Autor: Miquel Loriz

  • El Tribunal Supremo considera que el sistema de geolocalización de Telepizza no supera los criterios constitucionales ni legales

    El TS anula la decisión unilateral de Telepizza de implantar un sistema de geolocalización a través de los móviles propiedad de los trabajadores. El fallo del alto tribunal es la respuesta al recurso presentado por la empresa a la sentencia de la Audiencia Nacional motivada por el conflicto colectivo presentado por CCOO, que considera que se trata de "una sentencia importante y oportuna sobre el límite a las tácticas intrusivas en la intimidad de las personas trabajadoras”

    Las y los trabajadores de Telepizza definitivamente no tienen que poner a disposición de la empresa su teléfono móvil. El Tribunal Supremo en su sentencia 163/2021,ha desestimado el recurso de la empresa Telepizza y se ratifica en la sentencia ganada por CCOO y UGT, ante la Audiencia Nacional el pasado mes de enero del 2019. Por lo que anula la obligación de que los repartidores tengan que aportar su teléfono móvil para geolocalizar los pedidos de los clientes.

    Con esta sentencia del Supremo pone punto y final al conflicto colectivo que planteó CCOO Servicios para que la empresa fuese quien aportara las herramientas de trabajo, en este caso un teléfono móvil y la conexión de datos a internet,  para que con una aplicación desarrollada por la empresa el cliente pudiera geolocalizar su pedido en todo momento hasta que llegara a su domicilio.

    CCOO Servicios ha defendido desde el principio y así se lo ha trasladado a la empresa, que el proyecto Tracker y las condiciones contractuales aparejadas eran un abuso de derechos por parte de Telepizza, con la inclusión de cláusulas abusivas que hacían que el trabajador asumiese todos los riesgos empresariales. Dichas cláusulas no cumplían con la Ley de Protección de Datos, ni con el Convenio Colectivo y tampoco con el Estatuto de los Trabajadores. La compensación que se le daba a los repartidores era insuficiente y en el hecho de no tener el terminal móvil operativo y en condiciones optimas, suponía medidas disciplinarias no reguladas por convenio, que podían llegar al despido del propio trabajador.

    CCOO Servicios considera que el fallo del Supremo es “otra sentencia importante y oportuna, sobre el límite a las tácticas intrusivas en la intimidad de los trabajadores con el uso de teléfonos móviles, geolocalización, “propiedad de los medios de producción”, etc.”

    Asimismo, el sindicato quiere destacar la labor realizada por las y los delegados de Telepizza en defensa de los derechos y condiciones de trabajo de la plantilla. Una labor que está obligando a la empresa a cumplir el Convenio Colectivo.

    Sentencia Tribunal Supremo Telepizza

  • CCOO no firma el ERE en Imaginarium

    Ayer, 24 de febrero de 2021, se cerró el periodo de consultas del expediente de regulación de empleo en la empresa Imaginarium, periodo que se cerró con la  firma del acta final SIN ACUERDO

    En esta última reunión, la empresa nos comunica que la medida adoptada por la empresa, afecta a 101 contratos de trabajo, y al cierre  de todos los puntos de venta, excepto las tiendas de  Granada, Marbella, A Coruña, Zaragoza (Aragonia), Malaga (Ingenio).

    La empresa no asume el abono de la nómina del mes de febrero, ni el finiquito, ni la obligación indemnizatoria en el momento del despido, alegando  falta de liquidez.

    Asi mismo presentaron un plan de recolocación para los trabajadores y trabajadoras afectados por el ERE, y volvieron a insistir en el nuevo proyecto empresarial y las  principales cualidades que lo hacen ideal para conseguir socios y/o nuevos inversores, con la única intención de evitar la resolución judicial de apertura de la fase de liquidación.    

    La comisión negociadora, una vez analizada la documentación, el plan de viabilidad y oir las explicaciones realizadas por la empresa, no estamos de acuerdo en la  concurrencia de las causas que se alegan , y además, el plan de viabilidad  presentado y, ya lo habíamos manifestado con anterioridad  en reiteradas ocasiones, entendemos que no se garantiza el futuro de la empresa ya que, imponen grandes limitaciones para la continuidad de la actividad de la empresa e impacta de forma muy negativa con la decisión de cerrar prácticamente todas la tiendas.

    Por todos los motivos expuestos a lo largo de la negociación, la mesa negociadora por unanimidad ha decidido  la firma del acta SIN ACUERDO, insistimos que la empresa no es viable y que debería entrar en la fase de liquidación, evitando que las personas afectadas tengan que demostrar individualmente la existencia de impagos por parte de la empresa.

  • Reunión de la Comisión de Seguimiento del Plan de Igualdad de Apple

    El jueves día 18 se reunió la comisión de seguimiento del Plan de Igualdad de Apple Retail Spain que fue suscrito  el 28 de junio de 2017 con una vigencia de cinco años. El Plan integra un conjunto de medidas, protocolos, mejores prácticas y acciones con el objetivo de promover la igualdad y la diversidad.

    La Comisión de Seguimiento es la encargada de velar por el cumplimiento del contenido del Plan.  La Empresa debe de facilitar a la Comisión los datos anuales estadísticos en cuanto a género, edad, antigüedad y discapacidad.

    Los representantes de CCOO en la Comisión han presentado un informe que incluye una comparativa entre los datos que sustentaron el diagnóstico elaborado en 2016 y los datos aportados por la empresa relativos a 2020.

    De las comparativas expuestas concluimos que existe una progresión positiva en algunos de los objetivos acordados pero nos preocupa el escaso avance en invertir los datos negativos de representaciónón  femenina frente a la masculina de la plantilla.

    Las nuevas contrataciones efectuadas en 2020 han sido escasas pero el porcentaje entre hombres y mujeres arroja un incremento insuficiente hacia estas últimas que permita revertir su infrarepresentación antes de la finalizaciónón de la vigencia del Plan.

    Es preocupante tanto, el alto porcentaje de contratos a tiempo parcial existentes en la empresa, como el que estos sean ocupados mayoritariamente por mujeres.

    Para identificar aquellas áreas de mejora con el fin garantizar la excelencia en todos los aspectos CCOO ha  propuesto medidas que considera que deben  impulsar:

    • Promoción y fomento de vacantes a tiempo completo, dando oportunidad a las nuevas contrataciones, incluidas las femeninas.
    • Buscar fuentes de reclutamiento para captar el talento femenino, como por ejemplo cazatalentos
    • Organizar eventos de contratación en los que participen solamente mujeres con la participación de empleadas de diferentes posiciones. Buscar que estos eventos se hagan en centros o universidades donde se sabe que hay más representación femenina.

    Hemos recordado la necesidad que tienen todas las empresas de adaptarse a la nueva normativa vigente, en cuanto al seguimiento y evaluaciones de los planes de igualdad, y a la que en breve será de obligado cumplimiento, en materia retributiva

    Apple debe de incrementar su esfuerzo en materias de igualdad, diversidad e inclusión para que su personal se pueda sentir orgulloso de formar parte de una empresa que pone estos valores a un nivel muy alto.  CCOO seguirá trabajando para conseguirlo y por lo tanto, vamos a promover iniciativas que nos permita avanzar  en igualdad

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  • Reunión teletrabajo en Contact Center: De mal en peor

    Tal como os informamos en el último comunicado teníamos reunión el 22 de febrero sobre la compensación de gastos y el uso de medios en teletrabajo en el sector del Contact Center.

    La patronal pidió retrasarla para hoy, día 24. Su última oferta fue de 22 euros al mes, y hoy la han subido a 24 euros proporcionales a la jornada, o sea, si haces 20 horas serían 12 euros. La patronal aceptaría pagarlo desde el 13 de octubre, que es cuando entró en vigor el Real Decreto sobre teletrabajo. Pero para llegar a un acuerdo exigen que firmemos que nadie pueda reclamar cualquier pago desde que empezó la pandemia. Y dicen que es su última oferta, y que de aquí no se mueven.

    Desde CCOO, para tratar de desencallar la situación, hemos hecho una contraoferta: un pago de 35 euros al mes para personas trabajadoras que tengan entre 30 y 39 horas de contrato. Para las jornadas de menos de 30 horas sería un pago de 27 euros.

    Defendemos que la conexión a Internet se incluya dentro de los equipos que tiene que facilitar la empresa.

    Eso sí, no renunciamos a que nadie pueda reclamar la retroactividad desde marzo.

    Finalmente vamos a tener una última reunión el viernes a las 9:30 horas. Esperemos que la patronal recapacite. Os seguiremos informando.

    Teletrabajo contat center

  • La importancia de la actividad preventiva ante la actual crisis sanitaria

    La actual crisis sanitaria provocada por el COVID19 ha obligado a adaptar y concretar de forma continua diversas estrategias y medidas necesarias para mantener la vida cotidiana, la salud de las personas y la actividad económica de nuestro país.

    En tal sentido el compromiso de las personas trabajadoras y la intervención de las organizaciones sindicales así como de las empresas y organizaciones empresariales en las políticas de Prevención de Riesgos Laborales están siendo cruciales para mitigar el COVID19 en el entorno laboral y por ende, a nivel comunitario.

    Para ello los Servicios de Prevención Ajenos han sido llamados a colaborar con el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas y su asesoramiento, a través de todos y cada uno de sus profesionales, desde el inicio de la pandemia, ha sido esencial para controlar el COVID19 en el entorno laboral.

    Por consiguiente sus equipos sanitarios y técnicos han adaptado la actividad natural preventiva e implantado nuevas dinámicas y competencias tales como; evaluaciones de los trabajadores especialmente vulnerables y su nivel de riesgo al COVID19; colaborar en el estudio, manejo y seguimiento de casos y contactos estrechos ocurridos en la empresa; así como la investigación y análisis de los brotes; colaboración con la Administración en la gestión de la Incapacidad Temporal;  establecer medidas de carácter organizativo; medidas de protección colectiva y personal; formación e información; reconocimientos médicos a los trabajadores esenciales y no esenciales, etc. realizadas con el objetivo esencial de controlar y evitar los contagios en las empresas y salvaguardar así la salud de sus profesionales.

    Esta actuación ha sido y es posible gracias al personal Técnico, Sanitario, Administrativo, Informático, y a toda la plantilla que forma parte de los equipos multidisciplinares de los Servicios de Prevención Ajenos, que han abordado estos nuevos retos profesionales con perseverancia y compromiso.

    Esta crisis sanitaria ha puesto de relieve la importancia de potenciar y priorizar la Seguridad y Salud de las personas en el seno de las empresas y la necesidad de implementar estrategias y políticas preventivas adecuadas y efectivas que garanticen la salud, seguridad y bienestar de las personas trabajadoras.

    Las organizaciones empresariales y sindicales que conformamos el Observatorio Sectorial de los Servicios de Prevención Ajenos, confiamos en que dicha valoración no solo se mantenga en el tiempo como elemento primordial, sino que se fortalezca aún más y ocupe el lugar que debe en las empresas, integrándose como parte natural de cualquier proceso productivo.