Autor: Seccion Sindical MGO by Westfield

  • Información sobre cierre de centros de trabajo.

    Estimados compañeros y compañeras.
    A raíz de las notificaciones de cambio de puesto de trabajo a otro centro que se están produciendo en estos días, queremos informaros de lo siguiente:
    Estos cambios pueden suponer un traslado (movilidad geográfica) en  los casos en los que el cambio de un centro de trabajo a otro supere los 50 km. y o cuando sin superarlo conlleve la necesidad de variación de residencia del trabajador o trabajadora (como sabéis, se están dando casos de traslados a centros situados a 85 Km., 130 Km., …). En estos supuestos, el Convenio Colectivo de SPA en su artículo 32.5 establece una serie de compensaciones:

    [Sigue]

    Estimados compañeros y compañeras.
    A raíz de las notificaciones de cambio de puesto de trabajo a otro centro que se están produciendo en estos días, queremos informaros de lo siguiente:
    Estos cambios pueden suponer un traslado (movilidad geográfica) en  los casos en los que el cambio de un centro de trabajo a otro supere los 50 km. y o cuando sin superarlo conlleve la necesidad de variación de residencia del trabajador o trabajadora (como sabéis, se están dando casos de traslados a centros situados a 85 Km., 130 Km., …). En estos supuestos, el Convenio Colectivo de SPA en su artículo 32.5 establece una serie de compensaciones:
            
    «5. El trabajador trasladado por iniciativa de la Empresa tendrá derecho, como mínimo, a una compensación económica por los gastos que le hubiera generado el traslado, por importe bruto equivalente a:

    a) Gastos de locomoción del interesado y familiares que con él convivan, con ocasión del traslado, que deberán ser justificados.
    b) Gastos de transporte, mobiliario y enseres, que deberán ser justificados.
    c) Indemnización en metálico como compensación de gastos de cuatro mensualidades ordinarias de sueldo base, y demás conceptos del presente Convenio que se estuvieran percibiendo, excluida, en su caso, la prorrata de pagas extras. Si el trabajador trasladado cesara voluntariamente en los seis meses siguientes al traslado, deberá reintegrar a la empresa la compensación percibida de acuerdo con los siguientes términos:

            – Si cesara durante los tres primeros meses, reintegrará la totalidad de dicha compensación.
            – Si cesara entre el mes cuarto y el sexto, reintegrará la mitad de dicha compensación.

    d) En función de las circunstancias específicas de cada caso, las Empresas deberán prestar ayuda económicamente evaluable al trabajador, para que consiga vivienda en la ciudad a que hubiera sido trasladado por necesidades del servicio.
    e) Período previo de 10 días máximo de permiso retribuido con dieta completa para facilitar la búsqueda de vivienda y centros escolares.«
            
    Además, en caso de no estar de acuerdo con el traslado, el artículo 32.6 establece:
    «6. Notificada la decisión del traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado con las compensaciones antes reguladas o a la extinción del contrato en las condiciones que hubieren sido acordadas o, en su caso, con la percepción de la indemnización prevista en la legislación vigente. En cualquier momento las partes afectadas podrán acudir a los procedimientos de solución extrajudicial de conflictos establecidos o que pudieran establecerse, quedando a salvo las acciones que el trabajador y/o los representantes legales de los trabajadores puedan ejercitar en su caso ante la jurisdicción competente. Todo ello sin perjuicio de que el traslado se lleve a cabo conforme a la regulación prevista legalmente
    El Art. 40 del Estatuto de los Trabajadores dispone que en caso de optar por la extinción del contrato, la indemnización será de veinte días de salario por año de servicio con un máximo de doce mensualidades.
          
    Por tanto, dado que no tenemos noticias de que la empresa esté informando al personal afectado de estas opciones, recomendamos que las personas afectadas busquen asesoramiento legal dado que el plazo para ejercitar la acción es de veinte días desde la notificación de traslado. Asimismo, recordamos a nuestros afiliados y afiliadas que tienen a su disposición el servicio de asesoría jurídica del sindicato.
         
    Recibid un cordial saludo.
  • Huelga en Grupo MGO

    Estimados compañeros y compañeras.

    En primer lugar queremos agradeceros el
    altísimo seguimiento de la huelga convocada ayer, así como la participación en
    las movilizaciones realizadas en diferentes centros de trabajo.

    La medida se
    ha demostrado efectiva, ya que, por primera vez en un año, hemos cobrado una
    nómina completa en su fecha.

    [Sigue]

    Estimados compañeros y compañeras.

    En primer lugar queremos agradeceros el altísimo seguimiento de la huelga convocada ayer, así como la participación en las movilizaciones realizadas en diferentes centros de trabajo.

    La medida se ha demostrado efectiva, ya que, por primera vez en un año, hemos cobrado una nómina completa en su fecha.

    Los trabajadores y trabajadoras de Grupo MGO hemos dejado claro que: 

    • NO ESTAMOS DISPUESTOS A SEGUIR COMO HASTA AHORA.
    • QUEREMOS COBRAR NUESTRAS NÓMINAS, ¡YA!
    • QUEREMOS QUE SE NOS PAGUEN LOS ATRASOS EN DIETAS, COMISIONES, ETC.
    • QUEREMOS TRANSPARENCIA EN CUANTO A LA SITUACIÓN DE LA EMPRESA Y SU FUTURO.
    • QUEREMOS UN TRATO DIGNO COMO TRABAJADORES Y TRABAJADORAS.

    Por nuestra parte, seguiremos luchando para que todo esto sea posible y real. No nos vamos a rendir y vamos a seguir utilizando todos los medios a nuestro alcance, tanto individuales como colectivos, tanto judiciales como de movilización, hasta que comprendan que el único camino es hacer las cosas bien.


    Seguiremos informando.

  • SIN ACUERDO EN EL SIMA

    Está mañana
    ha tenido lugar el acto de conciliación con la empresa en el Servicio
    Interconfederal de Mediación y Arbitraje (SIMA).
    Lamentablemente, no se ha llegado a un acuerdo al no garantizar la empresa el pago de las
    cantidades pendientes ni haber hecho propuestas para el pago de las mismas. Por
    lo tanto, se mantiene la convocatoria de huelga general durante las 24 horas del
    día 30 de junio en todos los centros de trabajo de Grupo MGO,
    S.A.
     
    Asimismo,
    os informamos que además de las concentraciones de Madrid y Barcelona, se han
    convocado nuevas concentraciones para el mismo día 30 en:

    – TENERIFE:
    C/ Carlos J.R. Hamilton, 11 (Edif. Torres del Mar) de 10:00 a
    13:00.
    – LAS
    PALMAS: C/ Olof Palme, 43 de 10:00 a 13:00.

    Os animamos a secundar la huelga y a participar
    en estas concentraciones y en aquellas otras que se puedan convocar durante esta
    semana.

     
    Seguiremos
    informando.
     
  • ¡HUELGA!

    La Sección
    Sindical de Comfia-CC.OO. ha convocado una jornada de huelga general en todos los centros de Grupo MGO, S.A. para el próximo 30
    junio y concentraciones ante los centros de trabajo de Madrid y Barcelona, para exigir a la
    empresa el cobro de las nóminas atrasadas y el pago puntual del salario. 

    [Sigue]

    La Sección Sindical de Comfia-CC.OO. ha convocado una jornada de huelga general en todos los centros de Grupo MGO, S.A. para el próximo 30 junio y concentraciones ante los centros de trabajo de Madrid y Barcelona, para exigir a la empresa el cobro de las nóminas atrasadas y el pago puntual del salario. 

    CCOO califica de “crítica” la situación de la
    plantilla del Grupo MGO, S.A., empresa que se publicita como líder en el sector
    de los Servicios de Prevención Ajenos.

    A pesar de tener un puesto de trabajo, algunas personas nos hemos visto
    obligadas a acudir a Bancos de Alimentos para poder dar de comer a nuestros
    hijos o nos encontramos ante el dilema de comer o pagar la hipoteca,
    enfrentándonos al riesgo permanente de sufrir el desahucio de nuestras
    viviendas.

    Además, los efectos nocivos que esta situación tiene sobre nuestra salud
    conviven permanentemente en nuestros hogares y puestos de trabajo, (ansiedad
    permanente, cuadros depresivos, etc).

    A día de hoy, MGO nos adeuda el 90% de la nómina de diciembre 2013, las
    nóminas completas de enero y mayo 2014, y por desgracia, todo parece indicar que
    tampoco cobraremos la nómina de junio, pues en los últimos días, si queremos
    salir a realizar nuestro trabajo, tenemos que pagar la gasolina de nuestro
    bolsillo al quedarse sin crédito las tarjetas de carburante.

    ¡¡Basta ya de soportar en silencio una situación
    que no ha mejorado en nada!!

     

    • Desde 2010 venimos soportando la inaplicación de las tablas salariales
      del convenio colectivo de SPA (sin olvidar que, de manera injustificada, a
      muchas personas les aplican el convenio de Oficinas y Despachos, mucho más
      favorable para la empresa).
    • Reducciones de jornada y salario “voluntarias”.
    • Impago de dietas, kilometraje, comisiones por venta/recuperación de
      deuda, etc. desde 2011.
    • Tres Expedientes de Regulación de Empleo consecutivos (cada uno más duro
      que el anterior).
    • Más de doscientas personas (muchas por segundo año consecutivo) se
      encuentran con su contrato suspendido, condenados a vivir en un limbo laboral,
      sin que a la empresa parezca importarle lo más mínimo su situación.
    • Sobrecargas permanentes de trabajo, con personal técnico que tienen más
      de 500 empresas asignadas, personal sanitario que se ve desbordado y además
      cada día trabaja en un centro distinto, falta de personal administrativo,
      comercial y directivo en los CPs que impiden su normal funcionamiento, y a
      pesar de todo esto se nos obliga a hacer trabajos para otras empresas como
      ARPRE o Sanitalia, …

      

    El incumplimiento de la legislación laboral y de
    recursos preventivos es permanente.

     

    Ante todo esto, la Dirección de la empresa solo sabe echar balones fuera
    y derivar su responsabilidad 

    • La culpa es de la
      competencia
      . El problema no es la libre competencia, sino que esta se realice de
      forma desleal. Comenzando por utilizar el impago a las plantillas para
      financiar a las empresas o dejar de aplicar el convenio colectivo. ASPA y ANEPA,
      patronales a las que MGO está adherida, deben desbloquear la negociación del
      convenio, como herramienta de armonización y estabilidad en el sector de la
      prevención
    • La culpa es de la
      crisis
      . La crisis ha afectado a todo el sector, pero la inmensa mayoría de las
      empresas de este sector pagan puntualmente el salario a sus plantillas.
    • La culpa es de los
      bancos
      . Los Bancos no se han caracterizado por facilitar la financiación de
      las empresas, pero no terminan bloqueando cuentas por pura maldad, sino como
      consecuencia de impagos reiterados de amortizaciones.
    • La culpa es vuestra, Dicen que no
      trabajamos/vendemos/facturamos/etc. lo que habían previsto.
      La plantilla de MGO continua, pese a
      todo, cumpliendo con sus obligaciones laborales puntualmente, aún con la
      escasez de medios materiales y humanos
      .

     

    Sólo una cosa está clara, la Dirección de MGO demuestra día a día su
    incompetencia, maltratando nuestra red de mediación o con su absurda política
    de renovaciones automáticas y gestión de la morosidad, incluso, para hacer
    previsiones de negocio, pues después del último ERE en el que han aplicado
    salvajemente las condiciones con las que preveían que garantizaban la
    viabilidad de la empresa, la situación de la plantilla no ha mejorado nada de
    nada

    Desde CCOO hemos actuado siempre con responsabilidad, buscando llegar a
    acuerdos de futuro que contribuyeran a mejorar la situación financiera de la
    empresa y no perjudicasen excesivamente a la plantilla pero, lamentablemente, el
    tiempo nos ha enseñado que
    la Dirección  de MGO no es de fiar: firma acuerdos
    para evitar conflictos y salir del paso (como el suscrito ante la Audiencia
    Nacional o del ERE 2013), para luego incumplirlos.

    Del
    mismo modo, se niegan a aceptar
    propuestas
    alternativas de ahorro presentadas tanto por CCOO como por el resto de
    sindicatos y mantienen un sospechoso silencio sobre la situación de la empresa,
    que sólo genera rumores y especulaciones.

    Tienen que explicar dónde
    han ido los beneficios cosechados en los más de 20 años de andadura del Grupo
    MGO o cómo no disponen de un fondo de reserva para hacer frente a situaciones
    de debilidad financiera o qué ha ocurrido con los ingresos y
     gastos de sus aventuras internacionales.

    Ha
    llegado el momento de hacer visible nuestra situación, por este motivo os
    animamos a  secundar la huelga convocada
    para el próximo día 30 de Junio y participar en las concentraciones ante los
    centros de trabajo situados en la C/ Ramos Carrión, 10 de Madrid (de 9:00 a
    10:30) y C/ Rocafort, 91 bis de Barcelona (de 10:00 a 14:00).
     

     

    ¡¡Si luchas por tus derechos…, puedes perder!!

    ¡¡Si no lo haces…, estás perdido!!

  • DILIGENCIA DE LA INSPECCIÓN DE TRABAJO

    Desde la Sección Sindical de CC.OO. os queremos informar de las últimas acciones emprendidas desde
    nuestra organización, entre las que se encuentra la denuncia presentada en el
    mes de abril ante la
    Inspección
    de Trabajo referente a la falta de pago puntual de
    nóminas y otras cantidades adeudadas.

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    Estimados
    compañeros y compañeras.

    Desde la Sección Sindical de CC.OO. os queremos informar de las últimas acciones emprendidas desde
    nuestra organización, entre las que se encuentra la denuncia presentada en el
    mes de abril ante
    la
    Inspección
    de Trabajo referente a la falta de pago puntual de
    nóminas y otras cantidades adeudadas.

    El
    pasado 5 de Junio fuimos citados por el Inspector de trabajo quien, tras
    escuchar los argumentos que aportamos ambas partes, decidió redactar diligencia
    requiriendo a la empresa a “
    extremar el
    cumplimiento de la obligación de pago puntual de salarios (art. 29.1 Estatuto
    de los Trabajadores)
    ”.

    En
    este sentido, os indicamos que desde esta Sección Sindical continuaremos velando
    por el cumplimiento estricto tanto de esta como de cualquier otra resolución o
    sentencia que se dicte por los órganos competentes, y que, con las capacidades
    que nos otorga el ordenamiento jurídico, lucharemos en los despachos y en la
    calle, si es preciso, por aquello que es irrenunciable e innegociable como son
    los derechos de los trabajadores y trabajadoras en su relación con la empresa.


    Seguiremos
    informando.