Autor: Miquel Loriz

  • Las secuelas del SMI (Salario Mínimo Interprofesional) en el proceso de diálogo social

    En el momento de escribir las reflexiones que siguen, siete meses después de la firma de la Declaración para el Diálogo Social “Competitividad, empleo estable y cohesión social” su desarrollo ha entrado en crisis.

    Las claves para saber si se trata de una crisis superable o si estamos ante el fin del método de negociación inaugurado con toda solemnidad en La Moncloa el 8 de julio del año pasado, probablemente las tengamos en las próximas semanas.

    No obstante, a día de hoy ya se puede afirmar que lo acontecido en relación con el Salario Mínimo va a dejar secuelas que conviene tener en cuenta para las negociaciones que, de una u otra forma, se abordarán en esta legislatura, sea con el formato de la Declaración vigente o con otro más “clásico” de negociación.

    La crisis del SMI es puramente instrumental. Tiene que ver con la gestión de la negociación y con el momento en que ésta se desarrolla, pero se utiliza por algunos para cuestionar este sistema de negociación por que genera incomodidad a sectores a los que les gustaría disponer de más libertad para sacar adelante sus posiciones y se busca condicionar con ello otros procesos de negociación que están por abrir.

    Descoordinación en el Gobierno y viejas recetas

    Esta crisis que refleja un alto grado de descoordinación en el Gobierno, está poniendo de manifiesto también una escasa sintonía entre el área económica y el área, digamos, política del mismo. El enfrentamiento Trabajo-Economía, revela la existencia de tensiones e indefiniciones importantes que amenazan no sólo el futuro del Diálogo Social, sino que condiciona en negativo este.

    La Declaración de julio cuando identifica los retos fundamentales para la sociedad española, señala,…“que es objetivo común…que…alcance unos mayores niveles de desarrollo económico, de calidad en el empleo, de bienestar social”… y se indican las vías para lograrlo. Por ello se afirma que “Para la consecución de este gran objetivo, inscrito en la estrategia definida por la UE en Lisboa, consistente en orientar la economía española hacia un modelo de crecimiento estable y sostenido basado en la competitividad de las empresas, el Gobierno y los interlocutores sociales entienden que, además de las políticas laborales y de empleo, las políticas públicas han de actuar de manera prioritaria sobre los siguientes grandes ejes o pilares:

    a) educación y formación,

    b) infraestructuras e inversión pública,

    c) investigación, desarrollo e innovación,

    d) política industrial y de medio ambiente”.

    Apunta la Declaración en correspondencia con las necesidades de la economía y la sociedad española, al cambio necesario del modelo productivo español, toda vez que las ventajas competitivas que hicieron posible el desarrollo en el pasado reciente hoy, o se han agotado, están en trance de hacerlo o, directamente, se han convertido en un lastre para el sostenimiento del mismo, por lo que se hace imprescindible sustituirlas por otras acordes con los retos que derivan de la creciente internacionalización de nuestra economía, que impulsen la creación de empleo de calidad y la cohesión social.

    Con la decisión de proceder a bloquear el acuerdo sobre el SMI lo que en realidad están poniendo sobre el tapete, es su falta de compromiso con el necesario cambio de modelo de competencia. Detrás de los argumentos utilizados para oponerse a las cláusulas de garantía, se esconde el anclaje en las viejas recetas de un modelo competitivo basado en los bajos costes del factor trabajo y, por ende, en la precarización del Mercado de Trabajo de nuestro país que, por otra parte, ya se ha demostrado hasta la saciedad que actúa como elemento de freno para la competitividad de las empresas con la consiguiente repercusión negativa sobre la balanza comercial.

    La decisión adoptada por los máximos dirigentes sindicales y empresariales el 26 de enero de iniciar la negociación de la renovación del ANC el 1 de febrero, contribuirá a reactivar el proceso de diálogo social que este año deberá abordar temas de gran trascendencia como el empleo y la seguridad social.

    El Acuerdo Interconfederal ha sido una referencia en la negociación de los convenios colectivos de los últimos años y particularmente, aunque no es su única virtud, ha servido para definir de forma consensuada la política salarial desde 2002. Dado su carácter de acuerdo obligacional su función es orientar la negociación de los convenios pero tiene una alta carga simbólica.

    Esta última es la que se ha acrecentado en este momento. Hoy es impensable un acuerdo que no incorpore la referencia de la cláusula de garantía. El compromiso de los negociadores sindicales de establecer el IPC previsto cómo primera referencia para el crecimiento de los salarios en 2005 sólo puede entenderse y resultar creíble por los trabajadores en las empresas si va acompañado de una cláusula de garantía que asegure realmente el poder de compra de los salarios en los términos establecidos en el momento de la firma del Convenio Colectivo.

    Probablemente los sectores más reacios a un acuerdo de política salarial de estas características, confían en que en la negociación “libre”, unidad a unidad de negociación, obtendrán resultados más favorables en el terreno de la contención del crecimiento de los salarios y por lo tanto mejores, por reducidos, costes laborales.

    Hasta es posible que esto sea así en algunos sectores. Aunque con toda seguridad esto no conduzca a la mejora de los Costes Laborales Unitarios y sí a una mayor crispación en las empresas, a un espejismo. Una vez que las cartas están encima de la mesa con esta claridad, sabiendo la función que las cláusulas han tenido en estos años en los que del orden del 80% de los convenios, aunque sea con eficacia diversa, la han incorporado, lo menos que puede pasar es que la negociación de los convenios se torne más difícil y conflictiva, con el consiguiente deterioro de las relaciones laborales y su indudable influencia para la competitividad de las empresas.

    El ANC y el diálogo social

    El ANC en este punto al que se ha llegado, ha pasado de ser una referencia necesaria a pieza imprescindible. Además de su indudable influencia en la Negociación Colectiva, que haya o no acuerdo no es indiferente para el resto de los compromisos derivados de la declaración del 8 de julio.

    No lo es, en principio, para abordar la negociación comprometida de la reforma de la negociación colectiva. Esa reforma es tan necesaria como compleja, y así se afirma en el punto 11 de la Declaración, “El desarrollo de la capacidad de regulación de la negociación colectiva y de su cobertura laboral precisa acciones de los interlocutores sociales, que pueden y deben contar con apoyos públicos en el terreno de la racionalización de la estructura de la negociación colectiva en la línea marcada por el AINC 97 o el enriquecimiento de los contenidos negociales.

    Abordar un proceso de esta trascendencia exige de un clima previo favorable, desde el que construir los consensos necesarios. La experiencia reciente demuestra que no es posible intervenir en este campo y menos impulsar reformas eficaces contra la voluntad de cualquiera de los dos actores fundamentales: Sindicatos y Organizaciones Empresariales. Es este consenso, además el que limitará la tentación de intervenciones desde otros ámbitos en una materia que debe ser el campo natural, como reconoce la propia declaración, para el ejercicio “de la autonomía de los agentes sociales, a la que la ley debe garantizar la capacidad de regulación mediante un adecuado marco jurídico”.

    Tampoco será indiferente lo que suceda con el ANC para el futuro de las negociaciones en relación con el Mercado de Trabajo o la Seguridad Social. No dar continuidad al acuerdo sin duda pondría en cuestión las posibilidades reales, más allá de los formalismos, de dar continuidad al Dialogo Social en los términos mantenidos hasta finales de diciembre y que ha servido para producir diversos acuerdos.

    Ello no implica que no vayan a producirse más negociaciones, pero sí las hará más complejas. Toda negociación es intercambio y es a partir del equilibrio que se establece en el mismo que pueden sustanciarse los acuerdos. Un desencuentro en el enfoque de la negociación colectiva llevará inevitablemente a reenfocar las prioridades de cada parte en otras mesas conscientes de la estrecha relación entre unas y otras materias para la evolución de las tres grandes variables sobre las que se construyó la Declaración de julio 2004: Competitividad, empleo estable y cohesión social.

    Así las cosas, sería muy conveniente que el conjunto de los actores recuperasen el pulso de la negociación. Al gobierno le corresponde gestionar con prudencia y coherencia sus propias decisiones. Las tensiones propias no se resuelven trasladando la responsabilidad a otros.

    Los propios compromisos del 22 de diciembre prevén un plazo de tres meses para su traslado a la norma…y, en todo caso, los 600€ son un compromiso del Gobierno, lo mismo que ya es una exigencia legal a partir de la aprobación del RDL 3/2004 la determinación de la evolución futura del SMI y el IPREM.

    Seguimos apostando por el desarrollo de los compromisos que contrajimos con la firma de la Declaración por que estos se corresponden con las necesidades de reformas reales que necesita la sociedad española. Reformas que para que sean eficaces han de nacer del maximo consenso posible entre todas las partes implicadas. Esa es la apuesta realizada en julio y la gran potencialidad de la Declaración.

    Ignacio Fernández Toxo

    Secretario de Acción Sindical y Política Sectorial de CC.OO.

    24 de enero de 2005

  • Libro Blanco sobre la Atención a las Personas en Situación de Dependencia en España

    Fuente, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales (www.mtas.es)

    LIBRO
    BLANCO SOBRE LA "ATENCIÓN A LAS PERSONAS EN SITUACIÓN
    DE DEPENDENCIA EN ESPAÑA"
    ·
    Presentación
    [PDF 72Kb]
    CAPITULO I CAPITULO II CAPITULO III CAPITULO IV CAPITULO V CAPITULO VI
    ·
    Bases demográficas: estimación, características
    y perfiles de las personas en situación de dependencia
    [PDF 547Kb]
    · Régimen
    jurídico de la protección a la dependencia
    [PDF 434Kb]
    · Cuidados
    de larga duración a cargo de la familia. El apoyo informal
    [PDF
    468Kb]
    · Recursos
    para la atención de las personas menores de 65 años en situación
    de dependencia
    [PDF 598Kb]
    · Recursos
    sociales para la atención de las personas mayores en situación
    de dependencia
    [PDF 917Kb]
    · El
    Sistema Sanitario y la atención a las personas en situación
    de dependencia
    [PDF 287Kb]
    CAPITULO VII CAPITULO VIII CAPITULO IX CAPITULO X CAPITULO XI CAPITULO XII
    · Coordinación
    sociosanitaria
    [PDF 179Kb]
    · Presupuestos
    y recursos económicos destinados a la financiación de la dependencia
    [PDF 304Kb]
    · La
    valoración de la dependencia: crtiterios y técnicas de valoración
    y clasificación
    [PDF 489Kb]
    · Generación
    de empleo y retornos económicos y sociales derivados de la implantación
    del Sistema Nacional de Dependencia
    [PDF 244Kb]
    · Análisis
    de los modelos de protección a las personas en situación de
    dependencia en algunso países de la Unión Europea y de la
    OCDE
    [PDF 345Kb]
    · Consideraciones
    finales en torno ala protección de las personas en situación
    de dependencia
    [PDF 394Kb]
  • V Jornadas De Trabajo Sobre Previsión Social Complementaria de la C.S. DE CC.OO.

    Planes y fondos de pensiones, Negociación Colectiva y Diálogo Social en el desarrollo de la previsión social complementaria, Maco normativo…

    20 de enero de 2005

    Lugar de celebración.- Madrid.

    Escuela Sindical Juan Muñiz Zapico.
    C/ Longares, 6 y 8, desde las 10,00 h

    PROGRAMA

    10,00
    horas.-
    Intervención de apertura de las Jornadas.
    Ricardo
    Lozano Aragües.

    Director General de Seguros y Fondos de Pensiones.
    Ministerio de Economía y Hacienda.

    10,20
    horas.
    Planes
    y fondos de pensiones. Nuevo marco normativo. Problemas pendientes y criterios
    de actuación.


    Carlos Bravo Fernández.
    Responsable
    Confederal. Área de Planes y Fondos de Pensiones de la C.S. de CC.OO.

    11,00
    horas.- Pausa café

    11,30
    horas.-
    La
    política de inversiones tras el R.D. 304/2004. Marco normativo y nuevas
    alternativas
    .

    Carlos
    Quero Pabón.

    Director Área Pensiones – VidaCaixa Pensiones

    12,15
    horas.-
    Criterios
    para el establecimiento de la "Declaración de principios de inversión"
    exigida por el art. 69.3 del RD 304/2004


    Carlos Moreno Santos.
    Director
    de Inversiones Específicas de Fonditel EGFP S.A.

    13,00
    horas.-
    Consultora
    de Pensiones y Previsión Social. Un grupo de empresas para mejorar la calidad
    del trabajo en materia de protección social complementaria.


    Ignacio del Barco Martínez.
    Director General de CPPS.

    14,00
    horas.-
    Clausura
    de las Jornadas. Negociación Colectiva y Diálogo Social en el desarrollo
    de la previsión social complementaria
    .


    Ignacio Fernández
    Toxo
    .
    Secretario de Acción Sindical y Políticas Sectoriales
    de la C.S. de CC.OO.

    14,30
    horas.- Comida

  • Evolución Mensual de las Pensiones del Sistema de la Seguridad Social

    Incremento del importe de las pensiones por desviación del ipc en el año 2004 hasta el 3,5%. Revalorización del 2% para el 2005 y mejora adicional de mínimos.

    Cuadro del incremento de las pensiones

    Evolución mensual de las pensiones. Avance 2005

  • Telemarketing: Una propuesta inaceptable

    Recibimos un nueva propuesta que modifica cualitativa y cuantitativamente, por supuesto a la baja, las condiciones y los parámetros de la propuesta que el pasado 21 de diciembre en principio la patronal estaba dispuesta a asumir y supuestamente a firmar.

    A finales de la pasada semana recibimos un escrito que, en nombre de la patronal de telemarketing, nos trasladaba a todos los sindicatos presentes en la mesa del III convenio una nueva propuesta (aunque no sabemos si este escrito está avalado por todas las empresas, solo por algunas, si estas son mayoría o es la propuesta tan solo del Gerente de la patronal, porque ya sabemos el proceder de esta asociación empresarial), que modifica cualitativa y cuantitativamente, por supuesto a la baja, las condiciones y los parámetros de la propuesta que el pasado 21 de diciembre en principio estaban dispuestos a asumir y supuestamente firmar.

    Parece que la patronal de telemarketing tiene como concepto de negociación colectiva el incumplimiento de lo pactado, que una vez que se llega a unos límites y a un consenso en la negociación, estos se pueden reformar en función de tan solo los intereses unilaterales y que se pueden rebajar las condiciones del acuerdo sin que esto tenga la mas mínima consecuencia. No es de recibo.

    Tanto Comfía-CCOO., como FeS-UGT, seguimos exigiendo a las empresas de telemarketing, como mínimo, que asuman su responsabilidad y sus compromisos, y le trasladamos una vez mas que el suelo de la salida negociada de este III convenio colectivo pasa por admitir las condiciones del anterior preacuerdo de diciembre.

    No creemos que sea positivo que se modifique de manera tan engorrosa la redacción del texto sobre la sucesión de empresas, desvirtuando la referencia a la plantilla existente, con la introducción de excepciones por particiones de campaña que tan solo pueden dar lugar a diferencias de interpretación de lo pactado.

    No vamos a admitir que no se tenga que indemnizar a los trabajadores y trabajadoras despedidos si no se cumplen por la nueva empresa los compromisos y se modifica el dimensionamiento inicial que los hizo perder su puesto de trabajo. Ni que se cambie ahora por una bolsa de tres meses, cuando antes ya había en el convenio la obligación de mantenerla seis meses.

    No podemos admitir que todos los casos excepcionales de falta de reubicación de indefinidos se salden como un cambio sustancial de condiciones, con un máximo de nueve meses de indemnización, y no como despidos objetivos, que tienen una indemnización máxima de doce meses. La diferencia, como las empresas de telemarketing saben, es obvia.

    No aceptamos que la concreción horaria de la reducción de jornada por lactancia se tenga que pactar o acordar con la empresa, cuando la ley concede este derecho en exclusiva a la trabajadora o al trabajador.
    En definitiva, la calificación que nos merece esta última propuesta es de INACEPTABLE, ya que lo que se pretende con la misma es rebajar, nuevamente, las condiciones del preacuerdo comprometido en diciembre y no podemos aceptar que las reglas de la negociación sean alteradas unilateralmente y en beneficio de una sola parte.

    24 de enero de 2005

    Ver propuesta AEMT