Autor: seccion sindical fraternidad

  • FORMACION

    La Inspección de Trabajo da la razón a CC.OO. La formación debe realizarse dentro de la jornada laboral












     






    VISITANOS SI QUIERES ESTAR INFORMADO

    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD MUPRESPA


     


    La Inspección de Trabajo de Barcelona nos ha dado la razón ante la denuncia presentada por CC.OO., el pasado mes de Abril, contra una Caja catalana. En la denuncia, nuestro razonamiento fue que la formación se ha de efectuar totalmente dentro de la jornada que recoge nuestro convenio colectivo.


    Desde la Sección Sindical de CC.OO. en Caja Rioja llevamos mucho tiempo reivindicando que la formación se lleve a cabo durante la jornada laboral. Nunca nos ha parecido lógico que nuestra entidad alegue la imposibilidad de formarnos dentro del horario de trabajo cuando, luego, vemos que no existe problema alguno si los cursos son subvencionados y, por lo tanto, deben llevarse a cabo en horas de trabajo.

    Ahora, la Inspección de Trabajo de Barcelona nos ha dado la razón ante la denuncia presentada por CC.OO., el pasado mes de Abril, contra una Caja catalana. En la denuncia, nuestro razonamiento fue que la formación se ha de efectuar totalmente dentro de la jornada que recoge nuestro convenio colectivo.

    Así, la inspección ha hecho suyo nuestro criterio y su informe dice, literalmente, lo siguiente:

    “De acuerdo con la distribución horaria descrita en el artículo 31.2.1 del convenio, se constata que los horarios del curso superan los límites de jornada previstos para estos días de la semana.

    En consecuencia, se ha formulado requerimiento en materia laboral a esta Caja, por tal de adaptar, en lo sucesivo, los horarios de los cursos a la duración de la jornada de trabajo según convenio.”

    En nuestra entidad, entendemos que la Formación está “reñida” con los principios de la Conciliación Familiar, porque, en general, los cursos que nos programan suponen un exceso de dedicación en nuestro trabajo.

    Además, en relación con este último asunto hace ya unos meses que desde CC.OO. presentamos una propuesta con diez medidas para la Conciliación de la vida Familiar y Laboral de los empleados de Caja Rioja y, a fecha de hoy, todavía no hemos recibido respuesta alguna de nuestra entidad.

  • Apartamentos en Alicante

    Primera quincena de julio 2006












     






    VISITANOS SI QUIERES ESTAR INFORMADO

    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD MUPRESPA


     


     



    Oferta apartamentos


    Primera quincena de julio 2006


    Santa Pola (Alicante)                           


    Excelentes apartamentos situados entre 100 y 150 m. de la playa. En los alrededores se pueden encontrar todo tipo de servicios. Disponen de lavadora frigorífico, terraza, ropa de cama, TV. Opcional.


    Capacidad 2/3    1 dormitorio,  precio quincena  700.- €


    Capacidad 4/5    2 dormitorios, precio quincena  800.- €



    Peñiscola (Castellón)                                                                 


    Bungalows Duplex, situados entre 50 y 300 m. de la playa. A 3 Km. del centro de Peñiscola. En los alrededores hay todo tipo de servicios. Constan de dos plantas. En la superior dos habitaciones, una de matrimonio y otra doble, baño completo y terraza. La planta baja salón – comedor con sofá cama, cocina independiente, con lavadora cafetera y terraza.Disponen de ropa de cama.


    Capacidad 4/5 dos dormitorios, precio quincena  740.- €


                              



    ü Reservas en los teléfonos a pie de página.


    ü Apartamentos limitados en número.


    Vacaciones apartamentos y hoteles-Comfia  santander central hispano



    Bolívar,1-1º 28045 Madrid, valija: 9612/2666 , Fax 915308496 – Tel  915285363 – 915287296 – 914684069


    José Freire 627 348 467 – Antonio Rodríguez 600 342 868


    internet: www.sch.comfia.net  ~ correo electrónico schvac@comfia.ccoo.es  adherida a la union network international

  • ULTIMOS APARTAMENTOS

    Segunda quincena de Junio












     






    VISITANOS SI QUIERES ESTAR INFORMADO

    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD MUPRESPA


     



    Últimos apartamentos


     Segunda quincena de junio 2006



    Apartamento      Localidad           Capacidad               Precio


    Cala González              Vinaroz (Castellón)               4/5                 300 €            (14noches)



                                                                                                 150 €            (7 noches)


    Tartessus                   Chiclana – (Cádiz)                 4/5                 650 €           (14 noches)



                                                                                                 325 €            (7 noches)


    Pedruchillo *                La Manga (Murcia)               2/4                 250 €           (14 noches)



                                                                                                 125 €           ( 7 noches)


    Puerto Mar *               La Manga (Murcia)               2/4                 250 €           (14 noches)



                                                                                                 125 €            (7 noches)


    Puerto Mar *               La Manga (Murcia)               4/5                 300 €           (14 noches)



                                                                                                 150 €            (7 noches)


    Santa Pola*                 Santa Pola (Alicante)             2/3                 250 €              (14 noches)


                                                                                                                        125 €              (7 noches)


    Santa Pola*                 Santa Pola (Alicante)             4/5                 300 €            (14 noches)                                                                                                   150 €            ( 7 noches)


     


    * Los apartamentos con asterisco son con entrada en sábado (entrada 17/6, salida 01/07)



    ü  Reservas en los teléfonos a pie de página                         


    ü  Apartamentos reservados en número


     


    Vacaciones apartamentos y hoteles-Comfia  santander central hispano



    Bolívar,1-1º 28045 Madrid, valija: 9612/2666 , Fax 915308496 – Tel  915285363 – 915287296 – 914684069


    José Freire 627 348 467 – Antonio Rodríguez 600 342 868


    internet: www.sch.comfia.net  ~ correo electrónico schvac@comfia.ccoo.es  adherida a la union network international


     

  • Mobbing: Cuando el trabajo se convierte en un infierno

    Hablar de mobbing no es hacerlo de nada nuevo. Si miramos atrás, sería incalculable comprobar cuantas personas han sido objeto de él en algún momento de su vida laboral, y cuántas apenas sospecharon que era mobbing lo que les estaba ocurriendo.


    VISITANOS SI QUIERES ESTAR INFORMADO


    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD
    MUPRESPA

    Pero es una realidad incuestionable, que miles de trabajadores
    de todo el mundo sufren maltrato psicológico bien por parte de sus jefes o de
    sus compañeros.

    De nuevo, eso si, es el término (es impensable que alguien hablara de mobbing en
    los años 60) y el interés por el fenómeno (existe una conciencia social).

    Esto trae consigo a su vez algún que otro despiste; y es que debido a la
    popularidad de este fenómeno, no son pocos los que a diversas situaciones que
    viven diariamente en su trabajo no dudan en etiquetarlas de mobbing, cuando en
    realidad no lo son.

    Pero esa confusión, no sólo se encuentra en el trabajador, sino también en el
    propio empresario, que con frecuencia es incapaz de distinguir si está
    realizando mobbing personalmente, o si alguien lo practica con algún compañero o
    incluso superior.

    Todavía hoy, muchos jefes comentan estar casi completamente desinformados de
    todo cuanto ocurre en sus organizaciones a este respecto; que nada de eso llega
    a sus despachos, e incluso los más atrevidos, no dudan en afirmar que son
    asuntos cotidianos que” tampoco les quita el sueño”.

    Que el mobbing es algo que está ahí, y que se ha hecho popular en el entorno
    laboral, es una realidad; que realmente se entienda su significado y se
    identifique con precisión, es otra cosa.

    Se trata, por lo visto, de una maniobra “silenciosa” y a la vez “invisible”; es
    decir, le puede ocurrir a cualquier persona, y nadie de su alrededor “ver nada”
    o “hacer nada para impedirlo”.

    No obstante, ya es un paso adelante comprobar como un número creciente de
    organizaciones, sensibilizadas con las consecuencias personales y profesionales
    del mobbing; se han convencido no solo de sus efectos devastadores en la cuenta
    de resultados, sino en la dignidad de quienes han tenido y tienen la desgracia
    de padecerlo.

    Y se han hecho estudios…, y se han realizado estadísticas…, y se han
    organizado foros y debates…, ¿Y todo esto para qué? Pues quizá para que de una
    vez por todas las empresas se ocupen de un problema que siempre estuvo ahí, y
    que asiduamente decidieron darle la espalda.

    Por su parte, la legislación, aunque ha realizado serios esfuerzos para recoger
    el fenómeno en sus tratados, se ha visto con numerosas trabas que han hecho – y
    todavía siguen haciendo – más y más complicada su regulación.

    Un poco de lo mismo les ocurre a los profesionales de la salud, quienes con
    frecuencia, ante la similitud de síntomas del mobbing con otros trastornos mas
    comunes como la ansiedad, la depresión, o el estrés, diagnostican y aplican un
    tratamiento contra estos, que si en algo tienen en común con aquel, es que se
    trata de sus consecuencias, y no de sus causas.

    No obstante, hay que reconocer que se ha recorrido mucho camino para terminar de
    una vez por todas con esta epidemia laboral; pero no menos cierto es que aún
    queda mucho trecho por alcanzar; el tema no está ni mucho menos zanjado, y desde
    luego pasarán algunos años – bastantes – hasta que este tratamiento denigrante
    al que son sometidas diariamente miles de personas en sus puestos de trabajo,
    sea tan sólo un triste recuerdo.

    Juan Manuel Feito Trillo – Director Master Dirección y Gestión de Recursos
    Humanos de Cesma

  • Dos sentencias condenan a empresas por la muerte de trabajadores que inhalaron amianto

    El amianto sigue matando obreros y la justicia condena cada vez más a las empresas. Ayer trascendieron dos nuevas sentencias judiciales en las que se reconocen una indemnización y una pensión de viudedad a los familiares de dos trabajadores que durante años estuvieron manipulando amianto sin ningún tipo de protección.


    VISITANOS SI QUIERES ESTAR INFORMADO


    SECCIÓN SINDICAL FRATERNIDAD
    MUPRESPA

     

    La particularidad es que una de las sentencias es la primera que
    se dicta en el caso de un trabajador de la antigua empresa Macosa y en la otra
    es la Audiencia de Barcelona la que, también por primera vez, reconoce una
    indemnización por la vía civil.

    Las dos sentencias favorables a las familias de los fallecidos han sido dictadas
    tras las demandas presentadas por los abogados del Col.lectiu Ronda, un despacho
    pionero en estas reclamaciones. Una de las resoluciones la ha dictado el Juzgado
    de lo Social número 16 de Barcelona y reconoce una pensión de viudedad por
    enfermedad profesional de 31.824 euros anuales, así como una indemnización de
    15.912 euros.

    El caso es el de un trabajador que desde 1963 hasta 1991 estuvo trabajando en la
    empresa Macosa como maestro de taller en tareas de mantenimiento. En esos
    trabajos de fabricación de material ferroviario se empleaba el amianto como
    materia prima, por lo que el trabajador estuvo expuesto durante años a la
    inhalación de fibras de amianto, un producto altamente cancerígeno.

    El trabajador se jubiló en 1991 con motivo de un expediente de regulación de
    empleo, cuando la empresa ya se denominaba Alston, y falleció en 2003 de cáncer
    de pulmón. La Seguridad Social reconoció a la viuda una pensión de viudedad
    clásica, pero en 2005 la mujer solicitó una revisión de la prestación al
    considerar que la muerte del marido se debió a enfermedad profesional. Ahora la
    justicia le ha dado la razón, aunque se puede recurrir contra la sentencia ante
    la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña.

    El magistrado Luis Torres Gosálbez recuerda que no hay duda de que la muerte se
    produjo por un cáncer de pulmón derivado de la exposición al amianto a la que
    estuvo sometido el trabajador durante casi 30 años. En este sentido, recuerda
    que se trata de un supuesto incluido en la lista de enfermedades profesionales y
    que los informes emitidos por el Centro de Seguridad y Condiciones de Salud en
    el Trabajo son muy claros. La sentencia recuerda que la atribución del cáncer al
    asbesto, término empleado para referirse también al amianto, requiere un periodo
    de latencia mínimo de 10 años, que en este caso también se produjo. Es la
    primera sentencia judicial en este sentido de un trabajador de la antigua
    empresa Macosa.

    La otra sentencia ha sido dictada por la Sección Once de la Audiencia de
    Barcelona y ya es firme. Se trata de una resolución que revoca la que dictó el
    Juzgado de Primera Instancia número 4 de Cerdanyola y reconoce una indemnización
    por la vía civil, que no laboral, de 45.867 euros a la viuda de un trabajador de
    la empresa Uralita, S A. En este caso, el trabajador estuvo empleado en la
    empresa desde 1956 hasta 1983 y falleció en 1998 como consecuencia de un cáncer
    de pulmón motivado también por la inhalación de las fibras de amianto, dice el
    tribunal.

    Reducción a la mitad

    Pese a ello, la resolución judicial recuerda que el trabajador bebía y fumaba de
    manera severa y que estos hechos influyeron en las patologías que presentaba. De
    ahí que reduzca la indemnización a la mitad de lo que le hubiera correspondido.

    En España mueren anualmente un millar de trabajadores por haber inhalado amianto
    en el pasado. Desde 2001 la comercialización y el uso de este material está muy
    limitada. El año en que llegó a Cataluña mayor cantidad de este material fue en
    1976, por lo que teniendo en cuenta que el periodo de latencia es de 30 años
    entre que se produce la alteración celular y aparece el tumor, las previsiones
    son que en este año se produzca el mayor número de defunciones derivadas de esta
    enfermedad. Los familiares de los trabajadores denunciaron ayer el trato
    «despectivo» que siguen recibiendo por parte de las empresas.

    http://www.elpais.es