Autor: Comfia Popular

  • Bonus 2015
    El bonus zanahoria

    El Banco acaba de comunicar a la plantilla que no
    se va a pagar el Bonus 2015
    , siendo el motivo que uno de los objetivos
    llave (300 millones de euros de Beneficio Neto Atribuido) no se ha alcanzado
    (se ha llegado a 105 millones de euros).


    Efectivamente, el objetivo corporativo no se ha
    cumplido.
    Y entre la plantilla se
    extiende el planteamiento de que resulta poco adecuado que no se cobre nada a
    pesar de haber cumplido con el resto de objetivos llave
    . Puesto que
    ya hay costumbre de que la Dirección de la entidad cambie las normas a
    conveniencia, la gente se pregunta ¿porqué no puede permitirse el cobro del
    porcentaje que toque por los objetivos que yo sí que he cumplido?

     

     

     


    En CCOO lo que pensamos es que cuando
    resulta imposible de alcanzar el Bonus, en vez del elemento motivador que
    debería ser, se convierte en todo lo contrario, dada la frustración y malestar
    que se genera en sus teóricos perceptores.

     

    El Bonus, como el resto de las Retribuciones
    Complementarias en Grupo Banco Popular, no está pactado con la Representación de
    los Trabajadores. En CCOO entendemos que
    el establecimiento de los criterios para su percepción debería hacerse contando
    con la participación de sus destinatarios, los empleados y las empleadas.
    El
    empecinamiento de la Dirección en continuar con la arbitrariedad propia de la
    unilateralidad con que establece y define el Bonus conlleva, como vemos, una
    fuerte desmotivación de la plantilla.

     

     

     


    Por todo ello, desde CCOO continuamos exigiendo un
    sistema de Retribuciones Complementarias que sea pactado con la parte social, y
    por tanto cuente con criterios justos y equitativos, objetivos, adecuados a la
    realidad y de total transparencia.

     

     

    10 de marzo de 2016


     

  • Operativa de concesión y seguimiento de riesgos
    Amonestaciones y sanciones a directores, interventores y gestores operativos

    Ante los últimos casos que se están produciendo en
    distintas zonas, desde CCOO queremos
    avanzar algunas consideraciones.

    La primera es que no hemos de dejarnos llevar en
    exceso por la manida frase, que tanto se utiliza en las Direcciones Regionales,
    y que viene a decir que «a un empleado de banca que se precie no debe de
    temblarle el pulso a la hora de autorizar y, sobre todo, proponer operaciones de
    riesgo»
    Vale. El pulso no debe temblarnos, pero ha de ser seguro y sereno a
    la hora del
    cumplimiento de las
    instrucciones del banco.

     

    Puesto que el incumplimiento normativo acarrea a
    los trabajadores más inconvenientes que ventajas, desde
    CCOO
    creemos que entre todos deberíamos reflexionar sobre los
    siguientes puntos:

     

     

     


    Según las atribuciones que el banco nos comunica en materia de riesgos, toda la
    comisión de créditos de cada oficina -director, interventor o gestores
    operativos y apoderados- es titular de las atribuciones. Hemos de procurar,
    por tanto, que toda esa comisión de créditos firme las propuestas de las
    operaciones crediticias, sobre todo en el caso de las autorizadas dentro de las
    atribuciones de la oficina, al margen de que tengan que ser refrendadas por la
    Dirección Regional, Territorial u otro departamento competente.
    La
    presentación de propuestas sin todas las firmas parece que hace nacer la sombra
    de la duda acerca de la lealtad de los firmantes en la mente de nuestros
    responsables de Recursos Humanos.

     

     

     


    Los condicionados de las propuestas han de cumplirse de forma pulcra. Si no
    se pueden cumplir, que nos eximan por escrito de ellos o que se quede sin firmar
    la operación.
    Que decida quien tenga capacidad para ello, manifestando por
    escrito sus instrucciones.

     

     

     


    Así mismo, los apoderados hemos de tener en cuenta que, conforme a las
    atribuciones que tenemos, la falta de información suficiente o sin contrastar,
    tanto de presentadores como de titulares de las operaciones, es causa inmediata
    de denegación de operaciones. No aplicar estos criterios puede conllevar la
    imposición de sanciones.

     

    En CCOO pensamos que si los condicionados de
    las propuestas no pueden cumplirse, el sistema no debería de hacer posible la
    formalización de las operaciones, salvo que constase fehacientemente su
    exención.


     


    Por otro lado, en CCOO también creemos que
    la exagerada presión por alcanzar objetivos comerciales, unida a la excesiva
    carga de trabajo en demasiadas oficinas, conlleva un aumento de las
    posibilidades de cometer equivocaciones. En estas circunstancias, es
    absolutamente erróneo pensar que la solución al problema pasa por la imposición
    de sanciones -INCLUIDO EL DESPIDO- a los empleados y empleadas.


     

    LAS OPERACIONES SE FIRMAN BAJO LAS INSTRUCCIONES ORGANIZATIVAS DEL BANCO.
    Esto hay que tenerlo claro.

     

    Por lo tanto, SI NO SE CUMPLEN ESTAS INSTRUCCIONES, LAS OPERACIONES
    TAMPOCO DEBERÁN FORMALIZARSE.

     

     


    Uno de marzo de
    2016

  • Calcula tu Salario – 2016
    A vueltas con la OPACIDAD salarial

    En la Mesa de Negociación del Convenio Colectivo de
    Banca
    se ha acordado que las plantillas perciban, a partir de la nómina del
    mes de Enero de 2016, un 0,75% de aumento de su salario base, a cuenta
    del incremento que finalmente se establezca para el año 2015. Este porcentaje es
    cantidad suficiente para activar el opaco mecanismo del Complemento Voluntario
    en el Popular, de modo que muchos compañeros y compañeras ya han visto
    desaparecido ese concepto, CV, de su nómina de enero.

    En el día de hoy, con el cobro de la Paga de
    Beneficios, asistimos atónitos -una vez más- al ejercicio de ingeniería salarial
    que practica el Popular; aunque haya desaparecido el concepto de Complemento
    Voluntario en muchas nóminas de la plantilla, el banco nos resta importe por
    este concepto en la nómina de la Paga de Beneficios.

     

    Desde CCOO
    reclamamos, una vez más, la necesidad de un Acuerdo Laboral sobre las
    Retribuciones Complementarias en el Popular; un acuerdo que dote a este sistema
    de la universalidad, equidad y transparencia que en estos momentos
    carece.

     

    Mientras no se atienda esta reivindicación, en
    CCOO continuamos ofreciendo a todos los
    trabajadores y trabajadoras la posibilidad de efectuar el correspondiente
    cálculo salarial,
    poniendo luz donde
    sólo hay oscuridad:

     


    Cualquier Delegado o
    Delegada de CCOO está en disposición de
    atender las consultas que formuléis. También podéis solicitar aclaraciones
    a través del teléfono 91 442 81 27 y fax 91 442 10 30, o por correo electrónico
    a:


    popular-com@servicios.ccoo.es


    Sección Sindical  

    Grupo Banco Popular

    CALCULA tu SALARIO

    2016



     

     

     

    BONUS

     

     

     

    Continúa siendo una incógnita si las plantillas
    van, o no, a cobrar BONUS este año. Es prioritario y totalmente necesario
    que el banco sea transparente y clarifique qué criterio va a utilizar y, sobre
    todo, que indique si las personas que merecen este BONUS finalmente van a
    cobrarlo.

     

    CCOO
    continuamos exigiendo un pronunciamiento por parte del banco, así como el
    correspondiente abono del BONUS a la plantilla.

     

    Seguiremos informando.

     

     

    15 de febrero de 2016

  • Se necesitan mejores recursos técnicos (y falta plantilla)
    Dificultades con la «Documentación Precontractual»

    Ya han pasado más de dos años desde que se empezó a
    solicitar la Documentación Precontractual a los clientes a la hora de contratar
    los productos comercializados por el banco. Pues bien, a fecha de hoy esta
    documentación se rellena con múltiples defectos, tanto de contenido (se rellena
    manualmente) como de forma (no se cumplen los plazos), debido a la falta de
    recursos (humanos y técnicos) y al aumento progresivo de la presión comercial en
    muchas sucursales, tanto si tienen Interventor como Gestor Operativo.

    Desde CCOO
    consideramos que dos años es un tiempo más que prudencial para haber
    automatizado todo este proceso y, así, haber logrado disminuir los errores en lo
    posible. Tampoco ha aumentado el personal en las oficinas, como bien sabemos. De
    este modo, en lugar de facilitar los recursos oportunos, en nuestra entidad se
    ha decidido actuar coercitivamente al incorporar una nueva pestaña en el
    apartado de impresión de los contratos, donde se exige que el empleado confirme
    con sus claves que dicha información precontractual ha sido firmada por el
    cliente.

     

     

     


    Como sucede tan a menudo, la Dirección del banco no parece inclinada a facilitar
    nuestro día a día, por ejemplo automatizando los procesos o aumentando las
    plantillas de las oficinas. Lo único que le interesa, por lo que vemos, es
    señalar cabezas de turco; no importa el problema (la solución cuesta dinero)
    sino establecer culpabilidades (como si fuera bueno tener una plantilla
    amedrentada e insegura)

     

    En CCOO
    creemos que es imprescindible replantear la forma de abordar los procesos
    manuales
    que se llevan a cabo en las oficinas. Para que mejore la calidad de
    nuestro trabajo, y se formalicen adecuadamente los contratos, es necesario que
    podamos llevarlo a cabo las tareas con suficientes medios y sin la
    sensación de que cualquier error puede resultar fatídico.

     

    No podemos seguir basando la productividad en
    las toneladas de voluntarismo que la plantilla derrocha, ni seguir anclados en
    la época del bolígrafo como herramienta básica de trabajo. Los tiempos, los
    recursos, los métodos de trabajo y las necesidades de los clientes han cambiado
    y nosotros tenemos que adaptarnos para seguir adelante con perspectivas de
    futuro.

     

     

    9 de febrero
    de 2016

  • Vacaciones y escasez de personal

    Desde CCOO
    observamos con preocupación ciertas instrucciones, en relación a las
    vacaciones y la confección de los correspondientes cuadros, que diferentes
    responsables de distintas Direcciones Regionales están transmitiendo a las
    oficinas.

    Por ello, debemos insistir en que la normativa
    vigente es la estipulada en el Convenio Colectivo. En consecuencia, los
    criterios e instrucciones que individualmente establezcan los y las responsables
    de las respectivas Direcciones Regionales deben adecuarse y cumplir lo
    establecido en Convenio. CCOO exigimos que nuestros responsables respeten la
    legalidad, evitando criterios particulares para ?conceder o no? las vacaciones.

     

    La agobiante falta de plantilla en la red
    comercial conlleva dificultades para gestionar las vacaciones, pero esta
    situación -que los trabajadores ya padecen diariamente- no puede ser excusa para
    que se adopten criterios restrictivos, y en ocasiones arbitrarios, para el
    ejercicio de los derechos legales de los trabajadores. Desde
    CCOO lo hemos dicho
    más de una vez: es la Dirección de nuestra empresa quien ha creado un problema
    con su política de Recursos Humanos.

     

    Reiteramos, en todo caso, el resumen del artículo
    26 del Convenio Colectivo que publicábamos hace apenas tres semanas:

     

    Para evitar tergiversaciones y mensajes
    contradictorios o falsos, a continuación informamos de las normas legales
    aplicables en el Popular para el disfrute de las vacaciones y licencias:

     


    Vacaciones

    Convenio Colectivo
    2011 – 2014

    (prorrogada su vigencia
    hasta el 26/02/16, para dar tiempo a la negociación de un nuevo Convenio)

      DÍAS
    23 días laborables anuales, sin contar sábados, domingos ni
    festivos. Quien disfrute ininterrumpidamente de, al menos, 5 días fuera
    del periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de octubre, podrá
    ampliar sus vacaciones en 1 día más. El personal que preste
    servicio en las islas Canarias y que disfrute sus vacaciones en la
    Península, tendrá una ampliación de cinco días naturales en su período de
    vacaciones.
      PERIODO
    Del 1 de marzo al 30 de noviembre. Si el trabajador lo solicita, y
    las necesidades de servicio lo permiten, las vacaciones se pueden
    disfrutar fuera de las fechas señaladas.
      CUADRO
    Se confeccionará un cuadro por cada oficina o dependencia,
    diferenciando entre Administrativos y Técnicos. La empresa tiene la
    obligación de dar a conocer el cuadro con un mínimo de 2 meses de
    antelación a la fecha de disfrute de las vacaciones.
      PARTICIÓN
    Las vacaciones pueden fraccionarse en 2 periodos por voluntad del
    trabajador
    , y en un tercero de acuerdo con la empresa. No se puede
    elegir el segundo periodo hasta que el resto del personal del cuadro haya
    elegido por primera vez.
      PRIORIDAD
    Por orden de antigüedad en la empresa. Los trabajadores que tengan
    hijos en edad escolar tienen derecho a disfrutarlas dentro del periodo
    oficial de vacaciones escolares, igualmente por orden de antigüedad.

     

    12 de enero
    de 2016

     

    En CCOO estamos, como siempre, a disposición de
    quien lo solicite para solucionar cualquier incidencia al respecto.

     

    CCOO EXIGIMOS UNA GESTIÓN PROFESIONAL Y SIN
    ARBITRARIEDADES

     

    CCOO EXIGIMOS EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA
    LEGAL VIGENTE

     

     

    3 de febrero de 2016