Autor: Comfia Popular

  • Horario de Verano 2013 – PRECISIONES

    JORNADA CONTINUADA de 08:00 a 15:00
     horas de lunes a viernes
     DESDE el día 22/06/13 HASTA el día 07/09/13
     Para las oficinas de la red comercial, incluyendo las de las
    Direcciones Territoriales y Regionales, y para el personal de Servicios
    Centrales que viene realizando el Horario de Referencia durante el resto del
    año.

    En cumplimiento del vigente Acuerdo Laboral que
    conlleva la Libranza Total de Sábados en nuestro banco, ya es bien sabido
    que el próximo día veintidós de junio se inicia el período veraniego, con
    jornada continuada de 08:00 a 15:00 horas, que llegará hasta el día siete del
    mes de septiembre.

     


    Este Horario de Verano es de aplicación:

     

    • en la red comercial del Popular,
      que incluye las oficinas de las Direcciones Territoriales y
      Regionales

    • y al personal de Servicios Centrales
      que durante el resto del año viene realizando el Horario de Referencia

      estipulado en dicho Acuerdo Laboral (de 08:00 h. a 15:30 h. de lunes a
      jueves y hasta las 15:00 h. los viernes)

     

    Recordamos que la flexibilidad horaria
    estipulada para los Técnicos de la red comercial
    en el mismo Acuerdo Laboral
    puede llevarse a cabo en la jornada continuada del Horario de Referencia.

     

    Por otro lado, desde COMFIA-CCOO exigimos a
    la Dirección del Banco que acorte el actual horario de atención al público, de
    modo que los compañeros de caja puedan disponer de más tiempo para su cierre.
    Mientras no se modifique dicho horario es tarea de todos hacer lo posible
    para programar las tareas diarias de manera que TODOS podamos disfrutar del
    horario de 08:00 a 15:00 horas durante este verano.

     


    JORNADA CONTINUADA

    de 08:00 a 15:00 horas
    de
    lunes a viernes

    DESDE el día 22/06/2013
    (primer día laborable del periodo: lunes 24/06/13)

    HASTA el día 07/09/2013
    (último día laborable del periodo: viernes 06/09/13)

     

    20
    de junio de 2013

  • El Plan de Potenciación de la Actividad Comercial (PPAC) – DE HERRAMIENTA COMERCIAL A INSTRUMENTO DE CONTROL Y PRESIÓN

    Provoca saturación de trabajo en las oficinas,
    desmotivación de la plantilla, dificultades de los equipos directivos y
    desconfianza de la función real del PPAC, pues tal y como se está utilizando se
    ha convertido en un medio de control y presión a la plantilla.

    Tras la introducción del PPAC en las oficinas,
    hace tres años, se viene constatando una preocupante falta de mejoras en esta
    herramienta. Tampoco se tienen en cuenta las propuestas que manifiesta la
    plantilla sobre modificaciones y nuevas posibilidades que supondrían un
    perfeccionamiento sustancial de la misma. Un claro ejemplo es la necesidad de
    una racionalización de la asignación de contactos, en función de la
    realidad y momento de cada sucursal y puesto de trabajo. Así, en lugar de
    considerar lo que comentan empleados y empleadas, buenos conocedores de los
    problemas por detectarlos y sufrirlos in situ, se insiste en incrementar esos
    contactos con unos criterios alejados del día a día en una oficina.

     

    ¿Qué decir, por ejemplo, de la cantidad de correos
    diarios y semanales que hay que enviar a las Regionales, con fichero Excel
    adjunto, informando de datos que ya se han incluido en el PPAC?

     

    En COMFIA-CCOO pensamos que estas
    directrices tan rígidas conllevan:

     

    • saturación de las oficinas, con
      cargas de trabajo no productivas.
    • desmotivación de la plantilla
      por esta sobrecarga, que además imposibilita una correcta
      cumplimentación y realización del mismo PPAC.
    • dificultades de los equipos
      directivos
      que pretenden dirigir a sus equipos y llevar adelante la
      gestión diaria de la oficina. La asignación de contactos, su volumen, su
      distribución horaria… todo viene marcado. El resultado es que disponen
      de una falsa autonomía y, por tanto, de una insuficiente capacidad de
      intervención.
    • desconfianza sobre la función
      real del PPAC, pues tal y como se está utilizando se ha convertido en un
      medio de control y presión a la plantilla.

     

    Si realmente la intención es potenciar la acción
    comercial mediante una herramienta de ayuda, el ejercicio de un control tan
    excesivo no garantiza la consecución de los objetivos de crecimiento del
    negocio. Más bien, lo que la plantilla percibe es una clara muestra de
    desconfianza, que genera rechazo y desvinculación del proyecto. Estos elementos
    difícilmente ayudarán a potenciar cualquier acción comercial.

     

    En COMFIA-CCOO entendemos que ésta no es la
    estrategia a seguir, por eso demandamos una rectificación. Para que las
    herramientas que se implantan en la red comercial sean una ayuda verdadera en
    vez de un entorpecimiento del trabajo diario que afronta la red comercial.

     

    Por todo ello, desde COMFIA-CCOO
    exigimos una adecuación del PPAC a las realidades de cada oficina.

     

    18 de junio
    de 2013

  • El Código de conducta del Banco Popular y la Guía de pautas de actuación para empleados

    Ambos documentos vienen a constituir un recordatorio de diversas normas legales,
    cuyo cumplimiento es exigible para todos. Los actos ilícitos serán punibles
    porque así lo establece la ley, no porque lo dictamine el Código de conducta o
    la Guía. El incumplimiento de estos documentos, por tanto, no puede dar lugar a
    la aplicación de sanción alguna por parte del banco. Mención aparte merece el
    «Canal de Denuncias»

    Desde COMFIA-CCOO queremos manifestar
    algunos comentarios sobre ambos documentos, publicados a través de la intranet
    corporativa del banco, como todos sabemos.

     

     


    CÓDIGO DE CONDUCTA

     

    Lo primero que hay que decir es que la mayor parte
    de las instrucciones del Código de conducta se basan en normas legales (Ley de
    Igualdad, Ley de Protección de Datos, Ley de Defensa de la Competencia, Ley del
    Mercado de Valores, etcétera) En COMFIA-CCOO consideramos, por tanto, que
    el Código sirve como recordatorio de estas normas. Son leyes que hay que
    respetar, pues su cumplimiento es exigible aunque no existiera este documento.

     

    Además, en este Código se establecen una serie de
    pautas y recomendaciones de buen hacer con las que en líneas generales
    coincidimos, puesto que todos queremos trabajar en un entorno laboral adecuado,
    que incluye conceptos como respeto a las personas, igualdad, conciliación del
    trabajo y la vida personal, no discriminación por razones de género, origen,
    religión, ideología, afiliación, orientación sexual, etcétera. En COMFIA-CCOO
    esperamos que el compromiso que la entidad manifiesta acerca de estos conceptos
    acabe por hacerse realidad EN TODA SU EXTENSIÓN.

     

     

    …el incumplimiento de
    este Código de conducta NO puede dar lugar a la aplicación de régimen
    sancionador alguno.

    Por otro lado, desde COMFIA-CCOO queremos dejar
    claro que -contrariamente a lo que se afirma en el documento- el incumplimiento
    de este Código de conducta NO puede dar lugar a la aplicación de régimen
    sancionador alguno. Sólo podrá ser punible lo que legalmente sea sancionable,
    pero no porque conste en dicho Código. Otra cosa sería un abuso por parte de la
    entidad, recurrible ante los Tribunales de Justicia.

     

     

    GUÍA DE PAUTAS
    DE ACTUACIÓN

     

    En la medida en que se ha introducido en el Código
    Penal la responsabilidad de las entidades jurídicas en algunas actuaciones de
    los empleados de las mismas, en COMFIA-CCOO entendemos que con esta Guía
    el banco trata de advertir sobre algunos aspectos punibles que pudieran derivar
    consecuencias para la entidad.

     


    …los actos ilícitos serán punibles por que
    así lo disponen el Código Penal y otras leyes, no porque lo establezca el
    banco.

    En cualquier caso, hay que tener en cuenta que los
    actos ilícitos serán punibles porque así lo establecen el Código Penal y otras
    leyes, NO porque lo establezca el banco. Por tanto, estamos ante un recordatorio
    de lo que debe evitarse para evitar consecuencias jurídico-penales, siempre en
    relación con la actuación del empleado dentro de su actividad profesional.

     

     


    CANAL DE DENUNCIAS

     

    En COMFIA-CCOO estimamos que este Canal,
    establecido tanto para el Código como para la Guía, adolece de falta de
    transparencia, pues no se aclara cómo van a gestionarse las posibles denuncias.
    Los empleados y empleadas debemos ser conscientes del grado de impunidad,
    falta de garantías e inseguridad
    que este Canal de Denuncias posibilita.

     

    Por último, y en lo que se refiere a la ventana
    que aparece en los terminales -donde se indica que se deben leer dichos
    documentos, aceptar la recepción e incluso la lectura- desde COMFIA-CCOO
    queremos asegurar que tal aceptación no significa conformidad con su contenido.

     

     

    7 de junio
    de 2013

  • MIL PUESTOS DE TRABAJO EN EL POPULAR – es lo que, sin exagerar, supone la prolongación de jornada en el banco

    Actualmente en el Popular trabajamos unas 13.500
    personas. A partir de este y otros datos que veremos, en COMFIA-CCO
    hacemos las siguientes consideraciones sobre el número de horas de
    prolongación de jornada que se hacen el Popular al cabo del año.

    Para empezar, no todos los Técnicos, naturalmente,
    extienden su jornada laboral; tampoco todos los Administrativos. Así que vamos a
    calcular que, por ejemplo, son 8.000 personas en números redondos quienes sí lo
    hacen. Vamos a pensar, igualmente, que cada una de esas personas hace una media
    de cinco horas semanales de prolongación. Tampoco hay que excederse, vaya.

     

    Por tanto: [ 5 horas/semana ] x [ 46
    semanas/año ] = 230 horas / año

    ( 46 semanas / año = 52 semanas menos 6, por
    vacaciones, licencias, etc.)

    Entonces: [ 230 horas / año ] x [ 8.000
    personas ] = 1.840.000 horas / año

     

    UN
    MILLÓN OCHOCIENTAS CUARENTA MIL horas de prolongación de jornada al año

     

     

    Juzgue el lector la validez de estos cálculos,
    deje a un lado -que ya es dejar- la no repercusión de los importes de las
    horas-extra en las cotizaciones a la Seguridad Social y en la nómina de cada
    trabajador afectado y tenga en cuenta que según estipula el Convenio Colectivo,
    la jornada máxima anual que debe hacer cada trabajador es de 1.700 horas.

     

    Por tanto: [ 1.840.000 horas / año ] : [
    1.700 horas / año ] = 1.082,35

    Este resultado supone que la prolongación
    de jornada viene a equivaler, sin exagerar, a unos…

     

    ¡ MIL
    PUESTOS DE TRABAJO ! en el Popular

     

     

     

    Puestos de trabajo que necesitamos en las oficinas
    ¿verdad? Puestos de trabajo que contribuirían con su sueldo, y por tanto con sus
    impuestos, a la mejora de lo público, incluyendo la Seguridad Social. Con la
    gran cantidad de personas que hay sin empleo, más de SEIS MILLONES de parados en
    España ¿no deberíamos replantearnos en el Popular el panorama que venimos
    describiendo? En COMFIA-CCOO pensamos que hemos de afrontar el problema
    de la prolongación de jornada ENTRE TODOS, incluyendo a la Dirección del banco
    en un lugar destacado, pues no es en absoluto ajena a su promoción. Los
    empleados, por nuestra parte, debemos ser conscientes de la responsabilidad de
    nuestros propios actos y de sus repercusiones.

     

    En
    COMFIA-CCOO pensamos que hemos de afrontar el problema de la prolongación
    de jornada ENTRE TODOS, incluyendo a la Dirección del banco en un lugar
    destacado…

     

    Como es sabido, siguen siendo muchos los empleados
    y empleadas del Popular que NO prolongan su jornada laboral, o que lo
    hacen muy poco, o que lo hacen cada vez menos (en el caso de los Técnicos,
    haciendo uso de la flexibilidad horaria acordada) Así pues, la solución de este
    problema, o al menos su reducción, no es imposible; existe, la realidad lo
    demuestra. Y esto es así por decisión personal de todos y cada uno de estos
    trabajadores y trabajadoras, quienes naturalmente cuentan con el apoyo absoluto
    de COMFIA-CCOO, faltaría más.

    ENTRE TODOS PODEMOS CONSEGUIR
    CAMBIAR LAS COSAS.

     

     

    4 de junio
    de 2013

  • Complementos de Pensión Empleados del Popular – MEJORAS PARA EL “COLECTIVO B” – (empleados ingresados en banca posteriormente a 08-03-1980)

    Acuerdo
    Laboral para la integración de los Planes de Pensiones de los Empleados de Banco
    Pastor en los de Banco Popular.

    Con respecto al Colectivo B (ingresados en
    banca a partir de 08/03/80) el Acuerdo genera nuevos tramos de porcentajes en
    función de la edad y antigüedad, incrementándose gradualmente tanto dichos
    porcentajes como los importes mínimos,
    con una especial atención a las
    personas con edades más cercanas a la jubilación.

    El Acuerdo Laboral para la
    integración de los Planes de Pensiones de los Empleados de Banco Pastor y de
    Banco Popular, suscrito el 22/05/2013, incluye mejoras significativas para el
    “Colectivo B” en las aportaciones que el Promotor (el banco) efectúa a sus
    Planes de Pensiones.

     

    SITUACIÓN ANTERIOR
    EN LOS DISTINTOS PLANES:

     

     

    BANCO POPULAR

     

     

     

    BANCO PASTOR

     

         

    Aportación
    Directa

     

    Aportación
    Directa

    <40 años: 1,25% sobre
    salario, con un mínimo de 500€
      única de 530,97€ (crecimiento
    1,5% anual)
    >40 años: 1,30% sobre
    salario, con un mínimo de 500€
     
    Condicionada (*)   Condicionada (*)
    <40 años: 0,25% sobre
    salario, con un mínimo de 60,10€
      única de 141,58€ (crecimiento
    1,5% anual)
    >40 años:0,35% sobre salario,
    con un mínimo de 60,10€
     
    (*) Aportación del Promotor
    condicionada a igual aportación del empleado.

     

    APORTACIONES TRAS LA FIRMA DEL
    ACUERDO LABORAL

     

     

    BANCO POPULAR

     

     

    Año 2013    
    Porcentajes sobre salario y contribución mínima

       MENORES DE 40
    AÑOS

    1,25%

    mínimo de 535 € /
    año

       MAYORES DE 40
    AÑOS

    1,30%

    mínimo de 535 € /
    año

    A partir de 2014    
    Porcentajes sobre salario y contribución mínima

       MENORES DE 40
    AÑOS

    Con menos de 10 años de antigüedad    

    1,25%

    mínimo de 550 € /
    año

    Con más de 10 años de antigüedad    

    1,35%

    mínimo de 575 € /
    año

       MAYORES DE 40
    AÑOS

    1,40%

    mínimo de 600 € /
    año

       MAYORES DE 50
    AÑOS

    1,50%

    mínimo de 650 € /
    año

     

          

    Aportación condicionada,
    voluntaria y a elección del empleado, a partir 2013

    Opción A

    60 € /
    año

    Opción B

    90 € /
    año

    Opción C

    120 € /
    año

    Opción D

    150 € /
    año

    El Promotor aportará la misma
    cantidad que el trabajador en cualquiera de las opciones que elija (A, B, C y D)

     

    El incremento de aportación que
    corresponda en 2013 quedará regularizado en el mes de diciembre.

     

    Como vemos, el Acuerdo Laboral
    suscrito genera nuevos tramos de porcentajes en función de la edad y antigüedad,incrementándose gradualmente tanto dichos porcentajes como los importes
    mínimos
    , con una especial atención a las personas con edades más cercanas a
    la jubilación.

     

    A lo largo del tiempo, y fruto de
    la negociación sindical con la Dirección del banco, la evolución de las
    aportaciones ha supuesto un incremento que va desde la aportación mínima de
    350€, en el año 2001, al escalado de entre 550€ y 650€ mínimos para 2014, lo
    cual supone una mejora cierta para todos los compañeros y compañeras del
    “Colectivo B”.

     

    Naturalmente, desde COMFIA-CCOO
    seguiremos trabajando en esta línea, de forma que continúen mejorando tanto las
    condiciones de este “Colectivo B” como las de todas las personas que componen
    los colectivos que forman los Planes de Pensiones de Empleados del Banco
    Popular.

     

     

    27 de mayo de 2013