Autor: CCOO viewnext

  • CALENDARIO LABORAL – JORNADA VERANO

    Estimados
    compañeros:


    El
    Comité de Empresa de Viewnext-Avda. de Burgos ha denunciado a la
    empresa ante la Inspección de Trabajo por discrepancias con el
    Calendario Laboral 2017; uno de los puntos de desacuerdo era su
    contenido relacionado con el derecho a la jornada de verano para la
    plantilla del centro que se rige por el calendario laboral Viewnext
    (es decir, no afecta a los colectivos transferidos procedente de
    IBM-GSE que mantienen sus propios calendarios laborales y su derecho
    a la jornada de verano que en ellos se especifica).

    Pues bien,
    la Inspección de Trabajo nos da la razón y manifiesta lo
    siguiente:

    El artículo 20.7 del Convenio colectivo estatal de
    empresas de consultoría y estudios de mercado y de la
    opinión
    pública, establece:
    ?Todo trabajador desplazado a
    otra empresa por razón de servicio, se atendrá al horario del
    centro de trabajo de
    destino, si bien en cuanto al cómputo de las
    horas trabajadas mensualmente, se respetarán las existentes en
    su
    empresa de origen.?
    Así pues, hay que distinguir entre
    trabajadores ?asignados a un proyecto?, que son la inmensa
    mayoría del personal
    de la empresa, y trabajadores ?desplazados
    a otra empresa por razón de servicio?, que son los que
    físicamente
    prestan servicios en la empresa del cliente. A la
    vista del tenor literal del artículo 20.7 del C.C. solo este
    último
    colectivo tienen el horario del trabajo del centro de
    trabajo del cliente.


    Y
    REQUIERE QUE:

    • Solo
      los horarios de trabajo de los trabajadores desplazados a otra
      empresa por razón de servicio, serán los
      del centro de trabajo
      de destino. No así los de los trabajadores asignados a un proyecto
      pero no
      desplazados al centro de trabajo del cliente, que serán
      los del personal de estructura.

    • En
      el caso que el horario sea el del centro del cliente, se respetará
      el cómputo de las horas trabajadas
      mensualmente existentes en su
      empresa de origen.

    • La
      empresa deberá fijar, e informar de ello a la representación legal
      de los trabajadores, el horario de
      trabajo concreto que se le va
      a aplicar a los trabajadores desplazados al centro de trabajo del
      cliente, en tal
      caso coincidente con el de este.

    Por
    tanto, todos los trabajadores a los que aplique el calendario laboral
    Viewnext tendrán derecho al periodo de jornada de verano, desde el 1
    de julio hasta el 15 de septiembre y cuyo horario es de 8:00 a 15:00
    h. Sólo los trabajadores DESPLAZADOS
    a
    las instalaciones del cliente tendrán que adaptarse al
    HORARIO DEL CLIENTE
    (no al horario del servicio contratado, ni al horario que a su jefe
    le parezca oportuno), pero manteniendo el cómputo mensual
    correspondiente a la jornada establecida en  Viewnext.


    Nuestro
    objetivo es defender el derecho a la jornada de verano

    Para
    ello necesitamos tu colaboración…


    Si
    la empresa te comunica que no puedes disfrutar de la jornada
    intensiva,


    escríbenos
    a esta dirección de correo indicando el proyecto al que perteneces,
    las instalaciones en las que desarrollas tu actividad y el horario
    que te han dicho que tienes que realizar.

    Un
    saludo.

    Siguenos
    en Twitter @Insa_ccoo_mad

  • MEDIDAS VOLUNTARIAS E INDIVIDUALES: DENUNCIA A LA INSPECCIÓN DE TRABAJO

    Estimados compañeros:

    El Comité de Empresa de Viewnext-Madrid-Avda. de Burgos ha denunciado
    ante la Inspección de Trabajo a
    la empresa por la adopación de medidas voluntarias e individuales sin
    aportar información al comité de empresa que lo justifique.

    La normativa
    vigente establece la obligación de la empresa de informar y consultar a
    los representantes de los trabajadores sobre decisiones que puedan
    provocar cambios relevantes en la organización del
    trabajo y que puedan dar lugar a la adopción de medidas preventivas en
    caso de riesgo para el empleo.
    1. No se ha dado NINGUNA INFORMACIÓN al Comité de Empresa, hasta el momento.
    2. La
      empresa manifestó que la situación de desasignación o asignación parcial
      que existía en Octubre de 2016, requería la adopción de ciertas medidas
      voluntarias e individuales en
      prevención de un escenario futuro que les obligue a adoptar otro tipo de medidas con una mayor repercusión sobre la plantilla.

    Os mantendremos informados.

    Un saludo.
  • Comunicado sobre teletrabajo en VIEWNEXT

    En los últimos tiempos un número creciente de trabajadoras y
    trabajadores de ViewNext han recibido indicaciones de la empresa para
    que consideren la posibilidad de desarrollar su trabajo desde su
    domicilio.

    Sin duda alguna la opción del teletrabajo es muy
    ventajosa para la empresa, ya que le permite ahorros en gastos generales
    y en instalaciones. Y también es innegable que el teletrabajo puede
    ofrecer ventajas para el trabajador.

    Pero la existencia de
    ventajas para el trabajador no puede ser utilizado como excusa para que
    las condiciones en las que se realiza el teletrabajo sean fijadas
    unilateralmente por la empresa, sin ningún tipo de regulación o control.
    Temas como el coste de línea de datos, el mantenimiento de los tickets
    de comida, o los plazos mínimos de preaviso para la reincorporación al
    centro de trabajo habitual no pueden quedar al arbitrio absoluto de la
    empresa. Admitir esto abrir una peligrosa puerta a la completa
    desregulación de las condiciones de trabajo.

    La propuesta de la
    empresa no recoge los mínimos marcados en Acuerdo Marco Europeo sobre
    Teletrabajo. Por ello es muy importante que la Dirección de ViewNext no
    continúe rechazando la propuesta de la Sección Sindical de CC.OO. para
    alcanzar un acuerdo sobre teletrabajo que sea mutuamente beneficioso.

    Reiteramos
    públicamente, ante todos los trabajadores y trabajadoras de ViewNext,
    nuestro llamamiento a la Dirección a abrir una mesa de negociación sobre
    teletrabajo dónde pueda alcanzarse un acuerdo justo y equilibrado.