Autor: Maite Uceda

  • CCOO denuncia el incumplimiento unilateral de la empresa Food Delivery Brands Telepizza sobre los incentivos de reparto

    Este miércoles, 26 de febrero, CCOO se ha reunido en el comité intercentros con la dirección de la empresa Food Delivery Brands Telepizza para denunciar el incumplimiento unilateral por parte de la empresa han descubierto, sobre los acuerdos correspondientes al personal de reparto en materia de incentivos económicos por reparto.

    CCOO pone en antecedentes, con motivo de la firma del último convenio colectivo (año 2022 a 2024) de aplicación a Food Delivery Brands Telepizza, las empresas estaban obligadas a adecuar las nominas de todas su plantillas. En reunión del comité intercentros con la dirección de la empresa del pasado mes de junio 2022, Telepizza manifestó lo siguiente:

    "Las personas trabajadoras que realicen tareas de reparto continuarán percibiendo los incentivos que tienen establecidos, percibiendo en todas las tiendas una cantidad mínima de 0,2700 euros por reparto. Dicha cuantía podrá ser en algunos casos algo superior en atención a las circunstancias específicas que afectan al propio reparto tales como área de influencia, población atendida etc"

    Pues bien, hemos descubierto que la Food Delivery Brands Telepizza, le ha quitado a las y los repartidores este incentivo, un derecho laboral de la plantilla consolidado, sin información previa a las tiendas y las personas afectadas, sin justificación alguna y lo que es peor, sin contar con el derecho legal de información y consulta que tenemos los representantes legales de las personas trabajadoras (RLPT sindical) en artículo 64 del Estatuto de los trabajadores, ante el órgano de representación estatal Comité intercentros.

    En la reunión de hoy le hemos pedido explicaciones a Food Delivery Brands Telepizza, frente a este ataque hacia una parte de la plantilla, como son el personal de reparto y ha reconocido lo siguiente:

    • Que a la plantilla con antigüedad no se le ha tocado ni quitado el incentivo.
    • Que a las personas trabajadoras que venían subrogadas de franquicias se les ha respetado sus condiciones laborales, y franquicias con Rengonsa Business y QSR North no pagaban este incentivo.
    • Que a las personas trabajadoras de nueva contratación si se lo han quitado.

    Ante semejante respuesta de Food Delivery Brands Telepizza, hemos manifestado nuestro total desacuerdo ante esta decisión unilateral ilegal por parte de la empresa y hemos exigido que se abone los incentivos de reparto a todo el personal afectado, manteniendo sus derechos y condiciones de trabajo sin perjuicio alguno.

    La empresa ha manifestado, que lo va hacer, van a abonar todas las cantidades y los incluirán en la nomina en un concepto aparte, pero que necesitan ver con más tiempo este tema por motivos económicos y nos emplazan a una reunión ordinaria el próximo día 27 de marzo para darnos datos económicos y plantearnos propuestas ante la situación económica que atraviesa la empresa.

    Por tanto, si eres personal de reparto, ya sea con antigüedad, subrogado o de nueva contratación, descarga en el portal del empleado todas tus nóminas y revisa desde el mes de septiembre del 2024 hasta febrero del 2015 todas ellas y si el "PLUS DE CANTIDAD Y CALIDAD DE TRABAJO" no lo tienes en nómina, ponte en contacto con CCOO para que te ayudemos a calcular la cantidad total y compruebes que la empresa te lo paga completo y tal y como nos han confirmado hoy en la reunión.

    Descargar COMUNICADO (pdf)

  • Nueva reunión de negociación del Convenio colectivo de Merchan

    El 25 de febrero de 2025, se ha celebadro nueva reunión para la negociación del Convenio colectivo de las empresas de Servicios de campo, para actividades de Reposición y servicios de Marketing operacional (Merchan), donde la patronal nos ha hecho llegar propuesta.
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    La patronal propone:

    Ámbito temporal (art. 4): Proponen el mantenimiento expreso de la vigencia del Convenio hasta su sustitución por uno nuevo.

    • La parte social aceptamos esta modificación para evitar la pérdida de derechos de las plantillas.
       

    Contrato de Circunstancias de la Producción (Art. 15): Ampliación de los contratos a 10 meses en lugar de 9 meses que es lo que la Ley estipula.

    • Hemos solicita que esta ampliación sea exclusivamente para periodos y fechas concretas como: Navidad, Black Friday etc., siempre condicionando el resto de contenido del convenio. (Nos harán llegar un texto para valorarlo)

    Contrato Fijo Discontinuo (Art. 20): Aportan nueva propuesta de texto que incluye regulación de los Fijos Discontinuos a tiempo parcial con reducción de días en preavisos, incorporando un nuevo apartado donde se incluye la no aplicación de los plazos por causas excepcionales.

    • Hemos acordado que la parte social enviaremos un nuevo texto, ya que encontramos que el redactado propuesto deja a criterio subjetivo las causas de no aplicación de los preavisos, sin poder tener control de su carácter excepcional.

    Subrogación (Art. 31): La patronal no acepta la propuesta sindical de cambiar el concepto de "servicio" por el de "unidad productiva autónoma" (UPA).

    • Excedencia voluntaria temporal con reserva de puesto (propuesta de texto)
       

      • No aceptamos el redactado propuesto por la patronal. Haremos un nuevo redactado

    Sobre el resto de puntos tratados: Valoración propuesta sindical en materia LGTBI, actualización del artículo 41 (Formación), tratamiento de uniformidad etc y Salud Laboral, haremos valoración y nuevas propuestas en la próxima reunión que ha quedado fijada para el próximo 2 de abril, donde también hablaremos de Salario y Jornada.

    Seguiremos informando

  • Acuerdo en el SIMA para proceder al cobro del incentivo en HM

    El 24 de febrero tuvo lugar una reunión extraordinaria para tratar de dar solución al tema del cobro del incentivo por el apoyo puntual de personas trabajadoras en otras tiendas.

    Según lo acordado, y estudiar las propuestas que se habían compartido con la empresa por la parte social, en este punto, la empresa nos traslada que han valorado dichas propuestas y como resultado a partir del 01 de marzo de 2025, esta será la forma en la que se proceda:

    • Si la tienda/s a la que pertenece la persona trabajadora, (su centro de coste), consigue el objetivo para el cobro del incentivo, entonces Sí o Sí la persona trabajadora recibirá ese incentivo.
    • Si la tienda/s en la que está prestando sus servicios de forma puntual consigue el objetivo para el cobro del incentivo, entonces la persona trabajadora recibirá la parte proporcional del tiempo en el que haya estado o esté realizado ese apoyo.
    • Si ambas tiendas consiguen el objetivo (tanto su centro de coste como en dónde está realizado el support), entonces la persona trabajadora cobrará el incentivo total, ya que prevalecerá siempre su centro de coste por encima de los centros a los que está prestando apoyo.

    Todo esto se recogerá en un anexo que se añadirá al acuerdo SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje).

    La parte social valora positivamente la colaboración y comunicación con la empresa para dar salida a todos los temas que afecten y sean importantes para las personas trabajadoras.

    Gracias por vuestra confianza os mantendremos informados/as.
     

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  • La Federación de Servicios de CCOO Castilla y León elige a su nuevo secretario general

    La Federación de Servicios de CCOO Castilla y León elige a su nuevo secretario general

    En el día de hoy, 24 de febrero de 2025, se ha celebrado el 4º Congreso de la Federación de Servicios de CCOO de Castilla y León donde se ha sido elegido como nuevo secretario general, José Ignacio Gutiérrez Román.

    Este Congreso es la culminación del proceso desarrollado durante las últimas semanas, en las diferentes provincias, para elegir a los responsables y equipos de trabajo de la organización y establecer los retos y objetivos para los próximos 4 años.

    Durante el desarrollo de la jornada, el nuevo secretario general ha presentado la línea estratégica que la organización llevará a cabo durante el próximo mandato, así como a las y los miembros de la nueva ejecutiva autonómica:

    • José Ignacio Gutiérrez; secretario general.
    • Cristina Miguel; secretaria de organización y finanzas.
    • Javier Cuevas; secretario de acción sindical y desarrollo sectorial.
    • Berta Fernández; secretaria de mujer e igualdad.
    • Teodoro Antolín; secretario de afiliación y elecciones sindicales.

    Gutiérrez Román, afiliado a Comisiones Obreras en el año 2001 ha realizado, principalmente, su actividad sindical en el sector de supermercados, ocupando diversos cargos sindicales y compatibilizando dichas responsabilidades con cargos orgánicos dentro de la Federación desde el pasado mandato.

    Además, asistió una representación al Congreso desde Comisiones Obreras Castilla y León, con Vicente Andrés Granado, secretario general de CCOO Castilla y León, y desde la Federación Servicios de CCOO, José María Martínez, secretario general.

    CCOO Servicios Castilla y León continúa, así, con su compromiso y defensa de los derechos laborales de las personas trabajadoras de la comunidad autónoma.

  • CCOO presenta su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio de Seguros y Mutuas

    • En la segunda reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Seguros, Reaseguros y Mutuas, celebrada hoy 24/02, CCOO ha presentado su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio.

    Desde CCOO, tras hacer un breve balance del anterior convenio 2020-2024, hemos presentado ante las organizaciones empresariales (UNESPA, AMAT, ASECORE y CEM) nuestras propuestas para el nuevo convenio con el objetivo de mejorar y mantener las condiciones de las plantillas del sector.

     

    Limitar la externalización de actividades

    •  Ámbito funcional: 
      Limitar la externalización de actividades propias del sector y garantizar desde la empresa principal que, en caso de subcontratación, se apliquen las condiciones del Convenio de Seguros y Mutuas.
       

    4 años de vigencia

    •  Ámbito temporal: 
      4 años de vigencia y fijando la ultraactividad indefinida del convenio 
       

    Incremento garantizado sin absorción

    •  Compensación y absorción: 
      Establecer limitaciones a la compensación y absorción, garantizando incrementos salariales netos para toda la plantilla

    Mejorar nivel mínimo de acceso (GIII N8), acortar acceso a Grupo II y otras mejoras

    •  Clasificación Profesional: 
      • Eliminación del Grupo IV Nivel 9 (G-III N-8 nivel mínimo de acceso).
      • 2 años máximo en el Grupo III Nivel 8 para acceder al Grupo II.
      • Definición de puestos de trabajo del Grupo III Nivel 7
      • Incluir labores de atención al público en las funciones del Grupo II
      • Inclusión en sistema de clasificación de los puestos de los Servicios de Prevención Propios (SPP), obligatorios en empresas > 500 trab.

    Convocar plazas Nivel 4

    •  Ascensos y Promociones: 
      Convocar obligatoriamente cada 2 años plazas del Nivel 4 

    Cumplir la desconexión digital

    •  Desconexión digital: 
      Dejar registrado el uso de todos los equipos y herramientas, con el fin de analizar la posible actividad laboral más allá de los límites de jornada.

    Garantías en procesos transformación digital y uso de la IA

    •  Transformación Digital y uso de la IA: 
      • Formación  procesos  de transformación  digital  o competencias digitales: Se realizará siempre en horario laboral o será compensada.
      • Información expresa a la RLPT sobre el uso de IA en procesos de formación o evaluación de competencias.

    Teletrabajo como derecho conciliación

    •  Trabajo a distancia: 
      Consideración del teletrabajo como un derecho de conciliación para las personas trabajadoras

    Formación: Potenciar participación y realización dentro de la jornada laboral

    •  Formación: 
      • Garantizar participación de la plantilla en la formación vinculada a su puesto de trabajo.
      • Incrementar tiempo de formación a 30 horas, dentro del cómputo de jornada máxima anual (10 para desarrollo profesional), aumentando la formación presencial dentro de la jornada de trabajo.
      • Impulsar acuerdos sobre Formación y mecanismos mediación.
      • Comisión Paritaria de Formación en empresas de >150 trabajad.

    Traslados

    •  Compensación por Traslados: 
      Incrementar compensación de 4 a 6 mensualidades ordinarias

    Salarios:16% fijo mínimo, Revisión PIB/IPC, 17.000€ Salario mínimo sector

    •  Retribuciones:  
      • Incremento salarial fijo mínimo del 16% para los 4 años de vigencia, para recuperar poder adquisitivo tras los años de aumento del IPC.
      • Adicionalmente, cláusula de revisión salarial con efecto retroactivo en función de la evolución del PIB y el IPC
      • Alcanzar un Salario mínimo sectorial en tablas de 17.000€

    Otros aspectos retributivos: C. Experiencia, Retribución Variable, Dietas y km, Compensación comida

    •  Complemento por Experiencia: 
      No compensación ni absorción del importe al pasar del Grupo II al Grupo I
    •  Sistemas de Retribución Variable: 
      Introducción en Convenio de criterios objetivos, no discriminatorios y medibles, vinculados a la marcha del Sector y de la empresa.
    •  Dietas y Gastos de Locomoción: 
      Actualización de los importes de dietas y gastos de locomoción
    •  Compensación por Comida: 
      Aumento a 15,00 € diarios en 2025, con módulos de incremento anual de 0,50€ para los años sucesivos de convenio (15,50€ – 16,00€ – 16,50€).

    Tiempo de trabajo: Negociar reducción paulatina de jornada hacia las 35H

    •  Jornada Laboral: 
      Compromiso de negociar la reducción paulatina de la jornada anual desde 1.692 a 1.598 horas (35 h. semanales) una vez se apruebe en el Congreso la reducción de la jornada máxima legal a 1.712,5 h. (37,5 h. semanales).

       Plus de Turnicidad:  Incrementar al 30%
       Plus de Nocturnidad:  Incrementar al 25% y al 50% para noches especiales.
       Guardias Localizadas  (Disponibilidad e Interv.): Regulación+compensación

       Vacaciones:  Garantizar disfrute días adicionales >60 años hasta jubilación 

    Permisos: Adaptar a legislación y jurisprudencia. Mejora permiso fallecimiento y consulta médica

    •  Permisos: 
      • Adaptación a cambios RDL 5/2023 y a art. 37.3.g ET y 37.3.g.bis ET
      • 3 meses desde el deceso para utilización permiso h/ 1 mes sin sueldo por fallecimiento conyuge, pareja hecho o parientes h/ 2° grado.
      • No recuperación de horas en permisos por asuntos particulares, cuando se use para acudir a consulta médica (propia o acompañando a cónyuge, pareja hecho, familiar 1er grado o dependientes).
      • Cómputo de permisos en días laborables conforme jurisprudencia TS.

    Mejorar Seguro Aportación

    •  Seguro de aportación definida: 
      • Aumentar porcentaje de aportación anual al 3%
      • Posibilidad de implantar Plan de Pensiones sectorial

    Evaluar riesgos psicosociales y prevenir catástrofes

    •  Igualdad de Oportunidades:
      • Obligación de justificar en Registro salarial diferencias de promedio de retribuciones entre sexos superiores al 5%
      • Acoso sexual y por razón de sexo: Protocolo en artículo 97 específico.
      • Información a la RLPT sobre las solicitudes de adaptación de la jornada laboral por razón de conciliación (art. 34.8 ET) y su resolución.

    Medidas LGTBI y adaptar a cambios legislativos

    •  Inclusión de nuevo artículo: 
      • Medidas para la igualdad y no discriminación personas LGTBI (RD 1026/24)
      • Adaptación del texto del convenio colectivo a los cambios legislativos

     

    Peculiaridades MUTUAS Colaboradoras con la Seg. Soc.

    Nueva Tabla salarial y revisión automática retribuciones

    •  Retribucion es
      • Nueva tabla salarial de referencia para el personal de las Mutuas que refleje la realidad salarial de aplicación.
      • Sistema de revisión salarial anual automático de retribuciones básicas, en función de los incrementos de masa salarial previstos.

    Personal turno de tarde

    •  Turnos: 
      Extender a personal turno de tarde la prioridad para ocupar vacante en el turno de día (actualmente establecida solo para personal turno de noche)

    Adaptar y actualizar la Clasificación Profesional

    •  Clasificación Profesional: 
      • Adaptar definiciones clasificación profesional al Marco Español de Cualificaciones y al catálogo de títulos de Formación Profesional
      • Rectificar Anexo 2 Área sanit.: Incluir Médico/a residente en Grupo I
      • Adaptar titulación univ. a RD 822/21: Grado, Máster y Doctorado

    Desarrollo profesional personal sanitario

    •  Carrera Profesional: 
      • Obligación de instaurar Sistema negociado de desarrollo profesional para el personal sanitario, dando cumplimiento a la Ley 44/2003.
      • Comité evaluador sectorial para homogeneizar criterios evaluación.

    Indemnidad conflicto deontológico

    •  Garantía de Indemnidad por conflicto deontológico o profesional: 
      Fijar en convenio la nulidad de las acciones disciplinarias con origen en conflictos por diferencias de criterio técnico-profesional o deontológico.

    Observatorio sectorial específico Mutuas

    •  Observatorio Sectorial de Mutuas Colaboradoras con la Seg. Soc.: 
      Constitución Observatorio Sectorial específico de Mutuas como foro estable de diálogo social sobre materias específicas del sector (análisis realidad, impacto sobre relaciones laborales de su consideración como Sector Público Estatal, diseño de estrategias conjuntas, etc.).

     

    Puedes leer la Plataforma completa de CCOO haciendo clic en este enlace

    En próximos comunicados os detallaremos las pretensiones patronales, además de seguir informando puntualmente sobre esta negociación.

    Puedes hacernos llegar tus dudas o comentarios

    Descargar COMUNICADO (pdf)