Autor: Comfia Pais Valenciano

  • Guía laboral de CCOO ante el apagón eléctrico

    Con motivo del apagón eléctrico general que ha afectado el conjunto de la Península Ibérica el 28 de abril de 2025, CCOO pone a disposición de los trabajadores y las trabajadoras, y de la opinión pública general, la siguiente información recopilada por sus servicios jurídicos y de asesoramiento:

     

    ¿Qué pasa si no puedo trabajar porque no funciona el transporte público ni tengo medio propio?

    Si te es imposible desplazarte por problemas en el transporte público y privado, comunica por escrito lo más pronto posible esta situación a la empresa para evitar posibles sanciones por ausencia. Haz también esta comunicación si no puedes llegar al trabajo en la hora en que tienes que llegar por culpa de los problemas para desplazarte.

    Como indica el artículo 37.3.g del Estatuto de los Trabajadores, las personas trabajadoras pueden ausentarse hasta cuatro días por imposibilidad de acceder al centro de trabajo debido a situaciones como catástrofes o fenómenos meteorológicos adversos. En este caso, el apagón eléctrico generalizado se considera una causa válida. Además, el permiso puede prolongarse si persisten las circunstancias que lo justificaron.?

    ¿Me pueden descontar salario o hacer recuperar tiempo perdido al trabajo o para llegar tarde?

    Si la falta al trabajo es por motivos familiares de fuerza mayor (quedarme con los niños o con personas dependientes, por carencia de servicios escolares o de atención a la dependencia, o por carencia de transporte para acompañarlos allí) el permiso es retribuido y no requiere de preaviso, incluso si no está específicamente contemplado en el convenio colectivo o acuerdo de empresa.

    Esta medida se contempla en el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 37.9, que permite a las personas trabajadoras el derecho a ausentarse hasta cuatro días al año por motivos de fuerza mayor relacionados con familiares o personas convivientes.

    ¿Y si falto al trabajo por otras circunstancias relacionadas con el apagón?

    El apagón eléctrico generalizado se considera una causa de fuerza mayor. En ausencia de regulación específica en el convenio colectivo, tus representantes sindicales deben negociar con la empresa para evitar descuentos salariales o la obligación de recuperar las horas no trabajadas.

    ¿Y si mi convenio no regula las situaciones de fuerza mayor?

    En el supuesto de que tu convenio colectivo no regule estas situaciones, ni la persona trabajadora ni la empresa son responsables de la situación. La representación de las personas trabajadoras tiene que pactar con la empresa que no se descuente ningún sueldo ni se recuperen las horas para llegar tarde o por no poder llegar al trabajo.

    ¿Y si los compañeros y compañeras que me tienen que relevar al trabajo no pueden llegar?

    No es necesario que permanezcas en el puesto de trabajo si el relevo no puede llegar, salvo si trabajas en actividades esenciales o cuando tu ausencia pueda comprometer la seguridad de las personas o instalaciones (por ejemplo, hospitales o centrales nucleares).

    ¿Qué tengo que hacer si me envían a casa a mitad de la jornada porque no se puede trabajar sin electricidad?

    Si la empresa te envía a casa sin haber finalizado tu jornada, debe asumir el salario correspondiente a las horas no trabajadas. Además, cualquier modificación de la jornada laboral debe ser comunicada con un preaviso de cinco días, según el artículo 34.2 del Estatuto de los Trabajadores.

    ¿Y si realizo teletrabajo?

    Si te encuentras realizando teletrabajo y no puedes desempeñar sus funciones debido al apagón, el tiempo perdido debe considerarse como tiempo efectivo de trabajo, sin necesidad de compensación posterior si la causa es ajena a las personas trabajadoras.

    ¿Se puede activar un ERTE por la situación de apagón eléctrico?

    Las empresas pueden solicitar un ERTE por fuerza mayor debido al apagón eléctrico generalizado, mediante el siguiente trámite: Procedimiento de despido colectivo, de suspensión de contratos y de reducción de jornada (artes. 47 y 51 ET).

    La solicitud debe incluir una memoria justificativa y, en algunos casos, un informe de la Inspección de Trabajo. El procedimiento debe resolverse en un plazo de cinco días hábiles, y el silencio administrativo se entiende como positivo.

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  • Es publica en el BOE el XIX Conveni TIC donant principi a la seua vigència

    Hui, 16 d'abril, després del vistiplau de Treball al text registrat, s'ha publicat en el Butlletí oficial de l’Estat (BOE) el XIX Conveni de consultoria, tecnologies de la informació, estudis de mercat i de l'opinió pública, i, amb això, comença a ser aplicable.

    Us recordem que aquest conveni té una vigència des de l'1 de gener de 2025 al 31 de desembre de 2027.

    A partir d’ara, amb la seua publicació en el BOE, les empreses del sector disposaran de 2 mesos per a enquadrar les persones treballadores afectades en la nova àrea funcional de ciberseguretat (Àrea 5) i per a regularitzar i pagar els endarreriments generats per l'aplicació de les noves taules salarials de 2025 (amb caràcter retroactiu des de l'1 de gener).

    D'altra banda, les noves quanties pactades per a dietes, quilometratge i compensació de despeses de teletreball tenen vigència des del moment de la signatura del Conveni, és a dir, des del 22 de gener de 2025.

    Us deixem l'enllaç al text definitiu en el BOE i les taules salarials:

    Nou text XIX Conveni

    Des de CCOO ens alegra poder traslladar-vos la notícia i que el més de mig milió de persones treballadores que abarca el marc legal d'aquest conveni puguem començar a disfrutar de les millores en aquest acordades.

    Pas a pas cap a un #Conveni TICdigne

     

    Descarga el texto del Convenio pinchando aquí

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  • Convenio de grandes cadenas de comercio textil: la patronal responde a nuestras propuestas con bloquear las negociaciones de los convenios provinciale

    La patronal realiza propuestas que en la práctica no facilitan la conciliación de la vida personal y laboral y no reconoce el valor de su plantilla, proponiendo que en caso de que no lleguemos a acuerdo “están por hacer que no haya convenios provinciales”

    En la reunión celebrada en el día de hoy, 10 de mar 2025, tal y como se quedó en la última reunión se iba a tratar el tema de jornada, pero la patronal como respuesta a las propuestas sindicales ha planteado diferentes cuestiones.

    No obstante, CCOO hemos presentado nuestra propuesta en materia de jornada, donde hemos incidido en los siguientes puntos que consideramos importantes:

    • Implantar ya las 37,5 horas, independientemente de que este aprobado por el gobierno.
    • Distribución de jornada en un máximo de 223 días.
    • Calendario anual negociado con la RLPT, donde este reflejado, el horario, días libres, vacaciones y 12 fines de semana de sábado y domingo (estableciendo uno al mes)
    • Las vacaciones serán de 32 días, garantizando 21 días en verano, en el periodo entre el 15 de junio y el 15 de septiembre.
    • Trabajo en domingos y festivos será voluntario, con un pago por domingo de 110€

     

    La patronal ha valorado las propuestas         que hemos presentado y han hecho una propuesta global en materia de jornada, salario, contratación, en la cual, aunque han aceptado algunas propuestas, hay cuestiones importantes en las cuales estamos en posturas muy alejadas como puede ser en materia salarial. Nuestra valoración global la haremos en la próxima reunión, porque tras su manifestación de que si no hay acuerdo ya harían por hacer que no hubiera convenios provinciales, no hemos podido más que hacer una defensa del sistema de negociación colectiva. Aunque tras las intervenciones de la parte social, ha rectificado diciendo que lo que no quieren es aplicar tantos convenios colectivos provinciales en las empresas y que por ello quieren un convenio estatal.

    CCOO hemos manifestado que apostamos por esta negociación, pero no bajo amenazas. Nosotros que si estamos es todos los convenios haremos todo lo que sea necesario para que la negociación colectiva provincial siga existiendo, y que si esa es la postura de la patronal de este sector va a ser difícil que lleguemos a un acuerdo de convenio estatal.

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  • Mesa Convenio Seguros y Mutuas: Sigue el contraste de posiciones

    En la 4ª reunión de la Comisión Negociadora del Convenio, celebrada hoy 09/04, desde CCOO hemos seguido detallando nuestra Plataforma en bloques clave, además de recibir respuesta patronal sobre los bloques tratados en la reunión anterior.

    Os recordamos que la Plataforma completa de CCOO está en el siguiente enlace:

    https://wpccooservicios.robotstxt.com.es/wp-content/uploads/2026/03/20250224_plataforma_CONV_Seguros_y_Mutuas.pdf

    Respuesta CCOO a algunos planteamientos de UNESPA de la reunión anterior

    En primer término, CCOO ha dado respuesta a algunos planteamientos de UNESPA en la reunión anterior, insistiendo en que deben registrarse las prolongaciones de jornada, mejorar la regulación de la desconexión digital, y negándonos a eliminar el concurso oposición, tal como pretende UNESPA.

    Respuesta UNESPA y AMAT a Plataforma CCOO Capítulos II y III

    Decepcionante respuesta patronal a la Plataforma de CCOO en materia de Clasificación profesional, Formación, Desconexión digital y Retribución variable, con escasa disposición a abordar el detalle de cuestiones que planteamos desde CCOO en la reunión anterior. Tan solo han mostrado cierta disposición a la eliminación del G-IV N9 y algunas adaptaciones, con menor apertura a negociar el resto de nuestras propuestas y especial resistencia en cuanto a reducir el tiempo de permanencia en G-IV N8. AMAT ha quedado en valorar la propuesta de CCOO sobre carrera profesional en las Mutuas.

    CCOO exponemos en detalle nuestras propuestas sobre Tiempo de Trabajo

    Finalmente, desde CCOO hemos expuesto con mayor detalle nuestras propuestas sobre los bloques previstos para el día de hoy, que tenéis detalladas en el enlace de arriba.

    • CCOO reivindicamos reducir la jornada a 35 horas semanales si se concreta la reducción de jornada máxima legal a 37,5 (de 1.692 a 1.598).
    • Incluso aunque no se concrete legalmente dicha reducción, reivindicamos reducir la jornada anual del convenio en un mínimo de 28 horas (de 1.692 a 1.664).
    • Reivindicamos mejoras en Trabajo a Turnos, Vacaciones y Permisos, que hemos detallado en la Plataforma.
    • Y hemos detallado, igualmente, nuestras propuestas específicas sobre jornada para las Mutuas, también recogidas en la Plataforma.

    La próxima reunión se ha fijado el 5 de mayo. Seguiremos informando

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  • Publicadas las tablas salariales para el año 2024 Convenio colectivo estatal para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales

    Resolución de 31 de marzo de 2025, de la Dirección General de Trabajo, por la que se registran y publican las tablas salariales definitivas y la revisión de los conceptos económicos relativos a las dietas y locomoción y al teletrabajo para el año 2024 del VII Convenio colectivo estatal para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales.

    Habiendo constatado esta Comisión Paritaria, que el IPC general final de 2024 fue del 2,8?%, según publica el Instituto Nacional de Estadística, y de acuerdo al escalado que estipula el artículo 25 del presente convenio, la Comisión Paritaria procede ahora a ratificar el incremento salarial del 2,75?% que se aplicó sobre las tablas salariales definitivas de 2023 y que dieron lugar a las tablas iniciales de 2024, quedando éstas últimas como tablas definitivas de 2024. Por lo que no procede ningún atraso.

    En segundo lugar, la Comisión Paritaria procede también a ratificar el incremento del 2,75?% que se aplicó a los conceptos económicos contemplados en los artículos 28 y 49 del presente convenio, quedando como definitivos para 2024.

    Descargar Tablas salariales (pdf)