Autor: Maite Uceda

  • Firmadas las tablas salariales de 2018 en el Convenio de Oficinas y Despachos de Madrid

    En la tarde de ayer, se han firmado las tablas salariales para 2018 del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid.

    La Comisión Negociadora del Convenio Colectivo del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos acordó ampliar la vigencia del Convenio a diciembre de 2018 y una subida del 2,5% para el 2018 con cláusula de revisión al alza con efecto retroactivo a 1 de enero de 2018.
    La ampliación del Convenio Colectivo en su vigencia, las modificaciones en materia de Comisión Paritaria y el cambio de sede de la misma fue publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el 5 de agosto de 2017.
    La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos ha firmado en el día de ayer, 24 de Enero de 2018, un incremento económico para el año 2018 consistente en un 2,50% (dos con cincuenta por ciento) sobre las tablas salariales de 2017.
    Este Acuerdo entrará en vigor y será de obligado cumplimento para las Empresas cuando sea publicado en BOCM.
    La tabla salarial tiene efecto retroactivo a 1 de enero de 2018 y por tanto se deberá aplicar abonando los correspondientes atrasos desde esa fecha.
  • Acuerdo alcanzado en la hostelería del aeropuerto Madrid-Barajas

    Celebrada
    asamblea de trabajadores en la tarde de ayer, queda ratificado por la mayoría de los trabajadores y trabajadoras de la hostelería del aeropuerto de Madrid-Barajas el
    preacuerdo alcanzado el día anterior en el Instituto Laboral de la Comunidad de Madrid. El acto de mediación y arbitraje por la convocatoria de huelga, ha resultado con avenencia entre las partes. Asimismo, el preacuerdo ha sido ampliamente explicado y debatido en la asamblea.

    El objetivo de la huelga para los próximos meses eran los siguientes:

    • La ampliación de las jornadas de 35 a 40 horas.
    • Que se cumplan todos los acuerdos en materia de ampliación de jornadas.
    • Un sistema salarial que demanda el conjunto de la plantilla, sin discriminaciones entre     trabajadores de la misma categoría.
    • Cumplimiento del requerimiento de la Inspección de Trabajo  de 17/07/2017.
    • Que se tomen medidas que garanticen la seguridad de los trabajadores.
    • Que se cumpla adecuadamente el pago del concepto denominado «Plus de Responsabilidad» en la categoría de Jefe de Partida.

    El acuerdo ratificado ayer en Asamblea de Trabajadores se firma en los siguientes términos:

    1.- La Empresa se compromete a transformar los contratos con jornada de 35 horas a contrato a tiempo completo. El plazo máximo para efectuar dicha transformación será la fecha de la finalización de la concesión.

    Así mismo la Empresa se compromete a no efectuar contrataciones con jornada de 35 horas salvo que concurriesen las causas de sustitución legalmente establecidas.

    (La forma en la que ampliarán dichas jornadas, queda recogida en el acuerdo y está a disposición de todos los trabajadores para su consulta).

    2.- La Empresa se compromete a cumplir el resto de acuerdos alcanzados con la representación legal de los trabajadores. De este modo tanto las jornadas de fin de semana, como las personas que fueron vetadas por empresa, verán ampliada su jornada.

    3.- Se creará una Comisión para negociar el actual sistema salarial y el pago de plus de responsabilidad de los Jefes de Partida. El próximo 8 de febrero tendrá lugar la primera reunión.

    Este acuerdo es un paso más en la recuperación de nuestros derechos y un paso adelante para un OBJETIVO primordial, un futuro decente para toda la plantilla.

    No bajamos la guardia compañeros. Continuamos en la lucha y daremos batalla siempre que la situación lo requiera.

    Esto es una carrera de fondo, no de velocidad y ganará quien más resistencia tenga.

  • CCOO gana las elecciones sindicales en Duero Pensiones

    Los trabajadores y trabajadoras de Duero Pensiones han votado hoy en las elecciones sindicales para elegir por primera vez un delegado de personal. Con un 100% de participación en este proceso, nuestro delegado ha sido mayoritariamente respaldado por sus compañeros.

    Duero Pensiones Entidad Gestora De Fondos De Pensiones, S. A. centra su actividad principal dentro de la siguiente categoría: Servicios de compra-venta, contratación de valores mobiliarios.

    Damos las gracias a todas las personas que han confiado en nuestro delegado que se   compromete a trabajar con ilusión y convicción en defender los derechos y las condiciones laborales de toda la plantilla. 

    Muchas gracias. 

  • Firmado el Convenio Colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid

    Firmado el Convenio Colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid

    En el día de hoy, 12 de enero de 2018, se ha procedido a la firma del Convenio Colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid, tras el preacuerdo alcanzado el pasado mes de diciembre.

    En él, se mantiene la redacción de todos los artículos del Convenio Colectivo anterior (con las modificaciones a las que se someta el mismo por cambio legislativo), excepto los que a continuación se relatan:

    VIGENCIA Y DURACIÓN

    El presente convenio entrará en vigor el día 1 de Enero de 2015 y se aplicará hasta el 31 de Diciembre de 2020,  con independencia de la fecha en que aparezca publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM). 

    MANTENIMIENTO DEL EMPLEO FIJO

    Los contratos de duración indefinida supondrán un 75% sobre el total de la media anual, añadiendo como contratos exceptuados de cómputo los contratos de relevo realizados en las empresas, como medida de fomento a los mismos.

    REVISIONES SALARIALES

    El presente convenio desplegará sus efectos económicos a partir del 1 de enero de 2017, según los siguientes parámetros:

    • Año 2017: Incremento salarial del 3% sobre las tablas del convenio de 2014 aplicable a todos los conceptos económicos (salariales y extrasalariales), con efectos retroactivos al 1/01/17, con las excepciones marcadas en la norma convencional (art. 5 y 23 del CC). Los atrasos, se abonarán en los dos meses siguientes a la firma del convenio, y en todo caso, un mes a partir de su publicación en el BOCM.
    • Año 2018: Incremento salarial del 2% sobre las tablas del  convenio de 2017, aplicable a todos los conceptos económicos (salariales y extrasalariales). Los atrasos se abonarán en los dos meses siguientes a la firma del convenio, y en todo caso, un mes a partir de su publicación en el BOCM.
    • Año 2019: Incremento salarial del 2% sobre las tablas del convenio de 2018, aplicable  a todos los conceptos económicos (salariales y extrasalariales).
    • Año 2020: Incremento salarial del 2% sobre las tablas del convenio de 2019, aplicable a todos los conceptos (salariales y extrasalariales).
    • Para los años 2015 y 2016 no existe revisión salarial, ni atrasos de convenio propiamente dichos ya que los efectos económicos del presente convenio son a partir del 2017. En compensación, aquellos trabajadores que a la firma del presente convenio permanecieran dados de alta en la empresa, y mantengan el salario establecido en tablas, durante el período temporal comprendido entre el 1 de enero de 2015 y el 31 de diciembre de 2016, percibirán la parte proporcional a la cantidad que resulte de aplicar el 1% sobre el salario base, plus transporte y manutención.

    Para el cálculo del indicado porcentaje del 1% se tendrá en cuenta, como máximo, el salario anual marcado en las tablas del convenio 2014 (salario base, plus transporte y manutención), así como la antigüedad consolidada (en su caso).

    El abono del 1% (abono único por los dos años 2015, 2016), no será consolidable, siendo un abono puntual y se podrá realizar desde la firma del convenio hasta máximo el 31-03-18.

    Disposición adicional: Dentro de las funciones de la Comisión Paritaria, y buscando la agilidad y dinamismo del Convenio Colectivo de Hospedaje de la Comunidad de Madrid , se dota a la Comisión Paritaria , como órgano interpretativo del convenio, para que pueda durante la vigencia del mismo , revisar el contenido de sus materias, y en caso de acuerdo , proponer actualizaciones de la norma convencional  y  modificaciones, que deberán ser ratificadas por la mesa negociadora del Convenio.
    Lo expuesto supone, la creación de una Comisión Paritaria Permanente que tendrá una composición y funcionamiento en iguales condiciones  a las actuales de la comisión paritaria cuya participación en la misma no generará crédito horario sindical adicional.

    A modo de petición inicial, por parte de la AEHM, UGT y CCOO, la Comisión Paritaria a través de la Comisión Paritaria Permanente o bien directamente, se compromete a hacer una redacción consensuada del artículo 28.1 del Convenio Colectivo  antes del 31/03/18.

    Por último decir que desde la Federación de Servicios de CCOO, valoramos positivamente este acuerdo, consideramos que tras el bloqueo del convenio de más de dos años y la intensa lucha con la patronal, hemos podido mejorar las condiciones económicas del sector de hospedaje, pero, hay que seguir con la lucha para el mantenimiento de los derechos y poder en un futuro próximo conseguir mejores condiciones para el sector.

    Gracias a todos los que habéis hecho que esto fuera posible, seguimos en la lucha.

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  • CCOO y UGT convocan nuevas movilizaciones y huelgas en la hostelería de los Aeropuertos Españoles

    Los sindicatos continuan las movilizaciones tras la masiva participación de las plantillas en la huelgas que han tenido lugar en los aeropuertos, con motivo de la falta de voluntad política de AENA de suspender los pliegos de condiciones que contemplan las divisiones de las concesiones por lotes de puntos de venta en los aeropuertos de Barcelona, Las Palmas de Gran Canarias y recientemente Málaga.

    CCOO y UGT han acordado convocar nuevas movilizaciones y huelga, realizando una ronda de asambleas con los trabajadores/as de los aeropuertos. movilizaciones que pueden incluir concentraciones ante sedes de AENA y una convocatoria de huelga de 24 horas coincidente con la Semana Santa.

    A sus vez ambas federaciones apoyan con concentraciones los paros parciales que han convocado en el aeropuerto de Madrid por los incumplimientos de los acuerdos pactados para los días 17 y 21 de enero, 8 y 9 de febrero, 23 y 28 de marzo y 27 y 30 de abril y las convocatorias de concentraciones y paros parciales en los principales aeropuertos españoles, que afectan a unos 3,500 trabajadores de la Hostelería de los principales aeropuertos españoles.

    Por lo tanto el objetivo de las movilizaciones es suspender las divisiones de los lotes y de las plantillas hasta que no se llegue a un acuerdo global, acuerdo que no ha sido posible por el afán recaudatorio disfrazado de defensa del interés de los usuarios y de mejora del servicio y la competitividad. 

    Desde los sindicatos estamos convencidos que el objetivo de AENA es hacerlo en otros aeropuertos, esto causaría sobre todo la pérdida de empleo, la inviabilidad de las concesiones e imponiéndose medidas como ERES, ERTES o modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo.
    En este sentido el objeto de las movilizaciones se concreta en los siguientes puntos:
    • – Oposición a la política de división de los lotes actuales en la hostelería de los Aeropuertos.
    • – Subrogación de todo el personal en el ámbito de la actividad de la hostelería y la restauración, en todos los supuestos de sucesión o sustitución de empresas.
    • – La aplicación obligatoria de los convenios sectoriales de hostelería y acuerdos de mejora a nivel de empresa en la restauración.
    • – Garantía de mantenimiento del nivel de empleo mientras dure la concesión.
    • – Compromiso de no externalización de servicios por parte de las adjudicatarias.
    • – Revisión de las condiciones económicas del concurso, en el caso de que la empresa adjudicataria presente pérdidas económicas, para asegurar la viabilidad de la concesión y eviten el recurso a medidas como ERES, ERTES etc. 
    UGT y CCOO exigimos a la empresa AENA la reconsideración de la política de licitación pública de los espacios de Hostelería aumentando el número de lotes, no solo por la creación de lotes nuevos, sino dividiendo los existentes ante las negativas consecuencias para el empleo y los derechos de los trabajadores y trabajadoras de la Hostelería precarizando sus condiciones de trabajo sociales y económicas.