Autor: Servicios Galicia

  • CCOO Servizos incrementa a súa representatividade en Mugatra provincia de A Coruña

    O pasado día 12 celebráronse eleccións en Mugatra, proceso no que CCOO Servizos mellorou a
    representatividade a pesar da redución de persoal respecto ás anteriores
    eleccións. Ademais, por este motivo cabe salientar que desta volta pasa
    a ser comité provincial.
    Queremos destacar o excepcional traballo realizado por David Pazos que ademais é o presidente da Comisión Intercentros.

    Dende
    CCOO queremos agradecer ás traballadoras/es a
    confianza depositada na nosa organización.

    2016

    2012

    CCOO

    2

    1

    UGT

    3

    5

    CIG

    1

  • CCOO firma un acuerdo de empleo en el grupo El Árbol

    En
    las reuniones celebradas ayer día 10 de febrero se ha alcanzado
    acuerdo tanto en la mesa del cierre de las 40 tiendas, como en la
    subrogación de las 142 tiendas que se traspasan a DIA.

    Las
    condiciones acordadas para los trabajadores/as de las 40
    tiendas que
    se cierran son las siguientes:

    Texto íntegro

    1. Trabajadores/as
      que se recoloquen en el Árbol.

      • Recolocación
        en un radio inferior a 50 km desde la tienda de origen.

      • En
        caso de recolocación con cambio de puesto, se mantendrán las
        condiciones salariales de categoría y salario fijo, a excepción
        de la parte variable.

    En
    estos casos, el trabajador recibirá una comunicación con el cambio
    de funciones y se le comunicará también cuál es la parte de
    variable que dejará de aplicarse.

    En
    caso de discrepancias, el comité de empresa y la empresa lo
    estudiarán y si no llegan a acuerdo lo trasladarán a la Comisión
    de Seguimiento.

    • Los
      trabajadores/as que sigan en el mismo puesto mantendrán sus
      condiciones salariales.

    1. Trabajadores/as
      que se recoloquen en DIA.

    • Recolocación
      en un radio inferior a 50 km.

    • Baja
      voluntaria en el Árbol y alta en DIA.

    • Reconocimiento
      de la antigüedad a todos los efectos.

    • Aplicación
      del Convenio Colectivo de DIA.

    • Mantenimiento
      de la retribución fija anual (conceptos fijos previstos en el
      convenio y conceptos fijos fuera del mismo).

    • La
      retribución variable no será de aplicación en DIA, dicho concepto
      se comunicará al trabajador/a por escrito y en caso de discrepancia
      el comité de empresa y la empresa analizarán la discrepancia y si
      no hay acuerdo lo trasladarán a la Comisión de Seguimiento.

    • Compromiso
      de no despedir por falta de adaptación apreciada unilateralmente
      por DIA durante 6 meses.

    • Asignación
      al Grupo Profesional de acuerdo con las funciones que vaya a
      ejercer.

    Al
    trabajador/a que de secciones cambie de puesto, se le pondrá por
    escrito el compromiso de ofrecerles vacantes de su sección dentro de
    la provincia.

    • Aplicación
      de las condiciones pactadas en el acuerdo para las recolocaciones
      que implican una modificación sustancial durante los seis primeros
      meses si el trabajador/a no se adapta al nuevo puesto.

    • En
      caso de franquicia en el plazo de un año, el trabajador/a podrá
      elegir subrogar con el franquiciado ó reubicarse en DIA.

    Si
    optara por la reubicación y supusiera movilidad geográfica el
    trabajador/a podrá rescindir su contrato con las condiciones
    indemnizatorias del presente acuerdo.

    1. Condiciones
      comunes para la recolocación en el Árbol ó en DIA.

    • Plus
      de distancia según los siguientes parámetros:

    KMS

    IMPORTE
    BRUTO MES

    IMPORTE
    BRUTO AÑO (11 MESES)

    40-50

    98
    ?

    1.078
    ?

    30-39

    78
    ?

    858
    ?

    25-29

    59
    ?

    649
    ?

    20-24

    39
    ?

    429
    ?

    • Indemnización
      de 33 días de salario por año con un tope de 18 mensualidades, en
      caso de que el trabajador/a opte por la extinción del contrato
      debido a la modificación sustancial de condiciones de trabajo.

    • Para
      aquellos trabajadores/as que opten voluntariamente por un traslado
      que implique cambio de residencia (más de 50km) se les abonarán
      los gastos de mudanza y desplazamiento, 2 días adicionales de
      permiso retribuido, 1500 euros y compromiso de concertar una
      entrevista de trabajo a la pareja del trabajador/a afectado.

    • Convenio
      especial con la Seguridad Social para los mayores de 55 años que
      opten por la extinción.

    • 15
      días previos al cierre comunicación a la RLT y al trabajador/a,
      teniendo éste un plazo de cuatro días para trasladar una
      respuesta.

    • Permanencia
      de los representantes legales de los trabajadores/as en el Árbol,
      siempre que quieran voluntariamente a excepción que no haya más
      tiendas en la provincia.

    • Plan
      de formación para los trabajadores/as recolocados en DIA y en los
      casos de cambio de puesto en el Árbol.

    • Intercambiabilidad
      entre afectados y no afectados previa valoración de la empresa.

    • Creación
      de una Comisión de Seguimiento formada por dos miembros de cada
      sección Sindical y la empresa.

    Destacamos
    además cuestiones importantes y en las que hemos hecho desde
    CCOOServicios especial hincapié, por un lado el compromiso a
    realizar un seguimiento del desarrollo de la empresa que potencie y
    refuerce nuestro derecho de participación y por otro el compromiso
    de compensar las horas generadas en el plazo máximo de tres meses.
    Cuestión esta última que estaba generando un tremendo malestar
    entre los trabajadores y trabajadoras.

    Las
    condiciones acordadas para los trabajadores/as de las 142
    tiendas
    que adquiere DIA son las siguientes:

    • Subrogación
      por parte de DIA en los derechos y obligaciones derivados de los
      contratos de trabajo, conservando el trabajador/a su antigüedad y
      condiciones económicas y no pudiendo ser absorbidos, ni compensados
      los conceptos no asimilables.

    • Mantenimiento
      acuerdos de jubilación parcial que suscribió GEA en el año 2013.

    • Obligación
      de no despedir a los trabajadores/as subrogados por falta de
      adaptación durante los seis meses desde la transmisión.

    Si
    el trabajador/a no se adapta al nuevo puesto podrá extinguir su
    contrato con la indemnización pactada de 33 días por año con tope
    de 18 mensualidades.

    • Mantenimiento
      del acuerdo de jubilación parcial de GEA.

    • Formación
      a todos/as los trabajadores/as subrogados en función de las
      necesidades observadas en el puesto.

    • Compromiso
      de gestión de las tiendas transmitidas como mínimo durante un año.

    • Sustitución
      del descuento en compras, con aplicación de un 10% y límite de 500
      euros mensuales.

    • Seguimiento
      en el Comité Intercentros con el objeto de prever acciones y
      reforzar la participación de la RLT.

    • Los
      miembros de la RLT serán recolocados en GEA, salvo que no hubiera
      más tiendas en la provincia u opten por el cambio a DIA.

    • Comunicación
      a la RLT de la fecha de transmisión y al mismo tiempo al
      trabajador/a con 15 días de antelación.

    • Los
      trabajadores/as de secciones afectados que pasen a DIA y cuya
      recolocación implique un cambio de puesto, mantendrán las
      condiciones salariales de su categoría de origen y salario fijo
      respetando la naturaleza de los mismos, no pudiéndose compensar ni
      absorber con las futuras subidas en DIA. La parte variable
      temporalmente se mantendrá, hasta el futuro análisis y negociación
      en el acuerdo de homogenización.

    También
    optarán a futuras vacantes de su mismo puesto que puedan surgir en
    la provincia siempre y cuando fueran condiciones contractuales
    análogas.

    Se
    tendrá en cuenta el horario del trabajador/a para que se minimicen
    los cambios siempre que haya posibilidad.

    Si
    el cambio requiere incremento en la distancia, se abonará un plus
    de:

    KMS

    IMPORTE
    BRUTO MES

    IMPORTE
    BRUTO AÑO (11 MESES)

    40-50

    98
    ?

    1.078
    ?

    30-39

    78
    ?

    858
    ?

    25-29

    59
    ?

    649
    ?

    20-24

    39
    ?

    429
    ?

    • 33días
      de salario por año de servicio con un tope de 18 mensualidades en
      caso de que el trabajador/a opte por la recisión si el cambio
      implica una modificación sustancial de las condiciones de trabajo.

    • Convenio
      Especial para mayores de 55 años.

    • Y
      por último, en caso de que algún trabajador/a optara a un cambio
      de centro que implique cambio de residencia en las mismas
      condiciones ya mencionadas anteriormente.

    CCOO
    Servicios valora positivamente el acuerdo, ya que finalmente se ha
    conseguido crear un marco de protección y de condiciones homogéneas
    tanto para trabajadores/as afectados por los cierres como por las
    transmisiones, cuestión prioritaria para nosotros y que desde la
    primera reunión consideramos innegociable.

    DEFENDER
    EL EMPLEO Y LAS CONDICIONES LABORALES DE LOS

    TRABAJADORES/AS,
    ES NUESTRA TAREA PRINCIPAL

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  • CCOO de Tragsatec y Tragsa acudirá al Parlamento Europeo

    Tal y como informamos en nota publicada en anuncios libres, los días 23 y 24 de febrero una delegación de CCOO de Tragsatec y Tragsa acudirá al Parlamento Europeo en Bruselas donde se expondrá la problemática del ERE en el Grupo Tragsa. Solicitaremos la implicación de los representantes políticos europeos, para exigir a la Dirección de la empresa la inmediata reincorporación de todo el
    personal despedido y la apertura de una mesa de diálogo para negociar un Plan de Viabilidad en el que no se contemplen salidas forzosas.
    Asimismo, estamos tratando de cerrar un encuentro con representantes de la Comisaría Europea de Empleo, Asuntos Sociales e Inclusión para poder trasladarles de primera mano la problemática del Grupo.

  • CCOO mobilízase de novo para desbloquear o Convenio das antigas Caixas de Aforro

    O #24Fmanifestacion en distintas cidades de España, en A Coruña a carón da sede de Abanca de 17:30 a 18:30, por un #Convenioahorro xusto. Os traballadores e traballadoras debemos implicarnos para facer desta mobilización un éxito. Estamos a xogarnos moito: horario, salario, beneficios sociais… todo o que conseguimos en anos de negociación. NON HAI ESCUSAS!

  • El Árbol: Hay posibilidades de acuerdo si la empresa se compromete con empleo estable

    El día 3
    de febrero ha tenido lugar la cuarta reunión de negociación de este
    proceso de reestructuración que afecta a más de 1500 trabajadores y
    trabajadoras de grupo El Árbol.

    Por
    la mañana la empresa ha dado información detallada de la afectación
    del personal de las tiendas que pasan a Día Market:

    • En
      total son 1315 personas: 897 de sala, que se quedan en sus
      respectivas tiendas, y 418 de secciones, de los cuales:

      • Un
        4%, 17, se quedan en su tienda, 96 pasan a otras tiendas de El
        Arbol, 67 pasan a otras tiendas de Día con las mismas funciones, y
        238 pasan a Día con otras funciones.

    Continúa:

    • En cuanto a las condiciones de subrogación y desplazamiento, serán todas las mismas, tanto para el personal que sale de las tiendas que se cierran como de las tiendas que se traspasan a Día, tal y como hemos planteado desde el principio desde CCOO Servicios:

      • Ninguna persona se deberá ir a más de 50Km.

      • Todas las personas que pasan a Día mantendrán en general sus condiciones retributivas, y con posterioridad se harán un proceso de homogeneización al Convenio de Día.

      • El personal que se queda en El Árbol mantiene sus condiciones económicas y aquellas que cambian de funciones lo tendrán que aceptar expresamente y acomodar el salario variable.

      • Garantía de seis meses como periodo de adaptación al nuevo puesto y posibilidad de acogerse a la indemnización si se retracta.

      • Posibilidad de acceder al convenio especial de la seguridad social a cargo de la empresa a los mayores de 55 años que opten por la indemnización, que será de 33 días por año trabajado y un máximo de 18 mensualidades.

      • Posibilidad de intercambiar voluntarios por personal afectado si tienen condiciones semejantes.

      • Posibilidad optar a plazas con movilidad geográfica y condiciones de compensación similares a otros procesos.

      • Compensación de los mayores gastos de desplazamiento en las cuantías que se indicaron en la anterior reunión.

      • Garantía de permanencia de la RLT

      • Comisión de seguimiento

    La empresa también ha entrado en incluir en el acuerdo, como hemos demandado desde CCOO Servicios, un compromiso de la apuesta que hacen desde el grupo Día por la viabilidad de El Árbol, la garantía de dar formación efectiva para las personas que cambien de actividad o funciones, garantizar que las tiendas que pasen a día no se van a franquiciar al menos en los próximos doce meses y regularizar las prolongaciones y extras de jornada que se deben al personal en un tiempo máximo de tres meses.

    Además, desde CCOO Servicios, demandamos para llegar a un acuerdo que se garantice el puesto de trabajo a todo el personal que pase a otras tiendas Día en la misma medida que las que se traspasan, durante un año y que la empresa se comprometa a no hacer otro expediente de regulación de empleo en un año.

    En CCOO Servicios valoramos positivamente los progresos de la negociación en esta última reunión celebrada ayer y esperamos que en la próxima reunión que se celebrará el día 10 de febrero, podamos alcanzar los objetivos que toda la plantilla nos habéis demandado de garantía de los puestos de trabajo y estabilidad futura de la empresa y el empleo en El Árbol.

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