Autor: Maite Uceda

  • Acuerdo de la Comisión Paritaria de Bingos de la Comunidad de Madrid

    El viernes 25 de mayo, CCOO, UGT y ASEJU (Asociación Empresarial de Personas y Entidades Dedicadas a la Gestión de Juegos Autorizados) suscriben y firman el siguiente acuerdo, alcanzado por unanimidad en reunión del pasado 22 de mayo de la Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Sector de Empresas Comercializadoras de Juegos Colectivos de Dinero y Azar.

    Dicho acuerdo recoge que:

    A la vista de distintas informaciones y noticias aparecidas recientemente en publicaciones del sector que perjudican la necesaria coexistencia de empresas y trabajadores, esta Comisión Paritaria en uso de sus legítimas funciones y después de un fructífero cambio de opiniones entre los representantes de las dos partes que constituyen la Comisión, han tomado por unanimidad en su reunión del lunes 22 de los corrientes, el siguiente:

    ACUERDO

    Toda divergencia que pueda existir sobre la actuación de empresas o trabajadores en el ámbito laboral que ponga en peligro la paz social habrá de ser previamente analizada y debatida en el seno de la Comisión Paritaria, y será en dicha reunión cuando se decidirá el camino a seguir y la decisión que finalmente se acuerde.

    Las partes pactan que estando en vigor los acuerdos de fechas 27 de abril de 2015 y 30 de diciembre de 2015 y el Convenio Colectivo de fecha 7 de septiembre de 2016, publicado en el BOCM el 12 de octubre de 2016y al amparo de ello se señala la incompatibilidad de dichos acuerdos con el hecho de proceder a realizarse despidos objetivos por causas económicas, tecnológicas o de producción, en base a la implantación del bingo dinámico, en la forma y condiciones que en dichos acuerdos se plasmaron por considerar esta Comisión que dicha modalidad de juego es precisamente la que podría acabar con la extinción de Contratos laborales que viene sufriendo nuestro sector de juego desde hace 18 arios de manera ininterrumpida.

    Se recuerda igualmente a todos los empresarios que tienen ubicados sus establecimientos de juegos colectivos de dinero y azar en esta Comunidad que los acuerdos de la Comisión Paritaria tienen el mismo valor que el propio Convenio y sabido es que las normas de éste son de obligatoria aplicación para la totalidad de las Empresas de nuestro sector radicadas en esta Comunidad Autónoma.

  • La plantilla de restauración de Presidencia del Gobierno cobra el dinero que se le adeudaba

    Gracias a presión ejercida con los paros realizados este mes de mayo, Ramiro Jaquete acaba de entregar a los trabajadores los justificantes de pago, por lo que queda desconvocada la cuarta jornada de huelga en el servicio de restauración de la Presidencia del Gobierno (Palacio de la Moncloa). La huelga se ha llevado acabo durante todos los viernes del mes de mayo.

    CCOO celebra que por fin los trabajadores hayan cobrado y lamenta que se tenga que llegar a esta situación, y que empresas como Ramiro Jaquete, a pesar de sus incumplimientos, tengan ?cobijo? desde las administraciones públicas.

    Nuevamente CCOO denuncia que este colectivo de trabajadores lleva sufriendo, desde más de un año y medio, la demora reiterada en los pagos de sus salarios. Asimismo, reitera y exige a la Administración que no consienta que las empresas concesionarias de estos servicios maltraten a sus trabajadores.

    Por todo ello, el sindicato exige el abono inmediato de los salarios en meses sucesivos y que se cumplan escrupulosamente con el Convenio Colectivo del sector, ya que de lo contrario se verán abocados a realizar nuevas movilizaciones de protesta.

  • Firmada la subida salarial del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos de la Comunidad de Madrid

    La Comisión Paritaria del Convenio Colectivo del Convenio Colectivo de Oficinas y Despachos ha firmado el día 19 de Mayo de 2017, un incremento económico para el año 2017 consistente en un 1,90% (uno con 90 por ciento) sobre las tablas salariales de 2016.
    Si a 31 de Diciembre de 2017 el IPC fuese superior al 1,90%, las tablas salariales sobre las que se negociará el incremento salarial de 2018 se calcularan incrementando sobre las tablas de 2016 el porcentaje resultante del IPC definitivo. 
     
    Este Acuerdo entrará en vigor y será de obligado cumplimento para las Empresas cuando sea publicado en BOCM. 
     
    La tabla salarial tiene efecto retroactivo a 1 de enero de 2017 y por tanto se deberá aplicar abonando los correspondientes atrasos desde esa fecha.

    Descargar tablas salariales 2017

  • Publicado en el BOCM el Convenio de Juego Gran Casino de Madrid

    El martes, 2 de mayo de 2017 se ha publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) el convenio colectivo de la empresa «Casino de Juego Gran Madrid, Sociedad
    Anónima» (centros de Torrelodones y paseo de Recoletos, números 37-41,
    de Madrid) (código número 28000452011983).

    RESOLUCIÓN de 23 de marzo de 2017, de la Dirección General de Trabajo de
    la Consejería de Economía, Empleo y Hacienda, sobre registro, depósito y publicación
    del convenio colectivo de la empresa «Casino de Juego Gran Madrid, Sociedad
    Anónima» (centros de Torrelodones y paseo de Recoletos, números 37-41,
    de Madrid) (código número 28000452011983).

    Descargar pdf convenio

  • Firmado importante Acuerdo Laboral de Horarios en BNP Paribas España

    CCOO ha firmado hoy un importante acuerdo con la
    dirección de BNP PARIBAS ESPAÑA que regula los horarios en todos los
    departamentos, centros de trabajo y red de oficinas, tras detectar que, desde
    el año 2002 y sin negociación alguna con la RLT, la entidad bancaria aplicaba
    en sus nuevas contrataciones de personal unos horarios al margen de los
    recogidos en el Convenio Colectivo de Banca.

    El horario en
    BNP Paribas España presentaba multitud de variaciones y casuísticas que daban
    como resultado una jornada laboral difícil de regular como consecuencia de la
    individualización de las relaciones laborales. No existía jornada de verano. Un
    sistema variopinto no acordado con la representación legal de los trabajadores
    en la que ni tan siquiera se reconocía el convenio colectivo de banca, que
    regula las condiciones laborales de todas las plantillas de banca en España y
    por tanto también a los trabajadores y trabajadoras en BNP Paribas España. 

    El nuevo acuerdo laboral de horarios
    regula lo siguiente 

     – Para los equipos de Operaciones,
    Organización, IT, Middle Office, Datamining y Customer Services y Funciones:

    Se implanta el horario de verano comprendido
    entre las dos últimas semanas de julio, todo agosto y la primera semana de
    septiembre con un horario intensivo de lunes a jueves de 8:30 a 15.30 horas y
    los viernes de 9:00 a 15:00 horas.

     El resto de meses el
    horario será de lunes a jueves de 9.00 a 18.00 horas, con una hora para la comida
    y los viernes de 9.00 a 15.00 horas. 

    – Para los equipos Comerciales, Producto,
    Servicios y Créditos:

    Se implanta el horario de verano comprendido
    entre las dos últimas semanas de julio, todo agosto y la primera semana de
    septiembre con un horario intensivo de lunes a jueves de 8.30 a 15.30 horas y los
    viernes de 9:00 a 15:00 horas.

    El resto de meses el
    horario será de lunes a jueves de 8.00/9.00 a 18.00 / 19.00 horas, con una /
    dos horas para la comida, sin exceder en ningún caso el computo horario diario
    y los viernes se alternarán los siguientes horarios; de 9.00 a 15.00 horas, uno
    de cada dos viernes se prestará servicio de 9.00 a 18.00 horas con una hora
    para comer.

    – Para
    los Asistentes Comerciales:

    Se implanta el horario
    de verano comprendido entre las dos últimas semanas de julio, todo agosto y la
    primera semana de septiembre con un horario intensivo de lunes a jueves de 8.30
    a 15.30 horas y los viernes de 9:00 a 15:00 horas.

    El resto de meses el
    horario será de lunes a jueves de 8.00/9.00 a 18.00 / 19.00 horas, con una /
    dos horas para la comida, sin exceder en ningún caso el computo horario diario
    y los viernes se alternarán los siguientes horarios; de 9.00 a 15.00 horas, uno
    de cada tres viernes se prestará servicio de 9.00 a 18.00 horas con una hora
    para comer. Además estos trabajadores recibirán un complemento de puesto de
    trabajo anual de 1.000 euros brutos, que se percibirá dividido en 12 pagas.

    Se incorporan medidas
    de flexibilidad horaria de carácter universal, sin necesidad de justificación,
    con el fin de mejorar la calidad de vida de las personas que trabajan en la
    entidad y facilitar la conciliación familiar.

    La medida consiste en
    la posibilidad de anticipar/retrasar el horario de entrada en ½ hora en la
    jornada de verano y viernes de todo el año y en 1 hora durante el resto del año
    y, anticipar/retrasar el horario de salida respectivamente. Los viernes sólo se
    podrá adelantar el horario.

    En CCOO somos plenamente conscientes que este acuerdo
    supone un importante avance en la articulación de la negociación colectiva con
    las Secciones Sindicales y en la eliminación de cualquier veleidad de
    individualizar el marco contractual de las plantillas.

    Un acuerdo que valoramos como un primer paso para
    continuar profundizando en la interlocución y para situar a la entidad en la
    vanguardia de las relaciones laborales.

    Acuerdo horarios en BNP