Autor: Comfia Popular

  • La Autoridad Bancaria Europea -ABE- desaconseja la colocación de productos a cambio de incentivos o salario variable para la plantilla

    El éxito comercial en la red de
    oficinas va indisolublemente unido a la confianza que tiene la clientela en
    sus empleados y empleadas. Lamentablemente, las malas prácticas que han
    llevado a cabo algunas entidades -venta de preferentes, colocación de
    acciones…- se han llevado por delante nuestro principal activo: la
    credibilidad. Y así lo entiende la Autoridad Bancaria Europea, que está
    elaborando pautas para fomentar la confianza en el sector financiero y que
    serán de obligado cumplimiento a partir de enero de 2017.

    El dinero es miedoso, suele decirse. Y
    efectivamente, lo es. Y cuando, a nivel sectorial, se le han dado motivos para
    perder la confianza, no es sencillo recobrarla. Conseguirlo es una labor muy
    complicada a la que, día a día, se aplican los miles de trabajadores y
    trabajadoras del sector. La relación que mantenían los clientes con nosotros ha
    cambiado mucho. Ha quedado muy lejos ese tiempo en el que la opinión del
    empleado/ a de banca era tenida en cuenta por la clientela; en el que nuestra
    atención y buen trato era uno de los principales motivos para vincularse a una u
    otra entidad financiera. Ahora todo es cuestión de precio…

     

     

    Hasta la
    Autoridad Bancaria Europea echa un capote a la plantilla del sector,
    al subrayar que


    «ha sufrido una injusta presión para
    vender productos de forma inadecuada, bajo la amenaza de acciones
    disciplinarias o degradación laboral, y por tener una excesiva
    dependencia sobre el bonus como principal fuente de ingresos»


    El objetivo de la EBA es que se
    alineen los incentivos de los empleados y los intereses de los
    clientes, en beneficio de estos últimos.


     

    Pero nuestros directivos parecen no enterarse. La
    que sí se entera es la Autoridad Bancaria Europea que «desaconseja
    expresamente determinadas prácticas, que califica de indeseables, como que los
    bancos organicen competiciones entre los empleados para que superen determinados
    umbrales de venta para obtener premios»
    La ABE ignora que en la mayoría
    de los casos no se trata de recibir un premio, sino de no ser abroncado por el
    Director Regional o Territorial de turno.

     

    Estrenado el nuevo año, esperamos que el
    Popular
    vaya tomando nota de la opinión de la Autoridad Bancaria Europea y
    modifique los rasgos de su política comercial basados en la presión
    indiscriminada (*), la exigencia de objetivos comerciales incumplibles, y en los
    excesivos controles que a diario tienen que someterse las oficinas con respecto
    a las ventas realizadas.

     

    (*) Frases tristemente frecuentes en este ambiente
    de atosigamiento: «Si no eres capaz de vender habrá que buscar quien lo
    haga», «Si no se cumplen los objetivos sobran empleados», «Esto es lo que hay»

     

     

    18 de enero
    2016

  • Sin Convenio Con Convenio

    Diferencias entre la protección que supone tener un
    Convenio Colectivo y el desamparo al que nos enfrentamos en su ausencia.

     


    S
    in
    Convenio

     

     

    En aquellos sectores o
    empresas SIN Convenio Colectivo la normativa laboral que debe
    aplicarse es la BÁSICA, la que estipula el Estatuto de los
    Trabajadores
    .

     

     

     

    Ante cualquier
    discrepancia entre las partes, empleado y empleador, las demandas
    deben ser realizadas por el trabajador o trabajadora,
    INDIVIDUALMENTE
    .

     

     

     

    Dejar de tener convenio
    implica perder los DERECHOS COLECTIVOS protegidos por el
    mismo, que pasan a ser INDIVIDUALES, e incluso pueden desaparecer
    en el caso de nuevas contrataciones. En estas condiciones, la
    defensa jurídica debería llevarse a cabo a nivel individual.

     

     


    Afrontar un conflicto a nivel particular es como ir a la
    batalla a pecho descubierto, sin una buena protección. Por muy
    valiente que uno sea, la lucha contra fuerzas superiores y
    bien pertrechadas se hace difícil.

     

     

     


    C
    on
    Convenio

     

     

    El
    Convenio Colectivo y los Acuerdos de Empresa suponen una mejora de
    los derechos laborales básicos recogidos en el Estatuto de los
    Trabajadores.

     

     

    Además del Convenio de
    Banca, en el Grupo Banco Popular son de aplicación distintos
    Acuerdos Laborales que se han ido suscribiendo entre la
    Representación de los Trabajadores y de la Empresa (por ejemplo:
    Salud Laboral, Complemento de Pensiones, Plan de Igualdad, Libranza
    de sábados, Fusión Banco Pastor?)

     

     

    Así, el mantenimiento y
    la defensa de los derechos laborales de la plantilla es llevada a
    cabo por el Sindicato, tanto individual como COLECTIVAMENTE,
    incluyendo la vía jurídica.

     

     


    Un convenio en vigor supone una coraza de protección. Junto a
    la determinación de todos los compañeros y compañeras, con
    unión y organización, tendremos la mejor defensa frente a
    cualquier intento de reducir nuestros derechos.

     


    CC.OO. y el Convenio Colectivo son instrumentos que tenemos los
    trabajadores para defender nuestros derechos


    Nota de última hora:
    Se ha acordado con la AEB que los créditos
    vivienda del artículo 43.1 del Convenio Colectivo de Banca pasen a
    tener en este año de 2016 un tipo de interés del 0,26% (0,257%
    si el cálculo se hiciera con tres dígitos) El pasado 2015 el tipo fue
    del 0,49% (0,490 si el cálculo se hizo con tres dígitos)

     15
    de enero de 2016

  • Vacaciones y Libranzas 2016

    Para evitar tergiversaciones y mensajes contradictorios o falsos, a continuación
    informamos de las normas legales aplicables en el Popular para el disfrute de
    las vacaciones y licencias:

    Vacaciones

    Convenio Colectivo
    2011 – 2014

    (prorrogada su vigencia
    hasta el 26/02/16, para dar tiempo a la negociación de un nuevo Convenio)
      DÍAS
    23 días laborables anuales, sin contar sábados, domingos ni
    festivos. Quien disfrute ininterrumpidamente de, al menos, 5 días fuera
    del periodo comprendido entre el 1 de abril y el 31 de octubre, podrá
    ampliar sus vacaciones en 1 día más. El personal que preste
    servicio en las islas Canarias y que disfrute sus vacaciones en la
    Península, tendrá una ampliación de cinco días naturales en su período de
    vacaciones.
      PERIODO
    Del 1 de marzo al 30 de noviembre. Si el trabajador lo solicita, y
    las necesidades de servicio lo permiten, las vacaciones se pueden
    disfrutar fuera de las fechas señaladas.
      CUADRO
    Se confeccionará un cuadro por cada oficina o dependencia,
    diferenciando entre Administrativos y Técnicos. La empresa tiene la
    obligación de dar a conocer el cuadro con un mínimo de 2 meses de
    antelación a la fecha de disfrute de las vacaciones.
      PARTICIÓN
    Las vacaciones pueden fraccionarse en 2 periodos por voluntad del
    trabajador
    , y en un tercero de acuerdo con la empresa. No se puede
    elegir el segundo periodo hasta que el resto del personal del cuadro haya
    elegido por primera vez.
      PRIORIDAD
    Por orden de antigüedad en la empresa. Los trabajadores que tengan
    hijos en edad escolar tienen derecho a disfrutarlas dentro del periodo
    oficial de vacaciones escolares, igualmente por orden de antigüedad.

     


    Días de
    Libranza


    de libre
    disposición, por:

       
    Cuatro días de licencia al año. El
    personal de nuevo ingreso podrá disfrutar de estos días libres en
    proporción a los días trabajados en el año.

    Convenio Colectivo


    2011 – 2014

       
    Un día al año, en las mismas
    condiciones y con los mismos criterios de los días de licencia estipulados
    en el Convenio Colectivo de Banca

    Acuerdo Laboral de
    Fusión Popular y Pastor, de 2012

       
    Libranza de todos los
    sábados del año.

    Acuerdo Laboral de
    Libranza de Sábados en el Popular, de 2009

       

    Días adicionales de libranza por fidelidad y vinculación con el
    Grupo, que se disfrutarán con motivo del cumplimiento de un número
    determinado de años de antigüedad:

    Al cumplir en el Grupo:

    Días de libranza
    consecutivos:

    10 años

    …2 días

    15 años

    …3 días

    20 años

    …4 días

    25, 30, 35, 40, 45 y 50 años

    …5 días

     


    Acuerdos Laborales
    de Fusión de los bancos del Grupo, de 2008, 2010 y posteriores.

     

    Para resolver dudas sobre vacaciones y libranzas,
    dirígete a la Delegada o Delegado de CCOO
    que tengas más cerca.

     

     

    12 de enero
    de 2016

  • Colectivo «B» de los Planes de Pensiones de Empleados del Banco Popular
    Aumento de las contribuciones del Promotor (el banco)

    Con fecha de veintiuno de diciembre de 2015, TODA
    LA REPRESENTACIÓN SINDICAL
    que forma parte de la Comisión de Control de
    los Planes de Pensiones en el Popular (CCOO, UGT, Segrupo, CGT y CIG)
    ha suscrito un Acuerdo Laboral con la
    Dirección de la entidad que va a permitir un aumento de la contribución del
    Promotor (el banco) a los Planes de Pensiones del Colectivo «B» (ingresados
    después del día ocho de marzo de 1980)


    Año 2016. Aportación Directa del Promotor

     

    Menores de 40 años


    Con menos de 10 años de antigüedad


    1,25% sobre Salario de Convenio,


    con un mínimo de 570,00 euros


    (550,00
    euros en 2015)


    Con 10 o más años de antigüedad


    1,35% sobre Salario de Convenio,


    con un mínimo de 595,00 euros


    (575,00
    euros en 2015)

     

    Mayores de 40 años


    Con menos de 50 años de edad


    1,40% sobre Salario de Convenio,


    con un mínimo de 620,00 euros


    (600,00
    euros en 2015)


    Con 50  o más años de edad


    1,50% sobre Salario de Convenio,


    con un mínimo de 670,00 euros


    (650,00
    euros en 2015)

     


    Año 2016. Aportación Condicionada

     

    Se añade la nueva opción de que el Partícipe
    pueda aportar 180,00 euros. Como en el resto de opciones, esta aportación
    será igualada por otra del mismo importe por parte del Promotor


    Opciones


    180,00 euros

    150,00 euros

    120,00 euros

    90,00 euros

    60,00 euros

     

    Desde CCOO
    consideramos que este Acuerdo Laboral es un paso más para corregir el desfase
    que, en materia de Previsión Social Complementaria, supuso el Convenio Colectivo
    de 1980 (no firmado por CCOO) para el colectivo de empleados ingresados en banca
    después del día ocho de marzo de 1980.

     

     

    21 de diciembre de 2015

  • Horario laboral

    Horario Laboral durante los días comprendidos
    entre el 22 de diciembre de 2015 y el 7 de enero de 2016, ambos inclusive


    Navidades

     


    2015


    Año Nuevo

     


    2016


    Según el Acuerdo para la Libranza Total de Sábados en el Popular, suscrito
    por la representación de la empresa y la de sus trabajadores,


    El horario de trabajo será continuado
    desde las 08:00 a las 15:00 horas

    durante los días laborables comprendidos entre el 22 de diciembre de
    2014 y el 7 de enero de 2015, ambos inclusive,


    estando computados como de
    trabajo efectivo los quince minutos diarios de descanso obligatorio.


    Este horario es de aplicación para quienes en oficinas de la Red Comercial
    y de Servicios Centrales vienen efectuando la Jornada de Referencia
    General (de 08:00 a 15:30 horas de lunes a jueves y de 08:00 a 15:00 horas
    los viernes) y también para quienes se acogieron al horario alternativo
    que el Acuerdo estipula con respecto a la jornada partida establecida en
    el Convenio Colectivo (art. 25.3)


    Naturalmente, el personal del grupo de
    Técnicos de la Red Comercial del banco, también puede cumplir este horario
    de Navidades (de 08:00 a 15:00 horas) haciendo uso de la flexibilidad
    horaria que les reconoce el mismo Acuerdo.


    Desde CCOO en el Grupo Banco
    Popular
    deseamos unas MUY FELICES FIESTAS y, sobre todo, UN MEJOR AÑO
    NUEVO.

     


    18
    de diciembre de 2015


    ¡¡ Feliz Año 2016 !!