Autor: Seccion Sindical BMN

  • PLAN DE PENSIONES PLANTILLA BMN

    REUNIÓN DE MESA LABORAL EN BMN 8 de noviembre (II)

    ADAPTACIÓN DE FECHAS EN LAS APORTACIONES A LOS PLANES DE PENSIONES A PARTIR DEL 01/01/2018

    En
    materia de previsión social complementaria, se ha tomado el acuerdo de
    modificación de fecha de las aportaciones derivadas del régimen de
    aportación definida de jubilación. 

    A
    partir de 2018, año en el que se reactivan las aportaciones empresariales al
    Plan de Empleo en BMN, se realizarán por trimestres vencidos, el 5º día hábil
    de los meses de enero, abril, julio y octubre de cada año. La primera
    aportación, por tanto, correspondiente al primer trimestre de 2018 se realizará
    a primeros de abril, en la misma fecha en la que está programada en Bankia.

    Recordemos
    que el devengo de la aportación al Plan de Empleo es diario y que la base anual
    de aportaciones -salario pensionable- se sigue calculando y realizando sobre
    los conceptos de salario base y antigüedad multiplicados por 20,5. 

    CCOO firmó
    con la Dirección de BMN (Acuerdo Laboral de 28/05/2015) que, a partir del
    01/01/2018, el banco aportará al plan de pensiones individual de las personas
    que conforman la plantilla de BMN, el 5% del salario pensionable
    (salario base y antigüedad) por 20,5 pagas anuales, con un mínimo de 735,42
    euros anuales.

    Comunicado en PDF

  • MIFID II

    REUNIÓN
    DE MESA LABORAL EN BMN 8 de noviembre (I)

    ACUERDO DE 7 DÍAS DE LIBRANZA POR LA FORMACIÓN MIFID EN 2017

    Tras el
    acuerdo, en sede de la Fundación Tripartita, alcanzado en solitario por CCOO el
    día 2 de noviembre con la Dirección, que obligaba a BMN a negociar
    compensaciones para las personas en formación MIFID,
     y ante la cita
    del próximo día 14 en la Inspección de Trabajo por la demanda interpuesta
    igualmente por CCOO, el pasado miércoles se firmaba un acuerdo para 2017 en los
    siguientes términos:

     

    1.-
    Quienes hayan realizado el programa de asesoramiento financiero, conforme
    establece MIFID II, impartido a través de BMN (ADITIO y CECABANK) en el año
    2017, disfrutarán dos días de permiso en el año 2017
    y cuatro días de permiso en 2018
    . Adicionalmente, por la
    realización del examen en sábado, se disfrutará de un día adicional
    de permiso
    , a disfrutar en 2018, aunque se haya presentado a más de una
    convocatoria.

    2.-
    Quienes hayan realizado la formación impartida a través de BMN y obtenido la
    acreditación EFA, percibirán 2 días de
    permiso, a disfrutar: 1 día en 2017 y 1 día en 2018.

    Asimismo, BMN asumirá
    los costes de renovación del certificado desde el 01/01/2017
    , tanto de
    la formación impartida por BMN referida a los puntos 1 y 2 anteriores, como la
    de aquellas personas que han obtenido la acreditación EFA y han tenido que
    proceder a la renovación de la misma en el año 2017, siempre y cuando continúen
    desempeñando funciones que requieran tener la referida certificación.

    A las
    puertas de Bankia y sin las demandas de CCOO ante la
    Fundación Tripartita y la Inspección de Trabajo, nada se hubiera
    conseguido para este colectivo de personas
     en formación Mifid durante
    2017. La pasividad manifiesta del resto de la representación sindical, había
    puesto en riesgo cualquier tipo de acuerdo en BMN antes de su desaparición,
    como debilitada la capacidad de un mejor acuerdo, que CCOO en
    Bankia defenderá como primer sindicato
    .


    Extracto del Acta de la
    sesión del 02/11/2017 en la Fundación Tripartita:

    ?Acuerdo
    alcanzado entre Banco Mare Nostrum y la Sección Sindical CCOO en relación a la
    discrepancia del expediente 20/2017:

    BMN se
    compromete a reabrir Mesa Laboral para negociar, entre otras, esta materia con
    toda la representación laboral.

    CCOO
    acepta esta vía de resolución siempre y cuando se convoque en el plazo máximo
    de un mes.

    El motivo
    del informe desfavorable de CCOO es la ausencia de consideración como tiempo de
    trabajo efectivo de la formación MIFID y de compensaciones.

    Dicho
    informe es el único que tenemos constancia que se ha remitido a la Fundación en
    relación al Plan de Formación de la Entidad.

    CCOO, como
    posición de parte, solicita que se contemple la compensación para el personal
    que realice la formación MIFID en los términos pactados en Bankia.?

    Comunicado en PDF

  • MIFID II

    BMN ACEPTA LA NEGOCIACIÓN A TIEMPO

    En sede de la Fundación Estatal para el Empleo (FUNDAE) y en sesión paritaria para tratar las discrepancias manifestadas el pasado mes de Febrero por CCOO al Programa de Formación de BMN para 2017, la Dirección ha solicitado hoy un aplazamiento de esta sesión para convocar Mesa Laboral con la totalidad de la representación sindical, con la finalidad de alcanzar un acuerdo de compensaciones al conjunto de la plantilla que durante 2017 se examine para la acreditación MIFID.

    CCOO , ante esta apertura de negociación, ha aceptado dicho aplazamiento con el objetivo de alcanzar un acuerdo este mismo mes de noviembre. Además, en la sesión de hoy hemos solicitado a la empresa que las compensaciones se sitúen en la línea de lo pactado en Bankia.

  • REGISTRO DE JORNADA

    LA CAMPAÑA DE CCOO CONTRA LAS PROLONGACIONES DE
    JORNADA DA LOS PRIMEROS FRUTOS:

    EL PSOE PRESENTA UNA PROPOSICIÓN DE LEY PARA OBLIGAR A LAS EMPRESAS AL
    REGISTRO DIARIO DE LA JORNADA

    El pasado 13 de septiembre nos reunimos ?a
    petición suya- con el Grupo Parlamentario Socialista puesto que habían tenido
    conocimiento, tanto a través de nuestros comunicados como por diversas noticias
    aparecidas en los medios de comunicación, que en el sector financiero se vienen
    realizando un sinfín de horas extraordinarias que, al no ser reconocidas como
    tales por las direcciones de los bancos frenan la creación de varios miles de
    puestos de trabajo y que tampoco se compensan ni se abonan a las personas que
    las realizan, por lo que, además, ante la consiguiente falta de cotización de
    las mismas a la Seguridad Social, nos hallaríamos ante una situación de
    presunto fraude.

    El pasado martes, 17 de octubre, el pleno del
    Congreso admitió a trámite una proposición de ley del PSOE con el objetivo de
    modificar el artículo 34 del Estatuto de los Trabajadores, para obligar a las
    empresas a llevar un registro diario de la jornada de cada persona trabajadora.

    Recordemos que, tras nuestra constante
    presión sindical mediante denuncias, movilizaciones, comunicados a los medios,
    etcétera, junto con una primera sentencia de la Audiencia Nacional  de 4 de diciembre de 2015 favorable a la
    implantación del registro diario de la jornada, las patronales AEB y CECA nos
    convocaron a las mesas de Convenio para negociar la implantación de un sistema
    de registro de la jornada a nivel sectorial.

    Cuando el Tribunal Supremo, en su sentencia
    de 23 de marzo de 2017 y en otra posterior de 20 de abril de 2017, eximió de
    esa obligación a las empresas, AEB y CECA dieron abruptamente por terminada la
    negociación, dejando en evidencia que su voluntad negociadora era, en realidad,
    nula.

    Además de la acción sindical, que CCOO
    seguimos desarrollando para combatir la lacra de las prolongaciones de jornada,
    se hace imprescindible también que la ley de carta de naturaleza a lo que
    parece más que evidente: no se puede saber si se han realizado o no horas
    extraordinarias si no se registra diariamente la jornada de cada persona. Por
    eso valoramos muy positivamente la iniciativa del PSOE así como la de todos
    aquellos grupos parlamentarios que la apoyen y que esperamos acabe llegando a
    buen puerto, mediante la modificación del Estatuto de los Trabajadores en los términos
    que plantea la proposición de ley.

    19 de octubre de 2017

  • IGUALDAD

    ACLARACIONES
    A LA REDUCCIÓN DE JORNADA DEL PLAN DE IGUALDAD DE BMN


    El Plan
    de Igualdad de BMN recoge que las personas con necesidades de reducción de
    jornada por cuidado de un menor de 12 años o dependiente a su cargo, no tendrá
    el límite de 1/8 de reducción que establece el Estatuto de los Trabajadores, lo
    que permite cubrir una conciliación de menor coste.

    Sin
    embargo, el Acuerdo no recoge que dichas reducciones puedan
    tener la misma garantía jurídica a efectos de cotización a la Seguridad Social
    que se establece para las reducciones entre 1/8 y la mitad de la jornada
    laboral; o lo que es lo mismo, tener garantizado, sin reducción alguna, el
    100% de las cotizaciones a la Seguridad Social.
       

    Para ello, CCOO ha
    dirigido consulta por Registro General a la Dirección de BMN para encontrar una
    respuesta aclaratoria, satisfactoria o no, pero que despeje dudas a
    las personas interesadas.

    Por
    tanto, si RRHH de BMN no lo certifica o tiene respuesta negativa de la Administración
    a la consulta, si la hace, la persona quedará en el periodo de reducción con
    una ?infracotización? respecto a su salario completo, nadie
    se la complementará para prestaciones futuras
     y el sentido que tiene
    la ley se desvirtúa, ya que no sólo verá reducido su salario, sino que a
    futuro tendrá una merma en sus bases de cotización, penalizando
    así las posibles prestaciones.

    CCOO te
    recomienda
     que, antes de solicitar una reducción de jornada inferior a
    1/8 de la misma, la empresa te asegure si, a efectos de bases de cotización, la
    SS va a tomar el 100% de tu salario real sin reducción. De no ser así, deberás limitarte,
    por seguridad jurídica, a reducir tu jornada entre 1/8 y la mitad de la misma,
    tal y como indica el Estatuto de los Trabajadores.

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