Autor: Juan Quinteros
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SALARIO O CONFLICTO
Tras meses de reuniones iniciadas a iniciativa de CCOO, hemos conseguido alcanzar las siguientes conclusiones compartidas en el Observatorio sectorial de Banca:
- La existencia de una situación económica excepcional que no era previsible en el momento de la firma del Convenio y que difiere mucho de la que existía en su negociación.
- El impacto persistente de la inflación, sus diferentes factores y variables, así como la incertidumbre sobre su evolución hasta la finalización de la vigencia del convenio el 31/12/23.
- La desviación producida entre el IPC y los incrementos del Convenio desde mediados de 2021, así como la necesidad de acometer una primera fase de actuaciones respecto a esta desviación, además de las que procedan en función de su evolución futura.
"Finalmente, tras los análisis llevados a cabo en el Observatorio sectorial, ambas partes, comparten la gran excepcionalidad de la situación y, por ello, la necesidad de convocar a la Comisión negociadora del Convenio, con el propósito de negociar y, en su caso, adoptar acuerdos en materia salarial, que puedan contribuir a atenuar la presión que la inflación está ejerciendo sobre los trabajadores y trabajadoras del sector en el marco de la vigencia del XXIV Convenio Colectivo de Banca".
En base a dichas conclusiones, y como venimos reivindicando desde CCOO desde el inicio, se ha convocado el 29/11 la Comisión Negociadora del Convenio, con el objetivo de alcanzar acuerdos concretos que compensen la inflación ya conocida, sin perjuicio de emplazarnos a seguir analizando conjuntamente su evolución futura. Aunque realizaremos una valoración en función de los acuerdos que se adopten, entendemos que resulta de enorme importancia el hecho de conseguir abrir un convenio cerrado hasta el 31/12/2023, para compensar a quienes hacemos posible la evolución económica de las entidades: sus plantillas.
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PERMISOS INDIVIDUALES DE FORMACION (PIF)
Queremos poner en tu conocimiento la posibilidad de solicitar un Permiso Individual de Formación (PIF) que permite conciliar trabajo y estudios. Este derecho, que surge a iniciativa del propio trabajador y con autorización de la empresa, posibilita que el trabajador/a pueda dedicar parte de su jornada laboral a realizar una acción formativa reconocida por una acreditación oficial. Es un permiso de hasta 200 horas por año o curso académico del que puede disponer un trabajador o trabajadora asalariado para su formación, contribuyendo a su desarrollo profesional y personal.
Todos los meses nos retienen a los trabajadores asalariados un 0,10% de nuestra nómina para formación (la empresa aporta un 0,60%). Este dinero va a un fondo común para formación continua de la que los permisos PIF son parte. La empresa puede bonificarse por el coste salarial de las horas que te ausentes (hasta 200 horas laborables por año natural o curso lectivo).
¿PARA QUÉ ACCIONES FORMATIVAS SE PUEDE PEDIR UN PIF?
La formación para la que se pueden solicitar Permisos Individuales debe estar reconocida mediante una titulación u otra acreditación oficial, incluidos los títulos de formación profesional y los certificados de profesionalidad. También está prevista su utilización para el acceso a los procesos de reconocimiento de las competencias y cualificaciones profesionales.
Ejemplos de formación podrían ser el estudio de grados, masters, Doctorados, Carnés de conducir , Conservatorios Profesionales de Música y Danza, Escuelas Oficiales de Idiomas, acceso a la universidad para mayores de 25 años. Este permiso podrá autorizarse también para el acceso a los procesos de evaluación y acreditación de la experiencia laboral y de otros aprendizajes no formales e informales, previstos en el RD 1224/2009 de 17 de Julio.
¿CUÁL ES EL FIN DE LOS PIF?
Contribuir al desarrollo profesional y personal de los trabajadores y trabajadoras. La formación es un derecho constitucional. Un derecho de las personas que no se limita a las etapas de formación obligatoria sino que la debemos ejercer a lo largo de toda la vida. Un desarrollo personal tiene mucho que ver con un empleo decente y con la posibilidad de conseguir una promoción y progresar en una carrera profesional. Para más información puedes consultar la página web de la FUNDAE (Fundación estatal para la formación y el empleo). También puedes consultar las dudas que te surjan con cualquier delegada o delegado de CC.OO. en Wizink.
En Wizink Bank y en Wizink Gestión ya hay compañeras y compañeros que han utilizado este permiso. ¡¡Tú puedes ser el siguiente si así lo deseas¡¡
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¿ Y LA SALUD LABORAL PA´CUANDO ?
En el año 2021 se realizó la Evaluación de Riesgos Psicosociales en Wizink Bank. EL factor con un riesgo más elevado claramente fue la CARGA DE TRABAJO, un factor de riesgo que ya era necesario corregir según la Evaluación de 2018, lejos de mejorar, ha empeorado.
CCOO hicimos 3 propuestas a la empresa para mejorar la carga de trabajo:
1)El registro de jornada tiene que reflejar el tiempo real trabajado, reflejar la hora de entrada y salida real. Hemos constatado y reportado en numerosas ocasiones que Workmeter tiene fallos a la hora de medir el tiempo de trabajo, contabilizando menos tiempo de trabajo real, a veces hay menos minutos de actividad y en otras ocasiones pausas inexistentes
Respecto a esta propuesta la empresa se niega a registrar la entrada y salida de forma automática con lo que estamos en desacuerdo. Consideramos que el actual registro de jornada no cumple con la ley, puesto que registra la hora de entrada y posteriormente, deja de contabilizar el tiempo de trabajo cuando la plantilla aún está trabajando, quedando registrada una hora de salida ficticia, no real. La empresa no contesta nuestra observación sobre las incidencias del sistema de registro de jornada.
2)Desconexión Digital: Propusimos que fuera de la jornada laboral diaria, fines de semana y festivos y vacaciones, la empresa impida el acceso a las aplicaciones de trabajo y la plantilla no se pueda conectar. Garantizando una verdadera desconexión digital. Si por razones excepcionales hay que alargar la Jornada habría una compensación por ese exceso de horas.
La empresa deniega esta propuesta, CCOO estamos en desacuerdo, ¿no se puede hacer la desconexión Sábados y Domingos y vacaciones?
3)Tenemos más trabajo que plantilla, lo que provoca que la carga de trabajo sea un Riesgo Psicosocial. Con un registro de jornada que indique el tiempo real de trabajo y una desconexión digital real se puede planificar y organizar el trabajo, de ese análisis se derivará que hay que contratar a más plantilla. En Wizink hay trabajo para todas y todos y el trabajo se puede redistribuir:
A-Haciendo una recolocación continua de empleados entre departamentos de Wizink, reforzando los más saturados
B-Incorporar a los compañeros que lo soliciten de Wizink Gestión, una plantilla muy válida y con mucha experiencia, se pueden incorporar a todas las áreas del banco, no sólo al área de cobros.
C-Contratar a más plantilla en Wizink Bank en el caso de que no se cubra con los supuestos anteriores.
Sobre este punto indicar que la empresa sí ha recolocado a compañeros/as desde Wizink Gestión a Wizink Bank y consideramos que sí se ha tenido en cuenta nuestra propuesta y lo valoramos positivamente pero insistimos en que se de la oportunidad a más compañeras/os de Wizink Gestión en todas las áreas del banco.
También solicitamos que se hagan INDEFINIDOS a todos los trabajadores TEMPORALES que hay a día de hoy en Wizink Bank, hay un exceso de trabajo que debe ser cubierto.
CCOO hemos solicitado a la empresa que reconsidere nuestras propuestas ya que a día de hoy el problema de la carga de trabajo sigue sin solución. CCOO insistimos en eliminar la presión, la urgencia y la excesiva carga de trabajo, la dirección debe escuchar las señales de alarma. La plantilla está al límite.
La empresa no lo está poniendo fáZil y si no reconsidera su postura, CCOO estamos valorando interponer una Denuncia a la Inspección de Trabajo. En la que haremos constar que la excesiva carga de trabajo no ha sido solucionada por parte de la empresa. De hecho ha empeorado y no ha puesto los suficientes medios para su solución.
Para ello necesitamos vuestra ayuda:
-Os pedimos que cumpláis con vuestra jornada laboral (Os recordamos que desde el día 1 Junio hasta el 30 de Septiembre tenemos jornada continuada de 8:30 a 15:00). Desde CCOO tenemos claro que la mejor forma de defender el puesto de trabajo es cumplir con nuestro horario. Regalar nuestro tiempo de descanso es nocivo para la salud y resta tiempo de calidad con nuestras familias.
–Con el Registro de Jornada actual (establecido de forma unilateral por la empresa) se deja de contar el tiempo de trabajo una vez llegada a la jornada legal diaria. Si tenéis que prolongar la jornada, tratar de incluirlo al día siguiente en Workmeter, es la única manera que tenemos de demostrar a la Inspección de Trabajo las horas extras. Tenemos acceso al registro y sabemos que parte de la plantilla sí refleja todas las horas trabajadas en la herramienta Workmeter pero no es mayoritario. Os necesitamos a todas y todos. ¡¡Ahora más que nunca!!
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APLICACION DEL CONVENIO DE BANCA A LAS COMPAÑERAS Y COMPAÑEROS DE APLAZAME Y LENDROCK
El día de ayer, la representación de la empresa y las secciones sindicales de CCOO y UGT en WiZink Bank hemos firmado un acuerdo en relación con el convenio colectivo aplicable a la plantilla proveniente de LENDROCK (48 emplead@s) y APLAZAME (89 emplead@s). Les será aplicado el Convenio de Banca desde la fecha efectiva de la fusión.
El 11 de mayo de 2021 se nos informó sobre la fusión por absorción de WZB (entidad absorbente) y Lendrock y Aplázame (entidades absorbidas). La fusión ha sido efectiva el 4 de marzo del 2022 una vez inscrita en el Registro Mercantil. Se ha producido una sucesión de empresa (art. 44 ET) y las compañeras y compañeros de las entidades absorbidas han pasado a ser empleados de Wizink Bank, quedando sus contratos subrogados.
Dado que a la plantilla de Aplázame le aplicaba el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid y a la plantilla de Lendrock el de Consultoría, hemos alcanzado un acuerdo para que les sea aplicado el Convenio Colectivo de Banca desde la fecha efectiva de la fusión. Por lo que el único convenio aplicable en Wizink Bank será el de Banca. Asimismo, hemos acordado la creación de una comisión de seguimiento del acuerdo a la cual se podrá llevar cualquier cuestión relacionada con el acuerdo.
Desde CCOO, Sindicato mayoritario en Wizink Bank y en el Sector Financiero, valoramos positivamente la firma de este acuerdo ya que las compañeras y compañeros provenientes de Aplázame y Lendrock. que suman un total de137 trabajador@s- podrán beneficiarse de un mejor convenio colectivo. (Con más derechos; mejores condiciones en los préstamos, acceso a un sistema de previsión social complementario de aportación definida- plan de pensiones-, más días de vacaciones, seguros…)
A la plantilla absorbida se la aplicará el acuerdo interno de horarios que hemos firmado en Wizink -uno de los mejores en Banca. donde las horas trabajadas en cómputo anual son 1550 horas, rebajando en 215 y 250 horas las horas trabajadas en estos colectivos. (1765 horas en Aplázame y 1800 en Lendrock).
La plantilla absorbida recibirá la ayuda alimentaria (tarjeta Gourmet) en las mismas condiciones que ya venimos disfrutando las y los trabajadores de Wizink, es decir mejorando el Convenio Colectivo de Banca por acuerdos con la empresa.
CCOO llevamos tiempo reclamando a la empresa la negociación de un acuerdo de armonización de las condiciones laborales de los distintos colectivos que configuramos la plantilla integrada en WiZink Bank, ahora con la entrada de dos colectivos más, está armonización se hace imprescindible (Colectivos en Wizink Bank: Barclays, Citibank, Popular, Lendrock, Aplázame, Wizink).
Seguimos trabajando, seguiremos informado.