Autor: Servicios CCOO Tecnocom

  • Boletín La Sección 39

    E N  E S T E  N Ú M E R O

    PELOTAZO EN TECNOCOM de 5,2 millones de euros

    Horario en cliente, ese gran desconocido

    Horario en jornada reducida por guarda legal

    La turnicidad y nocturnidad en la salud

    Fórmate y trabaja

    Adenda laboral

    FAQs

    Pasatiempos

    RINCÓN DE LA AFILIACIÓN: Descuentos para afiliados y afiliadas

    Para acceder al boletín, haz clic en el siguiente icono:          

  • Ampliación de información acerca del permiso de paternidad

    ¿Has solicitado iniciar el permiso de paternidad a partir del 1 de enero de 2017, aun cuando el nacimiento se ha producido con anterioridad a dicha fecha? Si la respuesta es sí, te interesa seguir leyendo.

    Estimados compañeros y compañeras,

    Tal y como os
    informamos en el comunicado
    del 11 de enero
    , la ampliación a cuatro semanas de la suspensión del
    contrato de trabajo por paternidad y de su situación equivalente en el empleo
    público, se aprobó por Ley 9/2009, de 6 de octubre; si bien, desde aquel
    momento su entrada en vigor se fue posponiendo año tras año por las sucesivas
    leyes de presupuestos generales del Estado hasta el pasado 1 de enero de 2017.
    Desde esta fecha ha entrado en vigor la citada ampliación y ya se puede
    disfrutar.

    Del mismo modo, os señalamos que
    el INSS (Instituto Nacional de la Seguridad Social)  está reconociendo la prestación de paternidad
    de 4 semanas de duración para todas las solicitudes que se derivan de
    nacimientos o adopciones acontecidos a partir del 1 de enero de 2017, pero no
    así con las que se derivan de nacimientos o adopciones de fechas previas. Ello
    se debe a que el criterio administrativo
    que utiliza el INSS para determinar el hecho causante de la prestación es la
    fecha de nacimiento o adopción
    .

    Esta interpretación resulta en
    cualquier caso restrictiva desde nuestro punto de vista. Como se señala en el
    informe del Gabinete Jurídico Confederal, a
    nuestro juicio deberían tener derecho a beneficiarse del disfrute de las cuatro
    semanas de permiso y prestación por paternidad todas las personas que hayan
    solicitado iniciar el descanso a partir del 1 de enero de 2017, aun cuando el
    nacimiento o la constitución de la adopción o la fecha de la resolución de la
    guarda se hayan producido con anterioridad a dicha fecha
    .

    En el caso de que alguna persona
    se pueda ver afectada por la interpretación restrictiva que realiza el INSS,
    nuestra recomendación es que nos lo haga saber respondiendo a este correo y le
    pondremos en contacto con la asesoría jurídica del sindicato para proceder a la
    correspondiente reclamación.

    ¡Lucha por tus derechos!

    ¡Afíliate a CCOO y reclama!

  • Video: «¡Felices Fiestas!»

    ¡La Sección Sindical de CCOO Tecnocom te desea una Feliz Navidad!

    Visita nuestro canal en Youtube:  Sección Sindical CCOO Tecnocom
    Cordialmente,