Autor: Comfia Pais Valenciano

  • Información ante alerta meteorológica

    • Los fenómenos meteorológicos causan incidentes graves y suponen un riesgo para la seguridad. La falta al puesto de trabajo está justificada cuando existe "riesgo grave e inminente". Las empresas están obligadas por ley a informar a la plantilla, tomar las medidas pertinentes y, si es necesario, interrumpir la actividad.
    • NO PUEDO IR AL TRABAJO… en caso de que exista riesgo para la salud de las personas trabajadoras, está justificada su ausencia (RD 4/2023 y artículo 21.2 de la Ley de PRL). Asi mismo, en el caso de tener que faltar al trabajo por causa de fuerza mayor, las empresas podrán utilizar la figura recogida en el artículo 47.5 ET (ERTE por Fuerza Mayor).
       
    • CIERRE DE COLEGIOS
      Ante el cierre de colegios mañana jueves, mientras duren las medidas tenemos que solicitar a las empresas que faciliten el teletrabajo, si no existe posibilidad material de teletrabajar, se solicitara que ese tiempo sea considerado como permiso retribuido. En caso de que exista riesgo para la salud de las personas trabajadoras, está justificada su ausencia (RD4/2023y artículo 21.2de la Ley de PRL)
       
    • ESTOY EN EL TRABAJO… el art 21.2 de la LPRL faculta al trabajador a abandonar su puesto de trabajo si considera que está expuesto a un riesgo grave y no puede ser sancionado por ello pero ello no quiere decir que sea retribuido. El permiso retribuido por fuerza mayor del 37.9 ET es específico cuando sea necesario por motivos familiares urgentes relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.
       

    Ante las nuevas alertas climáticas – ROJA y NARANJA – que se están produciendo en diferentes provincias informaros que los paquetes de medidas que se ha aprobado para la DANA están referidas a lo ocurrido en Valencia.

    Asimismo os informamos de que, en sintonía con las medidas aprobadas ya para Valencia, estamos solicitando que se facilite el teletrabajo donde sea posible o en su defecto, permisos retribuidos.

    En cualquier caso, las ausencias están justificadas, tanto si el desplazamiento supone peligro para la persona trabajadora como si tenemos menores a nuestro cargo durante el cierre de centros docentes. 

    Por lo tanto, NO es obligatorio tomar estas jornadas como vacaciones, como están pretendiendo algunas empresas .

    RECUERDA… existe un permiso retribuido de 4 días al año por causa de fuerza mayor (Ver permisos)

     

    Descarga esta INFOGRAFÍA sobre qué hacer ante una alerta meteorológica:


      

  • UN CONVENI HISTÒRIC

    • CCOO, UGT I FINE hem signat el text definitiu del XXV Conveni de BANCA

    Després de l'èxit de les mobilitzacions impulsades per CCOO, UGT i FINE, que va propiciar la signatura d'un preacord i després d'haver treballat durant llarg temps en la seua redacció per a garantir el compliment dels acords, hui hem signat el XXV Conveni de Banca 2024-2026.

    Galería de fotos en fli.kr

    Un conveni en el qual, recordem, hem aconseguit augments salarials entre l'11 % i el 13 % -en funció de l'IPC- en 3 anys (11,40 %-13,40 % en acumulat), i 1 dia addicional de permís en cadascun dels anys 2024, 2025 i 2026.

    A més, hem aconseguit:

    • Garantia de cobrament global per a la plantilla del 65 % dels increments pactats, aplicar un 70 % per a 2024, un 70 % per a 2025 i 50 % per a 2026. Amb això aconseguim una fita històrica en banca que és garantir els augments per a la plantilla, amb un mínim del 7,31 %.
    • 1 dia addicional de lliure disposició per a cada any de vigència del Conveni.
    • Un increment del 6,11 % dels triennis durant la vigència de Conveni, tant per als d'antiguitat com de tècnics, evitant la supressió i congelació pretesa per AEB.
    • Un increment d'altres conceptes salarials com el plus transitori i el de polivalència funcional es revaloritzaran en el mateix percentatge que les taules de Conveni, de fins al 13,40 % acumulat en funció de l'IPC.

    I la patronal NO ha aconseguit:

    • Ni ampliar la mobilitat geogràfica a 50 km com pretenia l'AEB ni eliminar els triennis.
    • També us recordem que en les dates indicades pel Conveni es percebrà la paga RAE-Beneficis i la percepció BAI.

    Aconseguir increments salarials que ens permeteren recuperar el nostre poder adquisitiu i mantindre els beneficis socials que gaudíem eren objectius essencials per a CCOO, UGT i FINE. I que aquests arribaren a tota la plantilla, cosa que hem aconseguit en un 65 %. I no pararem fins aconseguir que la garantia siga del 100 %, revertint així el que disposa l'Estatut dels Treballadors.

     

    {video}
     

    Infografía: 


     

  • Ana García: «Necesitamos que haya una cobertura social de amplio espectro para la ciudadanía valenciana»

    La secretaria general de CCOO PV ha trasladado hoy a la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, y al conseller de Empleo, José Antonio Rovira, sus peticiones en materia laboral y social. El sindicato, que ha destacado la importancia de dar seguridad y certeza a los trabajadores y a las trabajadoras, ha publicado un documento de propuestas para hacer frente a los efectos de la DANA

    La secretaria general de CCOO PV, Ana García, ha mantenido esta tarde una reunión con la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo y Economía Social, Yolanda Díaz, con el conseller de Educación, Universidades y Empleo de la Generalitat Valenciana, José Antonio Rovira, y con los representantes de UGT PV, Ismael Sáez y de la patronal CEV, Salvador Navarro.

    La secretaria general de CCOO PV, Ana García, ha destacado la importancia de dar seguridad y certeza a los trabajadores y a las trabajadoras. “Hay un compromiso político de que haya cobertura con todo lo que tiene que ver con los ERTE por fuerza mayor, con todo lo que tiene que ver con los permisos, porque, a día de hoy, hay mucha incertidumbre en las personas trabajadoras y necesitamos que sea cuanto antes, con agilidad”.

    En este sentido, García ha pedido toda una serie de cuestiones que tienen que ver con esa agilidad normativa que tenga que darse para el cobro de las prestaciones por desempleo y para cuestiones del ámbito social, “por toda la casuística que hay hoy de pérdida de todo tipo de electrodomésticos, material informático, vehículos, etc.”. CCOO PV ha pedido a la ministra que traslade al Gobierno esta cuestión.

    Durante la reunión, CCOO PV también ha hecho una serie de peticiones al Gobierno Valenciano. “A la Generalitat también hemos pedido que tiene que haber una cobertura al mismo nivel que en la pandemia para los trabajadores y las trabajadoras que van a ERTE, es decir, complementar el salario hasta 100%. Porque del SEPE lo que van a cobrar es del 70% de la base reguladora”, ha explicado Ana García.

    Con respecto al Plan Me Cuida, lo que se ha solicitado también a la Generalitat es un complemento. “Son ayudas, porque el plan Me Cuida consistía en la reducción de la jornada de hasta el 100% para situaciones de cuidados. Está muy bien que sea de esa cobertura, pero tiene que haber también una cobertura económica porque las personas, las familias, tienen que comer todos los días”, ha puntualizado la secretaria general de CCOO PV.

    El sindicato también le ha trasladado toda una serie de cuestiones que tienen que ver con la vivienda, por ejemplo, con moratorias en alquileres o en hipotecas, etc. “Todo lo que sea necesario para que se ayude a las familias que lo están pasando mal”.

    Finalmente, CCOO PV ha pedido, tanto al Gobierno valenciano como al Ministerio, es agilidad en la resolución de todas las tramitaciones. “Necesitamos que haya cobertura social de amplio espectro para el conjunto de la ciudadanía valenciana que a día de hoy lo está pasando muy mal”. La secretaria general de CCOO PV también ha apuntado que la Generalitat tiene que intentar suplir todas las cuestiones que se han dado debidas a los problemas con infraestructuras, “es decir, en tema de metros, en tema de cercanías, etc.; sabemos que están en ello, pero pedimos celeridad”.

     

     

    NOTA DE PRENSA

  • PREGUNTAS Y RESPUESTAS LABORALES SOBRE LA DANA

    Desde el sindicato contestamos algunas de las principales preocupaciones que nos están llegando por parte de las trabajadoras y trabajadores, que iremos actualizando.

    ¿Qué hago si por necesidad de cuidados relacionados con la DANA no puedo ir a trabajar? 

    Debes comunicarlo cada día a la empresa, con los medios que acrediten esta situación, como informes médicos o bandos municipales. Estamos pendientes de cómo se legisle al respecto e iremos informando. Si tienes dudas, escríbenos a Serveis-pv@servicios.ccoo.es. Tambien tienes disponible este otro espacio www.pv.ccoo.es/infodana

    No tengo medio de desplazamiento ni transporte público, ¿he de ir mañana al trabajo?

    Mientras no haya una norma expresa que califique como permiso retribuido estas situaciones, la comunicación a la empresa ha de ser suficiente justificación. Si existiera alguna medida disciplinaria, ponte en contacto con el sindicato para reclamarla y poder anularla.

    Mi centro de trabajo está dañado, ¿he de ir a limpiarlo?

    Depende de la posibilidad que tengas de desplazamiento y de la seguridad que conlleve. Este tiempo de trabajo debe considerarse como horas extraordinarias de fuerza mayor. 

    ¿Tengo que devolver las horas si no he ido a trabajar, puedo desplazarme y mi empresa está operativa?

    Mientras no haya una norma expresa, o no se produzca la solicitud de ERTE por fuerza mayor, dependerá de lo que establezca tu convenio colectivo o el acuerdo en la empresa a la hora de la compensación de esa jornada.

    Mi empresa me ha comunicado que quieren solicitar un ERTE por fuerza mayor, ¿qué debo hacer?

    Si en tu empresa no tenéis representación, se ha de autorizar por la autoridad laboral. La empresa debe comunicar que tiene la intención de solicitar un ERTE (suspensión) por un plazo determinado hasta poder retomar la actividad.

    ¿Y si mi empresa quiere hacer un ERTE por fuerza mayor?

    Desde Serveis CCOO PV consideramos que los ERTE son la mejor herramienta para empresas y personas trabajadoras. Ponte en contacto con el sindicato para la defensa de los puestos de trabajo y que no se aproveche nadie de esta catastrófica situación.

    Si al volver el martes a casa tuviste un accidente de tráfico como consecuencia de las inundaciones.

    Debe ser considerado accidente de trabajo, consulta con el sindicato para su reconocimiento.

    ¿Como Representación Legal de las Personas Trabajadoras (RLT) puedo paralizar la actividad en mi centro de trabajo?

    Los fenómenos meteorológicos, como esta Dana, causan incidentes graves en calles, carreteras y redes ferroviarias, lo que supone un riesgo para la seguridad de la ciudadanía, por lo que la falta al puesto de trabajo puede estar justificada por el art. 21 LPRL, que regula el riesgo grave e inminente, y no podrán sufrir perjuicio alguno.

    Cuando existe "riesgo grave e inminente", la empresa está obligada a informar a la plantilla, tomar las medidas pertinentes y, si es necesario, interrumpir la actividad. Si no fuera el caso, la RLT podrá acordar, por mayoría de sus miembros, la paralización de la actividad. Tal acuerdo será comunicado de inmediato a la empresa y a la autoridad laboral, que en el plazo de 24 horas anulará o ratificará la paralización acordada.

    Si tienes cualquier duda, ponte en contacto con el sindicato.

    COMUNICADO CCOO SERVEIS DANA CASTELLANO

    COMUNICADO CCO SERVEIS DANA VALENCIANO

  • CCOO denuncia el mantenimiento de la actividad laboral cuando ya era conocido el riesgo de inundación

    Los fenómenos meteorológicos adversos, cuyos efectos devastadores se están incrementando a consecuencia del cambio climático, son también un riesgo laboral que debe ser evaluado y prevenido por las empresas para garantizar la salud y la vida de las personas trabajadoras.

    Desde CCOO queremos expresar la profunda consternación que nos causan las noticias sobre el elevado número de víctimas mortales producto de la DANA que ha afectado en las últimas horas a zonas del País Valenciano, Castilla-La Mancha y Andalucía. En primer lugar queremos trasladar toda nuestra solidaridad a las poblaciones de los territorios afectados y el pésame a las familias y personas allegadas de las víctimas. Y también agradecer los esfuerzos de los diferentes servicios de emergencia que están actuando para paliar las consecuencias del desastre.

    También consideramos que se debe reflexionar sobre las consecuencias de este acontecimiento en términos de seguridad y salud en el trabajo, porque muchas de las personas que han fallecido o que se han visto afectadas lo han hecho mientras trabajaban, por lo que en caso de sufrir daños tendrán la consideración de accidente de trabajo. Pero también debemos recordar que nos enfrentamos a un riesgo que debe ser evaluado por las empresas y para el que se deben adoptar medidas preventivas.

    El artículo 15 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales incluye entre los principios de la acción preventiva que deben tener en cuenta las empresas evitar los riesgos, evaluar los que no se puedan evitar, planificar la prevención, adoptar medidas que antepongan la protección colectiva a la individual y dar las debidas instrucciones a las personas trabajadoras, entre otros. El riesgo de fenómenos meteorológicos adversos es un riesgo como cualquier otro y sobre el que se tienen que aplicar estos principios de acción preventiva.

    Pero además, hay una norma que los tiene en cuenta de manera explícita: el Real Decreto-ley 4/2023. En su Disposición final primera modifica el RD 486/1997 de lugares de trabajo, para garantizar la adopción de medidas adecuadas para la protección de las personas trabajadoras frente a cualquier riesgo relacionado con fenómenos meteorológicos adversos, incluyendo temperaturas extremas, a partir de la evaluación de riesgos. Indica que “las medidas preventivas incluirán la prohibición de desarrollar determinadas tareas durante las horas del día en las que concurran fenómenos meteorológicos adversos, en aquellos casos en que no pueda garantizarse de otro modo la debida protección de la persona trabajadora” como ha sucedido en las últimas horas. Y obliga a la adopción de estas medidas, incluida la paralización de la actividad laboral, “cuando Agencia Estatal de Meteorología o, en su caso, el órgano autonómico correspondiente en el caso de las comunidades autónomas que cuenten con dicho servicio, un aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja o rojo”.

    La AEMET emitió con antelación suficiente el aviso de fenómenos meteorológicos adversos de nivel naranja y rojo en las zonas en las que finalmente se ha producido la catástrofe. Sin embargo, se mantuvo la actividad laboral en numerosas empresas, poniendo en riesgo a un gran número de personas, lo que supone un incumplimiento de la legislación preventiva vigente.

    Desde CCOO denunciamos que hay empresas que han obligado a personas trabajadoras a permanecer o acudir a sus puestos de trabajo a pesar de estar enfrentándose a un riesgo grave e inminente y ponemos a disposición de las personas afectadas por esta situación los servicios del sindicato para defender sus derechos laborales. Asimismo, exigimos a las administraciones una investigación a fondo de lo sucedido para que se adopten las medidas sancionadoras y correctoras necesarias, sin descarta en su caso las responsabilidades penales o del tipo que sean.

    Los fenómenos meteorológicos adversos van a incrementar su frecuencia y su intensidad en los próximos años producto del cambio climático y la sociedad española debe estar preparada para afrontarlos.