Autor: Miquel Loriz

  • No hay posibilidad de acuerdo, la única solución la movilización

    Como estaba previsto y es procedente, el lunes 3 de mayo por la tarde tuvo lugar el acto de mediación previo al conflicto de huelga en el SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje ) siendo el resultado del mismo, lamentablemente, SIN ACUERDO.

    La
    imposibilidad de conseguir mediante el diálogo el desbloqueo
    de las negociaciones nos obliga a demostrar con la masiva
    participación de los trabajadores y trabajadoras en las
    movilizaciones, que las reivindicaciones que proponemos en la mesa de
    negociación son justas y que otro Convenio, distinto al que
    propone la patronal, es posible.



    A
    CC.OO nos parecen que las propuestas que ha hecho la patronal y que
    no ha modificado en el acto de mediación, no solo no recogen
    la problemática del sector y el espíritu de las
    reivindicaciones de nuestra plataforma sino, que pretenden rebajar
    derechos conseguidos ya en el anterior Convenio:




    • Subida
      del 2,6% de la masa salarial: no se ganaría poder
      adquisitivo.


    • Jornada
      efectiva anual, nuevo turno entre mañana y tarde o
      incremento de bandas horarias: la jornada quedaría
      absolutamente flexible y desregularizada y se
      haría
      imposible conciliar la vida familiar y laboral.


    • Plus
      de productividad, ligado al absentismo: ¿quién lo
      cobraría, si ni siquiera disponemos de datos fiables sobre
      el absentismo?. y
      sin analizar las causas objetivas que lo
      producen,




    En
    definitiva unas propuestas absolutamente inaceptables que no solo no
    mejoran algo nuestras condiciones sino que resultan regresivas con
    respecto a lo que ahora tenemos.


    Para
    CC.OO es irrenunciable la mejora del poder adquisitivo, con
    un incremento de las tablas salariales y pluses, y el
    establecimiento de una nueva paga extraordinaria; el aumento de la
    estabilidad en el empleo con la subrogación y
    el incremento de indefinidos, la reducción de la
    jornada tanto la irregular como en jornada anual y un verdadero
    desarrollo de la carrera profesional.


    Ahora
    es el momento de demostrar a la patronal que, al igual que en el
    anterior convenio, estamos dispuestos a luchar por seguir mejorando
    nuestras condiciones, ahora es el momento de demostrar con nuestra
    multitudinaria participación en las movilizaciones que vamos
    a obligarles a que nos escuchen, ahora es el momento de gritarles

    ¡¡ BASTA YA DE PRECARIEDAD!!

    SI TODOS PARTICIPAMOS PODEMOS CONSEGUIRLO

    ¡¡POR UN CONVENIO DIGNO, MOVILIZATE!!

    Calendario de movilizaciones de Mayo:

    • Paros parciales de una hora por turno los días
      viernes 14, lunes 17 y jueves 20: de 11 a 12 horas, de 18 a 19 horas y de
      24 a 01 horas (del día siguiente).
    • Paros parciales de 2 horas por turno los días
      jueves 27 y viernes 28: de 11 a 13 horas, de 18 a 20 horas y de 24 a 02 horas
      (del día siguiente).
    • Huelga General de 24 horas para el 9 de junio.


  • Protocolo de Igualdad de Oportunidades en Caixa Galicia

    El 26 de junio del 2001 se firmó el acta de creación de la Comisión de Igualdad de Oportunidades y Acoso Sexual , también se firmó un primer protocolo en materia de Igualdad de Oportunidades, con la firme intención de abundar en este tema. Ahora ambas partes acuerdan presentar un nuevo protocolo …


    INTRODUCCION

    El 26 de junio del 2001 se firmó el acta de creación
    de la Comisión de Igualdad de Oportunidades y Acoso
    Sexual
    entre la empresa y la representación sindical.

    En
    este acta también se firmó un primer protocolo en
    materia de Igualdad de Oportunidades, con la firme intención
    de abundar en este tema en siguientes fechas.

    Como
    resultado de las reuniones posteriores, ambas partes acuerdan
    presentar un nuevo protocolo, que no es más que el resultado
    de un avance sobre el primero.


    PROPUESTAS

    A.- Creación de la figura de la “Secretaría
    de la Comisión de Igualdad de Oportunidades
    “ que actuaría
    por delegación y en representación de la Comisión Paritaria,
    informando y proponiendo soluciones e iniciativas a la Comisión para
    que esta pueda negociar y decidir soluciones de los temas planteados y sus
    funciones serán, entre otras:

    1. Diagnosticar la situación de las/os trabajadoras/es en la empresa
      (foto de la realidad) en base a la información estadística
      que regularmente remite la empresa en cumplimiento del art. 64 del E.T.
    2. Detectar y proponer a la empresa medidas correctoras para las diferentes
      situaciones de discriminación que eventualmente se puedan producir,
      así como la creación de un cauce adecuado para recibir información
      sobre dichas situaciones.
    3. Identificar ámbitos prioritarios de actuación.
    4. Promover acciones de sensibilización .
    5. Seguimiento de las acciones positivas que en pro de la Igualdad de Oportunidades
      se lleven a cabo.
    6. Informar con transparencia a la plantilla sobre todas estas propuestas.

    B.- Las siguientes propuestas están clasificadas en los apartados
    de:

    1. CULTURA ORGANIZATIVA
    2. SELECCIÓN Y CONTRATACION DE PERSONAL
    3. FORMACION
    4. PROMOCION
    5. MEJORAS, INICIATIVAS EN MATERNIDAD/PATERNIDAD, CONCILIACION VIDA FAMILIAR
      Y LABORAL
    6. ACOSO SEXU
    7. INFORMACION



    1. CULTURA ORGANIZATIVA



    • Acordar aquellas medidas que sean necesarias para ir adaptando la organización
      a la cambiante realidad social, evitando criterios discriminatorios.



    • Para asegurar el principio general de igualdad de trato debe buscarse el
      equilibrio y la equiparación de ambos sexos.



    • Establecer medidas que faciliten la incorporación de la mujer a
      la actividad laboral.



    • Cuidar el lenguaje utilizando términos que no
      tengan connotaciones de género en todos los ámbitos.



    • Proponer medidas contra la segregación ocupacional.



    • La eliminación de complementos retributivos exclusivos que pueden
      conllevar efectos discriminatorios.



    • Proponer mejoras en la regulación de compatibilizar
      el trabajo con las responsabilidades familiares, introduciendo incentivos
      para que sean asumidas por los hombres y tratando de eliminar las posibilidades
      que conduzcan a la reproducción del papel tradicional de las mujeres
      en cuanto exclusivas destinatarias de dichas mejoras.



    • Traslados:


    Colaboración entre sindicatos y empresa.


    • Tener en cuenta
      como criterio en los traslados las situaciones familiares.



    • Otras



    1. SELECCIÓN Y CONTRATACION DE PERSONAL


    • Las
      ofertas de empleo y formularios de empleo no deben incluir
      contenidos discriminatorios.


    • Cuidar el lenguaje
      utilizando términos que no tengan connotaciones de género.



    1. FORMACION


    • Se
      facilitará la asistencia a los cursos a aquel centro de
      formación más cercano al domicilio o centro de
      trabajo.


    • Aprobar las
      solicitudes de permisos individuales de formación, sea ésta
      para el desarrollo profesional o personal, cumpliendo así la
      normativa de la FORCEM.



    1. PROMOCIÓN



    • Asegurar que el lenguaje utilizado tanto en las convocatorias de vacantes
      como en las pruebas objetivas y los contenidos de las mismas no contengan
      elementos de discriminación por razón de sexo.


    • Informar
      de la existencia de vacantes abiertas a la plantilla (salvo
      incorporaciones en funciones administrativas).



    1. MEJORAS, INICIATIVAS EN MATERNIDAD/PATERNIDAD, CONCILIACION VIDA
      LABORAL Y FAMILIAR.


    • Vigilar y efectuar
      seguimiento sobre el cumplimiento de la Ley de Conciliación
      de la vida laboral y familiar.


    • Alentar
      a los hombres a utilizar los mencionados permisos en la Ley como
      medio de creer y practicar la igualdad de oportunidades, mediante la
      proposición de las medidas necesarias.


    • Se
      establece la posibilidad de sustituir, a opción de la
      trabajadora y por entenderse como régimen más
      favorable, el sistema legalmente establecido de reducción de
      una hora de jornada por lactancia por un permiso de lactancia, de 15
      días laborables de duración, que la empleada
      solicitará a Recursos Humanos con una antelación
      mínima de u1 mes a la fecha de finalización de la baja
      por maternidad. Dicho permiso se disfrutará inmediatamente
      después de la baja por maternidad.


    • Asimismo, se
      concederá un permiso extraordinario de dos días, para
      la realización de trámites administrativos inherentes
      o correspondientes a los trámites de adopción de un
      menor, con independencia de los legalmente establecidos.


    1. ACOSO SEXUAL


    • Regulación
      del acoso sexual en el trabajo:


    • definiendo en que
      consiste la conducta.

    • establecimiento de
      un cauce de tramitación que garantice la protección de
      la intimidad tanto a la víctima como al denunciado.

    • previendo
      cauces a través de la movilidad funcional o geográfica
      al servicio de la víctima.



    1. INFORMACION


    • Informar y
      sensibilizar a toda la plantilla de la puesta en marcha de cualquier
      iniciativa relacionada con el Plan de Igualdad de Oportunidades, con
      el fin de que estén informados y se impliquen en él.


    • Informar
      específicamente a las mujeres sobre cualquier aspecto
      específico que tenga que ver con ellas, con el fin de
      implicarlas en cualquier proyecto que se inicie.



    1. P.R.L.

    Desde
    esta Comisión se propondrá a los miembros del Comité
    de Seguridad y Salud las medidas que, desde ese ámbito, se
    estimen recomendables para garantizar los principios de este
    protocolo.



    1. DISPOSICION FINAL

    Se
    incorporará al presente Protocolo aquellas disposiciones
    recogidas en otras reglamentaciones internas que afecten a las
    materias reguladas en el presente Protocolo.

    En
    aquellas Comunidades Autónomas en las que exista regulación
    legal sobre parejas de hecho, los derechos que tal regulación
    les conceda en las materias reguladas en el presente Protozoo les
    serán de aplicación.

    La
    existencia de la figura de “pareja de hecho” deberá,
    en todo caso, acreditarse mediante documento emitido por organismo
    correspondiente.

    En
    A Coruña, a 12 de marzo de 2004.

  • Acuerdo entre CC OO y SITEL Ibérica Telservices S.A. ante la adjudicación del nuevo contrato mercantil 11888

    Con este acuerdo se ha desconvocado la huelga prevista para los día 5, 6, 7. 8 y 9 de mayo. La empresa Sitel Ibérica mantenía la subcontrata del referido servicio de información 11888 desde el 1 de abril de 2003 y presentó comunicación de extinción de contrato a los más de 550 trabajadores/as que lo prestaban a finales del pasado mes de abril.

    Lo sorprendente era que la nueva adjudicataria había sido la misma empresa
    Sitel Ibérica con la única modificación de que había una parte del servicio
    que se va a prestar desde Barcelona (alrededor de 150-180 trabajadores/as).

    Ante esta situación se planteó un conflicto y mediación previa a la
    convocatoria de huelga en el Instituto Laboral de Madrid, que ha dado como
    resultado la firma del acuerdo adjunto.

    Se van a colocar en la nueva (misma) campaña en Madrid unos 420
    trabajadores/as, respetándosele la categoría, la antigüedad a efectos
    indemnizatorios y de promoción y la mayoría de los turnos y horarios,
    además de una indemnización de 8 días por año trabajado.

    Al resto de los trabajadores se les van a ofrecer una serie de alternativas
    de empleo: 50 puestos con contrato indefinido en otra empresa de
    telemarketing, 25-30 puestos en la misma campaña para finales de mayo, y el
    resto un compromiso de colocación antes del 31 de julio de 2004; además de
    unas indemnizaciones de 8 días para las dos primeras alternativas y 16 días
    para la tercera alternativa, que se vería incrementada en 8 días más si no
    son recolacados antes de la fecha prevista. Para todo aquel que no opte por
    ninguna de estas alternativas tiene la posibilidad de ser indemnizado con
    20 días por año trabajado.

    Texto del Acuerdo

    Un Saludo

    En Madrid, a 4 de mayo de 2004

    REUNIDOS:

    De una parte:

    SITEL IBÉRICA TELSERVICES, S.A.

    Dº. Francisco J. Ullate Martínez, Director de Recursos
    Humanos

    Dª. Pilar Ocaña Fernández, Jefe de Relaciones
    Laborales

    Y de otra,

    SECCIÓN SINDICAL DE COMISIONES OBRERAS

    Dª Carmen Menéndez García, y Dª Susana
    Latorre del Barrio

    Todas las partes reconociéndose mutua capacidad para
    obligarse,


    MANIFIESTAN:

    1.- Que con fecha 13 de abril de 2004, la empresa 11888 SCT, SA,
    comunicó a SITEL IBÉRICA TELESERVICES SA la
    finalización de la contrata para la prestación de los
    Servicios Telefónicos de Información con fecha de 9 de
    mayor próximo, contrato suscrito el 4 de abril de 2003.

    2.- Que la supresión de este servicio para la prestación
    de los Servicios Telefónicos de Información del 11888
    supone la extinción de las relaciones laborales de
    trabajadores con contrato de obra.

    3.- Que ambas partes muestran su preocupación por los
    traumáticos efectos de esa medida, por lo que consideran
    necesario, por una parte buscar una solución que minimice la
    pérdida de empleo en la Comunidad de Madrid, y por otra
    conservar las condiciones adquiridas en la anterior prestación
    laboral a las personas que puedan ser incorporadas al nuevo servicio.

    Es por ello, que ambas partes:

    ACUERDAN:


    • El 100% de la plantilla para el nuevo servicio 11888 será
      seleccionada entre todos los trabajadores que actualmente prestan
      sus servicios. El 80% de la misma será elegida por antigüedad
      y el 20% por criterios basados en la valoración del
      desempeño.


    • Todas las personas que queden incorporados al servicio, tras la
      firma del nuevo contrato, lo harán en las siguientes
      condiciones:

    1)- Alta en el nuevo contrato con fecha de 10 de mayo de 2004.

    2)- Indemnización de 8 días por año o la parte
    proporcional correspondiente al tiempo trabajado a abonar en el
    finiquito.

    3)- Reconocimiento de la categoría consolidada en el periodo
    anterior desde el primer día.

    4)- Reconocimiento del tiempo de servicio prestado en el periodo
    anterior a efectos de consolidación de categoría y
    promoción profesional.

    5)- Mantenimiento de los turnos actualmente existentes en la medida
    en que se pueda dar cobertura al servicio. Se tendrán en
    cuenta las preferencias de cada trabajador para el nuevo
    dimensionamiento y en caso de necesidad de ajustes debido a la
    disminución de la plantilla, se aplicará un sistema
    objetivo de readjudicación de turnos que será pactado
    con la Representación Laboral de los Trabajadores (R.L.T.),
    primando la experiencia y el tiempo de servicio.

    6)- Reconocimiento de la antigüedad en la campaña a
    efectos de promoción profesional y a efectos indemnizatorios
    (en el caso de concatenación de contratos por despido
    disciplinario).


    • Para aquellos trabajadores que no puedan incorporarse al nuevo
      servicio 11888 se plantearán las siguientes opciones:

    A)- 50 puestos de trabajo de inmediata incorporación según
    la oferta ya publicada en la plataforma (y que expresamente se anexa
    a este acuerdo). En este caso la Empresa Sitel Ibérica
    Teleservices SA abonaría 8 días por año
    trabajado o la parte proporcional correspondiente.

    B)- De 25 a 30 puestos de trabajo para el nuevo servicio 11888
    previstos para finales del mes de mayo. En este caso la Empresa Sitel
    Ibérica Teleservices SA abonaría 8 días por año
    trabajado o la parte proporcional correspondiente y procedería
    a la formalización de un nuevo contrato de trabajo en el que
    se aplicaría el reconocimiento de la categoría
    consolidada o el tiempo devengado a efectos de consolidación.

    C)- Incorporación a una bolsa de trabajo de aquellas personas
    que no hubieran optado por los supuestos A y B. En este caso
    recibirán una indemnización de 16 días por año
    trabajado o la parte proporcional correspondiente. O que habiendo
    optado por cualquiera de las anteriores opciones A ó B , y
    habiendo recibido los 8 días de indemnización
    mencionados, no hubiera podido materializarse por causa ajena a su
    voluntad; recibirían una indemnización equivalente a
    otros 8 días más por año trabajado o la parte
    proporcional correspondiente.

    Si se permanece en la bolsa, y pasados 3 meses (hasta el 31 de julio
    de 2004), no se recibe una oferta de trabajo en Sitel Ibérica
    Teleservices SA, de similares características al trabajo
    desempeñado en el 11888, la primera semana de agosto recibirán
    otros 8 días de indemnización, (tomando como fecha de
    finalización la de 9 de mayo de 2004) finalizando en ese
    momento el compromiso de recolocación de Sitel.

    En los supuestos B y C también se aplicaría el tiempo
    de prestación de servicios devengado a efectos de
    consolidación de categoría y promoción
    profesional.

    D)- Para aquellos trabajadores que no quieran optar por ninguno de
    los tres supuestos anteriores, se ofrecerá una indemnización
    equivalente a un traslado de centro de 20 días por año
    trabajado, o la parte proporcional en periodos inferiores.

    Todas aquellas personas que opten por cualquiera de los supuestos
    establecidos en el presente comunicado, deberá adquirir un
    compromiso individual, firme y por escrito, en el que se renuncie
    expresamente a interponer ningún tipo de reclamación
    judicial o extrajudicial contra Sitel por la extinción de la
    anterior relación laboral. Dicha manifestación ser
    comunicada a la empresa con tiempo suficiente para preparar los
    finiquitos correspondientes.

    Se entenderá que quedan excluidos del presente acuerdo, todos
    los trabajadores que no manifiesten expresamente su intención
    de aceptar cualquiera de las ofertas planteadas en la presente nota
    (tanto los integrantes de la nueva plantilla como 4 grupos expuestos
    en el apartado 2 del presente acuerdo).

    A la firma del presente acuerdo será invitada a adherirse la
    Sección Sindical de la Unión General de Trabajadores
    (UGT) en la empresa, en la continuación del acto de mediación
    aplazado, que tendrá lugar el próximo día 4 de
    mayo de 2004, en el Instituto Laboral de Madrid.


    Y PARA QUE ASÍ CONSTE, las partes intervinientes firman el
    presente Acuerdo.


    Por la empresa,

    Por la Sección Sindical de CC.OO, .

  • Despido Super Satisfacción. Regulación de empleo encubierta

    El banco ganará en el presente ejercicio 3.130 millones de Euros, según la previsión efectuada por Morgan Stanley. Para celebrarlo la entidad ha lanzado un nuevo producto «Despido Super Satisfacción» con el cual pretende poner en la calle a 700 trabajadores.

    Banco Santander: Despido Super Satisfacción

     Descárga el cartel
    de la Campaña
    (Versión para Imprimir en PDF)

    Descárgate el folleto
    Hay muchos despidos
    (PDF para imprimir – Dos caras)

    El SCH es una empresa socialmente irresponsable

    El banco ganará en el presente ejercicio 3.130 millones de Euros,
    según la previsión efectuada por Morgan Stanley.

    Para celebrarlo la entidad ha lanzado un nuevo producto «Despido
    Super Satisfacción» con el cual pretende poner en la calle
    a 700 trabajadores.

    «El ahorro de costes producido por esta medida nos permitirá
    financiar nuestra imagen de empresa socialmente responsable» han
    asegurado a este periódico fuentes del Banco.

    Todos los Sindicatos con representación en la empresa rechazan
    los despidos y recomiendan a los trabajadores que no accedan a negociar
    sus indemnizaciones. «El Banco pretende encubrir un expediente de
    regulación» afirma un portavoz sindical.

    Los sindicatos piden a los trabajadores que acudan acompañados
    por un delegado sindical a las reuniones a las que les citen el «equipo
    de despedidores» para evitar ser acosados, intimidados y humillados
    como les ha sucedido a algunos empleados que acudieron solos y hoy están
    despedidos

    I can’t get no satisfaction,
    I can’t get no satisfaction.
    ‘Cause I try and I try and I try and I try.
    I can’t get no, I can’t get no…

    Más información