Autor: Jose Luis Rivas Mendez

  • Consolidaciones de categorias red comercial

    En la nómina del pasado mes de julio, aquellas personas con cargo directivo dentro de la red comercial, que tenían pendiente la consolidación de su categoría profesional, al fin vieron materializado su cambio de nivel, y en la nómina del mes de agosto, según ha informado la empresa, les han sido abonados los atrasos pendientes derivados del mismo.

    Esta consolidación de categorías no se ha producido de la noche a la mañana porque la dirección de Liberbank haya dado un cambio de rumbo a su política laboral, sino todo lo contrario, la ha llevado a cabo porque se ha visto acorralada, ya que estaba fijada el próximo 20 de septiembre la vista para la ejecución de sentencia a petición de CCOO en la Audiencia Nacional de Madrid.

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    La clasificación de oficinas y la consiguiente consolidación de categorías que va aparejada ha sido uno de los principales frentes que tenía abierto la Sección Sindical de CCOO Liberbank y por la que ha luchado con mucho trabajo y esfuerzo desde hace varios años; solicitándola inicialmente de manera amistosa, posteriormente a través de las Inspecciones de Trabajo, interponiendo demanda en la Audiencia Nacional, (frente a la empresa, citándose también al resto de sindicatos, y a la que únicamente se adhirieron dos de ellos por lo que entendemos que al resto no le debió parecer muy importante y nos hizo sentirnos solos), obteniendo la razón en el Tribunal Supremo frente al recurso formulado por Liberbank con tal de no hacerlo, hasta llegar al punto de tener que solicitar la mencionada ejecución de sentencia porque Liberbank a pesar de haber sido condenada no acababa de realizar las consolidaciones alegando motivos organizativos y agotó nuestra paciencia. (Facilitamos enlaces a: Sentencia de la Audiencia Nacional, Sentencia Tribunal Supremo y escrito a la empresa solicitándolo). 

    Por lo tanto, a Liberbank no le ha quedado otra que acatar la sentencia del Tribunal Supremo en la que se le obligaba a:

    * Establecer un sistema de clasificación de oficinas conforme al Convenio Colectivo

    * Facilitar información suficiente a los representantes de los trabajadores que permita el conocimiento del sistema de clasificación de oficinas, así como la comprobación de la clasificación que realiza la empresa.

    * Realizar la consolidación de las categorías que correspondan a los afectados

    * Abonar las diferencias salariales que pudieran corresponderles

    Por todo lo anterior desde CCOO queremos dejar claro a la plantilla de Liberbank que no hay que dejarse pisar, y por mucho que le guste a esta dirección, que nos ha tocado por castigo, implantar la idea de que las cosas se hacen como les plazca, como por ejemplo pagarte un complemento de quita y pon mientras ocupas un puesto, existe un Convenio Colectivo y una normativa laboral por cuyo cumplimiento velaremos en defensa de los intereses de nuestras compañeras y compañeros, habiendo sido este asunto un claro ejemplo de nuestra labor.

    En vista de que la empresa ha cumplido lo que pretendíamos debemos solicitar el desistimiento colectivo, por lo que si alguna persona considera que le correspondía la consolidación de categoría y no se la han hecho, o no está conforme con la que le han aplicado puede dirigirse a cualquiera de nuestras delegadas o delegados para analizar el caso individualmente.

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  • No te dejes engañar con su campaña «Clientes de alto valor»

    El año pasado aproximadamente por estas mismas fechas Liberbank ya intentó que aquellas personas que habían interpuesto demandas para recuperar las cantidades correspondientes al ERTE 2013 desistieran de la mismas acogiéndose a su “Acuerdo de productividad”, con la firma de un documento carente de garantías y al que desde CCOO desaconsejamos firmar.

    Como ya todos sabemos, en Liberbank lo de pagar lo que nos corresponde lo llevan muy mal, hacen todo lo posible por no hacerlo o retrasarlo y son muy insistentes, así que hoy han comenzado con una nueva campaña dirigida a “Clientes de alto valor” en la que curiosamente únicamente está incluido el colectivo de personas que ha reclamado judicialmente los importes detraídos por el ERTE 2013 y todo ello enmascarado como una campaña de captación de haberes.

    A primera hora del día han puesto en marcha toda su maquinaria con la finalidad de cumplir su nuevo objetivo, que no es otro que el conseguir el mayor número de demandas retiradas y no tener que pagar ya los importes dejados de percibir más los intereses correspondientes que nos han sido reconocidos en los juzgados, así que en los distintos centros de trabajo al directivo o directiva correspondiente ha tenido que comerse el marrón de presentar la oferta y también nos lo han anunciado por correo electrónico por si no era suficiente.

    Ni que decir tiene que la oferta resulta impresentable y no deja de ser una nueva tomadura de pelo hacia la plantilla, en la que se comprometen a devolver en cómodos plazos, que alcanzan hasta los 20 años, las cantidades que nos han sido reconocidas en los tribunales, e incluso ofrecernos un préstamo para anticiparlo, teniendo la desfachatez de recoger por escrito que tratan de reducir el nivel de litigiosidad existente, recordemos que en litigiosidad sí somos líderes en el sector, siendo ellos los máximos responsables, vergonzoso.

    Por lo tanto, desde la Sección Sindical CCOO en Liberbank queremos trasladar un mensaje claro para todas aquellas personas que demandaron las cantidades del ERTE 2013: NO FIRMAR, NO OS DEJEIS ENGAÑAR POR LA OFERTA LIBERBANK, firmar acuerdos de este tipo en con esta empresa siempre pueden ser foco de problemas, y además han sido muchos años de lucha en los juzgados para conseguir recuperar lo que era nuestro, como para dejarnos camelar por esta oferta, una vez más, carente de seguridad.

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  • Cobro del 0,25%, muestra de incompetencia y ruindad

    Con el cobro extraordinario relacionado con los resultados de 2018 en la nómina del mes de junio recogido en nuestro Convenio Colectivo, hemos estado bastante insistentes desde hace meses porque esta empresa nos suele generar muchas dudas en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones con la plantilla.

    De entrada los comunicados publicados sobre el tema surtieron su efecto y a primera horas del día de abono de las nóminas Liberbank anunciaba a través de su intranet, mediante noticia en la portada “Abono adicional en nómina de junio previsto en Convenio”, pues bien, hasta ahí todo iba correcto sí, pero ya en el segundo párrafo de la noticia volvían a las andadas matizando que el personal que percibe complementos absorbibles, los verían ajustados de manera automática, manteniéndose sin cambio la retribución anual establecida; y ya cuando han procedido a ingresar las nóminas ha comenzado el desbarajuste habitual al que nos tienen acostumbrados y del cual parecen no saber o no querer salir.

    En nuestra Sección Sindical, en tan solo un día, hemos recibido multitud de quejas de compañeros y compañeras que se encontraron con el concepto “Regularización Salarial por Resultados” primero sumando y posteriormente restando, sin tener en sus nóminas ningún complemento de directivo ni ocupando ningún puesto de responsabilidad. En estos casos hemos indicado a las personas afectadas que dirijan una consulta al SAE comunicando esa incidencia y exigiendo la corrección de la misma.

    Desde Liberbank se han limitado a responderles pidiendo disculpas y se comprometen regularizarlo mediante una complementaria en la primera quincena de julio, pero ya estamos hartos de errores y excusas con la confección de las nóminas. Si antes los fallos eran frecuentes, con el cambio de sistema para mejorar que abordaron hace ya 8 meses, tiempo más que suficiente para que estuviese depurado, la situación se les ha ido de las manos y resulta inadmisible. No queremos imaginar la liquidación del medio trienio que tienen que incorporar, a quienes corresponda, a partir de julio.

    Por otro lado, queremos dejar constancia que nos resulta impresentable, ruin y miserable, el gesto que han tenido hacia aquellas personas que ocupan “puestos directivos” absorbiéndoles su complemento o sumando y restando el importe para aquellas que no lo tienen. Estamos hablando de unos importes que resultan prácticamente irrisorios en relación al esfuerzo realizado, cuando es un 0,25% extraordinario del 2017 que además solo nos corresponde este año, cuando el volumen de personal que componen este colectivo es un grupo reducido, y más aún cuando el empresario les considera la columna vertebral de la entidad. Son los mismos a los que les sometieron a la reducción salarial “voluntaria”, a los que les exigen tener las certificaciones Mifid y de LCI desde el minuto uno, a los que no les aplican la consolidación de categorías, a los que les hacen seguir la dieta del tupper en la oficina y los que les piden que se conviertan en coach…. Parece mentira que para esto sean tan cicateros y sin embargo no duden en derrochar el dinero en los despachos más caros de abogados de España, recurriendo todo tipo de sentencias sabiendo que lo tienen perdido.

    Para finalizar, una vez más recomendamos a la plantilla que revise sus nóminas al detalle y ante cualquier anomalía trasladen a la entidad la incidencia para su subsanación. En tema de cantidades recordamos que el plazo para reclamar es de un año desde su devengo y que siempre se puede dirigir a cualquiera de nuestras delegadas o delegados para resolver sus dudas, recibir asesoramiento y proteger sus derechos, porque mientras tengamos esta dirección de RR.HH. con esta mezcla de maldad e incompetencia, todo indica que la gestión no va a mejorar y van a intentar continuar despreciando a la plantilla.

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  • Formación LCI y consolidaciones de directivos para ya

    En estos últimos años, las plantillas de los bancos somos quienes más estamos sufriendo las consecuencias de la crisis en todos los aspectos, recortes de empleo, aumento brutal de la presión comercial, prolongaciones de jornada…; y ahora a todo lo anterior le tenemos que sumar la cantidad de formación que nos están exigiendo para evitar problemas del pasado. No nos hemos repuesto de los requisitos de Mifid II y ya nos están exigiendo, deprisa y corriendo, una certificación adicional de conocimientos y competencias en relación al crédito inmobiliario, solapada a la cantidad de formación existente que nos sugieren realizar habitualmente.

    Si a todo lo anterior le sumamos la figura de Liberbank, entonces la situación se convierte en lo peor de lo peor, aquí se han limitado a colgar en la intranet una circular comunicando a la plantilla como puede inscribirse en el programa formativo LCI, cuál es el colectivo susceptible de inscripción y a continuación ya han comenzado con sus malas artes: llamadas, ya sean a través del superior directo, audioconferencias, o directamente desde RR.HH, sobre la conveniencia para que te apuntes, o sea, “totalmente voluntario”.

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    Debemos recordar que no es obligatorio tenerlo, ni la empresa nos lo puede exigir, si no sería formación obligatoria a realizar en horario de trabajo. Abusando de la profesionalidad de la plantilla siempre juegan a invitar, poner a nuestra disposición, o cualquier otra fórmula similar con tal de que esa formación sea realizada, siendo conocedores que se hace en nuestro tiempo libre, y en esta empresa no se acaba de entender que hay más vida que Liberbank.

    Dada la fuerte repercusión que tiene este tema sobre el personal, desde la Sección Sindical de CCOO hemos solicitado al banco una reunión con la representación Legal de los Trabajadores para aclarar, debatir y negociar ciertos aspectos que nos afectarán en nuestro día a día, entre los que podemos destacar: Horarios para su realización, negociar posibles compensaciones, modelo de formación implantado sin habernos consultado, convalidaciones, comprobación del temario, modalidad y lugar de exámenes, conciliación vida laboral y familiar, organización formación, periodo vacacional….

    Consolidaciones de directivos.

    Esta es una batalla liderada por CCOO iniciada en el 2016 , teniendo que haber llegado incluso al Tribunal Supremo por el vicio de Liberbank a recurrir aunque sepan que lo tienen perdido, con la que conseguimos que la entidad realizase la clasificación de oficinas, para que lógicamente después pudieran efectuarse las consolidaciones de categoría que correspondieran a las personas responsables de las mismas y abonarse las diferencias salariales que pudieran corresponderles, respetando lo que marca el Convenio, y tal como quedó recogido en la sentencia del Supremo de diciembre del 2017.

    En repetidas ocasiones nos han manifestado su intención de cumplir la sentencia en su totalidad, pero alegando motivos organizativos, una y otra vez, no lo han hecho todavía; por lo tanto, desde CCOO les hemos instado por escrito que procedan a solucionar este tema de manera inmediata o nos veremos en la necesidad de iniciar la vía judicial, ya que no vamos a permitir que continúen riéndose del personal afectado.

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  • Cobro único sobre resultados en la nómina de junio y medio trienio a partir de julio

    Este breve comunicado tiene una doble finalidad: por un lado, mantener informada a la plantilla de las cuantías que tiene que percibir en sus nóminas según establece el Convenio Colectivo de las cajas y entidades financieras de ahorro, y por otro recordárselo una vez más a la empresa para evitar “olvidos”.

    Cobros en función de los resultados de la entidad, pago de dividendos y rentabilidad.

    Nuestro Convenio Colectivo en su art.40.6 recoge una serie de cobros extraordinarios específicos para el año 2019 a percibir en los seis primeros meses del mismo, eso significa antes del 30 de junio por si a Liberbank se le pasa, en función de los resultados de cada entidad en el ejercicio 2018 y el periodo de prestación de servicios de cada empleado durante ese ejercicio, que se abonarán por una sola vez, que no tendrán carácter de pensionables y que no se incorporarán en las tablas salariales.

    […]

    En nuestro caso en concreto, una vez que las cuentas anuales han sido aprobadas, nos corresponde un 0,25% sobre los conceptos que se establecen en el art.39.1 del Convenio Colectivo (salario base y complementos del salario base) y referidos a sus cuantías a 31 de diciembre de 2017.

    El Convenio contempla otras cantidades adicionales (0,25% y 0,50%) en función de alcanzar determinadas cifras en la ROE, pero lamentamos que la entidad no las haya alcanzado.

    Trienios.

    Para el personal adscrito a los Niveles del I al VIII del Grupo Profesional 1, así como para el adscrito a los Niveles I y II del Grupo Profesional 2, debemos recordar que en la nómina de julio de 2016 se nos incorporó a todos la cuantía de trienio devengada hasta el 30 de junio de 2016 desde el último trienio generado, poniendo en ese momento el contador de tiempo a cero. Durante el periodo comprendido entre el 1 de julio de 2016 y el 31 de diciembre de 2017 el devengo de trienios quedó suspendido para todas las entidades incluidas dentro de su ámbito, creándose en este periodo una Comisión de estudio y análisis del convenio que tenía entre sus funciones el estudio de la posible transformación de los trienios por antigüedad en otra retribución ligada a la evolución económica de la empresa y a la productividad.

    En el propio convenio quedó recogido que en el caso de no alcanzarse acuerdo sobre la transformación de los trienios, como así fue, se reanudarían el 1 de enero de 2018, descontándose los dieciocho meses de suspensión, por lo que se devengará la mitad de un trienio el 30 de junio de 2019.

    Este medio trienio adicional comenzaremos a percibirlo en la nómina ordinaria de julio y en la de aquellas entidades de origen que tengan paga extraordinaria en julio.

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