Autor: Comfia Asepeyo

  • El Gobierno prohíbe que directivos de mutuas compren o vendan su patrimonio.

    El Consejo de Ministros aprobó hoy el Real Decreto por el que se prohíbe expresamente que los directivos de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales compren o vendan patrimonio de las mismas.

    Enero 2010.

    Según esta norma, el director gerente de una mutua no podrá comprar ni vender para sí mismo cualquier activo patrimonial de la entidad ni contratar con la mutua actividad mercantil alguna ni directamente ni por persona o entidad interpuesta.

    De esta forma, se establece por primera vez este tipo de prohibición en un Real Decreto, según señalaron a EFE fuentes del Ministerio de Trabajo.

    Además, los trabajadores de las mutuas, como entidades colaboradoras de la Seguridad Social, no podrán cobrar por un servicio que se derive de la actividad de la mutua como sociedad de prevención porque es un servicio privado.

    A su vez, quienes trabajen para las mutuas, como sociedades de prevención, no podrán cobrar por ningún concepto derivado de su actividad como entidad colaboradora de la Seguridad Social.

    Es decir, se separa completamente la actividad de la mutua como entidad pública y colaboradora de la Seguridad Social de su actividad como sociedad privada de prevención, explicaron las fuentes.

    En cuanto a la tutela que ejerce el Ministerio de Trabajo en las mutuas, el proyecto también suprime algunas autorizaciones previas y las sustituye por mecanismos más flexibles y eficaces para dar mayor agilidad a su gestión.

    Con esta norma, la Seguridad Social adapta el reglamento a las nuevas formas de colaboración y cooperación en las agrupaciones de las mutuas para obtener «mayor eficacia y racionalización» en la utilización de los recursos públicos que gestionan las mutuas.

    El decreto establece dos modalidades: las entidades mancomunadas y los centros mancomunados, que permiten poner en común recursos adscritos a las mutuas y edificios o instalaciones a la hora de prestar asistencia sanitaria.

    EFE.

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  • CCOO denuncia la insostenible y anómala situación de los trabajadores de las mutuas.

    La Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CCOO (COMFIA) ha denunciado la insostenible y anómala situación que sufren los trabajadores y trabajadoras de las mutuas, que tienen que soportar los perjuicios de ser considerados del sector privado, por sus empresas, y del sector público, por la Administración.

    12-01-2010 – Los trabajadores de las mutuas pueden ser despedidos, sancionados o trasladados por sus empresas, pero no pueden negociar libremente sus condiciones retributivas. Por otro lado, la Administración les impone un tope a sus incrementos salariales, pero no les permite beneficiarse de la garantía de estabilidad en el empleo o de la recuperación del poder adquisitivo perdido.

    Según recuerda COMFIA, la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2010, en su Disposición Adicional Séptima, establece que las retribuciones de los trabajadores y trabajadoras de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales estarán sometidas a las mismas limitaciones que las del personal laboral del sector público; es decir, que su masa salarial no podrá experimentar un crecimiento superior al 0,3%. Sin embargo, el convenio colectivo sectorial para las Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes, suscrito entre los sindicatos y patronales para 2008-2011, establece un incremento salarial inicial para 2010, equivalente al IPC previsto que, de acuerdo con esta Ley de Presupuestos, se sitúa en el 1%.

    Este contrasentido ha sido denunciado reiteradamente por COMFIA-CCOO, sin que la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, órgano que tiene encomendado la tutela de las Mutuas, haya garantizado la aplicación de las condiciones salariales derivadas del convenio. Es decir, estos trabajadores pueden ser despedidos sancionados o trasladados por sus empresas, pero no pueden negociar libremente sus condiciones retributivas. Además, la Administración les impone un tope a sus incrementos salariales para 2010, pero no les permite beneficiarse de la garantía de estabilidad en el empleo o de la recuperación del poder adquisitivo perdido, tal y como Sí harán los funcionarios a través del acuerdo suscrito por el Gobierno con las Organizaciones Sindicales.

    Para COMFIA-CCOO este ataque contra el derecho a la negociación colectiva no es un hecho aislado, sino que se enmarca en una campaña de agresión permanente contra los derechos de un colectivo cercano a los 28.000 trabajadores y trabajadoras en las Mutuas, que el director general de Ordenación inició hace poco más de un año. La prohibición para crear nuevos puestos de trabajo, establecida en la Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social de fecha 16 de abril de 2009, la drástica reducción del presupuesto para prevención pública de riesgos laborales, dictada en la Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, de fecha 30 de junio de 2009, así como la obligación de amortizar los puestos de trabajo con funciones comerciales, decretada en un oficio de la Dirección General de Ordenación, de fecha 2 de junio de 2009, son algunas acciones emprendidas por la Administración. Además, no presta la más mínima atención al goteo continuo de despidos que se vienen produciendo en las Mutuas desde el pasado año, ni a la insostenible situación que viven los trabajadores de algunas Sociedades de Prevención dependientes de las Mutuas.

    CCOO

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  • La prestación de paro de los autónomos arrancará con un ‘superávit’ en caja de 54,8 millones.

    El modelo diseñado por el Ejecutivo establece que para poder acceder a la prestación por cese de actividad, los trabajadores autónomos deberán cotizar de manera continuada un mínimo de 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha del cese de la actividad, lo que daría derecho a percibir dos meses de prestación.

    12-01-2010

    La prestación por cese involuntario de actividad de los autónomos iniciará su andadura en 2011 con un ‘superávit’ en caja de al menos 65 millones de euros, equivalentes a lo que el  Gobierno  prevé que se recaude este año a través de la cotización adicional que tendrán que pagar estos trabajadores si quieren tener derecho a cobrar paro, según la memoria económica que acompaña al proyecto de ley que regula esta prestación, y a la que ha tenido acceso Europa Press.

    El modelo diseñado por el Ejecutivo establece que para poder acceder a la prestación por cese de actividad, los trabajadores autónomos deberán cotizar de manera continuada un mínimo de 12 meses inmediatamente anteriores a la fecha del cese de la actividad, lo que daría derecho a percibir dos meses de prestación.

    Esto significa que 2010 será un año ‘en blanco’ en materia de gastos para el sistema, pues no podrá abonarse ninguna prestación ante la imposibilidad de cumplir los requisitos de cotización. Sin embargo, no ocurrirá lo mismo con los ingresos, ya que el autónomo que en 2011 quiera cobrar paro tendrá que pagar durante este año una cotización adicional a la Seguridad Social.

    Las reservas generadas en 2010 por la nueva cotización permitirán que el sistema pueda ir echando mano de las mismas a medida que se vaya asentando. Con 65 millones ya en la caja, en 2011 el Gobierno espera que se recauden otros 67,3 millones de euros por esta cotización, si bien en este ejercicio ya habría gastos.

    Así, el Ejecutivo prevé que 26.252 autónomos, excluyendo a los del sistema especial agrario, se beneficien en 2011 de esta prestación durante un periodo de dos meses, con un coste global de 54,84 millones de euros. De esta forma, en 2011 se recaudarán casi 12,5 millones de euros más de los que se gastarán por este concepto, dinero que pasaría a engrosar el ‘superávit’ de este subsistema hasta situarlo en unos 78 millones de euros.

    2012 Y 2013, MÁS GASTOS QUE INGRESOS

    En 2012, las previsiones del Gobierno cambian y los ingresos serán inferiores a los gastos. Para ese año se estima una recaudación de 92,39 millones de euros y unos gastos para el pago de la prestación de 102,6 millones de euros, lo que arrojaría un ‘déficit’ de 10,23 millones de euros. Sin embargo, gracias a las reservas generadas durante 2010 y 2011, la financiación quedaría garantizada, aunque el ‘superávit’ de caja se reduciría hasta los 68,48 millones de euros. El número de beneficiarios previsto para 2012 es de 26.501, sin contar a los trabajadores agrarios del sistema especial.

    En 2013, los gastos previstos de la prestación (141,15 millones) superarán también a los ingresos (118,85 millones), pero los 22,3 millones que faltarían para financiar la prestación se sacarían nuevamente del ‘superávit’, que mermaría entonces hasta 46,6 millones de euros. En ese año, los beneficiarios serán 26.740 autónomos, según los cálculos del Gobierno.

    En 2014 y 2015 se volvería a una situación de equilibrio, de tal forma que los ingresos derivados de la nueva cotización superarían a los gastos en 1,37 millones de euros y 1,4 millones de euros, con lo que este subsistema incrementaría sus excedentes hasta los 50,39 millones al final de dicho periodo.

    Todos los datos mencionados anteriormente no tienen en cuenta a los trabajadores autónomos incluidos en el sistema especial de trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA) ni a los trabajadores autónomos del Régimen Especial del Mar. Si se contara con ellos, el Gobierno calcula que las reservas de las que dispondría la prestación de paro de los autónomos se elevarían hasta los 92,06 millones de euros en 2010.

    UN SISTEMA ENTRE VOLUNTARIO Y OBLIGATORIO

    El sistema que ha diseñado el Ejecutivo para que los autónomos puedan cobrar el paro se basa en los principios de contributividad, solidaridad y sostenibilidad. Se trata de modelo mixto, entre voluntario y obligatorio, pues para poder cobrar el paro los autónomos tendrán que cotizar al mismo tiempo por accidentes laborales y enfermedades profesionales, contingencia que ahora mismo es voluntaria salvo en determinados casos, como el de los  trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE)  o, en el futuro, el de los autónomos que operen en actividades profesionales con un mayor riesgo de siniestralidad.

    En la actualidad hay 539.338 trabajadores autónomos que cotizan por contingencias profesionales, incluyendo a 176.000 trabajadores autónomos del sector agrario, aunque el Gobierno estima que cuando se determinen las actividades con mayor riesgo de siniestralidad (previsiblemente transporte, construcción, y algunas actividades industriales) y se desarrollen los contratos de los TRADE, el número de autónomos cotizantes ascenderá aproximadamente a un millón.

    La prestación por cese de actividad de los autónomos no será menor de 583,38 euros mensuales y no podrá superar los 1.383,9 euros. Su cuantía, durante todo su periodo de disfrute, será equivalente al 70% de la base por la que el autónomo venía cotizando durante los 12 meses anteriores al cese de su actividad.

    Su duración será de entre dos y seis meses, en función del periodo cotizado, si bien en los casos de trabajadores autónomos de entre 60 a 64 años se incrementa la duración de la prestación, con un mínimo de tres meses y un máximo de nueve meses.

    En concreto, los autónomos que hayan cotizado de 12 a 17 meses tendrán derecho a dos meses de paro; los que hayan cotizado entre 18 y 23 meses cobrarán tres meses de prestación; los de 24 a 29 meses de cotización tendrán cuatro meses de paro; los de 30 a 35 meses cotizados percibirán la ayuda durante cinco meses y los de 36 meses o más de cotización cobrarán durante el máximo fijado, esto es, seis meses.

    La duración de la prestación estará en función de los periodos de cotización efectuados dentro de los 36 meses anteriores a la situación legal de cese de actividad, de los que al menos 12 meses deben ser continuados e inmediatamente anteriores a dicha situación de cese.

    RRHH Digital

  • El salario medio en España es casi la mitad que el de Reino Unido, Holanda y Alemania.

    La diferencia salarial entre hombres y mujeres en España se reduce del 38% de 2003 al 34,3%, aunque sigue a la cabeza de la UE.

     

    19-01-2010

    El salario medio en España se sitúa en los 21.500 euros brutos al año, lo que supone casi la mitad de la retribución de más de 40.000 euros de Reino Unido, Holanda y Alemania, y un 20% inferior a la media de la UE, según un informe elaborado por Adecco y la escuela de negocios IESE sobre la evolución del salario en 14 países europeos entre 2003 y 2008.

       En concreto, la retribución media en el Viejo Continente alcanzó los 27.036 euros en 2008. Reino Unido encabezó el ranking de remuneraciones, con 46.058 euros para los empleados de jornada completa, seguido de Holanda (42.720 euros) y Alemania (40.914 euros).

       En el extremo opuesto, Hungría, Eslovaquia, Rumanía y Bulgaría, los cuatro últimos miembros incorporados a la UE de los Veintisiete, no superan los 10.000 euros al año de salario.

       Con todo, los tres países con mayor remuneración bruta redujeron su diferencia con aquellos con los salarios más bajos, que suponía 11,9 veces más en 2003 y que ahora se sitúa en 7,8 veces.

       Por sectores, los servicios privados cuentan con la remuneración media más elevada, con 27.774 euros, un 2,7% más que la media y un 15,6% más que los 24.025 euros de la construcción, el sector con menor salario.

       Por su parte, España cuenta con una retribución mayor en las manufacturas, con 24.023 euros anuales, mientras que los servicios privados superaran los 20.000 euros y la construcción se queda en 19.910 euros.

    DIFERENCIAS SALARIALES POR SEXO.

       En cuanto a la brecha salarial entre hombres y mujeres, los 14 países analizados presentan mayores remuneraciones para los varones en un 28%, con 29.341 euros, cifra que mantiene las diferencias de salario por sexo desde 2003.

       En este sentido, España se sitúa como el cuarto país de la UE con mayor brecha salarial, al retribuir a los varones un 34,4% más que a las mujeres (24.020 y 17.866 euros, respectivamente), si bien redujo las diferencias con respecto a 2003, cuando ocupaba la segunda posición, con un 38%.

       Por último, los servicios privados representan el sector con mayor disparidad en Europa, con una diferencia salarial del 32,9%, al igual que en España, donde la brecha en las manufacturas asciende al 35,5%, mayor que la media pero superior a la de siete países.

    Europa Press

     

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  • Mutuas de accidentes: ni públicas, ni privadas, ni todo lo contrario

    Para COMFIA-CCOO los trabajadores y trabajadoras de las mutuas tienen que soportar los perjuicios de ser considerados del sector privado, por sus empresas y del sector público, por la administración.

    11-01-2010 – La Ley 26/2009, de Presupuestos Generales del Estado para 2010, publicada en el BOE el pasado 24 de Diciembre, en su Disposición Adicional Séptima, establece que las retribuciones de los trabajadores y trabajadoras de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales estarán sometidas a las mismas limitaciones que las del personal laboral del sector público estatal, es decir, que su masa salarial no podrá experimentar un crecimiento superior al 0,3%

    Sin embargo, el Convenio Colectivo Sectorial para las Entidades de Seguros, Reaseguros y Mutuas de Accidentes, suscrito entre las organizaciones sindicales y patronales para el periodo 2008-2011, definió para estos trabajadores y trabajadoras un incremento salarial inicial para 2010, equivalente al IPC previsto que, de acuerdo con esta misma Ley de Presupuestos, se sitúa en el 1%.

    Este contrasentido ha sido denunciado públicamente por COMFIA-CCOO en repetidas ocasiones, sin que hasta el momento, la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, órgano que tiene encomendado la tutela de las Mutuas, haya garantizado la aplicación de las condiciones salariales derivadas del Convenio Sectorial, como le ha sido requerido por este sindicato, tanto verbal como formalmente.

    Es decir, estos trabajadores pueden ser despedidos por sus empresas, incluidos en un ERE, sancionados o trasladados de una punta a otra del país, pero no pueden negociar libremente sus condiciones retributivas. Por otro lado, la administración les impone un tope a sus incrementos salariales para 2010, pero no les permite beneficiarse de la garantía de estabilidad en el empleo o de la recuperación del poder adquisitivo perdido, tal y como Sí harán los funcionarios a través del acuerdo suscrito por el Gobierno con las Organizaciones Sindicales.

    Para COMFIA-CCOO este ataque contra el derecho a la negociación colectiva no es un hecho aislado, sino que se enmarca en una campaña de agresión permanente a los derechos de los trabajadores y trabajadoras de las Mutuas, que el Director General de Ordenación inició hace poco más de un año.

    La prohibición para crear nuevos puestos de trabajo, establecida en la Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social de fecha 16 de Abril de 2009, la drástica reducción del presupuesto para realizar prevención pública de riesgos laborales, dictada en la Resolución de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, de fecha 30 de Junio de 2009, así como la obligación de amortizar los puestos de trabajo con funciones comerciales, decretada en un oficio de la Dirección General de Ordenación, de fecha 2 de Junio de 2009, son algunos ejemplos de acciones emprendidas por la administración que, sumada a la actual, repercuten negativamente en un colectivo cercano a los 28.000 trabajadores y trabajadoras en las Mutuas.

    Mientras Seguridad Social se centra en adoptar todas estas medidas lesivas, sin consenso ni consulta previa a las organizaciones sindicales, parece no prestar la más mínima atención al goteo continuo de despidos que se vienen produciendo en las Mutuas desde comienzos del pasado año, ni a la insostenible situación que viven los trabajadores y trabajadoras de algunas Sociedades de Prevención dependientes de las Mutuas, cuya responsabilidad también alcanza, en mayor o menor medida, a la administración.

    COMFIA-CCOO ha solicitado a su gabinete jurídico un informe para valorar la adopción de medidas legales y considera urgente acometer una reforma mediante una norma, con el rango y el consenso suficiente, para definir de una manera clara y estable la naturaleza, funciones y límites en la gestión de las Mutuas, garantizando a la vez la seguridad jurídica suficiente para gestionar adecuadamente las prestaciones que tienen encomendadas.

    COMFIA-CCOO Agrupación de Seguros

     

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