Autor: seccion sindical fraternidad

  • El derecho a las vacaciones en la incapacidad temporal por enfermedad

    El Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas resuelve en esta sentencia la incidencia que la incapacidad temporal tiene sobre los días de descanso pendientes de disfrutar, en contra de los criterios que se mantenían en España sobre la materia.

    13-02-2009 – El caso se planteó en Alemania ante la reclamación de un empleado que había estado de baja por incapacidad temporal parte de un año y la totalidad del siguiente. Reclamaba su derecho a disfrutar las vacaciones pendientes de uno y otro ejercicio, aún cuando no había trabajado un solo día durante el segundo.

    Se discutía también si en caso de despido se posee o no el derecho a que se abonen en el finiquito las vacaciones pendientes. Por último, se preguntaba si era contrario al Derecho Comunitario que la legislación de un Estado miembro prohíba a un trabajador tomar vacaciones durante el tiempo en el que se encuentra en incapacidad temporal.

    Los juzgados alemanes, en última instancia, remitieron una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de las Comunidades Europeas de Luxemburgo, pidiendo que aclarara estos extremos. En el juicio se personaron diferentes países, interesados en el resultado del litigio.

    El Tribunal europeo señaló en primer lugar que son válidas tanto las disposiciones o prácticas nacionales que permiten a un trabajador en situación de baja por enfermedad disfrutar las vacaciones anuales retribuidas durante un período que coincida con su baja, como las que lo niegan.

    En segundo lugar, que es contrario al Derecho Comunitario que un Estado miembro prevea que el derecho a vacaciones anuales retribuidas se extingue al finalizar su período de devengo y/o el período de prórroga fijado por el Derecho nacional, incluso cuando el trabajador se haya encontrado en situación de baja por enfermedad durante la totalidad o parte del período de devengo y su incapacidad laboral haya durado hasta la finalización de su relación laboral, razón por la cual no haya podido ejercer su derecho a vacaciones retribuidas.

    En tercer y último lugar, indicó que es contrario al Derecho Comunitario que un Estado miembro prevea que al finalizar la relación laboral no se abone compensación económica alguna en concepto de vacaciones anuales retribuidas no disfrutadas al trabajador que se haya encontrado en situación de baja por enfermedad durante la totalidad o parte del período de devengo de dichas vacaciones y/o del período de prórroga, razón por la cual no haya podido ejercer su derecho a vacaciones retribuidas.

    Enlace a la sentencia completa

    José María Carpena, abogado.
    Expansion

  • Los parados sin prestación podrán rescatar sus planes de pensiones

    La iniciativa de la patronal española de abaratar el despido para crear empleo fue rechazada ayer con contundencia no sólo por los sindicatos, sino también por el Gobierno.

    El principal argumento utilizado es que las empresas ya están ajustando sus plantillas con los 4,5 millones de contratos temporales que no se han renovado y que representan cerca del 28% del conjunto del desempleo que se ha producido en los últimos meses.

    Esta iniciativa nació inicialmente en el seno de la CEOE y posteriormente ha sido presentada públicamente por el presidente de CEIM, Arturo Fernández, que la ha denominado «contrato anticrisis» y tiene como objeto sustituir los actuales contratos temporales. De hecho, este contrato sólo se aplicaría a los nuevos contratados y no a los trabajadores que ya tienen empleo. Prevé una indemnización por despido improcedente de 20 días por año trabajado en lugar de los 45 actuales.

    El presidente de la patronal Gerardo Díaz-Ferrán, apoyó explícitamente esta propuesta «para animar a las empresas a que vuelvan a contratar». En su opinión, es una fórmula intermedia entre los contratos temporales y los fijos y supone una mejora de los primeros.

    Para el secretario general de UGT, Cándido Méndez, y para el de CC. OO., Ignacio Fernández Toxo, con la última reforma laboral los empresarios pueden acogerse a un despido de 33 días por año. Tal como afirman, el atractivo del nuevo contrato para las empresas es que desjudicializa las indemnizaciones al igualar el contrato improcedente y el procedente. Por ello se han negado a que esta nueva fórmula sea discutida en el contexto del diálogo social.

    El vicepresidente del Gobierno, Pedro Solbes, nunca ha creído que este fuera el problema de fondo del mercado de trabajo, por lo que había que poner el énfasis en flexibilizar la negociación colectiva. En su opinión, corresponde a la mesa del diálogo social debatir los cambios en la legislación laboral. Recordó que el presidente del Gobierno ha sido muy claro al afirmar que la crisis no va a servir «como a algunos les gustaría» para deteriorar las condiciones de trabajo y los derechos de los trabajadores.

    MARIANO GUINDAL
    La Vanguardia

  • La patronal pretende incumplir el convenio de los servicios de prevención ajenos en el primer año de su vigencia

    En las reuniones de Comisión Mixta celebradas los días 22 de enero y 3 de febrero, las patronales Asprem, Anepa y Aspa y los sindicatos UGT y CC.OO., para la revisión salarial, han concluido sin acuerdo.

    10-02-2009 – La diferencia fundamental entre patronales y sindicatos estriba en que Aspa, Anepa y Asprem pretenden, a la tabla del 2.008, una vez aplicado el incremento correspondiente al índice previsto por el Gobierno (2%) para el año 2.009, deflactarlo en el exceso de IPC del 2.008 (0,60).

    Esta pretensión no es compartida por los sindicatos, ya que consideramos las tablas del 2.008, previstas en las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda, cómo tablas de partida para el primer Convenio, no correspondiendo ninguna regularización de las mismas más que al alza, caso de que el IPC real para el 2008 fuera superior al 2%, tal y como se indica en el articulado del Convenio.

    Dado que las tablas publicadas en el Convenio son las definitivas para el 2.008, puesto que no corresponde revisión alguna, para confeccionar las tablas correspondientes al año 2.009, se aplicará la previsión de inflación tenida en cuenta por el gobierno para la elaboración de los Presupuestos Generales del Estado y que se concreta en el 2%.

    En consecuencia, para el 2.008 consideramos como definitivas las tablas números 1 y 2 previstas en las Disposiciones Adicionales Primera y Segunda del Convenio, puesto que la inflación no superó el 2%. Las tablas correspondientes al año 2.009 deben verse incrementadas en un 2%, al ser este el porcentaje establecido por el Gobierno en los Presupuestos Generales del Estado.

    La situación económica ha motivado la reducción de la inflación a una velocidad desconocida, pero nosotros insistimos en que ya renunciamos en su día a los atrasos que se preveían importantes en el momento de la firma del convenio como prueba de buena voluntad. Ya dimos todo lo que teníamos que dar en su momento.

    Esta actitud irresponsable de las patronales supone que los trabajadores del sector no tengan en la tabla correspondiente al 2.009 actualizados sus salarios a la previsión de inflación (2%), con las consecuencias que esta medida tiene para los trabajadores del sector, que en 2.009 seguirán cobrando salarios de 2.008.

    Desde los sindicatos nos vamos a dirigir a las empresas para que apliquen a sus trabajadores el 2% a cuenta para el año 2.009, en tanto se resuelva el conflicto y podamos hacer las tablas salariales para el 2.009.

    Ante el desacuerdo, el propio convenio establece la vía para la solución de conflictos a la que acudiremos, si la posición de las patronales no varía.

    Comfia-CCOO y Fes-UGT

  • Cambios en el IRPF

    La reforma de 2007 trajo cambios significativos en el impuesto sobre la renta. Es la reacción del Gobierno ante el deterioro económico lo que ha incorporado modificaciones significativas, al hilo de lo que han hecho también otras grandes economías para tratar de combatir la crisis con la política fiscal

    El Ministerio de Economía decidió que esta vez no actualizará la tarifa ni los mínimos personal y familiar con una subida del 2% (la inflación prevista). Eso quiere decir que el aumento de ingresos para mantener el poder adquisitivo penalizará fiscalmente al contribuyente. El Gobierno estima que recaudará unos 1.000 millones de euros más sólo por no deflactar la tarifa del impuesto.

    En el otro lado de la balanza, Economía pone las dos nuevas deducciones que se arrastran desde el año pasado. La desgravación de los 400 euros para todos los trabajadores y pensionistas (unos 5.600 millones de euros de ahorro para los contribuyentes en total) y el cheque bebé de 2.500 euros (unos 1.000 millones más). Además, se anticipará la deducción por compra de vivienda en las retenciones de la nómina.

    La otra gran noticia fiscal de 2009 es la eliminación del impuesto de patrimonio, que grava los bienes o derechos de un millón de contribuyentes a partir de 108.182 euros. Las numerosas exenciones limitaban la recaudación de este impuesto -que grava, en principio, a las rentas más altas- a unos 1.500 millones al año.

    El Gobierno también ha decidido aplazar la subida en el impuesto del gasóleo. La Unión Europea obliga a que el tributo sobre hidrocarburos aumente un 9,3% antes de 2012 para armonizar ese impuesto, pero Economía ha optado por dejar los incrementos necesarios para más adelante, dada la caída del consumo que ha traído la crisis económica.

    El pasado año se cerró también la segunda parte de la reforma del impuesto de sociedades, iniciada en 2007. Dentro de este mismo impuesto, en 2008 se amplía el ámbito de las deducciones fiscales por I+D+i, ya que a partir de este año se aplicarán también a las empresas que realicen más del 25% de su actividad de investigación en otro país de la Unión Europea (UE) o en el Espacio Económico Europeo.

    EL PAÍS

  • El gobierno limita los derechos de los trabajadores de las mutuas

    El gobierno del partido socialista podría haber limitado los derechos de los trabajadores y trabajadoras de las Mutuas de Accidentes de Trabajo al dejar sin efecto su capacidad de negociación colectiva

    09-01-2009 – La Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2009, publicada en el BOE del pasado 24 de Diciembre incluye, en su disposición adicional octava, que las Mutuas verán limitado el incremento de la partida presupuestaria de sueldos y salarios de sus trabajadores y trabajadoras para este año al 2%.

    Esta disposición es contraria a lo establecido en el Convenio Colectivo Sectorial, de Ámbito Estatal, para las Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes de Trabajo, suscrito en Octubre entre los sindicatos CC.OO. y UGT con las organizaciones patronales UNESPA y AMAT, y publicado en el BOE el pasado día 10 de Diciembre, y que establecía un incremento salarial para 2009 igual al IPC real. (es decir, el mantenimiento del poder adquisitivo).

    Esta medida, auspiciada por un gobierno que se presume socialista, no solo imposibilita prácticamente la creación de nuevo empleo en el sector de las Mutuas, sino que podría suponer un ataque flagrante y sin precedentes al derecho a la negociación colectiva consagrado en la Constitución Española, y que ha sido ejercido por las organizaciones legalmente legitimadas para hacerlo, sindicatos y patronal.

    Aunque los responsables del área de Seguridad Social, del Ministerio de Trabajo e Inmigración, han asegurado a CC.OO. que aplicarán esta disposición con flexibilidad, garantizando la aplicación del Convenio Colectivo Sectorial, desde Comfia-CCOO estaremos vigilantes para que esta limitación no se convierta en un argumento para que los Gerentes de las Mutuas incumplan sus obligaciones en materia laboral y salarial.

    Es preciso recordar, que las Mutuas, aunque colaboradoras de la Seguridad Social, continúan siendo empresas sometidas al derecho privado y, por tanto, al estatuto de los trabajadores, en contraposición con los funcionarios públicos de la administración, sometidos al estatuto de la función pública.

    Desde Comfia-CC.OO., rechazamos esta medida indiscriminada, que si bien coincide en el tiempo con un momento de crisis económica, también lo hace con unas cifras record de excedentes en las Mutuas, que en 2007 estuvieron cerca de los 1.500 millones de euros, que fueron reintegrados a las cuentas públicas.

    CC.OO., ha mantenido varios encuentros con los responsables de Seguridad Social, y les ha advertido de las consecuencias que tendría la destrucción del empleo en este sector y que exigirá el cumplimiento de sus compromisos en la aplicación de un convenio colectivo que afecta directamente a cerca de 28.000 trabajadores y trabajadoras de las Mutuas.

    Agrupación de seguros de Comfia-CCOO