Autor: Jose Luis Rivas Mendez

  • Reducciones salariales «voluntarias» directivos-as: Lo devolverán este mes; tres años tarde.

    La dirección de Liberbank ha decidido abonar en el mes de abril los importes correspondientes a aquellas reducciones salariales “voluntarias” e ILEGALES a las que se vieron sometidos la mayor parte del equipo directivo desde julio del 2017; a éstas cantidades dejadas de abonar ilegalmente les corresponde el interés por demora del 10% por el tiempo transcurrido desde que se debieran haber percibido hasta la fecha en que se reciben realmente, (artículo 29 E.T); nos ponemos a vuestra disposición para la reclamación de dichos intereses.

    [..]

    Detrás de esta decisión hay mucha actividad sindical, con un largo proceso judicial que esta empresa ha estirado como de costumbre, para que al fin os devuelvan estas cantidades.

    Empieza el trámite con el Conflicto Colectivo presentado por CCOO el 04/08/2017 ante la Audiencia Nacional, al que se acumularon las demandas de otros sindicatos en la vista que se celebró el 13/02/2018.

    Este conflicto se resolvió por sentencia de la Audiencia Nacional de febrero de 2018, en cuyo fallo recoge:

    “…Estimamos parcialmente la demanda de con?icto colectivo………. por lo que reponemos a los trabajadores afectados en la situación previa a la suscripción de los acuerdos y condenamos a LIBERBANK, SA y al BANCO CASTILLA LA MANCHA a estar y pasar por dichas declaraciones, así como a abonar a los trabajadores afectados las cantidades dejadas de percibir…

    En junio de 2019 el Tribunal Supremo ratificó la misma y desde la Sección Sindical de CCOO se exigió a la empresa el abono de estas cantidades en la nómina del mes de octubre, ante el incumplimiento por parte de la empresa, nos vimos obligados a solicitar ejecución de la sentencia.

     

    Adjuntamos a continuación texto del correo solicitando el abono a la empresa:

    “….Dicha sentencia fue ratificada posteriormente en su integridad, el pasado 20 de junio de 2019 por la sentencia 480/2019 del Tribunal Supremo.

    A día de hoy únicamente nos consta que dejaron de aplicar las mencionadas reducciones, continuando pendiente el abono de las cantidades dejadas de percibir hasta ese momento.

    Desde la Sección Sindical de CCOO, consideramos que ha pasado un tiempo más que prudencial para haber cumplido con el fallo de la sentencia ratificada por el Tribunal Supremo.

    Por todo lo anterior, solicitamos procedan a abonar de forma inmediata en la nómina de este mes las cantidades dejadas de percibir del colectivo afectado, o nos veremos en la necesidad de iniciar la vía judicial…”

     

    En aras a una mayor transparencia facilitamos enlaces a: Sentencias Audiencia Nacional, Tribunal Supremo, comunicado CCOO feb-2018, comunicado CCOO nov-2019, en los que se puede comprobar como desde CCOO nos hemos preocupado y trabajado desde el primer instante en este tema, conscientes del tremendo atropello que se estaba cometiendo con las personas afectadas por el mismo.

    Ver comunicado en pdf.

  • IRPF 2019

    Pese a encontrarnos en estado de alarma a causa del coronavirus la campaña de IRPF 2019 ha comenzado el 1 de abril y, a día de hoy, se extenderá hasta el 30 de junio cualquiera que sea el resultado de nuestras declaraciones. Desde la Sección Sindical de CCOO en Liberbank mediante este comunicado queremos ayudarte principalmente con aquellos aspectos que te han podido afectar como empleado o empleada del banco.

    MIS DATOS FISCALES:

    Para la declaración del ejercicio 2019, todos los contribuyentes, cualquiera que sea la naturaleza de las rentas que hayan obtenido, podrán obtener el Borrador de la declaración, y proceder a su modificación y/o confirmación a través de la página web de la AEAT, en su espacio Renta2019

    CERTIFICADO FISCAL IRPF 2019 DE LIBERBANK:

    En el área privada de la intranet de Liberbank (Datos y Retribuciones- mis datos económicos – Certificado de Rentas y Tributaciones) podemos descargarnos los certificados fiscales del trabajador y así poder compararlos con los datos fiscales de que dispone la Agencia Tributaria. En el supuesto de existir diferencias, habría que aclararlas antes de realizar la presentación de la declaración de la renta.

    Aquí debemos mencionar que en los certificados puestos a disposición de la plantilla no aparecen las cantidades aportadas por el promotor a nuestros planes de pensiones, por lo que mientras no lo solucionen habrá que comprobarlo revisando las nóminas del año o con el extracto de la gestora y en los datos que tiene la Agencia Tributaria.

     

    […]

    DEDUCCION DE LA CUOTA DE AFILIACION A CCOO – IRPF 2019

    La cuota de afiliación sindical a CCOO tiene la consideración de gasto deducible de los rendimientos del trabajo, esto supone un ahorro en la cuota de entre el 20% y el 35% según los casos. En el borrador de Hacienda por defecto, no aparece indicada la cantidad abonada a los sindicatos, es necesario incluirla en “Cuotas satisfechas a sindicatos” en tu declaración del IRPF. (casilla 0014)

    Los certificados del importe de las cuotas satisfechas a CCOO en 2019, ya fueron enviados por correo electrónico a la afiliación, no obstante, puedes obtenerlo por estas dos vías indicando tu NIF (sin letra):

    -Entrando en el acceso para personas afiliadas y descargártelo accediendo a: https://ssl.ccoo.es/Afiliacion

    -Solicitando que te lo envíen por correo electrónico en el mail: info@uar.ccoo.es

     

    DEDUCCION DE GASTOS DE DEFENSA JURIDICA:

    Aunque la mayor parte de nuestra afiliación, por su antigüedad, disfruta de una bonificación del 100% de los gastos de nuestra asesoría jurídica, para aquellas personas con afiliación más reciente y que hayan tenido que abonar parte de los gastos de algún proceso particular, les recordamos que el IRPF también permite deducirnos los gastos de defensa jurídica derivados directamente de litigios suscitados en la relación del contribuyente con la persona de la que percibe los rendimientos, con el límite de 300 euros anuales.

     

    INDEMNIZACIONES POR TRASLADO:

    Aquellas personas que se hayan visto afectadas por un traslado a un nuevo centro de trabajo percibiendo una indemnización de una sola vez con motivo del mismo, deben saber que dicha indemnización tiene la consideración de rendimiento del trabajo y además les resulta de aplicación una reducción al haberse obtenido de forma notoriamente irregular en el tiempo según el art.18.2 de la le Ley del IRPF.

    Sin embargo, las cantidades percibidas mensualmente durante los dos años siguientes al traslado en concepto de “ayuda vivienda” no les resulta de aplicación la anterior reducción, por cuanto su imputación corresponde al año fiscal en curso.

     

    EXTINCION POR TRASLADO UNA PARTE ESTÁ EXENTA Y LA QUE TRIBUTA ES RDTO IRREGULAR

    Las indemnizaciones recibidas por la extinción voluntaria provocada por traslado forzoso, la marcada por el Estatuto del Trabajador está exenta de tributación y la cantidad negociada en el ERTE 48/17 de junio del 2017 (45 días/año + adicional por antigüedad) tributa como rendimiento irregular. En las liquidaciones recibidas al extinguir dichos contratos, aparecen reflejadas dichas cantidades diferenciadas en concepto de “indemnización” e “indemnización sujeta irregular”.

    IMPUTACION FISCAL DE LA PRESTACION DE 2013:

    En cuanto al asunto de la declaración de la prestación por desempleo del 2013 y las cantidades laborales retenidas y declaradas ilegales, ya en su día CCOO-LBK hizo la correspondiente consulta vinculante V1507-18. (enlace comunicado junio 2018)

    Por otra parte, la empresa ha declarado esa cantidad en 2019, imputándolo en la nómina de septiembre y posteriormente nos envió correo electrónico informándonos (adjuntamos texto correo) y lo ha reflejado en el certificado del IRPF del 2019.

     

    Ver comunicado en pdf.

  • CCOO emplazamos, otra vez, a las patronales y empresas del Sector Financiero a negociar con los sindicatos las medidas para afrontar esta crisis.

    Desde el comienzo de esta crisis, CCOO nos hemos dirigido a las patronales del sector financiero, requiriéndoles la adopción de medidas comunes a nivel sectorial para afrontarla. Poca o, casi nula, ha sido hasta ahora la receptividad por su parte, más allá de declaraciones con poco contenido concreto.

    Ha sido gracias al empeño y a las gestiones de CCOO en cada una de las empresas del sector, que éstas han ido incorporando las medidas que les hemos propuesto, principalmente aquellas destinadas a salvaguardar la salud de las personas trabajadoras del sector y, por ende, de la clientela.

    Y ahora, tras el último decreto del gobierno que establece como medida esencial reducir la movilidad de las personas, les exigimos que no se pongan de “perfil” y concreten con los sindicatos las medidas a implementar para dar cumplimiento a los servicios “indispensables”.

     

    […]

    Medidas que, entre otras que puedan acordarse, deben ir en la dirección de:

    • Mantener al mínimo la actividad presencial;

    • Evitar lo máximo posible la exposición al riesgo de las plantillas del sector, facilitando todos los elementos necesarios para su protección (citas previas, distancias de seguridad, mamparas de metacrilato, material para autolimpieza del puesto, mascarillas y guantes para poder desechar,…

    • Hacer rotaciones entre los equipos de trabajo;

    • Derivar la operativa a la banca online;

    • Incrementar al máximo el teletrabajo

    Las patronales y las entidades deben asumir sin más demora su responsabilidad, tal y como CCOO venimos haciendo desde el principio y vamos a seguir haciendo. Porque el sector financiero va a ser imprescindible para sentar las bases de la “reconstrucción” de nuestra economía tras esta pandemia. Por eso es fundamental que las patronales entiendan que tenemos que llevar a cabo un compromiso conjunto y consensuado para llevar a cabo esta tarea.

    Ver comunicado en pdf.

  • Covid-19: La banca continúa siendo considerada un servicio esencial

    Ayer domingo, el Consejo de Ministros acordó la paralización de todas las actividades productivas salvo las consideradas esenciales, materializándose en el Real Decreto Ley 10/2020 publicado a escasos minutos de la medianoche.

    El sector financiero continúa siendo considerado un servicio esencial, por lo que hoy lunes nos corresponde seguir desarrollando nuestra labor en el marco adoptado por la entidad para reforzar las medidas preventivas.

    CCOO también tiene la consideración de actividad esencial para velar por tu seguridad, tus derechos y tu salud, por ello los delegados y las delegadas de la Sección Sindical de CCOO en Liberbank seguimos trabajando sin descanso para resolver todas las cuestiones que te puedan surgir.

     

    […]

    Ya que la paralización del resto de actividades no esenciales provocará un descenso notable de público en las oficinas debido al incremento de límites a la movilidad, desde CCOO continuaremos insistiendo en exponer a riesgos al menor número de personas durante el menor tiempo posible, así como reforzar los equipos que están en teletrabajo.

    Desde CCOO, una vez más, insistimos en que la SALUD es lo primero y frenar esta pandemia es responsabilidad de todos siguiendo las indicaciones del Ministerio de Sanidad.

     

    Plus Convenio

    Al coincidir la fecha de publicación de este comunicado con la del cobro de las nóminas de marzo, aprovechamos el mismo para comentar este plus. Dada la ultraactividad de los convenios en la nómina del mes de marzo nos corresponde el cobro del Plus Convenio recogido en su artículo 42, con una cuantía lineal de 309,86 € y una cuantía variable en función del Grupo y Nivel de la persona empleada; como siempre recomendamos a la plantilla revise sus nóminas.

     

    Cuantía Variable

    Euros

    GRUPO 1

     

    Nivel I

    662,16

    Nivel II

    557,49

    Nivel III

    494,77

    Nivel IV

    467,83

    Nivel V

    452,98

    Nivel VI

    438,08

    Nivel VII

    418,24

    Nivel VIII

    404,22

    Nivel IX

    383,07

    Nivel X

    365,12

    Nivel XI

    325,61

    Nivel XII

    278,35

    Nivel XIII

    228,01

    Cuantía variable

    Euros

    GRUPO 2

     

    Nivel I

    352,26

    Nivel II

    333,59

    Nivel III

    314,73

    Nivel IV

    275,74

    Nivel V

    263,93

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

     

    Ver comunicado en pdf.

  • COVID-19: Reunión 19 de marzo y EXIGENCIA DE MEDIDAS ADICIONALES.

    Después de varias solicitudes en los últimos días, tanto por parte de la Sección Sindical de CCOO como por otros sindicatos, el pasado día 19 se mantuvo una reunión entre la empresa y las distintas Secciones Sindicales en Liberbank para tratar la crisis del Covid-19 en la entidad, debemos señalar que la anterior había sido el día 10 habiendo habido incluso por medio una declaración de estado de alarma el día 14.

    Por parte de la empresa se nos expuso la situación, los protocolos de actuación, las medidas preventivas, o lo que es lo mismo nos recordaron todo lo que está publicado en la intranet del banco tratando de trasladar una imagen que está lejos de reflejar la realidad, ya que se están prometiendo medidas y decisiones que en la práctica no se están cumpliendo en su totalidad con el enorme riesgo que supone este virus para las personas.

    Desde CCOO hemos exigido que se proteja a la plantilla y clientes dando prioridad a su salud, y en línea con esta exigencia, nuestras solicitudes fueron las siguientes:

     

    […]

    Proporcionar de manera urgente a toda la plantilla los EPIs (equipos de protección individuales) necesarios.

     

    Los botes de gel desinfectante recibidos son insuficientes (oficinas de más de 15 personas con un solo bote), en otras no los han recibido, mascarillas desechables de un solo uso y alta fragilidad, los guantes están por llegar…

    La empresa se justifica en la dificultad existente para acceder a los proveedores a la vez que destacan que lo importante es que los empleados y empleadas refuercen sus medidas de higiene y atiendan a la clientela solo con cita previa y sin juntar a más de un cliente por puesto.

    A la empresa se le olvida que son ellos los que tienen que proteger a su plantilla y no solo aparentarlo. Nos resulta sorprendente cómo es posible que en cualquiera de los establecimientos que permanecen abiertos sus empleados dispongan de este material y nosotros NO.

     

    Realización de la limpieza real de los centros de trabajo con una periodicidad diaria y con los productos de limpieza adecuados.

     

    Más de lo mismo, hemos denunciado que en la mayoría de los centros de trabajo no se está cumpliendo con la limpieza diaria, ya que el personal de limpieza ni tan siquiera ha sido informado de ello, a lo que tenemos que sumar que carecen de los productos de limpieza y desinfección adecuados.

    La empresa insiste en que han dado la orden a Grupo-Net y que ante cualquier incidencia se informe en la intranet a través de, SAE / Locales e instalaciones / limpieza.

    Por lo que pedimos a todas las oficinas con incidencias en limpieza lo informen por ese canal y en el caso de que no lo resuelvan urgentemente nos den traslado a cualquiera de nuestros delegados o delegadas.

    En este apartado también se les solicitó información sobre cómo se estaban desinfectando las oficinas en las que habían sido cerradas por positivo sin obtener respuesta alguna.

     

    Solicitud de información a nivel organizativo.

     

    Podemos resumirlo en improvisación, no tienen pensadas medidas adicionales, no saben si el horario de atención al público se reducirá, el número de oficinas que deben permanecer abiertas. Al más puro estilo de la dirección de esta empresa, “lo están valorando”. También se les preguntó si van a relevar al personal de las oficinas unipersonales y tampoco dieron respuesta.

     

    Petición de respuesta urgente a todas las solicitudes de conciliación.

     

    Son numerosos todavía los casos de compañeros y compañeras que aún no han obtenido respuesta, o en algunos de ellos han sido incluso denegados. Recordemos que esta casuística se encuentra protegida por el Real Decreto que establece el Estado de Alarma.

     

    Desde esta Sección Sindical consideramos que se deben tomar medidas adicionales de modo inmediato y nos resulta una irresponsabilidad por parte de la dirección de la entidad el mantener abierta la totalidad de la red comercial del banco (excepto las que ya han sido cerradas) cuando estamos viendo que está en riesgo la vida de las personas.

    Vemos a la competencia como adopta medidas constantemente para minimizar los riesgos y aquí sin embargo permanecemos estáticos. Entra las medidas adoptadas por otras entidades están: reducir el número de sucursales abiertas al 25% abriendo únicamente dos días por semana, anticipar el cobro de las pensiones, contactar por teléfono con el segmento más sensible de población para informarles del ingreso de su pensión sin necesidad de que se personen en las oficinas… Todas ellas con la finalidad de reducir las aglomeraciones y número de contactos, e incluso en nuestra opinión se debería exigir a la clientela el acceder con guantes y mascarillas.

    En cambio, en este banco a pesar de llevar más de una decena de oficinas cerradas en una sola semana, cuando según los expertos lo peor aún está por venir, tenemos la sensación de que lo prioritario continúa siendo el negocio y no la salud de las personas, ya que en una situación tan crítica como la actual continúan con la presión comercial, ya sea aumentar la venta de fondos aprovechando que el actual nivel del IBEX, que se firmen las operaciones pendientes, o cualquier otro tipo de contratación. Resulta inadmisible que se mantengan audioconferencias y correos en los que el 90% de su contenido se dedique a la productividad y el 10% restante a la prevención cuando la lógica nos dice que en estos momentos tan críticos debiera ser al revés.

    Nuestro mensaje es claro:

    ¡LO IMPORTANTE ES LA SALUD Y LA VIDA DE LAS PERSONAS, NO ES EL MOMENTO DE CAMPAÑAS COMERCIALES!

    Ver comunicado en pdf.