Autor: Maite Uceda

  • Acuerdo en el ERE de BNP Paribas

    Tras semanas de duras negociaciones, por fin hemos alcanzado un Acuerdo para el anunciado Expediente de Regulación de Empleo.

    Si bien un E.R.E. tiene connotaciones negativas para los trabajadores, en este caso, va acompañado de un buen Acuerdo en el que se ha logrado rebajar el número de afectados en 5 personas (desde 44 iniciales hasta 39), priman las salidas por prejubilación y se reducen los despidos. Asimismo, la compensación económica está muy por encima de las condiciones establecidas por la Ley para estos casos .

    Las salidas serán escalonadas hasta el 30 de junio de 2.020.

    PREJUBILACIONES:

    Se podrán acoger todos los trabajadores que a 31/12/2018 tengan 57 años o más. La indemnización a percibir será del 80% del salario bruto de convenio.

    El número máximo de trabajadores que podrían acogerse ascendería a 32, reduciéndose, en ese caso, el número de despidos a 7.

    BAJAS INDEMNIZADAS

    Las bajas de trabajadores no prejubilables se indemnizarán con 37 días por año trabajado y un máximo de 33 mensualidades.

    A estas cantidades se añadirán: Prima por antigúedad, prima por categoría y prima por fidelidad ( 25 años o más en la empresa) , elevando las indemnizaciones por despido por encima de 45 días con máximo de 42 mensualidades (condiciones despido improcedente anterior a la Reforma Laboral de 2012).

    Compromiso de recolocación a través de una empresa de reconocido prestigio.

    OTROS ACUERDOS

    Se han pactado:
     

    1,- Aportaciones a Planes de Pensiones para los colectivos pre y post-80.

    2,- Mantenimiento de las condiciones de los préstamos hipotecarios y personales,

    3,- Indemnización pago único compensatoria de Beneficios Sociales.

    4,- Permanencia en Asociación de Empleados.

    COMISION DE SEGUIMIENTO

    Se constituirá una Comisión de Seguimiento para velar por el cumplimiento de lo establecido en el Acuerdo

    TRASPASO BANCA MARCH

    Para salvaguardar las condiciones laborales de los trabajadores traspasados a Banca March, se ha firmado un Acuerdo que establece garantías durante 3 años en caso de despido objetivo.

    La empresa publicará en Echonet el texto íntegro del Acuerdo.

  • CCOO presenta una ILP para modificar la nefasta Ley de libertad de horarios comerciales

    • Mañana martes, 6 de noviembre, a las 10 horas, en Lope de Vega, 38 (1ª planta)

    Mañana martes, 6 de noviembre, a las 10 horas, en la sede de CCOO de Madrid (Lope de Vega, 38, 1ª planta), el sindicato ofrecerá una rueda de prensa para informar de la ILP que va a presentar CCOO en la Asamblea de Madrid para modificar la Ley de libertad de horarios comerciales, que permite la apertura las 24 horas del día 365 días del año en la Comunidad de Madrid. El balance de esta norma, seis años después, es nefasto: no se ha creado empleo y se he generado más precariedad entre las plantillas, con cargas y ritmos de trabajo abusivos, incumplimientos del descanso semanal, prolongaciones de jornada y dificultades para conciliar la vida laboral y familiar, y la desaparición de muchos pequeños comercios, entre otras consecuencias.

    Intervendrán en la rueda de prensa:

    • Jaime Cedrún, secretario general de CCOO de Madrid
    • Miguel Periáñez, secretario general de la Federación de Servicios de CCOO de Madrid
    • José María Martínez, secretario general de la Federación estatal de Servicios de CCOO

    Ver octavilla con información sobre la Inciativa Legislativa Popular (ILP)

  • CCOO Firma el II Plan de Igualdad del Grupo Champion y el II Plan de Igualdad de Carrefour Hipermercados

    Estos planes, con una vigencia de 5 años, afectarán a 7.920 y 39.469 personas respectivamente.

    Contemplan medidas muy novedosas en materia de violencia de género, así como una estrategia para hacer efectiva la igualdad entre mujeres y hombres.

    FIRMA PLAN DE IGUALDADAmbos planes apuestan por emplear el Currículum ciego para la selección de personal y por cubrir vacantes a tiempo completo preferentemente con trabajadoras a tiempo parcial.

    Además, el texto implementa acciones positivas para incentivar la movilidad y el ascenso de las trabajadoras a puestos de trabajo y grupos profesionales en los que están subrepresentadas, incluyendo formación específica en habilidades directivas para la promoción a puestos de responsabilidad y de dirección.

    En materia de violencia de género, estos Planes contemplan la activación de todas las medidas pertinentes ante la existencia de indicios de violencia, aún cuando la víctima no tenga la condición legal de víctima de violencia de género. Se mejoran también todos los derechos laborales de las víctimas de violencia de género y estas tendrán derecho a una contratación indefinida.

    Por otro lado, el Plan garantizará la medidas necesarias dentro de la estructura salarial para asegurar que trabajos de igual valor, en los distintos grupos profesionales, tengan la misma retribución.

    En cuanto a conciliación, se aumentan las licencias, con la inclusión de una licencia no retribuida de hasta 15 días naturales después del permiso de paternidad, entre otras, y la posibilidad de unir las vacaciones al permiso de paternidad. Además, las parejas de hecho inscritas de manera oficial también podrán beneficiarse de las medidas del Plan.

    CCOO valora muy positivamente la firma de estos planes que introducen medidas muy novedosas para lograr la igual entre hombre y mujeres en la empresa y velará por su cumplimiento a través de la comisión de seguimiento.

    **El Plan de Igualdad de Grupo Champion lo componen las marcas de SUPERMERCADOS CHAMPION, S.A. y GRUP SUPECO-MAXOR, S.L., empresas dedicadas al comercio al por menor bajo la fórmula de Supermercados, Tiendas de Proximidad y Mini Hipermercados, que giran, en función del formato, bajo las enseñas de CARREFOUR MARKET, CARREFOUR EXPRESS, CARREFOUR CITY, CARREFOUR (Mini Hiper) y SUPECO. En España, el GRUPO CHAMPION cuenta con 113 Supermercados, 32 Tiendas de Proximidad, 20 Supecos y 21 Mini Hipermercados. Su plantilla media ronda las 7.920 personas.

    Por su parte, Carrefour Hipermercados se compone de Centro Comerciales Carrefour S.A., Carrefour Norte S.L. y Carrefour Navarra S.L. En España, Carrefour cuenta con 204 Hipermercados y 6 Mini Hipermercados.

  • CCOO mantiene su liderazgo en Bancofar

    • Trabajando por los derechos y el empleo

     Hoy 22 de octubre los trabajadores y trabajadoras de Bancofar han votado en las elecciones sindicales para elegir a tres delegados de personal. Con una participación superior al 90% nuestra candidatura ha sido respaldada por más del 97% de la plantilla.

    Desde su creación en 1964, Bancofar ha tenido como objetivo fundamental cubrir las necesidades financieras del sector farmacéutico, adecuándose a los diferentes cambios económicos y fiscales. En estos años ha conseguido ser una entidad para un gran número tanto de profesionales como de empresas del sector con los que se han establecido Convenios de Colaboración (Cooperativas Farmacéuticas y Colegios Oficiales de Farmacéuticos).

    Damos las gracias a todos los trabajadores que han confiado en nuestro candidato, que desde hoy ve renovado el compromiso adquirido con sus compañeros para seguir trabajando, con la misma ilusión y convicción, en la defensa de los derechos y las condiciones laborales de toda la plantilla, tal y como han demostrado desde que les otorgasteis vuestra confianza.

  • La Comisión Paritaria del ALEH acuerda proponer la ampliación de su ámbito funcional al reparto de comidas y bebidas a domicilio

    La Comisión Paritaria del  Acuerdo Laboral de Hostelería de  Ámbito Estatal  acuerda proponer la ampliación de su ámbito funcional la actividad del reparto de comidas y bebidas a domicilio  

    En el día de hoy, se ha reunido la Comisión Paritaria del Acuerdo Laboral de Hostelería de Ámbito Estatal (ALEH), compuesta por las patronales más representativas del sector de la Hostelería y los sindicatos CCOO y UGT, y han acordó proponer la inclusión (mención expresa) en el ámbito funcional del vigente ALEH, la actividad de reparto de comidas y bebidas, así como la de definir el puesto de trabajo de repartidor/a de comida y bebida, con su contenido profesional de ?participa en la distribución de comida y bebida, desde los establecimientos de preparación, elaboración y venta, a pie o mediante la utilización de vehículos ligeros o a motor, con la preceptiva licencia cuando esta sea necesaria, por cuenta del establecimiento principal de distribución o por encargo de cualquier otra empresa, de cualquier tipo, incluidas aquellas que operen a través o como plataformas digitales?.

    Una vez aprobado por la Comisión Paritaria del ALEH, para que todas las personas que trabajan en el reparto de comida a casas particulares, oficinas, etc., se consideren personal laboral del sector de la hostelería, con categoría de repartidor o repartidora a domicilio, vamos a ponernos a trabajar para incluir dicha cláusula en los convenios sectoriales correspondientes.

    A tal efecto se procederá a emplazar a la Comisión negociadora para que en su seno se modifique en dicho sentido lo dispuesto en el artículo 4 del ALEH V, para su registro, depósito y publicación en el Boletín Oficial del Estado,

    Desde CCOO valoramos positivamente la inclusión de la categoría en ALEH de los repartidores/as a domicilio, ya que hasta ahora estaban en un ?limbo legal?, y a partir de ahora van a tener reguladas sus funciones, esperamos que pronto todos y todas tengan su salario establecido en los convenios sectoriales, ya que para CCOO estos trabajadores y trabajadoras, pertenecen al régimen de la Seguridad Social, como trabajadores por cuenta ajena y no como ?falsos autónomos?, que es como los contratan ahora una parte de las plataformas digitales, que desde nuestro punto de vista están en fraude de ley,

    Así mismo, en la reunión, la representación sindical hemos expuesto a la patronal la necesidad de acometer, de manera prioritaria, la negociación de la regulación en el ALEH, de la subcontratación en el sector y sus efectos, con el fin de terminar con situaciones de explotación laboral y de competencia desleal entre empresas, que no aplican la normativa convencional del sector de Hostelería. La patronal ha manifestado que no está en disposición de abordar esta negociación hasta que el legislativo no se manifieste con las modificaciones en curso.

    Además, por parte de la representación sindical, hemos instado a las patronales a abrir la negociación en este ámbito sectorial estatal, de las materias de contratación, incluida la formativa, seguridad, salud laboral y formación profesional, con el fin de contar con nuevos capítulos en estas materias, antes del término de vigencia temporal del ALEH V. En este sentido si han manifestado su disposición a la negociación, así como a que se incluya el tema del carné profesional de hostelería.

    Por último, hemos emplazado a la representación empresarial, a acometer el desarrollo conjunto de estudios sobre la situación de las camareras de pisos, con el fin de regular su jubilación anticipada y establecer coeficientes reductores para facilitar la misma, entre otras condiciones. La patronal ha contestado que no está dispuesta a abordar ningún estudio que suponga reducir los coeficientes reductores para que ese colectivo se pueda beneficiar de la jubilación anticipada. Por nuestra parte lamentamos la falta de sensibilidad por parte de las empresas ya que las cargas de trabajo de las actividades que desarrollan las camareras de piso son las que producen situaciones de deterioro de la salud y son un colectivo que perfectamente podría ser beneficiario de estas medidas, que además serían beneficiosas no solamente para las personas, sino también para las empresas. Esperemos que tengan más sensibilidad a la hora de desarrollar los planes de prevención de riesgos laborales que obligatoriamente deben de contemplar las medidas para paliar los efectos de las cargas de trabajo y riesgos psicosociales.