Autor: Comfia Popular

  • Nóminas por debajo de Convenio
    INJUSTICIA E ILEGALIDAD

    El Complemento Voluntario no debe absorber los aumentos de sueldo hasta el punto de dejar a muchos trabajadores por debajo de lo establecido en el propio Convenio. Además de injusto es ilegal.

     

    Gracias al peculiar Complemento Voluntario implantado en el Grupo, las nóminas de muchos trabajadores quedan por debajo de lo establecido en el Convenio Colectivo cada vez que se produce un aumento salarial en aplicación del mismo.

    Esta circunstancia sucede cuando se cumplen trienios, se asciende por antigüedad, toca un nuevo cuarto de paga por beneficios, o –sobre todo– cuando se actualizan los sueldos. Esto es lo que aconteció el pasado verano de 2007, cuando se aplicó la subida salarial acordada en el Convenio (2,75%) y un buen número de empleados y empleadas comprobaron que el Complemento Voluntario absorbía este aumento, e incluso más. Ciertamente se produjo la correspondiente regularización, pero con un retraso considerable.

    Desde esta sección sindical consideramos deseable que en 2008 no se reproduzca la penosa situación que se dio el año pasado. Por eso hacemos un llamamiento a la Dirección de nuestro Grupo para que adopte las medidas necesarias a fin de evitar estas irregularidades con la mayor prontitud. Recordemos que el Convenio establece una subida del 2,0%, que ha de aplicarse a las tablas salariales de 2007 una vez actualizadas según la cláusula de revisión, con el porcentaje resultante de la diferencia entre el 2,75% percibido y el aproximadamente 4,3% de subida del I.P.C. en 2007.

    Volvemos a repetirlo: El Complemento Voluntario no debe absorber los aumentos de sueldo hasta el punto de dejar a muchos trabajadores por debajo de lo establecido en el propio Convenio. Además de injusto es ilegal.

    En cualquier caso, desde CC.OO. nos ponemos a disposición de quien desee conocer con exactitud cuales son los importes reales de su sueldo de Convenio y de su Complemento Voluntario, teniendo en cuenta los aumentos que han de operar en 2008.

    Enero de 2008

  • PopularMax
    ACUERDO PARA LA PRIMERA FASE

    Con fecha 19 de diciembre de 2007 CC.OO., U.G.T y SEGRUPO han firmado un acuerdo con la representación del Banco para fijar las condiciones laborales de los empleados destinados en las Oficinas PopularMax, para la primera fase de su desarrollo.

    Con fecha 19-12-2007, esta representación sindical ha firmado, junto con la representación de la Dirección del Grupo Banco Popular, un Acuerdo Laboral sobre las condiciones de trabajo aplicables a las plantillas de las oficinas PopularMax durante su Primera Fase de desarrollo.

    Este período se extenderá, como máximo, hasta el 15 de enero de 2009, pudiendo finalizar antes de esta fecha, a partir del momento que así lo decidiera la Dirección de nuestra empresa, o en el supuesto de que se alcanzase un número de 30 oficinas PopularMax en funcionamiento, en cuyo caso se dará por concluida esta fase de carácter experimental.

    A partir de ese momento, ambas partes se comprometen a iniciar nuevas negociaciones sobre las condiciones laborales que comportará el devenir futuro de las oficinas PopularMax.

    El Acuerdo Laboral firmado recoge el planteamiento sindical de que toda modificación sustancial de las condiciones laborales ha de realizarse mediante acuerdo firmado con la representación de los trabajadores, lo cual no estaba contemplado por el banco en principio. Del mismo modo, se han recogido los siguientes elementos:

    • Respeto a la jornada anual establecida en el Convenio Colectivo (máximo 1.700 horas), mediante el establecimiento de turnos, lo cual debe conllevar la creación de nuevos puestos de trabajo.

    • Voluntariedad de incorporación y de salida en estas oficinas.

    • Compensaciones económicas y en tiempo libre.

    Estimamos que las condiciones estipuladas en el Acuerdo Laboral son ajustadas y equilibradas para los empleados que conformen las plantillas de PopularMax en esta Primera Fase. La experiencia y conclusiones de este periodo determinarán la posición sindical de cara a la negociación de una Segunda Fase, donde deberá tratarse el desarrollo del proyecto PopularMax y su repercusión en beneficio de todas las plantillas del Grupo.

    Diciembre de 2007

    Consultar las condiciones de este Acuerdo.

  • PopularMax

    En síntesis, el planteamiento sindical es que toda modificación sustancial de las condiciones laborales ha de realizarse mediante acuerdo firmado con la representación de los trabajadores, donde deben contemplarse los siguientes elementos:

    – Respeto a la jornada anual establecida en el Convenio Colectivo (máximo 1.700 horas), mediante el establecimiento de turnos.

    – Aumento del empleo.

    – Voluntariedad de incorporación y de salida en estas oficinas.

    – Compensaciones económicas y en tiempo libre.

    – Garantías de desarrollo de la carrera profesional.

    – Además, en la medida en que la reorganización de oficinas y trabajadores comporte un incremento de la productividad, ésta debe repercutir adecuadamente a toda la plantilla del Grupo Banco Popular.

    Como es sabido, la Dirección del Grupo anunció el pasado día 28 de noviembre su proyecto de oficinas “PopularMax”, con horarios de mañana y tarde. Actualmente hay tres sucursales abiertas en estas circunstancias, de manera transitoria y a modo de prueba. Como se ha dicho, en caso de que el proyecto tenga un desarrollo satisfactorio, las oficinas de PopularMax podrían llegar a unas doscientas en un plazo aproximado de dos años.

    Desde que CC.OO., UGT y CGT fuimos informados, a mediados de noviembre, del proyecto por la Dirección del Grupo hemos mantenido distintas reuniones con la misma, para fijar debidamente las condiciones laborales de los trabajadores que integrarían estas oficinas actualmente en fase experimental.

    En síntesis, el planteamiento sindical es que toda modificación sustancial de las condiciones laborales ha de realizarse mediante acuerdo firmado con la representación de los trabajadores, donde deben contemplarse los siguientes elementos:

    • Respeto a la jornada anual establecida en el Convenio Colectivo (máximo 1.700 horas), mediante el establecimiento de turnos.

    • Aumento del empleo.

    • Voluntariedad de incorporación y de salida en estas oficinas.

    • Compensaciones económicas y en tiempo libre.

    • Garantías de desarrollo de la carrera profesional.

    • Además, en la medida en que la reorganización de oficinas y trabajadores comporte un incremento de la productividad, ésta debe repercutir adecuadamente a toda la plantilla del Grupo Banco Popular.

    En el momento actual continuamos manteniendo conversaciones con la representación de la empresa para terminar de establecer unas adecuadas compensaciones a los compañeros que se incorporan a las oficinas PopularMax en esta fase experimental, que tendrá un número de oficinas y un tiempo de desarrollo delimitado. Nuestro objetivo es añadir y/o modificar determinados elementos que permitan una mejora de las condiciones que hasta ahora se ofrecen.

    Entendemos que una vez concluido el periodo de prueba, si tiene éxito comenzaríamos una nueva fase de negociación, que comportaría compensaciones adecuadas a un número mucho mayor de trabajadores, dada la ampliación de la red de oficinas PopularMax. Estas compensaciones, como hemos dicho, deberían tener también su repercusión en todas las plantillas del Grupo Banco Popular, mediante el cierre del resto de las oficinas durante todos los sábados del año.

    Si se contemplan los criterios mencionados y, por tanto, se alcanzan los acuerdos correspondientes, los sindicatos firmantes entendemos que PopularMax podrá comportar avances en las condiciones laborales de todos los trabajadores del Grupo Banco Popular.

    Diciembre de 2007

  • 25 NOVIEMBRE Día Internacional para la eliminación de la violencia contra las mujeres
    DEJA DE PENSAR QUE ESTÁS SOLA

    En Comfia-CCOO reforzamos nuestro compromiso implicándonos en la defensa de las mujeres víctimas de violencia de género, desde los ámbitos que nos son propios, garantizando y mejorando los derechos relativos a las condiciones laborales de las víctimas de esta lacra social.

    No estás sola. La violencia contra las mujeres es un problema que nos atañe a todas las personas y agentes sociales que participamos de una sociedad basada en el principio de Igualdad. En Comfia-CCOO reforzamos nuestro compromiso implicándonos en la defensa de las mujeres víctimas de violencia de género, desde los ámbitos que nos son propios, garantizando y mejorando los derechos relativos a las condiciones laborales de las víctimas de esta lacra social, que en lo que va del año 2007 ya se ha cobrado la vida de 65 mujeres (fuente: Instituto de la Mujer, 15/11/2007)

    En COMFIA-CC.OO. trabajamos, día a día, para no tener que conmemorar otro 25 de noviembre. Avanzar en la igualdad entre hombres y mujeres es el único camino para lograr erradicar la violencia de género. Es un reto difícil pero no imposible.

    Si estás padeciendo una situación de violencia en tu hogar, debes saber que te amparan una serie de derechos laborales que emanan de la Ley Orgánica de Medidas de Protección Integral Contra la Violencia de Género:

    • Reducción de la jornada de trabajo con disminución proporcional del salario.

    • Reordenación del tiempo de trabajo (adaptación de horario u horario flexible).

    • Cambio de centro de trabajo en la misma localidad o traslado a otra distinta.

    • Posibilidad de suspensión voluntaria del contrato de trabajo con derecho a prestación por desempleo.

    • Extinción voluntaria del contrato de trabajo con derecho a prestación de desempleo.

    • Reconocimiento de causa justificada las ausencias o faltas de puntualidad motivadas por situaciones físicas o psicológicas, acreditadas por los servicios sociales o de salud.

    • Protección frente al desempleo.

    Por otro lado, el acoso sexual en el trabajo es una forma más de violencia contra las mujeres, que históricamente se ha silenciado. Puede abarcar una amplia gama de conductas, que van desde las bromas o comentarios degradantes hacia las mujeres, hasta el ataque sexual. En el ámbito laboral, la tasa de absentismo entre las víctimas de acoso sexual es muy elevada, siendo imprescindible que las empresas se comprometan a garantizar un ambiente de trabajo libre de violencia. El acoso sexual en el trabajo está penalizado por Ley, y no debemos ser testigos mudos del padecimiento de las compañeras que lo sufren.

    No te lleves los golpes tú sola, no aguantes el acoso sexual en tu centro de trabajo tú sola, COMFIA-CCOO está junto a ti para apoyarte en todo cuanto sea necesario para salir del círculo de la violencia. Acude a las delegadas y delegados de COMFIA-CCOO de tu empresa enseguida. Dejar correr el tiempo solo beneficia al agresor, mientras tú estás cada día peor.


    Teléfonos de interés: Instituto de la Mujer

                    016 – Teléfono de información gratuito 24h

    900 191 010 – Teléfono de información gratuito 24h

    900 152 152 – Teléfono de información gratuito 24h (DTS para mujeres sordas)


    Otros teléfonos de interés

                    112 – TELEFONO ÚNICO DE EMERGENCIAS

    900 100 009 – Comisión para la investigación de malos tratos a mujeres (9 a 21 horas)


    Noviembre de 2007

  • El embarazo es un estado natural que merece protección específica

    La Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y la Directiva Comunitaria 92/85 sobre la protección a la maternidad, establecen como riesgos, entre otros, los desplazamientos durante el embarazo y la lactancia, con consecuencias como la exposición a golpes y accidentes, sin descartar los perjuicios que suponen la aparición o agravamiento del estrés, del cansancio, de la movilidad reducida, de las posturas forzadas o del malestar físico. Por tal motivo, las empresas deben de actuar y tomar medidas preventivas, como la modificación de los horarios para facilitar unos desplazamientos seguros y no estresantes, y/o la posibilidad de traslado temporal a un centro cercano al domicilio, a petición de la interesada.

    Muchas de nuestras compañeras en estado de embarazo se encuentran destinadas en oficinas situadas lejos de su domicilio. Esta circunstancia obliga a largos desplazamientos diarios, para acudir y volver del trabajo y también para realizar los exámenes médicos correspondientes.

    Estamos detectando, además, que en ciertas ocasiones se consigna como día de libranza de Convenio (Artículo 27, punto 8: cuatro días al año) el que se precisa para el examen periódico prenatal y/o técnicas de preparación al parto, cuyo permiso se encuentra estipulado en otro párrafo del mismo Convenio Colectivo de Banca (Artículo 27, punto 1)

    Un ejemplo: la empleada embarazada está destinada en una sucursal a 40 Km. de su domicilio, por tanto ha de realizar 80 Km. diarios para ir y volver del trabajo ¡Que se convierten en 160 Km. el día que tiene que asistir al médico! En el caso de que la revisión médica suponga la ausencia total de la jornada laboral, ese día se le computa como de libranza de Convenio en lugar de incluirse en el capítulo de ausencias por asistencia médica.

    Ante esta situación, desde CC.OO. hemos de recordar que la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, y la Directiva Comunitaria 92/85 sobre la protección a la maternidad, establecen como riesgos, entre otros, los desplazamientos durante el embarazo y la lactancia, con consecuencias como la exposición a golpes y accidentes, sin descartar los perjuicios que suponen la aparición o agravamiento del estrés, del cansancio, de la movilidad reducida, de las posturas forzadas o del malestar físico. Por tal motivo, las empresas deben de actuar y tomar medidas preventivas, como la modificación de los horarios para facilitar unos desplazamientos seguros y no estresantes, y/o la posibilidad de traslado temporal a un centro cercano al domicilio, a petición de la interesada.

    Desde CC.OO. también queremos recordar, una vez más, que “el embarazo es un estado natural que merece protección específica” Por ello aconsejamos que soliciten el acercamiento todas aquellas compañeras que estén corriendo un riesgo en los desplazamientos (ver escrito a continuación). Además, hemos de exigir que no se imputen como días de libranza los necesarios para la realización de exámenes prenatales y/o técnicas de preparación al parto.

    Con tu apoyo lo conseguiremos.

    Noviembre de 2007

     

    (escrito firmado por la interesada y dirigido al Departamento de Recursos Humanos del Banco / Dirección Regional o de Zona que corresponda. Puede informarse del mismo a la Dirección de la propia oficina y, también, a la Delegada o Delegado de CC.OO. que esté más cerca)


    BANCO………………………

    Dpto. de Recursos Humanos

    ……………………………………….

    Fecha …………………………

    Muy señor mío:

    Soy empleada de la oficina de………………………….………………………………….,

    y le comunico que en la actualidad estoy embarazada. En consecuencia, conviene tener en cuenta que los largos desplazamientos que realizo desde mi casa hasta el centro de trabajo, y los cambios fisiológicos que comporta mi situación, aumentan los riesgos de sufrir inconvenientes y percances. De este modo, tanto yo misma como mi futuro bebé podemos padecer daños por la exposición a golpes y accidentes, sin descartar los perjuicios que suponen la aparición o agravamiento del estrés, del cansancio, de la movilidad reducida, de las posturas forzadas o del malestar físico.

    Por lo tanto, solicito que, de acuerdo con la normativa legal de protección al embarazo, considere este escrito como mi petición de traslado a otro centro de trabajo más próximo a mi domicilio, mientras dure mi estado de embarazo.

    De esta manera se lograrán evitar, en la medida de lo posible, riesgos como los señalados.

    En espera de su contestación, le saludo atentamente.

    Firmado:                                           

    (Nombre y Apellidos de la interesada)