Autor: Comfia Pais Valenciano

  • Negociación del Convenio de Contact Center «Vuelve la inoperancia de CEX»

    No es novedad que la patronal de Contact Center acuda a las negociaciones de Convenio sin hacer sus deberes. Pero en este caso existe un agravante: lo que estamos tratando es un mandato legal para garantizar los derechos más fundamentales de un colectivo de personas que históricamente ha sido maltratado por nuestra sociedad.

    Un mes más tarde de lo acordado, se han presentado con una propuesta de medidas que no llega ni a los mínimos que exige la Ley.

    Y no es que sigan las directrices de la CEOE, ni siquiera se trata de una cuestión de ideología. Es simple inoperancia. La patronal CEX (Asociación de Compañías de Experiencia con Cliente) demuestra una vez más que como asociación empresarial no está a la altura de las circunstancias porque no son capaces de organizarse y elaborar propuestas serias que podamos valorar en una negociación.

    Desde CCOO hemos propuesto centrar la siguiente reunión en negociar medidas concretas para que las empresas garanticen que no van a existir discriminaciones, abusos o violencias hacia las personas LGTBI en materia de acceso al empleo, clasificación y promoción profesional y formación.

    No estamos dispuestas a que esta negociación se eternice porque, mientras las empresas pierden el tiempo, hay personas que pueden estar sufriendo LGTBIfobia en su centro de trabajo.

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  • CCOO El Corte Inglés valora la demanda interpuesta por la CGT y que desestima la Audiencia Nacional

    CCOO hacen una valoración de la reciente sentencia de la Audiencia Nacional por la que desestima la demanda interpuesta por el sindicato de la Confederación General del Trabajo (CGT) en la que se descarta que la empresa El Corte Inglés, S.A. esté incumpliendo con la obligación de facilitar el acceso a los registros de jornada u obstaculizando la puesta a disposición de tales registros a la representación legal de las personas trabajadoras (RLT).

    CCOO INFORMA

    La AUDIENCIA NACIONAL nuevamente desestima la última demanda interpuesta por la Confederación General del Trabajo (CGT) contra la empresa EL CORTE INGLES S.A. (ECI) a la vista del vigente art.34.9 ET, del Convenio colectivo de aplicación y del Acuerdo en materia de registro de jornada, se descarta que la empresa esté incumpliendo con la obligación de facilitar el acceso a los registros de jornada u obstaculizando la puesta a disposición de tales registros a la RLT.

    OTRO PASO ATRÁS

    Desde CCOO consideramos que interponer demandas con escasas garantías de éxito perjudica a la plantilla, por iniciar demandas sin viabilidad, en 2024 los calendarios de vacaciones se han establecido sin consenso previo con los comités, por no hablar.

    Además, tras el avance conseguido al adelantar el horario de cierre el 24 y 31 de diciembre de 2024 a las 19:00, otra denuncia estéril terminó perjudicándonos en la forma de cómputo de este tiempo.

    CCOO LUCHA CON AVANCES DENTRO Y FUERA DE ECI

    Desde CCOO en ECI, hemos denunciado ante la Inspección de Trabajo las condiciones de la plantilla de SFERA de tiendas de calle y, con argumentos sólidos hemos logrado regular horarios e incentivos. Además, por fin hemos conseguido que se establezca un importe homogéneo para las vendedoras responsables, sentando así las bases para futuras mejoras.

    Desde CCOO ECI, iniciamos un procedimiento de conciliación-mediación en el AGA para eliminar las trabas en la autorización de los nuevos permisos retribuidos, a día de hoy su autorización ya no es un problema.

    CCOO, a través del diálogo social, ha sido clave en la subida del SMI en los últimos años, lo que a su vez ha impulsado el aumento del resto de salarios al ser una referencia base.

    Desde CCOO llevamos mucho tiempo defendiendo la necesidad de reducir la jornada, la futura reducción de la jornada anual será el mayor avance logrado en los últimos años para la plantilla de El Corte Inglés.

     


    MEJORAR NO ES UNA OPCIÓN, ES UNA NECESIDAD: HORARIOS DIGNOS, MÁS LIBRANZAS DE CALIDAD, SALARIOS JUSTOS, INCENTIVOS EQUITATIVOS Y UN ENTORNO LABORAL SIN ESTRÉS NI DESIGUALDAD. DEFENDER NUESTRA SALUD, MOTIVACIÓN Y DERECHOS ES NUESTRA AGENDA. SEGUIREMOS FIRMES, APOSTANDO SIEMPRE POR LA ACCIÓN SINDICAL CON RESULTADOS.

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  • CCOO presenta su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio de Seguros y Mutuas

    • En la segunda reunión de la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo de Seguros, Reaseguros y Mutuas, celebrada hoy 24/02, CCOO ha presentado su plataforma reivindicativa para el nuevo Convenio.

    Desde CCOO, tras hacer un breve balance del anterior convenio 2020-2024, hemos presentado ante las organizaciones empresariales (UNESPA, AMAT, ASECORE y CEM) nuestras propuestas para el nuevo convenio con el objetivo de mejorar y mantener las condiciones de las plantillas del sector.

     

    Limitar la externalización de actividades

    •  Ámbito funcional: 
      Limitar la externalización de actividades propias del sector y garantizar desde la empresa principal que, en caso de subcontratación, se apliquen las condiciones del Convenio de Seguros y Mutuas.
       

    4 años de vigencia

    •  Ámbito temporal: 
      4 años de vigencia y fijando la ultraactividad indefinida del convenio 
       

    Incremento garantizado sin absorción

    •  Compensación y absorción: 
      Establecer limitaciones a la compensación y absorción, garantizando incrementos salariales netos para toda la plantilla

    Mejorar nivel mínimo de acceso (GIII N8), acortar acceso a Grupo II y otras mejoras

    •  Clasificación Profesional: 
      • Eliminación del Grupo IV Nivel 9 (G-III N-8 nivel mínimo de acceso).
      • 2 años máximo en el Grupo III Nivel 8 para acceder al Grupo II.
      • Definición de puestos de trabajo del Grupo III Nivel 7
      • Incluir labores de atención al público en las funciones del Grupo II
      • Inclusión en sistema de clasificación de los puestos de los Servicios de Prevención Propios (SPP), obligatorios en empresas > 500 trab.

    Convocar plazas Nivel 4

    •  Ascensos y Promociones: 
      Convocar obligatoriamente cada 2 años plazas del Nivel 4 

    Cumplir la desconexión digital

    •  Desconexión digital: 
      Dejar registrado el uso de todos los equipos y herramientas, con el fin de analizar la posible actividad laboral más allá de los límites de jornada.

    Garantías en procesos transformación digital y uso de la IA

    •  Transformación Digital y uso de la IA: 
      • Formación  procesos  de transformación  digital  o competencias digitales: Se realizará siempre en horario laboral o será compensada.
      • Información expresa a la RLPT sobre el uso de IA en procesos de formación o evaluación de competencias.

    Teletrabajo como derecho conciliación

    •  Trabajo a distancia: 
      Consideración del teletrabajo como un derecho de conciliación para las personas trabajadoras

    Formación: Potenciar participación y realización dentro de la jornada laboral

    •  Formación: 
      • Garantizar participación de la plantilla en la formación vinculada a su puesto de trabajo.
      • Incrementar tiempo de formación a 30 horas, dentro del cómputo de jornada máxima anual (10 para desarrollo profesional), aumentando la formación presencial dentro de la jornada de trabajo.
      • Impulsar acuerdos sobre Formación y mecanismos mediación.
      • Comisión Paritaria de Formación en empresas de >150 trabajad.

    Traslados

    •  Compensación por Traslados: 
      Incrementar compensación de 4 a 6 mensualidades ordinarias

    Salarios:16% fijo mínimo, Revisión PIB/IPC, 17.000€ Salario mínimo sector

    •  Retribuciones:  
      • Incremento salarial fijo mínimo del 16% para los 4 años de vigencia, para recuperar poder adquisitivo tras los años de aumento del IPC.
      • Adicionalmente, cláusula de revisión salarial con efecto retroactivo en función de la evolución del PIB y el IPC
      • Alcanzar un Salario mínimo sectorial en tablas de 17.000€

    Otros aspectos retributivos: C. Experiencia, Retribución Variable, Dietas y km, Compensación comida

    •  Complemento por Experiencia: 
      No compensación ni absorción del importe al pasar del Grupo II al Grupo I
    •  Sistemas de Retribución Variable: 
      Introducción en Convenio de criterios objetivos, no discriminatorios y medibles, vinculados a la marcha del Sector y de la empresa.
    •  Dietas y Gastos de Locomoción: 
      Actualización de los importes de dietas y gastos de locomoción
    •  Compensación por Comida: 
      Aumento a 15,00 € diarios en 2025, con módulos de incremento anual de 0,50€ para los años sucesivos de convenio (15,50€ – 16,00€ – 16,50€).

    Tiempo de trabajo: Negociar reducción paulatina de jornada hacia las 35H

    •  Jornada Laboral: 
      Compromiso de negociar la reducción paulatina de la jornada anual desde 1.692 a 1.598 horas (35 h. semanales) una vez se apruebe en el Congreso la reducción de la jornada máxima legal a 1.712,5 h. (37,5 h. semanales).

       Plus de Turnicidad:  Incrementar al 30%
       Plus de Nocturnidad:  Incrementar al 25% y al 50% para noches especiales.
       Guardias Localizadas  (Disponibilidad e Interv.): Regulación+compensación

       Vacaciones:  Garantizar disfrute días adicionales >60 años hasta jubilación 

    Permisos: Adaptar a legislación y jurisprudencia. Mejora permiso fallecimiento y consulta médica

    •  Permisos: 
      • Adaptación a cambios RDL 5/2023 y a art. 37.3.g ET y 37.3.g.bis ET
      • 3 meses desde el deceso para utilización permiso h/ 1 mes sin sueldo por fallecimiento conyuge, pareja hecho o parientes h/ 2° grado.
      • No recuperación de horas en permisos por asuntos particulares, cuando se use para acudir a consulta médica (propia o acompañando a cónyuge, pareja hecho, familiar 1er grado o dependientes).
      • Cómputo de permisos en días laborables conforme jurisprudencia TS.

    Mejorar Seguro Aportación

    •  Seguro de aportación definida: 
      • Aumentar porcentaje de aportación anual al 3%
      • Posibilidad de implantar Plan de Pensiones sectorial

    Evaluar riesgos psicosociales y prevenir catástrofes

    •  Igualdad de Oportunidades:
      • Obligación de justificar en Registro salarial diferencias de promedio de retribuciones entre sexos superiores al 5%
      • Acoso sexual y por razón de sexo: Protocolo en artículo 97 específico.
      • Información a la RLPT sobre las solicitudes de adaptación de la jornada laboral por razón de conciliación (art. 34.8 ET) y su resolución.

    Medidas LGTBI y adaptar a cambios legislativos

    •  Inclusión de nuevo artículo: 
      • Medidas para la igualdad y no discriminación personas LGTBI (RD 1026/24)
      • Adaptación del texto del convenio colectivo a los cambios legislativos

     

    Peculiaridades MUTUAS Colaboradoras con la Seg. Soc.

    Nueva Tabla salarial y revisión automática retribuciones

    •  Retribucion es
      • Nueva tabla salarial de referencia para el personal de las Mutuas que refleje la realidad salarial de aplicación.
      • Sistema de revisión salarial anual automático de retribuciones básicas, en función de los incrementos de masa salarial previstos.

    Personal turno de tarde

    •  Turnos: 
      Extender a personal turno de tarde la prioridad para ocupar vacante en el turno de día (actualmente establecida solo para personal turno de noche)

    Adaptar y actualizar la Clasificación Profesional

    •  Clasificación Profesional: 
      • Adaptar definiciones clasificación profesional al Marco Español de Cualificaciones y al catálogo de títulos de Formación Profesional
      • Rectificar Anexo 2 Área sanit.: Incluir Médico/a residente en Grupo I
      • Adaptar titulación univ. a RD 822/21: Grado, Máster y Doctorado

    Desarrollo profesional personal sanitario

    •  Carrera Profesional: 
      • Obligación de instaurar Sistema negociado de desarrollo profesional para el personal sanitario, dando cumplimiento a la Ley 44/2003.
      • Comité evaluador sectorial para homogeneizar criterios evaluación.

    Indemnidad conflicto deontológico

    •  Garantía de Indemnidad por conflicto deontológico o profesional: 
      Fijar en convenio la nulidad de las acciones disciplinarias con origen en conflictos por diferencias de criterio técnico-profesional o deontológico.

    Observatorio sectorial específico Mutuas

    •  Observatorio Sectorial de Mutuas Colaboradoras con la Seg. Soc.: 
      Constitución Observatorio Sectorial específico de Mutuas como foro estable de diálogo social sobre materias específicas del sector (análisis realidad, impacto sobre relaciones laborales de su consideración como Sector Público Estatal, diseño de estrategias conjuntas, etc.).

     

    Puedes leer la Plataforma completa de CCOO haciendo clic en este enlace

    En próximos comunicados os detallaremos las pretensiones patronales, además de seguir informando puntualmente sobre esta negociación.

    Puedes hacernos llegar tus dudas o comentarios

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  • El empleo femenino sigue creciendo en condiciones salariales desiguales provocadas por la parcialidad laboral históricamente atribuida a la mujer

    La brecha salarial de género sigue siendo una realidad en España, a pesar del crecimiento del empleo femenino en los últimos años. Las mujeres continúan percibiendo salarios inferiores, lastradas, principalmente por unas preocupantes tasas de empleo parcial que se perpetúan e institucionalizan a través de un mercado laboral que sigue asignando a la mujer el rol de cuidadora, presuponiendo un menor grado de implicación con el ámbito laboral.  

    21 de febrero de 2025

    A pesar del incremento en la ocupación femenina en el último año en nuestro país, la desigualdad salarial entre hombres y mujeres sigue siendo una realidad preocupante en el mercado laboral español. La brecha salarial de género se situó en un 19,6% en 2023, reflejando la persistencia de un modelo laboral que penaliza a las mujeres, especialmente debido a la parcialidad laboral.

    El salario medio del conjunto de trabajadores y trabajadoras fue de 27.276€ anuales. Sin embargo, sólo un 34% de las mujeres alcanzó esta cifra, frente al 45% de los hombres. Como consecuencia, el salario medio femenino se situó en 24.758€, mientras que el masculino alcanzó los 29.615€: una diferencia de 4.856€ anuales en perjuicio de las mujeres trabajadoras.

    Los sectores de actividad representados por CCOO Servicios registran brechas salariales notablemente superiores a la media de la economía. Registran brechas salariales superiores al 30% las activ. Administrativas y auxiliares (36%), las activ. Profesionales, científicas e intelectuales (35%), el Comercio (31%), las activ. Inmobiliarias (30%). Les siguen de cerca las activ. Financieras y de Seguros (28%) y la Hostelería (19%), aunque en ésta última la brecha es ligeramente inferior a la media registrada en la economía.

    Que en sectores de características opuestas exista por igual la brecha salarial de género, revela que este fenómeno no se justifica por ninguna razón productiva o económica, ni por las características económicas que definen a los sectores; más bien todo lo contrario: la brecha salarial es un fenómeno complejo que opaca la suma de múltiples dinámicas sociales discriminatorias que se extienden al ámbito laboral.

    La tardía incorporación de la mujer al mercado de trabajo y su inserción en sectores considerados “típicamente femeninos” ha edificado sesgos de género que continúan relegando a un lugar secundario la carrera profesional de las mujeres. A esta división laboral horizontal, se suma la segregación vertical, que impide que ellas desarrollen plenamente sus carreras profesionales y lleguen a posiciones de dirección y liderazgo, lo que les resta oportunidades de acceso a determinados pluses y complementos salariales y a los niveles más altos de las escalas retributivas en las empresas.

    Actualmente, sólo el 36% de los cargos de dirección o gerencia están ocupados por mujeres, mientras que el 64% continúa en manos de hombres.

    Aunque la presencia de mujeres y hombres en el mercado de trabajo esté casi garantizada a partes iguales, y la tasa de feminización del empleo asalariado en el sector privado alcance el 46% (gracias a la intensa incorporación de las mujeres en el mercado de trabajo durante las últimas décadas), ellas absorben el 75% del empleo parcial y, por tanto, su posición en el mercado de trabajo continúa siendo secundaria.

    Un trabajo a tiempo parcial, que unido al empleo en ocupaciones elementales y estacionales, se presenta como una decisión aparentemente voluntaria que, de fondo, está condicionada por un cálculo de coste-beneficio en términos de conciliación de la vida personal, familiar y laboral a partir de los tradicionales roles de género establecidos en la sociedad, donde implícitamente se sigue dando por hecho que las mujeres tienen una inclinación natural a cuidar y, desde la óptica del empleador se sigue presuponiendo que su involucración con el empleo siempre va a ser parcial.

    Por eso es fundamental identificar y señalar aquellos mecanismos y modelos de relaciones laborales que, en el seno de las empresas, están perjudicando la inclusión simétrica de las mujeres en el mercado de trabajo.

    Desde CCOO Servicios apostamos por la reducción de la jornada laboral en aquellos sectores donde prima la jornada laboral ordinaria, y por la consolidación de jornadas parciales más extensas en aquellos sectores donde imperan las jornadas parciales exiguas, como vía para atajar la brecha salarial.

    Es necesario redistribuir mejor el trabajo, con el fin de conciliar la vida personal y laboral, y favorecer la completa integración del empleo femenino en el mundo del trabajo, a partir de modelos sociales renovados donde las tareas de los cuidados sean efectivamente compartidas por hombres y mujeres, y donde la jornada ordinaria se reduzca y deje espacio para permitir el desarrollo de una vida digna y en condiciones de igualdad.

  • Salut laboral: Riscos psicosocials en la restauració moderna

    La restauració moderna és un subsector específic dins de l'hostaleria, que per la seua pròpia naturalesa, pateix una sèrie de riscos laborals relacionats amb la seua activitat diària.

    Els restaurants de restauració moderna es caracteritzen per preparar i servir els aliments amb molta rapidesa i amb una carta molt homogènia. Per la pròpia naturalesa de l'establiment, el treball ha de fer-se de manera ràpida i àgil, sense possibilitat d'improvisació.

    Aquest tipus de restaurants té, en si mateix, unes característiques que fan que es presenten riscos molt concrets referits a la manera de treballar, que exigeix treballar d'una manera molt mecànica i a gran velocitat, la qual cosa obliga a realitzar esforços físics constants i comporta un elevat risc d'accidents a causa de la rapidesa necessària per a treballar.

    Però no són els riscos físics els únics que es donen en els restaurants de restauració moderna, ja que aquesta tipologia d'establiment també comporta un gran component de risc psicològic que no sempre és degudament tingut en compte.

    El soroll ambiental elevat de manera constant, les exigències de la clientela, la falta de personal, la calor excessiva en la zona de cuina, la multitud de tasques (no sempre ben definides), la pressió exercida pel personal gerent del local, el ritme de treball accelerat… tot són característiques que fan que el treball en restaurants de restauració moderna afecte greument la salut mental de les persones treballadores.

    Parlant en termes genèrics, la identificació i l’actuació davant dels riscos físics es realitza de manera habitual per les empreses, ja que està més establit i són perills “més evidents” i per tant més fàcils d'abordar. Però encara que siguen menys obvis, no per això no existeixen els riscos que provoquen l'estrés laboral, i davant aquest perill és igualment obligatori la seua anàlisi i actuació contra els efectes que provoca.

    Una manera de previndre que els riscos laborals es materialitzen finalment en malalties i danys per a la salut és amb formació per a adoptar bones postures de treball i manipular correctament les càrregues, però també amb l'establiment de pauses i descansos durant la jornada, tenint en compte la temperatura ambient, la intensitat de les tasques i l'atenció necessària per a dur-les a terme.

    Els factors de riscos psicosocials solen ser multicausals, per la qual cosa per a afrontar-los amb perspectives d'èxit és necessari escometre'ls des de diferents perspectives, ja que implica diferents tipus de factors:

    1. Condicions de l'entorn laboral: il·luminació, soroll, temperatura, espai de treball.
    2. Concepción del lloc de treball i contingut de les tasques.
    3. Jornada laboral i repartiment horari d'aquesta.
    4. Tolerància zero en matèries com són l'assetjament (en les seues diferents variacions), la violència en el lloc de treball, així com qualsevol tipus de discriminació.

    Per a realitzar adequadament una avaluació dels riscos psicosocials que existeixen en els establiments de restauració moderna, en l'empresa s'han de considerar diversos factors, com són la quantitat de tasques a realitzar, el personal disponible per a realitzar-les, la complexitat d'aquestes, el temps del qual es disposa per a realitzar-les, la pròpia situació fisiològica de la persona treballadora, o la possibilitat de decisió en la manera de realitzar-la. També s'ha d'avaluar el ritme en el qual s'ha de dur a terme el treball, els horaris (sobretot si són torns rotatoris o en horaris nocturns), així com la pròpia cultura empresarial, que pot ser més o menys autoritària.

    A més d'aquests factors, també s'ha d'avaluar el grau d'incertesa que poden tindre les persones treballadores, en relació amb el seu futur professional. O el grau de comunicació que hi ha en l'empresa amb el personal que treballa al seu càrrec, que pot fer que no siguen clares les funcions que cada persona ha de desenvolupar en el seu lloc de treball o interferir en les relacions entre companys/es.

    RECOMANACIONS EN MATÈRIA DE LPRL PER A PREVINDRE ELS RISCOS PSICOSOCIALS

    Tots els riscos enunciats, tan físics com psicològics, han de ser abordats per a realitzar una adequada avaluació de riscos laborals.

    Una vegada analitzats els riscos que hi ha en els llocs de treball, s'han d'eliminar els desajustaments que s'hagen detectat, estant les empreses obligades a actuar en modificacions de l'organització del treball o de les tasques a realitzar.