Autor: seccion sindical fraternidad

  • CCOO-PV propone un carné por puntos contra la siniestralidad

    CC OO reclama «un pacto entre empresas, organizaciones y Administración, de tolerancia cero con los accidentes»

     Los datos de siniestralidad laboral en la construcción han sido calificados por CC OO de «intolerables». El sindicato se ha visto obligado a dar un paso más allá de la denuncia y ayer no sólo exigió más compromiso de las administraciones y los empresarios sino que expuso medidas que considera contribuirían a reducir las «inaceptables» cifras de muertes y accidentes en la construcción. Entre ellas, negar la licencia a una empresa que haya tenido accidentes por falta de seguridad, un carné por puntos.

    2007 se inició en la Comunidad Valenciana con la muerte de dos obreros de la construcción cuando se encontraban trabajando en una nave en Algemesí el pasado día 2. Ese trágico accidente fue recibido por los sindicatos como un mazazo. CC OO, a través de uno de sus representantes, Francisco Velasco, anunció que ya no bastaba con «denunciar». Ayer, CC OO-PV advirtió de que 27 de los 34 accidentes laborales con resultado de muerte registrados en 2006 en el sector de la construcción en la Comunidad Valenciana -el 80% de los siniestros- se debió a falta de medidas de seguridad. José Luis Colomer, secretario general de Fecoma (Federación de la Construcción y la Madera) calificó de «intolerable» la situación. Según el sindicato, el crecimiento en 2006 ha sido de un 20% respecto al año anterior, en el que se registraron 28 víctimas mortales.

    CC OO reclama «un pacto entre empresas, organizaciones y Administración, de tolerancia cero con los accidentes». Y exige que ese compromiso se lleve hasta las últimas consecuencias, incluyendo la depuración de responsabilidades penales. Como ya hiciera el fiscal de Riesgos Laborales de Valencia, Jaime Gil, hace dos meses pero con respuesta nula por parte del ayuntamiento de Valencia en concreto, a pesar de que el modelo funciona por ejemplo en Madrid, CC OO propone «abrir la posibilidad de actuación de la Policía Local en los casos de accidentes graves o mortales».

    Pero además, el sindicato pide mecanismos que «dificulten» o «imposibiliten» los incumplimientos legales que se producen. Y entre esos mecanismos, estima conveniente la «penalización» a las empresas que carezcan de buenas prácticas preventivas hasta impedir su licencia para operar en la construcción, como una especie de «carné por puntos».

    Según José Luis Colomer, el sindicato apunta la posibilidad de formar a los agentes de Policía Local para actuar en los casos de accidentes graves o mortales «acudiendo al lugar de los hechos lo más pronto posible para evitar modificaciones en las condiciones del accidente», algo que no se puede garantizar actualmente, ya que la Policía Nacional o la Guardia Civil, que son quienes intervienen hasta la llegada del inspector de trabajo, ocurre «horas después», explicó. Un convenio entre la Fiscalía de Madrid y el Ayuntamiento de la capital, con el apoyo de los sindicatos, ha puesto ya en marcha ese modelo para agilizar la intervención en los casos de accidente mortal.

    Según indicó Colomer, las causas principales que hacen que el sector de la construcción sea el primero en número de accidentes son: «La subcontratación en cadena, lo que propicia descoordinación, falta de orden social en la obra, precariedad y eventualidad, los planes de seguridad de nula calidad y sin integrarse en la gestión de la obra, y un escaso compromiso de constructoras y promotoras para cumplir sus responsabilidades para con sus trabajadores y la legalidad».

    LYDIA GARRIDO
    El Pais

  • El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña reconoce la fatiga crónica como causa de invalidez permanente absoluta

    Sería bueno que el Gobierno revisase con urgencia el catálogo de enfermedades

     El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado una sentencia por la que reconoce el síndrome de fatiga crónica como causa de invalidez permanente absoluta tras el recurso de Isabel M. M. contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en un proceso que comenzó en el año 2001 y que terminó el pasado mes de diciembre con la aludida sentencia.

    El síndrome de fatiga crónica, llamado también encefalomielitis miálgica, es una afección -identificada en los años 80, cuando llegó a ser conocida incluso como la ‘gripe de los yuppies’- de falta de fuerzas y cansancio fuerte y prolongado en el tiempo, cuyo origen es todavía desconocido, aunque las últimas investigaciones apuntan a que es causada por un virus. Para poder diagnosticar este síndrome, es necesario que el paciente haya visto disminuir, al menos en un 50%, la capacidad para realizar sus actividades diarias.

    El texto de la sentencia del TSJC señala que “las secuelas determinantes del grado de invalidez permanente absoluta son aquéllas que no permiten siquiera quehaceres livianos, sean o no sedentarios, con un mínimo de continuidad, profesionalidad y eficacia, habiéndose precisado en este sentido que no es posible pensar que en el amplio campo del mercado laboral exista profesión en la que no sea exigible una mínima dedicación, diligencia y atención, indispensables en el más simple de los oficios…”.

    La dirección provincial de Girona del INSS reconoció, en septiembre de 2005, que Isabel padecía fibromialgia reumática, síndrome depresivo-ansioso y síndrome de fatiga crónica, pero denegaba la prestación por considerar que las lesiones no producían un grado suficiente de disminución de su capacidad laboral como para ser constitutivas de una invalidez permanente. El juzgado de lo social número 3 de Girona no reconoció la invalidez de Isabel, que alegaba en un primer momento fibromialgia, trastorno depresivo-ansioso y radiculopatías, sentencia que fue confirmada en mayo de 2005 por el Tribunal Superior de Justicia.

    Un nuevo proceso

    Pero un nuevo proceso, incorporando la fatiga crónica como causa mayor, abrió las puertas a la invalidez. La sentencia fue dictada en marzo de 2006 por el juzgado de lo social número 1 de Girona y ahora ha sido confirmada por el Tribunal Superior, que además reconoce a la trabajadora el derecho a percibir el cien por cien de la base reguladora de su sueldo con efectos retroactivos desde julio de 2005.

    “Esta decisión abre las puertas al reconocimiento efectivo de una enfermedad muy desconocida por la sociedad y con grandes implicaciones no sólo personales, sino familiares, puesto que también afecta al ámbito íntimo y personal del paciente”, señala Antonio Díaz Tarragó, abogado del Bufet Jurídic Díaz-Tarragó Advocats & Associats, que presentó la demanda. Tanto es así que, aunque existe constancia de que un juzgado barcelonés reconoció un caso de fibromialgia como causa de invalidez y otro de Mataró un caso de fatiga crónica como determinante de la misma -ambas sentencias de 2003-, el Tribunal Superior no se había postulado hasta el momento sobre el tema.

    Revisar el ‘catálogo de enfermedades’

    El abogado Díaz Tarragó añade que “sería bueno que el Gobierno revisase con urgencia el catálogo de enfermedades y que los tribunales pudiesen tener un baremo para calificar situaciones derivadas de enfermedades que hace sólo unos cuantos años que han sido identificadas. Estas enfermedades, además, ya tienen científica y médicamente definidos los síntomas, signos, tratamientos y consecuencias. Con la reciente sentencia del Tribunal Superior, se abren las vías para fijar las bases de ese reconocimiento, al menos en cuanto a la fatiga crónica se refiere”. Tanto es así que el máximo órgano judicial catalán deja la puerta abierta a la presentación de un recurso de casación “para la unificación de doctrina”.

    En Gran Bretaña, el pasado 20 de junio, las autoridades británicas reconocieron, por primera vez en el mundo, que la joven Sophia Mirza, había muerto de fatiga crónica después de padecer durante seis años la enfermedad. En su parte de defunción, se señalaba que el síndrome la había abocado a un fallo renal debido a la deshidratación provocada por la dolencia. Mirza presentaba también inflamación de la médula espinal, una de las características del síndrome de fatiga crónica.

    Luisa Casal
    El Confidencial

  • CC.OO. denuncia que casi 300 trabajadores de la construcción perdieron la vida en accidente laboral en 2006

    Un total de 293 trabajadores de la construcción perdieron la vida en accidente laboral durante el año 2006, cifra que supera la media de los últimos cinco años, situada en 288 muertos, según datos de la Federación de Construcción, Madera y Afines de CC.OO. (Fecoma-CC.OO.).

     Desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), hace ya once años, son más de 3.000 los trabajadores de la construcción que han fallecido en los tajos.

    Los últimos datos del Ministerio de Trabajo, correspondientes al periodo enero-octubre, apuntan a la construcción como el sector donde más han crecido los accidentes con baja en jornada laboral. En concreto, en las estadísticas de Trabajo se contabilizaron hasta octubre un total de 215.045 siniestros en la construcción, un 6,5% más que en igual periodo de 2005.

    El sindicato denunció que las causas de los accidentes laborales que se padecen en el sector siguen siendo las mismas «año tras año»: caídas en altura, atrapamientos, golpes y atropello de maquinaria.

    En su opinión, ello demuestra que la elevada siniestralidad laboral de la construcción se debe al incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

    En este sentido, el secretario general de Fecoma-CC.OO., Fernando Serrano, advirtió de que la ley reguladora de la subcontratación en la construcción, que entrará en vigor el próximo 18 de abril, tendrá que ser cumplida a «rajatabla», lo que exigirá vigilancia por parte de la Administración, la Inspección de Trabajo y la Fiscalía.

    Europa Press

  • CC.OO. denuncia que casi 300 trabajadores de la construcción perdieron la vida en accidente laboral en 2006

    Un total de 293 trabajadores de la construcción perdieron la vida en accidente laboral durante el año 2006, cifra que supera la media de los últimos cinco años, situada en 288 muertos, según datos de la Federación de Construcción, Madera y Afines de CC.OO. (Fecoma-CC.OO.).

     Desde la aprobación de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL), hace ya once años, son más de 3.000 los trabajadores de la construcción que han fallecido en los tajos.

    Los últimos datos del Ministerio de Trabajo, correspondientes al periodo enero-octubre, apuntan a la construcción como el sector donde más han crecido los accidentes con baja en jornada laboral. En concreto, en las estadísticas de Trabajo se contabilizaron hasta octubre un total de 215.045 siniestros en la construcción, un 6,5% más que en igual periodo de 2005.

    El sindicato denunció que las causas de los accidentes laborales que se padecen en el sector siguen siendo las mismas «año tras año»: caídas en altura, atrapamientos, golpes y atropello de maquinaria.

    En su opinión, ello demuestra que la elevada siniestralidad laboral de la construcción se debe al incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

    En este sentido, el secretario general de Fecoma-CC.OO., Fernando Serrano, advirtió de que la ley reguladora de la subcontratación en la construcción, que entrará en vigor el próximo 18 de abril, tendrá que ser cumplida a «rajatabla», lo que exigirá vigilancia por parte de la Administración, la Inspección de Trabajo y la Fiscalía.

    Europa Press

  • Los empresarios ahorrarán 500 millones en cuotas a la Seguridad Social en 2007

    Las ayudas, fruto del consenso alcanzado entre Gobierno, empresarios y sindicatos, están destinadas a reducir la siniestralidad y las prejubilaciones Las cotizaciones por accidentes se ajustarán al peligro de la actividad a desarrollar

     El año 2007 conlleva elevadas reducciones para los empresarios vía cotizaciones a la Seguridad Social. Las bonificaciones son fruto del consenso alcanzado entre el Gobierno, las patronales CEOE y CEPYME y los sindicatos CC OO y UGT. Los descuentos comenzaron a aplicarse ayer, rondarán los 500 millones de euros y afectarán a las aportaciones por accidente o enfermedad profesional, y a las correspondientes por trabajadores de 59 años, con cuatro de antigüedad en la misma compañía.

    Las cotizaciones empresariales por accidente o enfermedad laboral se ajustarán al peligro de la actividad a desarrollar. Hasta ahora, la cuota respondía a la profesión del trabajador cubierto. La reforma, incluida en la Ley de los Presupuestos Generales, supondrá un ahorro cercano a los 300 millones de euros para los cotizantes y la sustitución de una norma que nació hace ya 27 años.

    Simplificar la gestión

    La nueva tarifa pretende adaptar el sistema a las necesidades de la sociedad y representa un paso más en la lucha contra el elevado índice de siniestralidad laboral registrado en España. El Ministerio de Trabajo señala que su aplicación resuelve problemas de inseguridad jurídica, discriminación y distorsión de la competencia, al mismo tiempo que simplifica la gestión para las empresas y para la propia adminis- tración al pasar de 131 epígrafes (tipos distintos de cotización) a sólo 17.

    La actual escala de tipos va del 0,81% al 18% y la nueva, del 0,90% al 8,50%. La tasa media vigente se sitúa en el 2,88% y en enero bajará al 2,75%. El tipo del 0,90% se mantiene con carácter especial en actividades que cotizan por ese porcentaje o por otro inferior.

    También con la entrada del nuevo año y con la Ley de Presupuestos, los empresarios contarán con un nuevo atractivo para mantener en sus plantillas a los trabajadores mayores que desempeñen un empleo estable. Los beneficios llegarán por tener ocupados de 59 años de edad, con cuatro de antigüedad en la misma empresa y contrato indefinido. Las ventajas supondrán un ahorro de 177,25 millones de euros en las cotizaciones por contingencias comunes de aproximadamente 95.000 personas. Las aportaciones experimentarán un descuento del 40%.

    Esta iniciativa no es del todo nueva. En 2006 existen ventajas similares para los mayores de 60 años con cinco de antigüedad y está encaminada a evitar los miles de jubilaciones anticipadas y prejubilaciones que se registran cada año. La base media de cotización de los afectados es alta, llega a 1.756 euros mensuales.

    Reforma

    Ambas modificaciones (accidentes y enfermedades y trabajadores de 59 años) están contenidas en el ‘Acuerdo sobre desarrollo de medidas del informe de renovación del Pacto de Toledo’, es decir, en la última reforma consensuada de la Seguridad Social, cuyo objetivo principal es preservar el sistema público de pensiones. El Gobierno y los interlocutores sociales cerraron el documento el pasado 30 de mayo y fue suscrito en julio en el Palacio de La Moncloa, en un acto que tuvo rango de acontecimiento.

    Además de los cambios señalados y siempre en función del acuerdo conseguido, los presupuestos actualizan la base máxima de cotización conforme al Índice de Precios al Consumo. Igualmente y con independencia del decreto de revalorización de las pensiones, la Ley permitirá que mañana lunes entre en vigor la mejora de las mínimas de orfandad de los menores de 18 años y con una discapacidad igual o superior al 65%; y la equiparación de la viudedad, también en su nivel mínimo, con cargas familiares o discapacitadas en grado igual o superior al 65%, para todas las edades, a la de las percibidas por los mayores de 65 años.

    ELISA GARCÍA/COLPISA