Autor: Miquel Loriz

  • Negociaciones del convenio de Banca

    Empiezan las negociaciones del Convenio de Banca. Nuestras reivindicacciones abarcan salario, jornada, conciliación vida laboral y familiar, carrera profesional, beneficios sociales,precariedad, discriminación…

    Las trabajadoras y los trabajadores de Banca nos vemos sometidos cotidianamente a importantes presiones para la consecución de objetivos cada vez más difíciles, la cara del resultado de este esfuerzo son los importantes beneficios de las entidades que estos días se están haciendo públicos, la cruz el incumplimiento de muchas de las normas recogidas en el Convenio Colectivo, las prolongaciones sistemáticas y generalizadas de las jornadas de trabajo, una política de traslados que no tiene en consideración las necesidades personales, en suma unas condiciones laborales francamente mejorables.

    En el día de hoy se ha constituido la Mesa Negociadora del XX Convenio Colectivo de Banca con la siguiente representación de cada sindicato:

    Sindicato

    Porcentaje

    Miembros Mesa

    CC.OO.

    48,46%

    6

    UGT

    32,19%

    4

    CGT

    12,07%

    2

    CIG

      3,51%

    1

    ELA

      2,52%

    1

    LAB

      1,24%

    1

    En el curso de las negociaciones pondremos encima de la mesa los problemas y las necesidades de los trabajadores:

    Unas retribuciones acordes con nuestro trabajo, el incremento de la productividad y perfectamente asumibles por los Bancos, en razón de los beneficios,  para lo que plantearemos un incremento salarial de un 3,4%, que es la previsión de inflación prevista por los organismos más rigurosos y solventes, con cláusula de revisión,así como el cambio del sistema de participación en beneficios y la actualización de todos los pluses.

    No trabajar más allá de lo legalmente establecido y con un descanso diario y semanal razonable, que debería empezar por respetar la jornada laboral y la libranza de todos los sábados del año, sin tener por ello, que suprimir otros derechos. Computar las vacaciones en días laborables y establecer un sistema rotativo para los cuadros de vacaciones.

    Una carrera profesional que prime la profesionalidad frente a la disponibilidad, fijando niveles mínimos para cada función, una formación adecuada para todos y unas retribuciones complementarias objetivas y transpa­rentes, negociadas en el ámbito de la empresa, permitiría un mejor desarrollo profesional y un cumplimiento de objetivos sin las presiones actuales.

    Conciliar la vida laboral y familiar pasa por el cumplimiento de la jornada, por el diseño de la carrera profesional, por el fin de la presión laboral y por una mejor regulación de los permisos retribuidos por nacimiento de hijos y lactancia, así como por una normativa más útil en las reducciones de jornada. Nos proponemos garantizar, de forma efectiva, la igualdad entre hombres y mujeres, estableciendo cláusulas de acción positiva en la promoción.

    Para trabajar en mejores condiciones y en un adecuado clima laboral, se deben regular y mejorar las normas de salud laboral, reducir los riesgos, también los psicosociales y evitar el acoso moral (mobbing),

    Las nuevas tecnologías tienen que estar al servicio de todos,para ello, es preciso regular el acceso al correo electrónico y reconocer los ciberderechos.

    Hacer excepcional la contratación temporal, limitar la precariedad en el empleo, las subcontratas y la externalización de servicios bancarios a otras empresas.

    Terminar con la discriminación sindical, para que los representantes de los trabajadores no queden excluidos de los sistemas de retribución complementaria y de la promoción en sus empresas.

    Actualizar los beneficios sociales, mejorando los créditos de vivienda, los permisos, los gastos de transporte.

    El Convenio Colectivo establece nuestras condiciones de trabajo, los derechos y obligaciones laborales que nos afectan día a día.

    Su cumplimiento, mejora y regulación de forma negociada son objetivos prioritarios de COMFIA – CC.OO., pero requieren de la participación activa de todos los trabajadores, ejerciendo los derechos actuales y apoyando las reivindicaciones sindicales.

    Para mejorar en el futuro y/o evitar deterioros de nuestras condiciones de trabajo, tenemos que aprovechar las oportunidades del presente y el Convenio Colectivo es una de ellas, posiblemente la más importante.


    2 de febrero de 2005

  • Tablas salariales Notarías Illes Balears

    Resolución de la Directora General de Trabajo y Salud Laboral de fecha 16-02-2004, por la que se hace pública el acta del 03-02-04 con la Tabla Salarial para el año 2004, del sector de los Empleados de Notarías de las Illes Balears.


    Dirección General de Trabajo y Salud Laboral



    Referencia: Sección: Ordenación Laboral (Convenios colectivos) Expediente: 73 (Libro 2, asientos 17 y 18). Código del convenio: 0700315.-



    La Representación Legal del Ilustre Colegio Notarial de Baleares y laRepresentación Legal de los Empleados de Notarías de Baleares, han suscrito elacta del 3 de febrero de 2004, con la Tabla de Salarios para 2004, del citado sector, y he visto el expediente, y de acuerdo con el artº 90.3 del Estatuto de los Trabajadores, el Real Decreto 1040/1981, de 22 de mayo y el artº 60 de la Ley30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley4/1999 de 13 de enero (BOE del 14.1.99);



    R E S U E L V O:



    1.- Inscribirlo en el Libro de Registro de Convenios Colectivos de laDirección General de Trabajo y Salud Laboral, depositarlo en la misma e informar de ello a la Comisión Negociadora.



    2.- Publicar esta resolución y el acta del 3 de Febrero de 2004 citada, enel BOIB.



    Palma, 16 de febrero de 2004


    La Directora General de Trabajo y Salud Laboral


    Margalida G. Pizà Ginard



    En Palma de Mallorca a 3 de Febrero de 2004



    R E U N I D O S



    De una parte, en representación del Ilustre Colegio Notarial de Baleares: … Notarios de Pollensa, Sineu y Sa Pobla respectivamente.



    Y de la otra, en representación del colectivo de Empleados deNotarías de Baleares: … Oficiales de Notaría de Palma de Mallorca.



    Ambas partes y en las respectivas representaciones que ostentan yque mutua y recíprocamente se reconocen,



    A C U E R D A N



    1.- Proceder a la revisión de la tabla salarial aprobada `por acuerdolaboral suscrito el 30 de Marzo de 1993 con el incremento experimentado por elI.P.C. en Baleares durante el año 2003, que ha sido del DOS TREINTA POR CIENTO (2‘30%).



    2.- Con arreglo al significado aumento, aprobar la tabla salarial para el



    año 2004 y con efectos al primero de Enero de 2004.








































    CATEGORIA CENSO

    GRUPO 1º

    GRUPO 2º

    GRUPO 3º

    OFICIAL PRIMERO

    1.394‘15

    1.241‘21

    1.102‘75

    OFICIAL SEGUNDO

    1.232‘41

    1.097‘80

    974‘12

    AUXILIAR

    1.092‘86

    890‘12

    825‘84

    COPISTA

    880‘21

    707‘07

    652‘77

    SUBALTERNO

    687‘36

    623‘07

    607‘89


    3.- Dar traslado del presente acuerdo a la autoridad laboral y solicitar su publicación en el B.O.I.B.



    Firmado y Rubricado

  • Trabajadores de los servicios de prevencion segregados de las mutuas continuaran en el convenio de seguros.

    El preacuerdo recoge que las relaciones laborales de los trabajadores de las Sociedades de Prevención se regirán por el Convenio Colectivo de Seguros hasta la entrada en vigor de un nuevo Convenio Colectivo Sectorial para los Servicios de Prevención Ajenos

    Las Organizaciones Sindicales Fes-UGT y Comfia-CC.OO. (en presencia de ambas Confederaciones) y la Organización Patronal AMAT, junto con la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, como convocante de la reunión, firmaron un Preacuerdo que recoge “ las relaciones laborales de los trabajadores de las Sociedades de Prevención se regirán por el Convenio Colectivo de Seguros hasta la entrada en vigor de un nuevo Convenio Colectivo Sectorial para los Servicios de Prevención Ajenos”

    Además el citado preacuerdo recoge los siguientes temas:

    ÿ Iniciar un proceso de diálogo para la negociación de un Convenio Colectivo para todo el sector de los Servicios de Prevención ajeno, en cuyo ámbito queden incluidas las Sociedades de Prevención, tomando como base las condiciones laborales del Convenio General de Seguros.

    ÿ Si en el plazo de los nueve meses anteriores a la fecha de expiración del convenio General de Seguros no hubieran fructificado las negociaciones para la consecución del nuevo convenio, las partes se comprometen a someterse a la mediación del Acuerdo Interconfederal para la Solución Extrajudicial de Conflictos (ASEC). En caso de desacuerdo las partes se someterán al arbitraje de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.

    ÿ También existe el compromiso de utilizar todos los mecanismos existentes para extender la aplicación del nuevo convenio a todas las empresas de los servicios de Prevención ajeno.

    ÿ Las partes se comprometen a elaborar un Protocolo que fije las condiciones laborales de segregación en cada Mutua, respetando los derechos existentes.

    ÿ Se crea una Comisión Mixta auspiciada por la Dirección General de la Seguridad Social para resolver las diferencias que se pudieran derivar del proceso de segregación en cada Mutua. También se podrán incorporar, a la citada Comisión, las Asociaciones de Servicios de Prevención Ajenos para dentro de este foro propiciar las negociaciones del convenio colectivo previstos en el punto primero.

    ÿ Los firmantes se comprometen a que todo el proceso de segregación se realice sobre el principio de no discriminación y respeto a las garantías sindicales previstas en el Estatuto de los Trabajadores y en la ley Orgánica de Libertad Sindical, manteniendo, que la representación legal de los trabajadores en caso de que pasen a la Sociedad de Prevención mantendrán “ad Personam” sus derechos y garantías.

    Estamos pues en el inicio de lo que necesariamente deberá ser un proceso de diálogo social y entendimiento mutuo, tanto colectivo como en el seno de cada una de las Mutuas, que propicie acuerdos para lograr una segregación ordenada y pactada, respetando tanto las condiciones del Convenio Sectorial vigente como aquellas alcanzadas a través de convenios o acuerdos de empresa, a la vez que se consiga establecer las bases para la consecución de un Convenio Colectivo para todo el Sector de la Prevención.

    Estamos seguros que en todo el proceso habrá tentaciones de instrumentalizar representaciones al margen de los sindicatos de clase mayoritarios, pero confiamos que los trabajadores y trabajadoras, tanto de las Mutuas como de los Servicios de Prevención Ajenos, sabrán valorar los esfuerzos realizados por UGT y CC.OO. en la defensa de sus intereses en todo este proceso, ratificando su confianza en nuestras organizaciones en el proceso electoral que deberá realizarse próximamente.

  • Actualización salarial Convenio Mediación de Seguros

    Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Mediación en Seguros Privados: se procedió a actualizar las tablas salariales y los conceptos económicos siguientes: Tabla Salarial 2005, Complemento por Experiencia, Tabla de Mínimos Complemento Salarial PAE, Plus Funcional de Inspección, Dietas y Gastos de Locomoción y compensación económica del almuerzo.

    25 de enero de 2005

    El pasado 21 de enero se celebró la reunión de la Comisión Mixta Paritaria del Convenio Colectivo Estatal de Empresas de Mediación en Seguros Privados. En ella, se procedió a aplicar la Cláusula de actualización salarial para el año 2005, según regula el artículo 47.2 del citado convenio.

    Con tal motivo, una vez constatado por el INE que el IPC del año 2004 se sitúa en el 3,2%, la Comisión Mixta procedió a actualizar las tablas salariales y los conceptos económicos siguientes: Tabla Salarial 2005, Complemento por Experiencia, Tabla de Mínimos Complemento Salarial PAE, Plus Funcional de Inspección, Dietas y Gastos de Locomoción y compensación económica del almuerzo.

    Las cuantías económicas actualizadas de la Tabla Salarial y de los citados Complementos Económicos, comenzarán a devengarse desde el día 1-02-2005, sin realizar abono por diferencias por el año 2004 ni por el mes de enero de 2005.

    Una vez más se constata que la responsabilidad y el compromiso de CC.OO. durante la negociación del Convenio, permite a los trabajadores del Sector recuperar el poder adquisitivo de los salarios mediante la aplicación de la Cláusula de Actualización Salarial.

    Por quinto año consecutivo, todos los trabajadores de Mediación en Seguros, incluidos los que optaron por una representación sindical a través de U.G.T., FASGA-SPS o ELA-STV ven como pese a la inhibición de dichas organizaciones en la firma del Convenio, sus salarios y condiciones de trabajo no se ven mermadas gracias a la actitud responsable y coherente de CC.OO.

    1.-TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2005.

    1.-TABLA SALARIAL PARA EL AÑO 2005.

    Grupos y Subgrupos

    Nivel retributivo

    Sueldo base mensual

     Cómputo anual  (x 14)

    I

    1

    1.765,77

    24.720,78

    II.A

    2

    1.465,21

    20.512,94

    II.B, V.A

    3

    1.352,51

    18.935,14

    III.A, V.B

    4

    1.239,80

    17.357,20

    III.B1, V.C1

    5

    1.127,09

    15.779,26

    III.C, V.C2

    6

    939,24

    13.149,36

    III.B2 y V.C2

    6*

     939,24

    13.149,36

    IV.A

    7

     901,67

    12.623,38

    III.D, IV.B

    8

    788,96

    11.045,44

    VI (tercer año)

     9

     56,56

      9.191,84

    VI (primer y segundo año)

    10

    547,13

      7.659,82

    *Pasarán al Nivel 5, a los dos años (trabajadores procedentes de otros Subgrupos) o a los tres años (trabajadores nuevos).

    2.-COMPLEMENTO POR EXPERIENCIA (CPE) AÑO 2005.

    a) nivel retributivo

    b) importe mensual del complemento por año de experiencia, computando anualidades desde 1998

    (abonable en 14 pagas mensuales)

    c) límite máximo mensual

    4

    11,27

    112,70

    5

    11,27

    112,70

    6

    18,78

    187,80

    7

    3,76

    37,60

    8

    11,27

    112,70

    Se reitera que para comenzar a devengar este complemento debe haber transcurrido un año de presencia del empleado en la Empresa, abonándose a partir de 1 de enero del año siguiente.

    3.-TABLA DE MINIMOS RELATIVA AL COMPLEMENTO SALARIAL PAE, QUE CORRESPONDERÁ A LOS TRABAJADORES DE LAS EMPRESAS DE MEDIACION QUE GESTIONEN MAS DE VEINTICUATRO MILLONES CIEN MIL EUROS EN PRIMAS.

    Nivel retributivo Complemento Salarial PAE, Anual ( x14) mínimo mensual 2005
    1
    98,92
    1.384,88
    2
    80,64
    1.128,96
    3
    74,45
    1.042,30
    4
    70,20
    982,80
    5
    67,24
    941,36
    6
    56,25
    787,50
    7
    53,99
    755,86
    8
    45,57
    637,98
    9
    45,57
    637,98
    10
    35,46
    495,60

    4.- PLUS FUNCIONAL DE INSPECCIÓN (PFI) PARA EL AÑO 2005.

    Queda fijado en 1.479,53€, para los trabajadores cuyo desarrollo, de la función de inspección, no les permita pernoctar en su domicilio habitual, y 739,76€, para los trabajadores cuyo desarrollo de la función de inspección, no les impida pernoctar en su domicilio habitual.

    5.- DIETAS Y GASTOS DE LOCOMOCIÓN PARA EL AÑO 2005.

    El importe de la dieta, cuando el trabajador pernocte fuera de su residencia habitual, será de 65,45€; cuando el trabajador no pernocte fuera del lugar de su residencia habitual la dieta reducida será de 13,29€.

    Los gastos de locomoción quedan fijados en 0,23€ por kilómetro recorrido, cuando el viaje se haya realizado de acuerdo con el Empresario en vehículo propiedad del empleado.

    6.- COMPENSACIÓN ECONÓMICA DEL ALMUERZO PARA EL AÑO 2005.

    El mínimo de esta compensación será, para el supuesto previsto en el Art. 33.4, tercer párrafo, tercer guión, de 7,30€.

  • Oposiciones Libres Caja San Fernando

    Oposiciones a Caja San Fernando 9 Abril 2005

    Más información en web CCOO Caja San Fernando

    Ayer día 25 el Tribunal de Oposiciones aprobó las Bases de la
    convocatoria de Oposiciones a celebrar en Caja San Fernando el próximo 9 de abril. La publicación de las mismas en la página web de la Caja  www.cajasanfernando.es se llevará a cabo presumiblemente a partir del día 27, con lo cual, a partir de ese momento, se podrán cursar las solicitudes de inscripción.
     
    Para cualquier consulta ó ampliación estamos a vuestra disposición en
    los siguientes teléfonos y direcciones de correo:

    CCOO En Caja San Fernando

    Sección Sindical Jerez
    Tfno. 956.33.15.72 sanfernando@comfia.ccoo.es

    Seccion sindical Sevilla 
    954.53.42.96 sanfernandosev@comfia.ccoo.es.