Autor: Comfia Popular

  • AVISO IMPORTANTE
    Participación en Beneficios

    Tras la publicación en el BOE del recientemente firmado XXIII Convenio Colectivo
    del sector, detectamos que el banco venía realizando una interpretación del
    mismo, en lo que se refiere a la Participación en Beneficios (Artículo 23), que
    desde CCOO no compartimos. La cuestión es
    que las personas que están causando baja en el banco -por jubilación, despido,
    baja voluntaria…- no están cobrando en la liquidación el importe
    correspondiente a la parte devengada de la Participación en Beneficios de 2016.

    Este asunto fue tratado en la Comisión Paritaria
    de Seguimiento del Convenio, donde exigimos la regularización inmediata de estas
    liquidaciones. Además, desde CCOO nos hemos
    dirigido a aquellas personas que presumiblemente se jubilarán en este año para
    que comprueben la falta del pago por este concepto de Participación en
    Beneficios y, en su caso, recomendar que se consigne «NO CONFORME» en la firma
    de la dicha liquidación.

     

    Es fundamental el asesoramiento de este sindicato
    para reclamar la cantidad pertinente al banco, por lo cual recomendamos que
    quienes se encuentren en esta circunstancia se pongan en contacto con nosotros.

     

    Con el mismo criterio, en
    CCOO
    entendemos que la Participación en Beneficios correspondiente
    a 2016 debe ser cobrada íntegramente por toda la plantilla del
    banco, como hemos hecho saber tanto a la Dirección del Popular como a la AEB.

     


    Seguiremos informando.

     

     

    28 de julio
    de 2016

  • Recomendaciones para estas Vacaciones

    Debido a las altas temperaturas
    pronosticadas para nuestra empresa, recomendamos:

     

     

     

     


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    28 de julio
    de 2016

  • Adecuación del Complemento Voluntario al Convenio Colectivo

    Con esta fecha, el área de Recursos Humanos publica una circular sobre la
    adecuación del Complemento Voluntario a los cambios que el XXIII Convenio
    Colectivo introduce en la distribución anual de los pagos de la nómina.

    Con esta nueva distribución de pagos, a partir del
    mes de Enero de 2017, en determinados casos, podría suceder que al final del
    periodo de efectividad del Complemento Voluntario no se alcanzase el total de la
    retribución fija anual comunicada por el banco.

     

    Por este motivo, el banco anuncia que en estos
    casos se ha recalculado el importe de dicho Complemento para proceder a su
    regularización, mediante el abono de un «Complemento Voluntario Transitorio» en
    la nómina del actual mes de julio y en los meses restantes hasta la finalización
    del periodo de cómputo anual que corresponda.

     

    En estas circunstancias desde
    CCOO estimamos que el banco ha perdido una
    nueva oportunidad para dotar de transparencia este opaco y unilateral sistema de
    retribución, por ello le hemos vuelto a solicitar dos fáciles medidas para
    hacerlo más comprensible:

     

     

     


    Hacer coincidir todos los Complementos Voluntarios
    con el año natural, comenzando el 1 de Enero de cada año.

     

     

     


    Desglosar con detalle en las cartas de adhesión o
    renovación del mismo los importes correspondientes al Complemento Voluntario y
    al Convenio Colectivo.

     

    Seguiremos informando.

     

     

    27 de julio
    de 2016

  • NOTA INFORMATIVA

    Desde hace meses, en CCOO
    venimos solicitando información a la Empresa sobre los rumores que circulan
    en el Banco y las noticias que aparecen en los medios sobre posibles
    reestructuraciones en el Grupo.

    Ante las noticias aparecidas en la prensa
    económica de esta mañana (véase Expansión: «Popular prepara un ajuste de
    plantilla de hasta 3.000 empleados») que afectan a la totalidad de la
    plantilla del Grupo Banco, desde CCOO nos
    hemos vuelto a dirigir a la Dirección para reclamar información sobre este
    tema y recibimos la misma respuesta: «No hay tomada ninguna decisión sobre
    esta cuestión, la política del Banco es no comunicar información vía prensa y
    menos sobre un tema como este»

     

    Ante esta situación, desde
    CCOO
    manifestamos:

     

    Que las políticas que afectan a las personas que
    trabajan en el Grupo Banco Popular deben ser tratadas debidamente con la
    representación sindical mediante un proceso negociado y transparente, más aún
    cuando se trate de decisiones que influyen directamente en el empleo.

     

    Filtraciones en prensa como la de hoy, no hacen
    más que dar argumentos contra las decisiones que la Dirección del Banco está
    tomando de manera unilateral sobre el futuro de las personas que trabajamos en
    esta entidad al margen de los representantes de éstas.

     

    En CCOO
    exigimos formar parte del proceso, tal y como recoge nuestro Convenio
    Colectivo. La experiencia en todos los procesos en los que hemos participado
    en otras entidades desde que se inició la reestructuración del sector
    financiero, demuestran que sólo así, se puede acometer con garantías reales
    para la plantilla una situación de esta complejidad.

     

    Por todo ello, y por el respeto que merece la
    plantilla del Grupo Banco Popular, CCOO
    exigimos una reunión inmediata
    para cumplir con el requerimiento mínimo de
    información a los representantes de los trabajadores/as.

     

     

    21 de julio de 2016

     



    No estás solo, no estás sola

     

    Estamos CCOOntigo

  • Conflicto Colectivo en Banco Popular
    3ª reunión del proceso de negociación para acordar un sistema de control horario de la jornada laboral

    Ayer día 12 de julio tuvo lugar la tercera reunión entre la parte social y la
    Dirección del Grupo Banco Popular dentro del proceso de negociación para la
    instauración de un registro de jornada, según el acuerdo alcanzado tras el
    Conflicto Colectivo interpuesto por CCOO.


    En esta reunión, CCOO
    hemos presentado nuestra propuesta para esta negociación basada en la
    implantación de un sistema de control horario y en la necesaria racionalización
    horaria que permita una conciliación real de la vida personal, familiar y
    laboral. (Ver propuesta a continuación)

     

    Desde el inicio de esta negociación
    CCOO ha demandado al Banco la adopción de
    medidas previas unilaterales que ayuden a la implantación de una nueva cultura
    de empresa, en detrimento de la obsoleta organización actual (medidas como la no
    convocatoria de reuniones fuera de la jornada de referencia, supresión de la
    necesidad de realizar la reunión del GTyC a primera hora de la mañana,
    cumplimiento de la finalización de jornada de los viernes a la 15:00…)

     

    Por parte del Banco, se nos han entregado unas
    «consideraciones» sobre la gestión del tiempo de trabajo en el GBP en las que,
    recogiendo aparentemente alguna de nuestras propuestas sobre el cambio de
    cultura organizativa, sus «consideraciones» distan mucho de lo realmente
    solicitado, a pesar de la facilidad del Banco en su aplicación inmediata. Por
    este motivo, CCOO entendemos que el Banco NO
    tiene una voluntad REAL de cambio.

     

    A pesar de ello, CCOO
    seguimos insistiendo y por ello hemos presentado nuestras propuestas para esta
    negociación. La plantilla nos merecemos, después de tantos años de
    incumplimiento de los acuerdos, que este proceso culmine con éxito y por parte
    de CCOO no vamos escatimar esfuerzos.

     


    Seguiremos informando.

     

     

    13 de julio
    de 2016

     

     



    Propuestas CCOO – Sistema
    de control horario

     

     
    –>
    Instauración de un registro de control de jornada tal y como obliga el acuerdo
    alcanzado en el SIMA el 22 de abril de 2016 «iniciar un proceso de
    negociación para la implantación de un sistema de control horario«

    Por parte de CCOO proponemos un registro personal de conexión al ordenador
    (introducción de claves de acceso) y de desconexión que el trabajador/a deberá
    utilizar para registrar la HORA DE ENTRADA y la HORA DE SALIDA, marcando
    también, si fuera el caso por la utilización de la flexibilidad, el tiempo
    utilizado para la comida.

     

     
    –> Una vez
    instaurado y probado el citado registro que garantice el control sobre las HORAS
    REALES trabajadas
    , con su debido traslado informativo al trabajador/ a y a
    la RLT, y atendiendo a la necesidad de una racionalización horaria para la
    conciliación de la vida personal, familiar y laboral
    , CCOO estamos
    dispuestos a negociar un MARCO HORARIO a partir de la jornada de referencia
    establecida (08:00 a 15:30) en el cual poder ejercer (la plantilla que
    voluntariamente quiera)
    la flexibilidad recogida en el acuerdo de libranza
    de los sábados. La citada flexibilidad se establecería en franjas horarias tanto
    para la hora de entrada y/o la de salida, sobre el actual horario de referencia,
    quedando acotada en el nuevo marco horario. Este marco horario sería el
    siguiente:

    De lunes a jueves

    Entrada: de 07,30 a 09,30 horas

    Salida:   de 15,00 a 17,30 horas

    Los viernes, así como todos los días de los
    siguientes periodos:

    • En verano, del 22 de junio al 7 de septiembre
      ambos inclusive.

    • El último día laborable previo al primer festivo
      (miércoles ó jueves, según los casos) de la Semana Santa.

    • En Navidad, del 22 de diciembre al 7 de enero
      del año siguiente, ambos inclusive.

    Entrada: de 08,00 a 09,30 horas

    Salida:   de 15,00 a 16,30 horas

     

    Este marco horario de
    referencia permitiría realizar tanto una jornada continuada como partida, a
    voluntad del trabajador, con su correspondiente intervalo para la comida en el
    último caso.

     

     
    –> Este MARCO
    HORARIO deberá ser negociado junto con otras medidas que garanticen su
    cumplimiento REAL:

    • Establecimiento de un «cierre general de
      oficinas» a las 18:00h, momento en el cual, por seguridad, deberán actuar las
      alarmas. Pudiéndose estudiar excepciones, en función de necesidades
      específicas debidamente acreditadas.

     
    –> El
    tratamiento de posibles excesos sobre la jornada anual máxima (1.700h anuales),
    se trataría en un nivel posterior de la negociación.

     

    12 de julio 2016