Autor: Comfia Asepeyo

  • El nuevo recorte del Gobierno burla el diálogo social y el Pacto de Toledo

    CCOO. – CCOO y UGT acusan al Gobierno de incrementar la desprotección social y de vulnerar el Pacto de Toledo y el Acuerdo Social y Económico de 2011, alcanzado en el marco del Diálogo Social, al aprobar hoy en Consejo de Ministros, una nueva «reforma» que afecta a la jubilación anticipada y parcial así como al subsidio de desempleo.

    19-03-2013 – Ambos sindicatos denuncian que el Gobierno, en lugar de hacer valer las fortalezas de nuestro sistema de pensiones ante la UE, vuelve a utilizar como excusa la situación coyuntural que atraviesa el sistema de Seguridad Social (consecuencia sobre todo de la política económica que se está aplicando), para imponer un nuevo recorte injusto, innecesario y excesivo.  

    Este nuevo recorte es: 

    · Innecesario porque la reforma de la jubilación anticipada y parcial ya estaba prevista en la Ley 27/2011 con un amplio acuerdo social y político.

    · Es injusto porque la reforma impuesta se basa en gran medida en la traslación de una idea falsa de los jubilados anticipados, que el Gobierno intenta presentar como personas insolidarias que abusan del sistema. Hemos de recordar que las jubilaciones anticipadas están reservadas sólo a trabajadores de edad avanzada (61 o 63 años), con largas carreras de cotización (entre 30 y 33 años), y cuyas pensiones se reducen de forma que se garantiza que la Seguridad Social asume un gasto inferior total que si accediesen, a una edad más tardía, a la jubilación ordinaria.

    · Además, supone un endurecimiento inexplicable y excesivo en un momento en que la crisis y las reformas normativas aprobadas han facilitado el despido y disminuido las redes de protección social.

    CCOO y UGT se reservan su valoración definitiva sobre el Real Decreto Ley aprobado hoy hasta poder realizar un análisis minucioso del texto de la reforma que finalmente se publique en el BOE, más aún cuando el Gobierno no ha accedido a convocar la Comisión de Seguimiento del Acuerdo de Pensiones de 2011 para informar de sus pretensiones y por otra parte, la información disponible señala diferencias entre las propuestas que remitió al Congreso de los Diputados en noviembre pasado y los textos que se han ido filtrando a los distintos medios de comunicación.

    Si atendemos al Consejo de Ministros celebrado hoy, además de las modificaciones en materia de jubilación anticipada y parcial, genera especial preocupación la información referida a la reforma del subsidio de mayores de 55 años. Debemos recordar que este subsidio es el principal recurso de protección social que tienen los trabajadores que han sido despedidos al final de su vida laboral y que supone en la mayoría de los casos su única fuente de ingresos y cotización hasta la fecha de la jubilación. En el verano pasado ya sufrió un importante recorte pasando de exigirse 52 años de edad a los actuales 55 años, también se redujo la base de cotización del trabajador hasta la base mínima, y se limitó la duración del subsidio hasta la primera fecha posible de jubilación, cuando antes podía utilizarse hasta la fecha de jubilación ordinaria. En la reforma aprobada hoy, además, parece modificarse el criterio de ingresos a tener en cuenta para acceder al subsidio pasando de utilizarse exclusivamente los ingresos del trabajador a utilizar ahora los de su unidad familiar, lo que supone un castigo adicional para las familias solidarias que acogen a estos desempleados.

    Además, se anuncian cambios sustanciales en la regulación de la compatibilidad entre pensión y empleo. UGT y CCOO advierten de un lado  que en un momento como el actual, con cerca de 2,5 millones de jóvenes sin empleo, con una tasa de actividad de las personas de más de 55 años débil y con más del 50 por 100 de los trabajadores mayores 55 años de edad expulsados del mercado laboral por motivos de desempleo o discapacidad, no es ni urgente ni razonable  introducir un nuevo régimen de compatibilidad entre la pensión de jubilación y el trabajo. 

    Por último, advierten que de no articular las garantías legales e inspectoras suficientes, existe un claro riesgo de planificación empresarial y  «efecto sustitución» en el empleo. Es imprescindible evitar que, como consecuencia de la compatibilidad, los trabajadores en activo sean sustituidos por otros con menores costes de cotización (los jubilados no cotizan) y que además al disponer de garantía de rentas derivadas de la pensión, éstas  puedan ser utilizadas  como excusa para reducir salarios.

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  • El Gobierno quiere dar más poder de decisión a las mutuas sobre las bajas laborales

    Las mutuas reivindican que los médicos que trabajan para ellas puedan dar las altas médicas. La reforma del Gobierno podría modificar aspectos burocráticos como la realización de partes de confirmación de la baja cada siete días o el plazo de quince días que poseen los facultativos de la sanidad pública para contestar a las propuestas de alta que realizan los médicos de las mutuas

    El Consejo de Ministros aprobó el pasado viernes varios acuerdos que autorizan la suscripción de convenios de colaboración con las comunidades autónomas, excepto País Vasco y Navarra, para el control de la incapacidad temporal en el período 2013-2016. Los médicos de atención primaria inician y finalizan los procesos de incapacidad temporal, en la mayoría de los casos, mediante la expedición de los partes de alta y baja, mientras que la prestación económica es abonada por las entidades gestoras de la Seguridad Social o las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales. Así, se quiere dar más poder de decisión a las mutuas.
    Cada vez son menos los trabajadores que ante un accidente laboral leve acuden a la mutua u optan por solicitar la baja correspondiente. Sobre todo por la incidencia de la reforma laboral en el ámbito del mercado laboral como consecuencia de las bajas laborales y la posibilidad del despido como consecuencia de la ausencia del trabajo por enfermedad común.
    El problema a la hora de reformar la ley radica en que la competencia para las altas médicas a los trabajadores con una enfermedad común recae exclusivamente en los facultativos de la sanidad pública y los responsables del Instituto Nacional de la Seguridad Social. Además, no todas las mutuas pueden tener la capacidad administrativa de otorgar altas médicas.
    La reforma del Gobierno podría modificar aspectos burocráticos como la realización de partes de confirmación de la baja cada siete días o el plazo de quince días que poseen los facultativos de la sanidad pública para contestar a las propuestas de alta que realizan los médicos de las mutuas. Así, en lugar de los actuales partes de confirmación de bajas semanales, el Ministerio estudia que la mutua pueda elaborar su propio plan de confirmación de bajas en función de cada enfermedad. Incluso acortar el plazo para que los médicos de la sanidad pública contesten a las propuestas de alta de las mutuas.

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  • La reforma podría retrasar la jubilación anticipada involuntaria a los 63 años

    La reforma de las pensiones en la que está trabajando el Gobierno podría suponer un retraso de la edad a la que es posible jubilarse de forma anticipada involuntaria hasta los 63 años en 2027, lo que conllevaría acompasar esta fórmula con el retraso que sufrirá la edad de jubilación ordinaria, que en ese año se situará en los 67 años.

    01-03-2013

    Europa Press. – Según han explicado fuentes parlamentarias a Europa Press, aunque el Gobierno no ha presentado ningún borrador sobre el futuro decreto a los grupos de la oposición, desde hace meses sí se vienen negociando «aspectos generales» de la posible reforma, que deberá entrar en vigor el 1 de abril.

       Entre los asuntos sobre los que el Gobierno ya ha sugerido por dónde podrían ir los cambios, destaca el retraso en la edad de jubilación anticipada. La idea es que exista una diferencia de aproximadamente cuatro años con la edad regular, por lo que cuando el retraso de la jubilación se complete en 2027 el retiro anticipado involuntario quedará en 63 años y la voluntaria en 65 años, eso sí, con la exigencia de haber cotizado al menos 35 ejercicios, dos más que actualmente.

       También se da por hecho que se tocarán los coeficientes reductores, un porcentaje de rebaja de la pensión por cada año que se adelanta la edad de jubilación. Tal y como informa el ‘ABC’ y han confirmado a Europa Press fuentes parlamentarias, se podrían modificar tanto los coeficientes como las horquillas.

       Así, se podría llegar al 7,5% con 38,5 años de cotización; 7% con entre 38,5 y 41,5 años cotizados; 6,5% si se ha cotizado entre 41,5 y 44,5 años; y 6% para el resto de trabajadores. En el caso de la jubilación anticipada voluntaria estos porcentajes serían incluso mayores.

       Con respecto a la jubilación parcial, los cambios que se han ido apuntando hasta la fecha pasan por dar la posibilidad a quienes opten por esta fórmula de seguir cotizando de forma proporcional a las horas que trabajen para mejorar la pensión de la que dispondrán cuando se retiren de forma definitiva.

    COMPATIBILIZAR TRABAJO Y PENSIÓN

       La otra gran reforma que plantea el Gobierno, y sobre la que hay menos disensiones, persigue ampliar la vida laboral de los ciudadanos, flexibilizando para ello las normas que regulan el acceso a la pensión mientras se sigue trabajando.

       En el único documento que el Ministerio de Empleo y Seguridad Social ha entregado hasta la fecha a los grupos –titulado ‘Informe sobre la compatibilidad de la percepción de la pensión de jubilación y la realización de una actividad’, fechado en octubre y remitido a los partidos en febrero– se precisa que los cambios afectarían a quienes sigan percibiendo un sueldo en el sector privado por trabajos por cuenta propia o ajena, y siempre que se haya cumplido la edad de jubilación legal y se haya cotizado el número de años obligatorios para tener derecho a la percepción del 100% de la base reguladora.

       Además, se indica que en los casos de jubilación anticipada se mantendría la incompatibilidad actual al menos hasta alcanzar la edad ordinaria de jubilación, mientras que sí se podría optar a esta posibilidad en los casos de jubilación demorada –incentiva el retraso de acceso a la pensión con una mejora de la cuantía– o con la exoneración de cotizaciones.

       En las compatibilizaciones pensión-trabajo no habrá, en principio, obligación de cotizar salvo por los conceptos de incapacidad temporal, enfermedades comunes y accidentes de trabajo. No obstante, tampoco se descarta incluir alguna cotización de solidaridad de un máximo del 6%, aunque aún se está estudiando si lo pagaría el trabajador o la empresa.

       En las negociaciones se ha avanzado asimismo que el trabajador que opte por esta opción podría llegar a disfrutar hasta del 50% de su pensión con un horario de ocho horas.

    POCO TIEMPO PARA LA NEGOCIACIÓN

       Sean cuales sean los planes del Gobierno, lo cierto es que tiene apenas un mes para aprobar su normativa, dado que el 1 de abril vence la prórroga de tres meses decretada a finales de 2012 para la entrada en vigor de los artículos de la ley 27/2011 relativos a jubilación parcial y jubilación anticipada.

       Por eso, los grupos políticos creen que el Consejo de Ministros aprobará un decreto sobre estos temas –y sobre incentivos para prolongar la vida laboral de los ciudadanos– en su reunión del 8 o el 15 de marzo.

       Esto deja poco margen para la negociación y, ante el temor de que el Ejecutivo pueda legislar por decreto sin informar antes a la oposición, tanto el PSOE como la Izquierda Plural (IU-ICV-CHA) han  registrado una solicitud de comparecencia del secretario de Estado de Seguridad Social, Tomás Burgos, en la Comisión de Seguimiento del Pacto de Toledo.

       Su intención es que informe «lo antes posible» sobre los detalles de la reforma, y que precise algunos aspectos que plantean interrogantes, como por ejemplo si se aplicarán coeficientes penalizadores más allá de los ordinarios en los casos en que la pensión siga siendo más alta de las cuantías máximas establecidas, o si se permitirá que las empresas tengan flexibilidad para decidir qué parte de la jornada laboral realizan relevista y relevado en los casos de jubilación parcial, entre otros asuntos.

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  • Comfia-CCOO llevará a la Audiencia Nacional el recorte de la Paga de Navidad en Mutuas

    Una Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid abre el camino para que Comfia-CCOO presente Demandas de Conflicto Colectivo contra el recorte de la catorceava parte del salario, correspondiente al año 2012, de los trabajadores y trabajadoras de las Mutuas de AT y EP.

    [Demanda de la Paga Extra de Navidad de las Mutuas]

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  • Una mayor autonomía de las mutuas generaría un ahorro de 7.600 millones.

    La patronal de las mutuas de accidentes de trabajo traslada al secretario de Estado de Seguridad Social sus propuestas.

    La patronal de las mutuas de accidentes de trabajo (AMAT) ha trasladado al secretario de Estado de la Seguridad Social, Tomás Burgos, diversas propuestas en el marco de la futura reforma normativa del sector. De acuerdo a los datos manejados por el sector, las técnicas de gestión y organización propias de las mutuas podrían llegar a generar un ahorro adicional de 7.600 millones de euros al sistema de la Seguridad Social si la nueva regulación permite mayores niveles de autonomía en la gestión y más facultades en el control de los procesos de baja por contingencia común.

    Asimismo, esta patronal solicitó al secretario de Estado mantener, con vistas a la reforma normativa de las mutuas, la máxima coherencia con las enmiendas relativas a las mutuas que fueron presentadas en julio de 2011 por el grupo popular en el Congreso y Senado durante la tramitación de la ley de Modernización de la Seguridad Social.

    Finalmente, dada la naturaleza privada de estas entidades, las mutuas hacen una especial mención a la necesidad de garantizar que su personal se regulará única y exclusivamente por la legislación laboral y el convenio colectivo de aplicación y los pactos de empresa.

    La asociación de mutuas de accidentes de trabajo (AMAT) es una entidad sin ánimo de lucro creada en 1986 para coordinar, representar, orientar, gestionar, fomentar y defender los intereses generales y comunes de las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social, y cuyos socios son las 20 mutuas de accidentes de trabajo que actualmente existen en España: Activa Mutua 2008, Asepeyo, Cesma, Egarsat, Fratenidad Muprespa, Fremap, Ibermutuamur, MAC, MAZ, MC Mutual, Mutua Balear, Mutua Gallega de Accidentes de Trabajo, Mutua Intercomarcal, Mutua Navarra, Mutua Montañesa, Mutua Universal, Mutualia, Solimat, Umivale y Unión de Mutuas.

     

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