará
    especial atención a los factores que ocasionan riesgo laboral.

    El objetivo, agrega, es finalizar los trabajos preparatorios en los primeros
    meses de este año y poner en marcha su prototipo a lo largo de 2005, aportando
    ya información relativa a las consecuencias de las transformaciones tecnológicas
    y organizativas de las empresas.

    No obstante, el Ejecutivo precisa que, como toda iniciativa científica, durante
    este período de prueba requerirá ajustes a fin de perfeccionar su funcionamiento
    y utilidad para los diversos intereses.

    OTRAS MEDIDAS DEL MINISTERIO.

    En concreto, el ministro de Trabajo y Asuntos Sociales, Jesús Caldera, anunció
    ya el pasado mes de octubre de 2004 la intención de aprobar un paquete de
    medidas para contribuir a la reducción de la siniestralidad laboral, con el
    objetivo de acercar las cifras de accidentes de trabajo con baja en España
    (6.569 por cada 100.000 ocupados en 2003) a la media de la UE (4.000) en la
    presente Legislatura, lo que supondría una disminución del 40% de los
    siniestros.

    Entre dichas medidas figuraba la creación de un Observatorio permanente de las
    condiciones de trabajo y riesgos laborales. La intención del Gobierno era poner
    en marcha este instrumento en el presente ejercicio.

    Además, Caldera indicó entonces la intención de reforzar la Inspección de
    Trabajo, con un nuevo incremento de medios humanos y materiales este año.
    Asimismo, anunció que el Ejecutivo aprobaría en el primer trimestre de este año
    la conclusión del reglamento de los servicios de prevención, para mejorar las
    obligaciones de integración de la prevención y dotar de mayor confianza a la
    labor de los auditores.

    MUTUAS DE TRABAJO.

    En el mismo orden, el titular de Trabajo expuso que estaba previsto aprobar en
    los tres primeros meses de 2005 un real decreto que regule las actividades de
    las mutuas de trabajo y enfermedades profesionales como servicio de prevención
    ajeno.

    Por otra parte, el programa electoral del PSOE de las generales del 14 de marzo
    ya recogía algunas medidas para luchar contra la siniestralidad laboral y en
    favor de fomentar la calidad en el empleo.

    Así, los socialistas apostaban por exigir el cumplimiento "exacto" de la ley de
    Prevención de Riesgos Laborales, la generación de los servicios de prevención y
    medidas efectivas que acaben con el "intolerable" nivel de accidentes laborales,
    entre otras propuestas.

    Europa Press

  • Un 38,9% de los trabajadores afirma estar sometido a elevados niveles de ruido

    Cuatro de cada diez trabajadores denuncian que soportan en sus ocupaciones elevados niveles de ruido, lo que supone que el nivel de afectados se ha incrementado en 2,4 puntos en los últimos años, según la V Encuesta Nacional de Condiciones de Trabajo.


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    De acuerdo con esta
    muestra, en 2003 el 38,9% de los trabajadores aseguraba que en sus ocupaciones
    padecían un ruido molesto, elevado o muy elevado.

    CCOO se hace eco de esta estadística en su boletín de Salud Laboral del mes de
    diciembre, en el que se asegura que si el porcentaje del 38,9%o se traslada a
    números absolutos la cifra de afectados sería de más cinco millones de personas.

    Este dato les hace pensar que parece que no ha tenido mucho éxito la normativa
    que existe en esta materia desde 1998 (RD 1316/1989) y cuyo objetivo es proteger
    a los trabajadores del ruido durante el trabajo. Sin embargo, antes de 2006
    entrará una normativa europea para reducir el ruido a menos de 87 decibelios.

    Efe

  • CONVENIO COLECTIVO GENERAL, DE ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS DE ACCIDENTES

    El pasado 21 de enero se celebró la reunión de la Comisión Mixta paritaria del Convenio Colectivo Estatal del Sector de Seguros y Mutuas de Accidentes. En ella, se procedió a aplicar la Cláusula de Revisión Salarial, tal como consta en el citado convenio en su artículo 36.

     


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    El pasado 21 de enero se
    celebró la reunión de la Comisión Mixta paritaria del Convenio Colectivo
    Estatal del Sector de Seguros y Mutuas de Accidentes. En ella, se procedió a
    aplicar la Cláusula de Revisión Salarial, tal como consta en el citado
    convenio en su artículo 36.

    Con tal motivo, una vez
    constatado por el INE que el IPC del año 2.004 se sitúa en el 3,2%, se efectuó
    una revisión del 1,2% sobre la tabla salarial del 2004, dando lugar a la tabla
    revisada para el 2004. De la misma manera, se configuró la tabla salarial para
    el 2005 contando con la previsión hecha por el gobierno de un IPC del 2%. Más
    abajo se exponen ambas tablas. 

     

    Asimismo, se acordó
    abonar esta revisión salarial en una sola paga durante el primer trimestre de
    2.005, afectando la consiguiente subida a los siguientes conceptos:  


            

    Tabla de Sueldos base por
    nivel retributivo.


            

    Tabla de Complemento por
    Experiencia.


            

    Complemento de Adaptación
    Individualizado.

     

    Y además:

     


            

    Plus de Residencia


            

    Plus Funcional de
    Inspección.


            

    Ayuda económica para
    vivienda (supuestos de traslado).

     

    CCOO de Seguros quiere resaltar este logro conseguido
    en el sector, resultante de la negociación del Convenio General de Seguros, ya
    que de esta manera, queda patente el hecho de que la citada cláusula de
    revisión salarial evita la pérdida de poder adquisitivo resultante de la
    desviación del IPC respecto a la previsión.

     

    CONVENIO COLECTIVO GENERAL,
    DE ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS
    DE ACCIDENTES DE TRABAJO 2004-2007

     

    NUEVA TABLA SALARIAL 2004 REVISADA


















     



    GRUPOS

     

    NIVELES

    SUELDO BASE

     
     



    MENSUAL



    CÓMPUTO ANUAL (X15)

     


     


    Grupo I


    Nivel 1


    1.806,83 €


    27.102,45 €

     


    Nivel 2


    1.528,28 €


    22.924,20 €

     


    Nivel 3


    1.302,40 €


    19.536,00 €

     


     


    Grupo II


    Nivel 4


    1.114,21 €


    16.713,15 €

     


    Nivel 5


    971,15 €

    14.567,25 €

     


    Nivel 6


    843,17 €

    12.647,55 €

     

    Grupo III


    Nivel 7


    737,80 €

    11.067,00 €

     


    Nivel 8


    647,45 €

    9.711,75 €

     

    Grupo IV


    Nivel 9


    572,16 €

    8.582,40 €

     


    Nivel 10*


    511,93 €

    7.678,95 €

     

    * En vigor hasta 31 de
    diciembre de 2004. Se suprime a partir de 1 de enero de 2005

     

    TABLA DE COMPLEMENTO POR EXPERIENCIA AÑO 2004
    REVISADA

     

    GRUPOS

    NIVELES



    IMPORTE ANUAL* (EN 15 MENSUALIDADES)


     


    Grupo II


    Nivel 4


    282,32 €


    Nivel 5


    214,55 €


    Nivel 6


    191,98 €


    Grupo III


    Nivel 7


    158,10 €


    Nivel 8


    135,52 €

    *Por el multiplicador correspondiente

     

     



    CONCEPTOS ECONÓMICOS



    CUANTIFICADOS EN CONVENIO:



    IMPORTE 2004 REVISADO



    Plus de inspección (Art. 33):


     


    • Fuera del lugar de residencia habitual:



    1.485,32 €


    • En el lugar de residencia habitual:



    742,66 €



    Ayuda económica para vivienda (Art. 39):



     


    • Poblaciones de hasta un millón de habitantes:



    216,32 €


    • Poblaciones de más de un millón de habitantes:



    288,41 €

     

     

    CONVENIO COLECTIVO GENERAL, DE
    ÁMBITO ESTATAL, PARA EL SECTOR DE ENTIDADES DE SEGUROS, REASEGUROS Y MUTUAS DE
    ACCIDENTES DE TRABAJO 2004-2007

     

    NUEVA TABLA SALARIAL 2005

















     



    GRUPOS

     

    NIVELES

    SUELDO BASE

     
     



    MENSUAL



    CÓMPUTO ANUAL (X15)

     


     


    Grupo I


    Nivel 1


    1.842,97 €


    27.644,55 €

     


    Nivel 2


    1.558,85 €


    23.382,75 €

     


    Nivel 3


    1.328,45 €


    19.926,75 €

     


     


    Grupo II


    Nivel 4


    1.136,49 €


    17.047,35 €

     


    Nivel 5


    990,57 €


    14.858,55 €

     


    Nivel 6


    860,03 €


    12.900,45 €

     

    Grupo III


    Nivel 7


    752,56 €


    11.288,40 €

     


    Nivel 8


    660,40 €


    9.906,00 €

     

    Grupo IV


    Nivel 9


    583,60 €


    8.754,00 €

     

     

    TABLA DE COMPLEMENTO POR EXPERIENCIA AÑO 2005

     

    GRUPOS

    NIVELES



    IMPORTE ANUAL* (EN 15 MENSUALIDADES)