Autor: Miquel Loriz

  • Huelga en Telemarketing

    El próximo día 14 de mayo se inician paros parciales y una huelga general por lo que permanecerán inactivos los servicios de atención telefónica de empresas como Endesa, Iberdrola, Renfe, BBVA, SCH, Vodafone, Amena o Telefónica.

    La Federación de Servicios Financieros y Administrativos de CC.OO (COMFÍA), junto con el resto de los sindicatos presentes en la mesa de negociación del III convenio del sector de telemarketing (CGT, CIG y UGT), ha convocado paros y huelga general en el sector de Telemárketing que ocupa a más de 45.000 trabajadores/as (empresas que prestan servicios de atención telefónica a los usuarios y clientes de la mayoría de las grandes empresas del país: de energía: Gas Natural, Repsol, Endesa, Iberdrola, Unión Fenosa, etc.; transporte y automoción: Renfe, Renault, etc.; comunicación: Digital+ y Auna Cable, etc.; telefonía: Telefónica, Moviestar, Vodafone, Amena, Retevisión, Euskaltel, Jazztel, Aló, etc.; banca: BBVA, BSCH, Patagón, Uno-e, Citibank, Zaragozano, etc., y otras muchas empresas de muy diversos sectores).

    Las movilizaciones previstas constan de paros parciales que se realizarán:

    • El primero el próximo día 14 de mayo y, de una hora de duración en cada turno de mañana, de 11 a 12 horas; tarde, de 18 a 19 horas; y en la noche del día 15, entre las 0 y las 1 horas; y los días 17 y 20 de mayo en las mimas horas de cada turno.
    • Posteriormente, los días 27 y 28 de mayo se realizarán paros parciales de dos horas de duración en cada turno: de 11 a 13 por la mañana, de 18 a 20 por la tarde, y en la madrugada del día siguiente entre las O horas y las 2.
    • Por último, en esta primera fase de movilizaciones, y si no se lograra alcanzar antes un acuerdo, se ha convocado una huelga general de 24 horas para el día 9 de junio.

    El objetivo de estas movilizaciones es desbloquear la negociación del II convenio colectivo del sector, que tras siete meses de reuniones se encuentra en una situación de punto muerto, como consecuencia de la intransigencia de la Patronal del sector a incorporar al convenio:

    • Reducción
      sustantiva de la precariedad y la temporalidad en el sector,
      dotando al mismo de una mayor estabilidad por medio de la regulación
      de la subrogación
      en los cambios de empresa contratista,
      para garantizar el mantenimiento de las condiciones económicas
      y laborales; y el incremento de los contratos indefinidos,
      que tan solo alcanza en el mejor de los casos un 30% en las empresas
      del sector. El sector de telemarketing se ha convertido en el
      paradigma de la precariedad laboral de la nueva economía,
      y en muchas ocasiones las empresas del sector funcionan como
      verdaderos departamentos de recursos humanos de la empresas para las
      que prestan servicio, ya que son estas las que dirigen, controlan y
      coordinan a los trabajadores y la actividad, rozando la cesión
      ilegal de trabajadores o el prestamismo laboral.


    • Una
      mejor regulación y ordenación del tiempo de trabajo
      para hacer compatible la flexibilidad que deben tener los
      servicios que se prestan y la conciliación de la vida laboral
      y la familiar y el derecho que tienen todas las personas de
      gestionar su tiempo libre.


    • Definición
      adecuada y realista de la clasificación profesional,
      mediante la redefinición de algunas categorías y el
      establecimiento y definición de otras cuya actividad no se
      refleja en la ahora existente.



    • Un
      Incremento
      de los salarios que garantice la ganancia de
      poder adquisitivo y el acercamiento a los niveles salariales medios
      de las empresas para las que prestan servicio.


  • Negociación del I Convenio de Bureau Veritas

    Nuevamente la dirección de Bureau Veritas ha suspendido la reunión de la mesa de negociación del convenio que teníamos prevista para el día 6 de mayo, y lo que es peor, sin concretar ni proponer una nueva fecha de celebración.

    En
    la última reunión celebrada el pasado 1 de abril
    (después de pasados casi cinco meses desde la anterior), la
    dirección de la empresa se comprometió a elaborar una
    nueva propuesta de convenio, especialmente orientada a salvar las
    importantes diferencias que se plasmaron en la mesa de negociación
    en lo relativo a las tablas salariales y otros aspectos relacionados
    con las retribuciones, como la evaluación del desempeño
    y la articulación de la evolución de los posibles
    complementos individuales que se produjeran.


    A
    día de hoy, no solo no se nos ha facilitado a los
    representantes sindicales en la mesa de negociación la
    referida propuesta, con el tiempo suficiente para su estudio y
    valoración, sino que la respuesta de la dirección de
    la empresa ha sido la suspensión de la reunión
    acordada sin ninguna justificación ni previsión de una
    nueva fecha de celebración.


    Ante
    esta situación, y después del tiempo transcurrido
    desde el comienzo de la negociación del convenio y su
    evolución en el tiempo, tanto los representantes de
    Comfía-CCOO como los de Fes-UGT en la empresa, debemos
    manifestar nuestras serias dudas sobre la voluntad que la empresa
    tiene de llegar a un acuerdo y a la firma del que sería
    primer convenio colectivo para el Grupo Bureau Veritas, intentando
    cercenar con esta postura las expectativas que entre toda la
    plantilla de Bureau Veritas se habían creado respecto a la
    ordenación y homologación de sus condiciones
    laborales.


    Pero
    no nos vamos a quedar de brazos cruzados, ni los sindicatos
    Comfía-CCOO y Fes-UGT, ni los representantes sindicales
    elegidos por todos vosotros, ni los trabajadores de cada uno de los
    centros y de las empresas que conformar la plantilla de Bureau
    Veritas. No nos vamos a quedar de brazos cruzados porque todos:
    sindicatos, representantes de los trabajadores y trabajadores,
    queremos que en Bureau Veritas las relaciones laborales colectivas e
    individuales estén reguladas y articuladas en un Convenio
    Colectivo, donde se reflejen todos los temas, derechos y
    obligaciones, que comportan las condiciones laborales; porque somos
    conscientes de la importancia de la regulación colectiva de
    las condiciones de trabajo, de los salarios, y demás normas
    laborales; y que éstas no se pueden imponer y se tienen que
    acordar y pactar con los trabajadores y sus representantes, y no
    minusvalorarlas y fijarlas unilateralmente.


    Por
    todo ello, los sindicatos Comfía-CCOO y Fes-UGT, y los
    representantes sindicales elegidos en sus listas en Bureau Veritas,
    vamos:



    • A
      reclamar a la Dirección de la Empresa que explique las
      causas de la suspensión de la negociación y nos
      aclare si sigue siendo voluntad de la Empresa llegar a la
      conclusión de un Convenio Colectivo, como inicialmente
      mantuvo, o hay otros motivos organizativos, ya sean internos o
      externos, que han hecho cambiar la prioridad de tener un marco
      contractual propio.


    • Exigir
      a la Dirección de la Empresa la entrega inmediata de la
      nueva propuesta de negociación, a la que se comprometieron
      en la última reunión del pasado 1 de abril, y la
      convocatoria de una nueva reunión de la mesa de negociación
      del convenio.


    • Demandar
      de la Dirección de la Empresa una negociación
      responsable y adecuada, con unos márgenes flexibles ante la
      complejidad que supone homogeneizar las condiciones en este primer
      convenio.


    • Igualmente,
      reclamaremos de todos vosotros el apoyo a las reivindicaciones que
      estamos planteando en la negociación, porque queremos poner
      encima de la mesa de negociación la opinión de la
      mayoría de los empleados y empleadas de Bureau Veritas, como
      mejor forma de hacer valer nuestras demandas, vuestras demandas,
      para este primer convenio:





      • Retribuciones:
        Establecimiento de un salario base adaptado a la realidad
        actual de la empresa, en cada uno de los grupos y categorías
        profesionales; y que los complementos individuales tengan
        un mínimo peso en el total de las retribuciones.




    Consolidación
    en el salario base de las subidas salariales y un tratamiento
    razonable, no regresivo, de los complementos, evitando la
    congelación salarial.




      • Evaluación:
        Participación sindical en los procedimientos de evaluación,
        para garantizar las condiciones de transparencia, objetividad y
        equidad.


      • Jornada:
        Reducción progresiva de la jornada priorizando en el
        incremento de días libres. Participación de los
        representantes de los trabajadores en la elaboración de los
        calendarios laborales anuales.




    Establecimiento
    explícito de la voluntariedad de las horas extras, y
    ejecución únicamente de las estrictamente necesarias,
    estableciendo los mecanismo de reconocimiento y compensación
    necesarios para prevenir posibles arbitrariedades.



    • Contratación:
      Compromiso de conversión en contratos indefinidos y
      limitación de la contratación eventual, delimitación
      de las categorías de los contratos de prácticas y
      definición de las causas de los contratos de obra. Etc.




    • La
      realización de cuantas acciones sean necesarias para que
      este primer convenio de Burau Veritas no solo no suponga para el
      personal la rebaja de las condiciones laborales existentes en la
      actualidad, sino mejorar mínimamente las situaciones
      existentes y establecer un marco homogéneo y coherente con
      las condiciones del mercado.



    En
    definitiva, pretendemos que el primer convenio colectivo sea un
    marco regulador razonable de nuestras condiciones de trabajo, sin
    posturas maximalistas o radicales, que permita acabar con la actual
    situación, que en muchos casos ha sido origen de indefensión
    o conflictos.






    Mayo
    de 2004

  • Boletín de Acción Sindical CC OO Núm 13 2004

    Boletín de Acción Sindical Confederal CCOO 6 de mayo de 2004

    Ver Boletín

  • Los Ciberderechos en la Empresa

    En el salón de Actos de CCOO Via Laietana, 16. La jornada será retransmitida por Internet desde estas páginas.

    Folleto de la Jornada PDF

    PRESENTACIÓN. María Jesús Paredes (Secretaria General de COMFIA-CC.OO.)

    9:45 h. PONENCIA «Los ciberderechos en la empresa»

    José Antonio Martín Pallín (Magistrado del Tribunal Supremo)

    10:15 h. MESA REDONDA «Los ciberderechos en la empresa desde el punto de vista jurídico» Intervienen:

    • Miquel Falguera (Magistrado de la Sala de lo Social de Catalunya),
    • Carlos Sánchez Almeida (Abogado especialista en temas de ciberderechos),
    • Rafael Senra Biedma (Abogado laboralista)
    • Modera: Paco Baquero (Secretario de Comunicación de COMFIA-CC.OO.)

    11:15 h. Preguntas y debate

    12:00 h. Descanso y rueda de prensa

    12:30 h. MESA REDONDA «Los ciberderechos en la empresa y su repercusión en las relaciones laborales»

    Intervienen: 1 miembro de cada una de las siguientes federaciones de CC.OO.:

    • Servicios Financieros y Administrativos (COMFIA),
    • Comunicación y Transporte,
    • Servicios y Administraciones Públicas,
    • Industria Textil-piel, Químicas y Afines (FITEQA),
    • Minerometalúrgica.

    Modera y presenta: Paz Perdiguer (Secretaría de Acción Sindical de la C.S. de CC.OO.)

    13:30 h. Preguntas y debate

    14:00 h. Comida

    16:00 h. MESA REDONDA «Los ciberderechos en la empresa vistos por los partidos políticos y los ciudadanos»

    Intervienen:

  • Félix Lavilla (Senador de PSOE),
  • Joan López (Secretario Ejecutivo de Comunicación del PP de Catalunya)
  • Manuel Cámara (miembro de la permanente y la presidencia de IU),
  • Víctor Domingo (Presidente de la Asociación de Internautas).

Modera: Juan Manuel Tapia (Responsable de Negociación Colectiva de CCOO de Catalunya)

17:00 h. Preguntas y debate

18:00 h. Clausura

Contaremos también con la presencia de Joan Coscubiela (Secretario General de CCOO de Catalunya)

INSCRIPCION EN LA JORNADA

  • Acuerdo de Condiciones Sociales en C.T.A.S.

    Las condiciones del presente acuerdo forman un todo integral e indivisible y a efecto de su aplicación serán consideradas globalmente. Los acuerdos que se alcancen por el desarrollo de la negociación en cada una de las mesas creadas al efecto se trasladarán como anexo al texto del acuerdo, formando parte integrante del mismo.

    REUNIDOS


    De
    una parte, la Representación Legal de los Trabajadores (en
    adelante RLT) de Centro Técnico de Agentes de Seguros S.A. (en
    adelante C.T.A.S.)


    De
    otra, D. José González Rodríguez, como
    Administrador y en nombre y representación de C.T.A.S.


    Ambas
    partes se reconocen mutuamente y en calidad de la representación
    que ostentan, la capacidad legal suficiente para contraer
    obligaciones y suscribir el presente documento, por lo que, a tal
    efecto,


    ACUERDAN


    PRIMERO.-
    Con objeto de conseguir la paz social que debe inspirar las
    relaciones laborales entre los empleados y la empresa, C.T.A.S.
    abonará al personal determinado en cada concepto, las
    cantidades que la Empresa suspendió en su pago por
    considerarlas no obligatorias y que la RLT entendía que
    debieran haber percibido, en concepto de minipaga –a las
    personas que la percibían en cada una de las fechas-; y ayudas
    de natalidad, nupcialidad, estudios para hijos de empleados, estudios
    de empleados y premios de antigüedad –a las personas que
    lo hayan solicitado y resulte justificado- hasta el 31 de Diciembre
    de 2003.


    El
    abono se efectuará en el mes de la firma del presente acuerdo,
    salvo imposibilidad material en función de la fecha en que se
    suscriba el acuerdo, en cuyo caso el abono se realizará al mes
    siguiente.


    A
    partir del 31/12/03, todos estos posibles derechos y conceptos
    (minipaga, ayudas, etc.) quedan extinguidos a todos los efectos y
    sustituidos por los del presente acuerdo.


    SEGUNDO.-
    Se establece con carácter general, a partir del 1 de Enero
    de 2004, un Complemento Especial de Empresa (CEE) que no será
    compensable ni absorbible por incrementos de Convenio Colectivo o
    posteriores pactos de empresa, con las siguientes cantidades y fases
    de percepción:



    1. En
      el ejercicio 2004, la cantidad anual de 1.100 euros para el personal
      que ha venido percibiendo las cantidades mencionadas en el primer
      punto. Para el resto de la plantilla que no han percibido las ayudas
      mencionadas el 65% de esta cantidad, es decir 715 euros. Para los
      nuevos ingresos con contrato indefinido, siempre que se haya
      superado el período de prueba o para los contratos temporales
      una vez que se haya superado el periodo de seis meses en la Empresa,
      el 65 % de esta cantidad, es decir, 715 euros (siempre en proporción
      al tiempo trabajado durante el año natural).


    2. En
      el ejercicio 2005, la cantidad anual de 1.100 euros revalorizada con
      el IPC del año anterior para el personal que ha venido
      percibiendo las cantidades mencionadas en el primer punto. Para el
      resto de la plantilla que no han percibido las ayudas mencionadas el
      80% de esta cantidad. Para los nuevos ingresos con contrato
      indefinido, siempre que se haya superado el período de prueba
      o para los contratos temporales una vez que haya superado el periodo
      de seis meses en la Empresa, el 80 % de esta cantidad (siempre en
      proporción al tiempo trabajado durante el año
      natural).


    3. En
      el ejercicio 2006, se percibirá el 100% de la cantidad
      resultante de la suma de 1.100 euros anual incluyendo la
      revalorización habida en el apartado B) más la
      revalorización de la misma con el IPC del año 2005,
      para todo el personal en plantilla a partir del 1 de Enero de ese
      año (siempre en proporción al tiempo trabajado durante
      el mismo).



    Las
    cantidades expresadas en los apartados anteriores se percibirán
    por mitad (50 %) en los meses de Marzo y Septiembre de cada año.


    No
    se abonará este complemento a los empleados sancionados
    con falta muy grave firme, siempre que la misma no acarree otro tipo
    de sanción.


    Desde
    el año de 2007, las cantidades expresadas se incrementarán
    en el mismo porcentaje habido en el IPC en el año anterior,
    salvo pacto posterior entre las partes.


    TERCERO.-
    Con independencia del Complemento Especial de Empresa (CEE), se
    establecen exclusiva y taxativamente los siguientes:


    A)
    Premios de Antigüedad (permanencia en la Empresa)



    • A
      los 25 años de servicio: 525 euros.


    • A
      los 35 años de servicio: 750 euros.


    • A
      los 40 años de servicio: 1.000 euros.



    B)
    La concesión de dos tipos de préstamos, que en ningún
    caso tendrán la consideración de salario. Ambos tipos
    de préstamos se concederán, en su caso, previa
    acreditación documental por parte del trabajador de la
    adquisición o acondicionamiento de su vivienda habitual, no
    procediendo la concesión de un nuevo préstamo a un
    empleado en tanto no tenga completamente amortizado un préstamo
    anterior:



    1. Destinado
      a la adquisición de la vivienda habitual del trabajador, por
      importe máximo de 12.000 euros, plazo máximo de
      amortización 3 años y con los siguientes tipos de
      interés:




    • Hasta
      5.000 euros: 4%


    • De
      5.001 a 7.500 euros: 5%


    • De
      7.501 a 10.000 euros: 6%


    • De
      10.001 a 12.000 euros: 7%




    1. Destinado
      al acondicionamiento y mejora de la edificación o
      instalaciones fijas de la vivienda habitual del trabajador, por
      importe máximo de 9.000 euros, plazo máximo de
      amortización 3 años y con los siguientes tipos de
      interés:




    • Hasta
      3.000 euros: 4%.


    • De
      3.001 a 5.000 euros: 5%


    • De
      5.001 a 7.000 euros: 6%


    • De
      7.001 a 9.000 euros: 7%



    C)
    El abono de 700 euros anuales por cada hijo de empleado de CTAS.
    con minusvalía física o/y psíquica que se
    encuentre entre el 33 y el 65 %. Si fuera superior al 65 %, el abono
    será de 1.200 euros.


    Esta
    paga se abonará previa acreditación documental de la
    minusvalía por parte del empleado.


    En
    el caso de que tanto el padre como la madre de la persona con
    minusvalía sean empleados de CTAS, la empresa repartirá
    el abono entre ambos pagando el 50% a cada uno de ellos.


    Desde
    el 1 de Enero de 2005, todos los conceptos señalados en este
    apartado tercero, se revalorizarán anualmente en el porcentaje
    definitivo del IPC del año anterior, salvo pacto posterior de
    las partes.


    CUARTO.-
    La empresa aperturará o podrá aperturar los centros de
    trabajo actuales y los que pudieran existir en el futuro, en horario
    de 7’28 a 21’00 horas (con o sin cierre al mediodía)
    de lunes a viernes durante todo el año. Quedarán
    exceptuados los centros o colectivos que se determinen en acuerdo
    aparte, según el calendario aplicable en cada momento para
    ellos.


    Dentro
    de ese margen horario existirán los siguientes turnos de
    trabajo, con vigencia hasta el 31-12-2004:


    El
    Turno de Trabajo de la Mañana para el año 2004 se
    realizará en el horario de Lunes a Viernes, durante todo el
    año, de 7’28 h. a 15 horas, con flexibilidad de 30
    minutos, y durante los periodos de Febrero a Abril y de Noviembre a
    Diciembre, se trabajarán 13 tardes en el año, en el día
    fijado del jueves, de 16 a 19 horas de la tarde, según se
    especifica en el calendario laboral aprobado para este año
    2004. Para los próximos años se estará a lo
    estipulado en el calendario laboral correspondiente.


    El
    Turno de Trabajo de la Tarde estará formado por contratos
    específicos con el horario banda entre las 15 y las 21 horas,
    de lunes a viernes, dedicados exclusivamente a labores comerciales.


    La
    Empresa podrá crear un Turno de Trabajo Partido para el
    Personal Administrativo, en jornada de lunes a viernes y dentro de la
    franja horaria entre las 9 y las 19 horas máximo, con
    flexibilidad de 30 minutos en la adaptación del horario a
    establecer (8’30/18’30 h.), se estará a su
    concreción dentro del pacto individual y por escrito, con
    intervención en el proceso de la Representación Legal
    de los Trabajadores, por un plazo máximo de un año (12
    meses), renovable expresamente, fijando un plus de jornada partida de
    1980 euros brutos anuales, pagaderos en 11 meses (se exceptúa
    de pago el periodo vacacional –que se fija a efectos de
    retribución en el mes de agosto-, los periodos de IT en cuyo
    caso no se devengará el mes o la parte proporcional no
    trabajada, y siempre que se falte al trabajo por la tarde, ya que se
    trata de un plus presencial), mas un vale de comida de 8 euros por
    cada día de asistencia al trabajo en el horario de tarde. En
    el periodo de julio y agosto, ambos inclusive, la jornada se prestará
    de forma continuada, en el horario banda entre las 8 y las 15 horas,
    pactando el mismo en el acuerdo escrito, para ajustarse al cómputo
    de la jornada anual máxima. En función del desarrollo
    de este apartado se estudiará la ampliación de la
    jornada continuada al periodo del 15-06 hasta el 15-09 de cada año.


    QUINTO.-
    Para atender los centros de trabajo en horario de jornada partida
    para actividades administrativas, la empresa podrá contar con
    empleados voluntarios o proceder a la contratación específica
    de nuevos trabajadores, bien en jornada continua o partida, o con
    jornada parcial o completa. Los nuevos trabajadores administrativos
    contratados estarán a lo pactado en el convenio colectivo,
    percibiendo el plus establecido para el turno partido del personal
    administrativo a partir de su permanencia en ese turno más de
    6 meses, fecha en la que empezará a devengarlo.


    La
    empresa no podrá modificar el tipo de jornada de trabajo de
    los contratos vigentes a la firma del presente documento, salvo
    acuerdo voluntario y por escrito entre las partes con intervención
    de la Representación Legal de los Trabajadores.


    El
    “plus de jornada partida” se revalorizará
    anualmente con el Índice General de Precios al Consumo,
    mientras que el importe del vale-comida será establecido por
    lo menos semestralmente en reunión conjunta de la empresa con
    la RLT, atendiendo al precio medio de los establecimientos de comidas
    del entorno del centro de trabajo, salvo pacto posterior entre las
    partes.


    SEXTO.-
    Se acuerda que la RLT, una vez firmado este documento, desistirá
    de los procedimientos iniciados sobre los derechos y conceptos
    expresados en punto primero del presente acuerdo. Igualmente se
    acuerda la renuncia a cualquier acción judicial o/y
    extrajudicial sobre los horarios de apertura y turnos de trabajo
    contemplados en los puntos anteriores de este documento así
    como en lo señalado en los calendarios laborales firmados por
    la RLT, siempre que en todos ellos se cumpla lo acordado.


    SÉPTIMO.-
    Mesas de Negociación:



    1.- Mesa de negociación
    sobre promoción, ascensos y adecuación profesional.


    Se
    constituirá la Mesa con participación de 4 personas por cada parte
    iniciándose los trabajos el 18 de Febrero de 2004 y terminará
    el 29 de Abril de 2004, pudiendo prorrogarse la duración por común
    acuerdo.



    2.- Mesa de negociación
    sobre sistemas de contratación y definición de funciones.


    Se
    constituirá la Mesa con participación de 4 personas por cada parte
    iniciándose los trabajos el 1 de Marzo de 2004 y terminará el
    17 de Mayo de 2004, pudiendo prorrogarse la duración por común
    acuerdo.



    3.- Mesa de negociación
    sobre Previsión Social Complementaria.


    Se
    constituirá la Mesa con participación de 4 personas por cada parte
    iniciándose los trabajos el 1 de Marzo de 2004 y terminará el
    18 de Junio de 2004, pudiendo prorrogarse la duración por común
    acuerdo.



    4.- Mesa de negociación
    sobre descuentos en Pólizas de Seguros de los Empleados.


    Se
    constituirá la Mesa con participación de 4 personas por cada parte
    iniciándose los trabajos el 1 de Marzo de 2004 y terminará el
    18 de Junio de 2004, pudiendo prorrogarse la duración por común
    acuerdo.


    OCTAVO
    Vinculación a la totalidad.


    Las
    condiciones del presente acuerdo forman un todo integral e
    indivisible y a efecto de su aplicación serán
    consideradas globalmente. Los acuerdos que se alcancen por el
    desarrollo de la negociación en cada una de las mesas creadas
    al efecto se trasladarán como anexo al texto del acuerdo,
    formando parte integrante del mismo.


    Conscientes
    las partes firmantes de la importancia de la buena relación
    laboral y social entre la Empresa y sus trabajadores, se comprometen
    a respetarlo y hacerlo respetar.


    En
    prueba de conformidad con su contenido, y una vez trasladado por la
    RLT a los trabajadores y obtenida su aceptación, firman las
    partes el presente acuerdo con eficacia general en el lugar y fecha
    indicados en este documento.


    Madrid
    a diez de febrero de dos mil cuatro.


    Por
    C.T.A.S. Por la RLT de C.T.A.S.











    José
    González Rodríguez Comité de Empresa



    Administrador Agrupación
    Centros de Madrid










    Comité
    de Empresa de Centro UTS Madrid











    Delegado
    de Personal de Ávila











    Delegado
    de Personal de Toledo







    VALORACIÓN POLÍTICA


    Después
    de casi tres años de incertidumbre, creada por los
    incumplimientos reiterados de la Empresa tanto del Convenio como de
    los acuerdos firmados con la RLT, y tras la iniciativa de la SSE de
    CC.OO., de denunciar el impago de las Mini-pagas y los Acuerdos
    Sociales, se abrió un proceso de negociación a primeros
    de diciembre pasado, que ha culminado con un acuerdo firmado el 10 de
    febrero de 2004.


    La
    participación de CC.OO. en la negociación ha sido
    determinante, pues ha permitido elevar las cantidades que en todos
    los conceptos planteaba la Empresa. Ha rechazado criterios
    discriminatorios e injustos que planteaban con respecto a las
    posibles Altas de Oficio o por sentencia judicial, respecto a los
    Responsables de Centro de Trabajo, respecto a trabajadores
    sancionados y respecto a las nuevas contrataciones.



    Hemos
    conseguido corregir desvíos en la aplicación de
    horarios y turnos de trabajo y se ha establecido, a propuesta de
    nuestra Sección Sindical, el método de trabajo que
    abordará inmediatamente los temas en las cuatro Mesas creadas
    al efecto, además de extender este racimo de condiciones a
    todos y cada uno de los trabajadores de la Empresa.



    Todo lo anterior
    demuestra la voluntad negociadora de CC.OO., su capacidad de conjugar
    soluciones y su firmeza en la defensa de los intereses de todos los
    trabajadores. Por fin todos los trabajadores de CTAS tendrán
    las mismas condiciones de trabajo que como mínimo establecen
    el Convenio y el Acuerdo ahora firmado.



    Y
    también todo lo anterior sirve para tirar por tierra y
    desmentir esas opiniones interesadas, que desde el anonimato y con el
    método del rumor malintencionado, han estado propagando
    durante meses e incluso años, que CC.OO. no tenía la
    más mínima intención de negociar, que sólo
    defendía las opiniones de los “antiguos”, que se
    olvidaba de las “Agencias Pequeñas”, que no tenía
    ningún interés por los trabajadores y trabajadoras del
    Departamento Comercial. Cuando lo cierto, y perfectamente
    constatable, es que CC.OO hemos trabajado en esta empresa desde hace
    28 años de manera ininterrumpida, con nuestro mejor criterio y
    nuestra mayor voluntad, en la defensa y mejora de las condiciones de
    todos los trabajadores y trabajadoras sin distinción.



    Desde
    mañana mismo, abordaremos el trabajo en las Mesas de
    Negociación para continuar esta labor, y continuaremos
    informando públicamente a todos. Pero también llamamos
    a todos los trabajadores y trabajadoras de la empresa a defender sus
    condiciones, pues estamos convencidos de que el mayor éxito de
    un acuerdo no es alcanzar la firma del mismo, sino que entre todos
    exijamos que se cumpla.


    Organízate
    con CC.OO. Afíliate



    Madrid, 11 de febrero de
    2004