Autor: Miquel Loriz

  • ¿Sabemos cuáles son nuestros derechos digitales como empleados?

    De  7.4.21 

    Se habla mucho de los derechos digitales de los empleados (teletrabajo, derecho a la desconexión, intimidad y protección de datos, etc.) y basándonos en la realidad actual deberíamos seguir perseverando en los avances al respecto. 

     

    Sin ir más lejos, hace unos días se denunciaba en la prensa que ciertas consultoras, bancos de inversión y grandes despachos de abogados aplican a sus trabajadores agotadoras jornadas laborales incluso extendidas al fin de semana, lo que supone una profunda falta de respeto a la desconexión digital y se traduce en una constante rotación de personal (Vid. noticia). Sin embargo, esto no es nuevo. Conviene recordar que la obligación de registro de jornada surgió como consecuencia de la demanda interpuesta por el sindicato CCOO contra Deutsche Bank ante los Tribunales nacionales (y luego comunitario) y que derivó en la aprobación del Real Decreto-ley 8/2019, de 8 de marzo, de medidas urgentes de protección social y de lucha contra la precariedad laboral en la jornada de trabajo. Así pues, gracias en parte a la resolución de este caso, podemos concluir que la incorporación progresiva de una carta de derechos digitales en la negociación colectiva podría, sin duda, servir de medida de refuerzo para el cumplimiento de las obligaciones laborales por parte de las empresas del siglo XXI. 

    Precisamente, en este escenario de pandemia y dificultad económica, la digitalización y sus implicaciones laborales se han interpretado como una oportunidad en algunos sectores específicos (emulando la cultura japonesa que considera la crisis como un momento decisivo para cambiar el camino) donde en consecuencia observamos la aprobación de convenios colectivos tan innovadores como el nuevo Convenio Colectivo de la Banca (BOE 30.3.2021). En éste la apuesta por la digitalización del sector es notoria a lo largo de todo el articulado puesto que no sólo se reconoce la carta de los derechos digitales a un grupo amplio de empleados (91.539 trabajadores) sino que, además, al quedar recogidos dichos derechos en el convenio colectivo, devienen vinculantes ya que se trata de un convenio colectivo de eficacia general. 

    En lo que respecta al teletrabajo, éste tiene un lugar destacado y se menciona un compendio de tecnología emergente que las empresas podrían utilizar tales como el recurso a los algoritmos, controles biométricos en sentido amplio (incluyendo el reconocimiento facial), monitorización remota para los teletrabajadores, entre otros. 

    Por otro lado, el convenio colectivo también trata el papel de la inteligencia artificial (IA) y se establece que debe complementar, no competir con los empleados, por lo que debería centrarse en la formación y el desarrollo de competencias digitales. Así pues, no resulta extraño que, siguiendo la Declaración sobre el Impacto de la Digitalización en el Empleo en el Sector Bancario de 30.11.2018, las empresas se comprometan a formar a su personal, en las competencias y habilidades digitales necesarias para afrontar la transformación digital facilitando su reconversión digital y la adaptación a los nuevos puestos de trabajo, lo que tiene como trasfondo la intención de evitar las brechas digitales al garantizar su empleabilidad (artículo 80.4 del Convenio). En esta línea, sería deseable la implicación de las instituciones públicas como en Noruega, donde el ministro digital ha presentado la nueva estrategia nacional para la IA, siendo una de sus iniciativas involucrar a los empleados para que tomen el curso en línea gratuito "Elementos de la IA".

    Así mismo, otra de las novedades más destacadas del Convenio Colectivo es el refuerzo del principio de transparencia (coincidiendo con la valoración del Prof. Eduardo Rojo) en tres direcciones. Primera: "En los procesos de transformación digital, las empresas informarán a la representación legal de los trabajadores sobre los cambios tecnológicos que vayan a producirse en las mismas, cuando éstos sean relevantes y puedan tener consecuencias significativas sobre el empleo y/o cambios sustanciales en las condiciones laborales" (artículo 79); Segunda: "Las empresas informarán a la representación legal de los trabajadores sobre el uso de la analítica de datos o los sistemas de inteligencia artificial cuando los procesos de toma de decisiones en materia de recursos humanos y relaciones laborales se basen, exclusivamente en modelos digitales sin intervención humana. Dicha información, como mínimo, abarcará los datos que nutren los algoritmos, la lógica de funcionamiento y la evaluación de los resultados" (artículo 80.2); Tercera: "La representación laboral de trabajadores recibirá la información relativa a las medidas de vigilancia y control sobre la actividad de las personas teletrabajadoras" (artículo 27.6).  

    Al igual que el registro de jornada ha supuesto una facilidad para verificar que se respeten los descansos de los trabajadores, los derechos de información reconocidos en materia de algoritmos arrojarán más luz sobre aquellas decisiones y procesos (por ejemplo, en materia de selección de personal, promociones, retribución del salario por objetivos) de forma que, al menos, puedan impugnarse si hay dudas sobre los criterios empleados o los resultados alcanzados. Sobre las implicaciones de los algoritmos en los procesos de selección de personal resultan muy interesantes las reflexiones y apuntes de los Profesores Ginés, Molina, Rivas y Todolí y también se debe mencionar la experiencia del III Convenio Colectivo de Puertos del Estado y Autoridades Portuarias (BOE 9.7.2019) comentada en mi entrada del blog donde se describe el algoritmo de distancia que utilizan para seleccionar personal. 

    Con este tipo de avances, la negociación colectiva española se sitúa en línea con otras experiencias pioneras como el caso belga donde el Acuerdo Colectivo de Trabajo núm. 39 de 13.12.1983 indica que: "Si el empleador ha decidido invertir en una nueva tecnología y si tiene consecuencias colectivas significativas en términos de empleo, organización del trabajo o condiciones de trabajo, debe, por un lado, proporcionar información escrita a más tardar tres meses antes de la introducción de la nueva tecnología y, por otro lado, realizar una consulta con los representantes de los trabajadores. Se debe proporcionar la siguiente información escrita: la naturaleza de la nueva tecnología; los factores económicos, financieros o técnicos que lo justifiquen; la naturaleza de las consecuencias sociales de esta tecnología y los períodos de aplicación de la nueva tecnologías". 

    En este campo, más recientemente nos encontramos con la Declaración de los agentes sociales europeos del sector de seguros sobre inteligencia artificial de 16.3.2021, que propone la incorporación del test del uso responsable que obligaría a las empresas a preguntarse: ¿logrará la  implementación de la inteligencia artificial mejorar las condiciones de trabajo y la satisfacción del consumidor de una manera ética y transparente, y sin pérdidas (desproporcionadas) de puestos de trabajo?

    De otra parte, en el Convenio Colectivo de la Banca se coloca el derecho a la desconexión como parte integrante del derecho a la salud de los empleados, lo cual merece una opinión positiva. Se opta por una redacción más protectora que va más allá de lo previsto en el artículo 88 de la Ley 3/2018, de 5 diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales, ordenando que deberá evitarse, salvo que se den las situaciones de urgencia estipuladas en el punto c), la realización de llamadas telefónicas, el envío de correos electrónicos o de mensajería de cualquier tipo fuera de la jornada laboral. A su vez, se huye de la expresión "fuerza mayor" como causa de "re-conexión" del trabajador y se logra concretar un poco más las excepciones: "Se considerará que concurren circunstancias excepcionales muy justificadas cuando se trate de supuestos que puedan suponer un grave riesgo hacia las personas o un potencial perjuicio Empresarial hacia el negocio, cuya urgencia requiera de la adopción de medidas especiales o respuestas inmediatas"

    En definitiva, las cláusulas descritas suponen una excelente guía y un ejemplo a seguir para el resto de los sectores de actividad. Con lo que sólo nos queda dar la enhorabuena a los negociadores por este resultado y por haber visto la oportunidad del avance. 

      Blog El Foro de Labos
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  • Empieza la negociación del procedimiento de modificacion sustancial de condiciones de trabajo en la empresa Amplifon

    Los días 6 y 7 de abril se ha celebrado reunión de la mesa negociadora del artículo 41 (modificación sustancial de las condiciones de trabajo) abierto por la empresa.

    Esta modaificación afectará a dos cuestiones importantes:

    • La unificación del sistema de variables, dado que existen varios sistemas en la actualidad y se quiere implantar en la empresa uno solo
    • Desarrollo de una carrera profesional para los audioprotesistas.

    La empresa ha planteado a la RLT su intención de que haya un único sistema de variable en la compañía y para eso su propuesta es que se aplique uno de los sistemas.

    Respecto a la carrera profesional propone un desarrollo de esta profesión donde se valore y reconozca  la experiencia de las personas que desempeñan estas funciones, todo ello evidentemente con la correspondencia oportuna con los convenios colectivos de aplicación en cada una de las provincias.

    La parte social valoramos positivamente que se quiera unificar los sistemas de variables y que se quiera hacer un desarrollo profesional, no obstante creemos que hay discrepancias importantes que hay que resolver:

    – Sobre la retribución variable, realizaremos una propuesta ya que el planteamiento de la empresa es el sistema que ahora mismo se aplica a menos plantilla y que creemos que no es realista, ni incentiva al personal que es el objetivo.

    – Sobre el desarrollo profesional, discrepamos del punto de partida, ya que entendemos que estos profesionales, que además requieren una titulación específica, no pueden estar encuadrados profesionalmente con la categoría de dependiente. En primer lugar se debe de adecuar la categoría que deben de tener y, una vez hecho podemos hablar del desarrollo profesional.

    Así mismo la empresa nos ha informado su intención de solicitar mañana en la audiencia nacional la suspensión del juicio que hay previsto, tras la demanda interpuesta por UGT y CCOO, porque entiende que está relacionado con este artículo 41.

    La parte social ha manifestado que la empresa está utilizando este procedimiento para retrasar un juicio que llevamos mucho tiempo esperando, y que si finalmente la audiencia nacional decide suspender el juicio va influir en el desarrollo de esta negociación.

    SEGUIREMOS INFORMANDO!!!

  • Crea tu tienda on-line con Prestashop. Formación gratuita subvencionada por el SEPE. 15 de abril

    Adquirir habilidades para abrir y gestionar una tienda en internet con el programa de código libre “prestashop”, así como de colocar sus categorías, productos, precios, imágenes, y establecer los transportistas y formas de envío y establecer los modos y pasarelas de pago. Curso on-line 15 de abril.  Más información e inscripción

    1. PRESTASHOP Y EL COMERCIO ELECTRÓNICO.

    1.1. Introducción a Prestashop y el concepto de comercio eléctronico.
    1.2. La tienda prestashop, primeros pasos (cómo la ve el cliente y cómo es su programa de gestión).

    2. TU TIENDA POR DENTRO (BACK OFFICE).

    2.1. Gestión de los productos y categorías.
    2.2. Transporte, transportistas, formas de envío y distribución por zonas.
    2.3. Los clientes y los pedidos.
    2.4. Medios de Pago. Empleados y estadísticas.

    3. TU TIENDA POR FUERA (FRONT OFFICE).
     

    3.1. Los módulos, Gestión, configuración,activación.
    3.2. Posición módulos en el Front Office ,personalización de la tienda.
    3.3. Los módulos más importantes. Consideraciones finales y cierre de curso.

     

  • Curso Nómina Plus. Gratuito subvencionado por el SEPE. Online 14 de abril

    Manejar la herramienta informática con el fin de confeccionar las nóminas, boletines de cotización, modelos de retención de Hacienda y los listados correspondientes. Teleformación 25 horas. Infórmate e inscríbete

    1. INTRODUCCIÓN A NOMINAPLUS.
    1.1 Descripción de la aplicación informática.
    1.2 Descripción del entorno gráfico y de los menús.
    1.3 Instalación del programa informático.
    1.4 Gestión de usuarios.
    2. TABLAS GENERALES.
    2.1 Delegaciones de Hacienda
    2.2 Bancos.
    2.3 Tablas de Seguridad Social.
    2.4 Tablas I.R.P.F.
    2.5 Tablas bonificaciones.
    2.6 Tablas epígrafes de accidentes.
    3. CONVENIOS COLECTIVOS.
    3.1 Datos convenio.
    3.2 Categorías.
    3.3 Paso de Datos.
    4. EMPRESAS.
    4.1 Añadir una empresa.
    4.2 Datos de la Nómina.
    5. TRABAJADORES.
    5.1 Alta de trabajadores.
    5.2 Datos personales/profesionales.
    5.3 Conceptos retributivos
    5.4 Cálculo del IRPF.
    5.5 Alta de incidencias
    5.6 Incapacidad temporal y maternidad.
    5.7 Absentismo, huelga y permisos.
    5.8 Horas extraordinarias.
    6. EL RECIBO DE SALARIOS.
    6.1 Incidencias.
    6.2 Cálculo de nóminas.
    6.3 Acumulados de nóminas.
    7. IMPRESOS OFICIALES.
    7.1 Impresos de Seguridad Social (TC/1, TC/2 y TC1/2).
    7.2 Modelos de Hacienda (110, 111 y 190).

    7.3 Certificado de Empresa.
    7.4 Certificado de retenciones.
    8. INFORMES GRÁFICOS.
    9. OTROS.
    9.1 Copias de Seguridad.
    9.2 Perfiles de usuarios y periféricos.
    9.3 Simulaciones.

  • Plan de Formación 2021-22. Comité Intercentros en Paradores

    En el día de hoy, hemos mantenido una reunión de la mesa de formación, en la que la empresa nos presentó las nuevas incorporaciones al departamento de Formación, una de las incorporación será el nuevo responsable, tanto de Igualdad como de Formación, en la reunión se hizo un repaso de las acciones formativas realizadas en este primer trimestre, y solicitamos la programación pendiente de ejecutar correspondiente al 2020. También quisimos desde la RLT manifestar al nuevo responsable lo siguiente: 

    Que somos conscientes de la situación por la que se está atravesando con motivo de la Pandemia, que esta RLT ha esperado porque entiende las dificultades que entrañaba hacer un cambio de sistema en la formación, al pasar de un sistema presencial al 100 por 100 , a un sistema telemático, con la adaptación de los temarios , acondicionamiento de aulas, y la falta de medios en los centros, una vez hechas estas apreciaciones queremos manifestar, que la formación de los trabajadores y trabajadoras de Paradores es clave para mejorar su empleabilidad, además de la competitividad de la empresa, pero esta sigue cayendo a nuestro parecer, en los mismos errores que en los anteriores planes, no siendo esta formación válida para la promoción y el desarrollo personal de los trabajadores y trabajadoras de la Red, esta frase os puede sonar de otros comunicados, pero es la reivindicación que año tras año le hacemos a la empresa, y seguimos como en años anteriores, si no contamos los cursos de Riesgos Laborales, y Manipulador de Alimentos, la escasez cursos que se realizan para la Promoción a las categorías superiores, cuando esta vez sí cabe tendría que ser una prioridad después del resultado de los exámenes de las habilitaciones, Criterios de selección de los participantes al plan de formación 2021-22: Tiene que quedar claro, el procedimiento que se establece a la hora de determinar los participantes de cada grupo formativo de cada Parador, La RLT, tiene que conocer el grado de accesibilidad de los trabajadores y trabajadoras a esta formación, saber si son informados de la formación que va a realizarse, y si pueden solicitarla individualmente, que se apuesta por los planes individuales de Formación (PIF), como los cursos que pudiesen contemplar la mesa.

    La empresa nos ha solicitado tres semanas para presentarnos en nuevo plan de formación adaptado a la nueva situación, que comprendería los cuatro últimos meses del 2021, y el año 2022. Con este compromiso ha concluido la reunión.

    SEGUIREMOS INFORMANDO…