Autor: Comfia Pais Valenciano

  • Signat el I Pla d’igualtat de Grup d´AMREST

    El 15 de juliol s'ha signat el I Pla d'igualtat conjunt per a les marques Restaurvia (KFC),Pastificio Service (La Tagliatella) i Sushi Shop i Amrestag.

    Després d'un procés llarg i extenuant, hem signat un pla d'igualtat que manté les millores incloses anteriorment per marca, i avança mesures per a aconseguir una igualtat real conjunta, millors condicions de treball i conciliació, CCOO ha sigut la impulsora de totes aquestes.

    Algunes de les mesures que es començaran a aplicar després de la seua signatura i posterior publicació en Regcon:

    • Millora en les condicions de treball: Es prioritzarà en els trasllats i augment d'hores les persones ja contractades, en les obertures i vacants en general. Possibilitat d'acostar a les persones treballadores als col·legis dels seus descendents.
    • Que fer ús de mesures de conciliació no et penalitze per a promocionar en l'empresa: Assegurar que les persones que s'hagen acollit a mesures de conciliació tinguen les mateixes possibilitats de promoció que la resta de plantilla a través de la vigilància de la Comissió d'Igualtat.
    • Salut laboral: Possibilitar l'adaptació de lloc per a embarassades en jornada contínua i teletreball en tasques administratives.
    • Nou protocol d'assetjament: Amb garanties de protecció immediata i cobrament del 100 % de la incapacitat en els casos d'assetjament sexual.
    • Tolerància zero a la violència contra les dones: Trasllat immediat amb reserva de lloc, acolliment d'emergència, pagament 100 % víctimes de violència de gènere.
    • Mesures per a conciliar i foment de la corresponsabilitat: Ampliació de la reducció i concreció horària de menors de 12 anys fins als 14. Permisos per malaltia familiar de tercer grau, drets per a progenitors amb la guàrdia i custòdia, adequació d'horaris en períodes d'adaptació escolar.
    • Transparència en els salaris: Compromís de reducció de la bretxa salarial entre homes i dones en un 5 %. Pagament de les primes íntegres en situació de lactància.

    Per a ampliar la informació contacta amb els delegades i les delegats de CCOO

     

     

  • Acuerdo en la sede de SIMA, tras el arbitraje en la negociación del Plan de igualdad Cualtis-Vitaly

    Tras el acuerdo en la Audiencia Nacional por los incumplimientos sistemáticos y bloqueo de la negociación del Plan de Igualdad de Cualtis, ahora Vitaly Health Services, se ha llegado a un acuerdo en el procedimiento de arbitraje sobre la descripción de puestos de trabajo y Valoración de estos.

    Tras varias e intensas reuniones tanto en la sede del SIMA como telemáticamente de forma bilateral con la empresa y las secciones sindicales, y habiendo sido incorporado gran parte del trabajo que minuciosamente se ha llevado a cabo por CCOO, se ha logrado vencer las discrepancias existentes y llegar a un acuerdo en la mayoría de las descripciones de puestos de trabajo, quedando únicamente dos puestos, en los que el árbitro, previa visita al centro de trabajo de Cualtis, y tras analizar en profundidad los puestos, ha tenido que dictar laudo parcial.

    Finalmente, ayer 15 de julio, finalizó el proceso de arbitraje con el objetivo cumplido de haber alcanzado un acuerdo.

    Queda pendiente un trabajo intenso para poder acabar la fase de diagnóstico y finalizar el Plan de igualdad.

    Recordemos que se estableció una multa coercitiva a cargo de la empresa de 200 euros diarios desde la fecha del 23 de mayo de 2024 hasta 15 días después de la resolución del arbitraje.

    A partir del día decimosexto de la resolución del arbitraje, dicha multa se elevará a 500 euros diarios. A partir del 1 de agosto de 2024 la multa ascenderá a 1.000 euros diarios. En cualquier caso, la obligación de abono de la multa coercitiva cesara en el momento de firma del segundo Plan de Igualdad de Cualtis-Vitaly.

    Desde CCOO ponemos en valor este acuerdo y el poder de la negociación colectiva y legitima del papel sindical.

    Esperamos que hasta la finalización del Plan de igualdad se desarrolle una correcta negociación entre las partes y, la aplicación de medidas planificadas tras la elaboración de un diagnóstico, para corregir la desigualdad de las mujeres en la empresa.

     

    COMUNICADO

  • CCOO firma un acuerdo en INDITEX pionero en el sector

    • CCOO damos un paso más para homologar las condiciones dentro del grupo Inditex. Garantía mínima de antigüedad, Premio de Vinculación y Reducción de jornada por edad.

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    Hemos alcanzado un acuerdo que garantiza un mínimo de Antigüedad creando cuatrienios en los territorios que no la tienen reconocida en su convenio; estableciendo dos premios de vinculación, uno a los 25 y otro a los 30 años de antigüedad; y además garantizamos una reducción de horas para todas las personas de tiendas del grupo Inditex de cierta edad.

     ACUERDO DE MADUREZ: 

    Vigencia de tres años; 2024, 2025 y 2026 revalorizable al IPC.

    Garantía mínima de vinculación proporcional a la jornada

    • 8 a 11 años de antigüedad e = 850€ anuales
    • 12 a 15 años de antigüedad = 1.000€ anuales
    • 16 a 19 años de antigüedad = 1,200€ anuales
    • + 20 años de antigüedad = 1.400 € (no absorbible)

    Al cumplir los 25 años de antigüedad en la empresa, se abonará un premio de vinculación de 1.500€.

    Al cumplir los 30 años de antigüedad, las personas trabajadoras percibirán una tarjeta regalo de 500€.

    Las personas que ya hubieran superado la antigüedad requerida, recibirán igualmente los premios de vinculación correspondientes.

    Reducción de la jornada en función de la edad, a partir de 2025, que se disfrutará el año que la persona trabajadora cumpla 10 años de antigüedad en la empresa a partir de los 55 de edad.
     

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    La mesa de negociación sigue abierta y nos emplazamos a septiembre para tratar los demás puntos. (Plus Sábado tarde, Incentivo dependientas, ayudas sociales…)

  • CCOO apuesta por el convenio de BANCA

    • Las plantillas de banca necesitan un convenio ya

    En la reunión de hoy CCOO hemos valorado la oferta de aeb, dejando claro que apostamos por el cierre de un preacuerdo, pero no a cualquier precio.

    Para ello hemos trasladado con claridad las prioridades de CCOO, por las que debe pasar cualquier preacuerdo de Convenio:

    • Un incremento del 12% en 3 años (con garantía en caso de IPC superior), aunque podría converger al planteamiento de AEB (11%) si AEB asume nuestras condiciones y se ofrecen incrementos superiores para 2024.
    • Todos los conceptos salariales deben ser revalorizados, incluidos trienios de antigüedad y de técnicos. AEB debe asumirlo y concretar propuesta.
    • La garantía de cobro para la totalidad de la plantilla debe operar durante los 3 años de vigencia del convenio. AEB debe asumirlo y concretar propuesta.
    • Dia adicional de vacaciones para cada año de vigencia del convenio.

    CCOO, desde nuestra responsabilidad como sindicato mayoritario, apostamos por buscar un preacuerdo antes del 31/07, para que las plantillas de Banca dejen de sufrir la actual congelación salarial, mientras las de Ahorro y Rurales ya tienen convenio, gracias a la actuación conjunta de CCOO, UGT y FINE.

    No dudamos que otras organizaciones sindicales comparten esta apuesta por el convenio, desde un ejercicio de responsabilidad y priorizando el interés de las plantillas, que nada tiene que ver con la postura sencilla de ver los toros desde la barrera, criticando lo que hacen los demás sin movilizar en serio ni alcanzar acuerdos.

    Este semestre volverán a publicarse beneficios récord: AEB debe apostar, al igual que vamos a hacer desde CCOO, por dar a las plantillas el convenio que necesitan y merecen, intentando no tener que llevarlas a nuevos escenarios de conflictividad.

     PRÓXIMA REUNIÓN DÍA 23 DE JULIO   

  • Firmado el VIII Convenio de Gestión y Mediación Inmobiliaria

    Firmado, el 9 de abril en Madrid, el VIII Convenio Colectivo Estatal para las empresas de Gestión y Mediación Inmobiliaria entre la Federación de /Asociaciones de Empresas Inmobiliarias (FADEI) y los sindicatos CCOO-Servicios y FeSMC-UGT.

    Tras el preacuerdo alcanzado en la reunión del mes pasado de la Mesa Negociadora, se redactó el texto definitivo del VIII Convenio Colectivo del sector, cuya firma se ha realizado en la sede de AMADEI en Madrid. El nuevo convenio, tendrá entrada en el REGCON (Registro y Depósito de Convenio Colectivos, Acuerdos Colectivos de Trabajo y Planes de Igualdad) del Ministerio de Trabajo y Economía Social en los próximos días para su proceso y tramitación oficial. Se estima que pudiera estar publicado en el BOE, en un plazo comprendido entre uno y dos meses, aproximadamente.

    El Convenio comenzará su vigencia al día siguiente de su publicación el BOE y estará vigente hasta el 31 de Diciembre de 2026. A continuación os recordamos los principales puntos acordados:

    Retribuciones

    • Incremento inicial de Tablas y del resto de Conceptos Salariales de un 3% en cada uno de los años 2024, 25 y 26. Adicionalmente, se incluye una cláusula de revisión salarial de hasta un 1%, aplicable el 1 de enero del año siguiente, para el caso de que el IPC de cada año de vigencia excediera el 3% inicial. Las tablas salariales del 2024 serán de aplicación con efectos retroactivos desde el 1 de Enero de 2024.
    • Cláusula de adaptación automática de las tablas cuando el SMI publicado durante la vigencia del Convenio, supere el importe de la tabla de alguno, o algunos niveles: se incrementa el inferior y se mantiene el diferencial existente entre dichos niveles.


       

    • En cuanto al KILOMETRAJE se incrementa hasta los 0,30€/Km en vehículo propio.
    • DIETAS: Nuevo sistema. La dieta se desdobla en: 17€ (1 comida) y 34€ (2 comidas) que supone un incremento del +5,5%.
    • Caso de que haya pernocta, se incluye el coste del Desayuno junto al del alojamiento, a cargo de la empresa, y caso de no estar incluido, se compensará con hasta un máximo de 6€ revisable anualmente.
    • La AYUDA A GUARDERÍA se incrementa hasta los 700€ año.
    • Se establece la revisión anual de los importes de Dietas, Kilometraje y Ayuda a Guardería en la misma cuantía que las tablas salariales (antes no se hacía).
       

    Permisos Retribuidos

    • Adaptación de todos los permisos, excedencias y reducciones de jornada al RD 5/2023, otras leyes nuevas y a la jurisprudencia consolidada. El permiso por accidente, enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica, etc. será de 5 días laborables. Posibilidad de disfrutar esos 5 días de manera continua o discontinua, en el plazo de hasta 10 días después de producirse el hecho causante.
    • NUEVO PERMISO retribuido de un día laborable, para la realización de pruebas diagnósticas ambulatorias que precisen sedación y necesiten el acompañamiento de una persona (p. ej.: colonoscopia, gastroscopia, cistoscopia, etc..) para el trabajador y para acompañar a familiares de primer grado.
    • El PERMISO POR MATRIMONIO de 15 días naturales, cuando la celebración de la ceremonia se realice en día no laborable para el trabajador, se ha de considerar como primer día de cómputo del permiso el primer día laboral inmediato siguiente a aquél en el que se produjera el hecho causante.
    • Inclusión del supuesto de PARTO MÚLTIPLE en el PERMISO RETRIBUIDO POR ACUMULACIÓN de horas de LACTANCIA. En el parto simple será de 15 días, y en el parto múltiple, 14 días por cada hijo/a.

    Complemento de Incapacidad Temporal:

    • A los COMERCIALES, además de la complementación de los conceptos fijos de nómina, se les complementará con una cantidad ADICIONAL consistente en la MEDIA DE LAS COMISIONES percibidas en los tres últimos meses.

    Inclusión de Nuevos artículos:

    • Nuevo artículo 74. Trabajo a distancia y teletrabajo que lo desarrolla, determina la dotación mínima de medios y herramientas, e incluye una compensación por gastos de 1,5€/día a jornada completa, revalorizables en 2025 y 2026 en la misma cuantía que las tablas.
    • Nuevo artículo 75. Que regula la Desconexión Digital y la desarrolla ampliamente.

    Salud Laboral:

    • Se regulan muy ampliamente, las normas mínimas de Salud Laboral, Vigilancia de la Salud y Evaluación de Riesgos Laborales, incluyendo el Protocolo de Pantallas de Visualización de datos y las pausas correspondientes. Se regula que los 15 minutos de descanso en cada jornada del Art 34.3 del ET, y tienen la consideración de tiempo efectivo de trabajo.
       

    Por último, hemos procedido a efectuar una completa revisión del texto del convenio, adaptando todos aquellos artículos que se habían quedado desfasados tras los cambios normativos y jurisprudenciales producidos, desde que se firmó el convenio anterior, y efectuado una corrección de errores.

    Desde UGT y CCOO creemos que es motivo de felicitación y satisfacción el haber conseguido tener un nuevo Convenio Colectivo, con avances significativos desde el anterior, tras un largo periodo de negociación y no pocos obstáculos por el camino.

    Esperamos seguir mejorando las condiciones de este convenio, en próximas negociaciones, y contar para ello con vuestro apoyo y complicidad.
     

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