Autor: Oscar Sanchez

  • Texto del Convenio Colectivo de Grandes Almacenes 2021-2022

    La vigencia general del presente Convenio se iniciará a partir de primero de enero de 2021, finalizando el 31 de diciembre de 2022 salvo para las materias que tengan una vigencia específica expresada en el propio Convenio. 

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    Los efectos económicos de las tablas salariales entrarán en vigor el primero de enero de 2021, salvo disposición expresa contenida en el propio Convenio.

    La denuncia del Convenio Colectivo, o de la parte que se pretenda revisar al término de su vigencia parcial, se efectuará de conformidad con el artículo 89 del Estatuto de los Trabajadores, debiendo notificarse la misma con un plazo mínimo de quince días antes de la finalización de su vigencia.

    De conformidad con lo previsto en el artículo 86.3 del Estatuto de los Trabajadores, si en el período de negociación no se alcanzase un acuerdo las partes someterán sus diferencias a una mediación dentro de los procedimientos voluntarios previstos en el VI ASAC, o acuerdo que lo sustituya en los términos revistos en el artículo 88 de este Convenio. 

  • Nota 4. Medidas laborales frente al cierre y/o limitación de actividad

    Después de varias reuniones desde CCOO como primera opción: Apostamos por la aplicación de medidas ya recogidas en los distintos acuerdos actualmente vigentes (convenio colectivo, MSCT 2018, Estatuto de los Trabajadores), para contrarrestar cualquier tipo de medida que pudiera perjudicar directamente en el empleo de los trabajadores como una suspensión de empleo temporal ó que pudiera repercutir en una merma salarial, máxime en estas fechas.

    CCOO durante la negociación a dado sentido a la interpretación y orden de las posibles medidas de aplicación, para evitar en cualquier caso la posibilidad de interpretación creativa por alguno de los centros de afectación.

    CCOO consigue por tanto que el ámbito de afectación esté totalmente limitado a aquellos centros que se encuentren en zonas de afectación, por limitaciones horarias, de movilidad, confinamiento y venta limitada de artículos no esenciales, siendo la afectación limitada únicamente a estos periodos y aquellos sectores en los que incida directamente la aplicación legal de las Comunidades Autónomas en cuanto a las restricciones.

    CCOO garantiza dentro del acuerdo de orden de medidas, el cobro de incentivos para aquellos trabajadores de los sectores afectados, que aunque no llegarán a los objetivos marcados sector/sección, si llegarán a los objetivos marcados total centro, dejando constancia por escrito de estos términos en el propio acuerdo.

    CCOO asegura que ninguna de las aplicaciones será extensible a los trabajadores exceptuados de la aplicación del acuerdo MSCT 2018, incluyendo las concreciones horarias por guarda legal, además de limitar la utilización de la medida ¨cambio de centro¨ como última medida de aplicación, garantizando las condiciones de horarios y jornadas del trabajador del centro de origen

    Hoy CCOO tras modificar contenidos en: el ámbito de afectación, la limitación de la contratación temporal, el alcance de la polivalencia, así como mejorar la posición del colectivo de trabajadores en situación de reducción de jornada por motivos de guarda legal, frente a la medida de cambio de centro respecto, llegamos a la aprobación del Acuerdo de orden y aplicación de medidas.

    Una vez más CCOO, demuestra la exigencia y la altura sindical que dentro de los acuerdos nos permita gobernar los innumerables cambios y retos, actuando para avanzar junto a las plantillas de Hipermercados Carrefour, minimizando el impacto y mejorando otros aspectos de la negociación.

    Resumen de las medidas pincha Aquí 

  • MEDIDAS LABORALES FRENTE AL CIERRE Y/O LIMITACIÓN DE ACTIVIDAD.

    NOTA 3, MEDIDAS LABORALES FRENTE AL CIERRE Y/O LIMITACIÓN DE ACTIVIDAD. 25/11/2020

    En el día de ayer se realizaron en relación al único punto del día dos reuniones, una junto a la representación de Hipermercados en Comisión sindical y otra junto a Supermercados en el formato de Mesa de Diálogo Social.

    Dentro del único punto de ambas reuniones, ¨Medidas laborales frente al cierre y/o limitación de actividad¨. La Dirección expone detalladamente su propuesta de texto de medidas de flexibilidad, dentro de las medidas en cuanto a condiciones de trabajo que podría modificar, estableciendo un orden de prioridades de aplicación para paliar el impacto negativo que podría producir la posibilidad de cierre y/o limitación de actividad impuesta por las distintas Autonomías.

     

     

    CCOO EXPONE: Las medidas a aplicar no estarán en ningún caso fuera de de los acuerdos que actualmente son válidos por la empresa y la representación sindical.

    CCOO ANALIZA uno por uno los puntos aportados por la Dirección, tanto en competencia, objetivos, afectación, limitaciones, medidas de flexibilidad, etc., realizando aportaciones y modificaciones a la propuesta inicial, así como el orden de aplicación, la modificación unilateral y/o la preferencia,  (Prelación, Ius Variandi).

    CCOO A la vez incluye las aportaciones realizadas a la confección documental de una única propuesta generada por el órgano de la comisión para Hipermercados y mesa de diálogo Social en el caso de Supermercados.

     

    CCOO RECUERDA A LAS PLANTILLAS QUE LA DIRECCIÓN DE LA EMPRESA:

    NO APLICARÁ NINGUNA MEDIDA QUE SUPONGA LA SUSPENSIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE NINGÚN TRABAJADOR DEL GRUPO CARREFOUR ESPAÑA IMPULSANDO Y CREYENDO FIRMEMENTE EN EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO ESTRUCTURAL DE LAS PLANTILLAS Y PODER ADQUISITIVO DE LAS PLANTILLAS, siendo conscientes de la incertidumbre y complejidad actual, con las distintas aplicaciones y escenarios distintos por Comunidad autónoma en cuanto a movilidad y restricciones horarias, con circunstancias de aplicación y desescalada muy distintas entre sí.

     

    DESDE CCOO ESPERAMOS QUE, las posturas aún bien diferenciadas lleguen a un entendimiento en el transcurso de la negociación, incluyendo la totalidad de las aportaciones realizadas por la comisión en Hipermercados y la mesa de Diálogo Social de Supermercados.

     

    CCOO GOBIERNA LOS CAMBIOS ACTUANDO PARA AVANZAR.

     

    PASE LO QUE PASE, EN CCOO TE INFORMAMOS, PROTEGEMOS Y DEFENDEMOS

  • 21 de noviembre, Nota 2 «Reunión Grupo CCOO Carrefour»

    Reunión extraordinaria de carácter urgente, realizada junto a la comisión de Hipermercados y la Dirección de Grupo Carrefour encabezada por Jullien Veyrier (Director Nacional RRHH GRUPO CARREFOUR).

    UNA VEZ MÁS CCOO GOBIERNA LOS CAMBIOS ACTUANDO PARA AVANZAR.

     

    La intervención de CCOO en el día de ayer (20/11/2020) ante las posibles pretensiones de una suspensión temporal de empleo para los trabajadores de la “No Alimentación” de nuestro Grupo han causado su efecto, las últimas 24 horas han sido decisivas para llevar a la empresa a reconsiderar la probable aplicación y retroceder en sus pretensiones iniciales, como bien sabéis SOMOS Y REPRESENTAMOS AL PRIMER SINDICATO DE ESTE PAÍS, ninguna organización se acerca ni de lejos a la capacidad negociadora y profesional de CCOO, en el caso de nuestro Grupo Carrefour, no solo con argumentos fiables, datos, fórmulas de aplicación y un largo etc. de puntos aportados para impedir la suspensión temporal, también con nuestro peso en España y Europa, como a nivel de Grupo Europeo, lo hemos conseguido, lideramos y gobernamos, como arma válida la negociación colectiva y el diálogo social, junto a otras que como la movilización nunca se descartaron.

     

    EN ESTE CONTEXTO HOY EN MENCIONADA REUNIÓN CON CARÁCTER DE URGENCIA, LA DIRECCIÓN DE GRUPO EN PALABRAS DE NUESTRO DIRECTOR NACIONAL RRHH DE GRUPO CARREFOUR ESPAÑA, JULIEN VEYRIER, NO APLICARÁ NINGUNA MEDIDA QUE SUPONGA LA SUSPENSIÓN DE EMPLEO TEMPORAL DE NINGÚN TRABAJADOR DEL GRUPO CARREFOUR ESPAÑA IMPULSANDO Y CREYENDO FIRMEMENTE EN EL MANTENIMIENTO DEL EMPLEO INDEFINIDO ESTRUCTURAL DE LAS PLANTILLAS Y PODER ADQUISITIVO DE LAS PLANTILLAS, siendo conscientes de la incertidumbre y complejidad actual, con las distintas aplicaciones y escenarios distintos por Comunidad autónoma en cuanto a movilidad y restricciones horarias, con circunstancias de aplicación y desescalada muy distintas entre sí.

    Finalmente quedamos emplazados en la negociación, a la próxima reunión del 25 de Noviembre.

    Hoy es un gran día para felicitarnos y dejar la incertidumbre a un lado, nos quedará recorrido en el marco de la negociación, contando con la sintonía actual del órgano en las líneas de actuación. Os iremos informando de los próximos avances.

     

    PASE LO QUE PASE, EN CCOO TE INFORMAMOS, PROTEGEMOS Y DEFENDEMOS

     

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  • 20 de Noviembre, Nota reunión grupo Carrefour

    En el día de hoy 20 de Noviembre de 2020 tras convocatoria extraordinaria, previa conformación de la comisión en hipermercados y el formato de mesa de diálogo social en Supermercados, las partes han sido reunidas en actos diferenciados para acometer como único punto del orden del día:

    La Dirección de la Empresa informa que, tras publicación el pasado 25 de octubre de Real Decreto 926/2020, por el que se declara el estado de alarma para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2, y el Acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, que habilita a las autoridades competentes en cada Comunidad Autónoma a la adopción de medidas de limitación, o incluso cierre de actividad, atendiendo a la evaluación de los indicadores sanitarios, epidemiológicos, sociales, económicos y de movilidad realizada por las autoridades sanitarias, en el momento actual hay cuatro Comunidades Autónomas que han hecho uso de las citadas medidas ya sea bien de cierre de limitación de actividad (CATALUNYA, CASTILLA LEÓN, ASTURIAS, ANDALUCÍA).

    En este contexto, la afectación directa de caída de ventas y dificultad para la adecuación de los recursos humanos existentes a las cargas de trabajo actuales, tanto por el cierre de la no alimentación como por las diferentes limitaciones impuestas a la actividad, hace necesario adoptar medidas excepcionales, entre las que podría encontrarse la suspensión temporal de empleo, en aquellas Comunidades Autónomas afectadas por las citadas restricciones.

     

    DESDE CCOO MANIFESTAMOS en primer lugar la apuesta por el mantenimiento del empleo indefinido y estructural, siempre fue la premisa para abordar cualquier tipo de negociación.

    CCOO EXPONE QUE la situación actual variable de aplicación tanto de afectación o desafectación de movilidad, confinamientos y venta de productos no esenciales, varía continuamente dependiendo de la progresión de la pandemia en cada Comunidad, y que siendo temporales también serían de aplicación a cualquier medida.

    CCOO ENTIENDE que tal aplicación pudo realizarse en la situación de afectación nacional que se produjo con el estado de alarma, periodo en el que se apostó por aplicar otras fórmulas, hecho que nos diferenció en positivo del resto de sectores y empresas.

    CCOO EXPLICA QUE las fórmulas podrían ir desde polivalencias, distribución irregular de jornadas y limitación de la eventualidad velando así por el empleo indefinido, fórmulas que además de los cambios de sección que se realizaron dieron frutos positivos en cuanto al mantenimiento del empleo y el volumen de negocio.

    CCOO RECHAZARÁ CUALQUIER medida de imposición de merma del empleo, en un contexto que por tiempos (Diciembre, Navidad, Black Friday) podría perjudicar a la evolución del negocio y que por otro lado podría afectar a un porcentaje importante de plantillas que verían no solo mermado su salario, además de que probablemente no tendrían ingresos en el mes de Diciembre debido a las dificultadas de la administración que todos conocemos en estos escenarios.

    CCOO invita a la Dirección a retomar el diálogo social como fórmula para llegar a un entendimiento y aplicar otras fórmulas que nos lleven al acuerdo, sin la necesidad de suspensiones temporales de empleo de nuestros compañeros de la no alimentación, en los contextos de Hipermercados y Mini Hipers. Estando el conjunto de la parte social negociadora en la misma línea.

    DESCARGAR NOTA PINCHA AQUÍ 

    Finalmente se remitirá a la representación legal de los trabajadores una propuesta emplazando a las partes a una próxima reunión con fecha 25/11/2020.