Autor: Comfia Pais Valenciano

  • Constitución de la comisión negociadora del I Plan de Igualdad de Adolfo Domínguez

    • El pasado viernes, 17 de noviembre, ha quedado constituida la comisión negociadora del I Plan de Igualdad de Adolfo Domínguez, S.A.
    • La conocida empresa de comercio textil española emplea a casi 900 personas en todo el territorio nacional en los 129 centros de trabajo; combinando la venta física en tienda con el comercio on line.

    Por la parte social, los sindicatos que intervienen en la negociación son CCOO y UGT. Nosotras contamos con 5 miembros que representan tanto de los centros con RLPT elegida como los que no, y nos marcamos como objetivo que el nuevo Plan de Igualdad sea una pieza esencial en la mejora de la igualdad entre mujeres y hombres en nuestra empresa.

    La normativa legal obliga a las empresas a tener Plan de Igualdad, medidas que sirvan para alcanzar la igualdad de trato y oportunidades, eliminando cualquier discriminación por razón de sexo. Tiene vital importancia que todo este proceso, sea fruto de la negociación colectiva entre empresa y representantes de las personas trabajadores, y que estas medidas se desarrollen de un análisis profundo de datos y conclusiones de la auditoría retributiva como los diagnósticos de situación, documentos que vamos a analizar en esta primera parte de la negociación.

    La empresa compromete facilitarnos el borrador del diagnóstico para la próxima reunión (28 de noviembre), y desde ese momento nos pondremos a trabajar con los datos que nos aporten, para ver qué información adicional es necesario disponer, con la idea de tener la visión de cómo se encuentra en materia de igualdad entre mujeres y hombres y hacer posible la igualdad real y efectiva.

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  • AEB arranca «sin hacer los deberes»

    • La Patronal se niega abordar el incremento salarial y la limitación de los topes de préstamos como primeras medidas 

    En la segunda reunión de la mesa de Convenio, la AEB no ha trasladado una propuesta alternativa en materia salarial a la planteada en la plataforma conjunta de CCOO, UGT y FINE que, recordemos, se basa en:

    • La recuperación de poder adquisitivo mediante incrementos salariales entre el 17% y el 23% en 3 años con carácter universal y sin compensación, absorción ni mecanismos similares.
    • La limitación al 1% de los topes de los préstamos como mínimo hasta el 1/10/24.

    Sin olvidar que se ha anticipado a la patronal la necesidad de abordar también una serie de medidas, que desarrollaremos, encaminadas a la mejora del clima laboral (adecuada dotación de plantilla en las entidades para aflojar la presión comercial, las cargas de trabajo y la exposición a riesgos psicosociales). 

     Es incomprensible que la AEB venga a esta segunda reunión sin propuestas ni vocación de abordar ya las medidas salariales necesarias. Y lo es por varias razones:

    1. Porque no pueden desmarcarse, como mínimo, de lo pactado por la CEOE (organización a la cual pertenecen) en el AENC en cuanto a abordar subidas salariales que palíen la pérdida de poder adquisitivo que venimos sufriendo.
    2. Porque no pueden seguir lucrándose del esfuerzo económico que hacen los trabajadores y trabajadoras del sector para pagar sus préstamos.
    3. Porque los resultados que se presentarán en las próximas Juntas Generales de Accionistas de las entidades marcarán un auténtico record de beneficios que debe materializarse, también, en forma de dividendo social a repartir entre la plantilla que ha hecho posible esos beneficios extraordinarios.

    CCOO aboga por que la negociación en curso sea lo suficientemente fluida como para permitir una paz social imprescindible para transmitir tranquilidad a los mercados, a la clientela y a la plantilla.

    CCOO urge a la patronal a dar soluciones inmediatas para el sector.

    La próxima reunión se celebrará el próximo 14 de diciembre

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  • Conveni col lectiu per a empreses de mediació d’assegurances privades

    Publicat en el Butlletí oficial de l’Estat (BOE) amb data 15/11/2023 el Conveni col·lectiu d'àmbit estatal per a les empreses de mediació d'assegurances privades per al període 2023-2026.

    El contingut essencial d'aquest conveni, que entra en vigor amb la seua publicació, es resumeix en:

    • Es redueix la jornada màxima anual a 1.720 hores (reducció 8 hores).
    • S'incrementa un dia més de vacances, total 25 dies laborables.
    • S'afigen dies addicionals de vacances acumulatius per antiguitat en l'empresa:
      • Als 20 anys d'antiguitat 1 dia més.
      • Als 30 anys d'antiguitat 1 dia més.
    • Increment salarial:

    ** L'any 2026 les empreses destinaran l’1,25 % per a incrementar la taula salarial i un 1,50 % s'aportarà a una assegurança d'aportació definida a la qual successivament les empreses hauran d'aportar anualment aquest percentatge sobre el salari base de l'any anterior, tal com consta quantificat en la taula salarial del Conveni col·lectiu sota l'epígraf «còmput anual x 14» i que substituirà l'actual “Premi de Jubilació”.

    Es manté la taula d'increment salarial variable per a cada any de vigència del Conveni.

    S'incorpora a la taula salarial de 2023 el vigent salari mínim interprofessional (SMI) com a salari del subgrup VI nivell 9: 15.120 euros/any.

    • Dietes i despeses de locomoció. Queden establides finalment de la manera següent:

    • Regulació del teletreball: es regula conforme a la Llei 10/2021 de treball a distància. S'estableix una compensació de despeses d'1 euro diari per cada dia efectiu de teletreball, aquesta compensació serà revaloritzable anualment en el mateix percentatge que les taules salarials.
    • S'incorporen nous articles sobre el dret a la desconnexió digital i drets digitals.
    • Es millora el capítol de política d'igualtat, se separa el Protocol contra l'assetjament laboral o assetjament psicològic (Salut Laboral) del Protocol contra l'assetjament sexual o per raó de sexe (Igualtat).
    • Es millora la regulació per a la protecció a les víctimes de violència de gènere i violència sexual.
    • S'incorpora el compromís de les parts per a l'estudi i adaptació de la classificació professional durant la vigència del Conveni col·lectiu.
    • Duració: Des d'1 de gener de 2023 fins a 31 de desembre de 2026, amb les excepcions i efectes específics que estableixen per a determinades matèries les corresponents normes i disposicions transitòries.
    • Vigència: Aquest conveni entrarà en vigor als 20 dies de la seua publicació en el «Butlletí oficial de l’Estat», i mantindrà la seua vigència general fins al 31 de desembre de 2026, excepte en aquelles matèries per a les quals es dispose una vigència diferent.
      Els seus efectes econòmics, a excepció dels conceptes inclosos en la secció 2a del capítol VIII d'aquest conveni, les taules salarials i del que expressament així s'indique, es retrotrauran a l'1 de gener de 2023.
    • Anteriors:

    • 2019-2022 – Vegeu text BOE del Conveni col·lectiu d’àmbit estatal per a les empreses de mediació d’assegurances privades
    • 2016-2018 – Vegeu text BOE del Conveni col·lectiu d’àmbit estatal per a les empreses de mediació d’assegurances privades
  • CCOO firma los Planes de Igualdad en el Grupo de Empresas Carrefour y en el Grupo de Supermercados Carrefour

    En el día de ayer (14/11/2023) las organizaciones presentes en la Comisión Negociadora, han procedido a la firma del I Plan de Igualdad del Grupo de Empresas Carrefour y del I Plan de Igualdad del Grupo de Supermercados Carrefour. 

    • I PLAN IGUALDAD  GRUPO SUPERMERCADOS CARREFOUR:  Afecta a las siguientes sociedades; Grupo Champion, Grupo Supeco Maxor, Supersol Spain SLU y Superdistribución Ceuta SLU
    • I PLAN IGUALDAD  GRUPO EMPRESAS CARREFOUR Afecta a las siguientes sociedades; Centros Comerciales Carrefour S.A., Viajes Carrefour S.L., Sociedad Compras Modernas S.L. (SOCOMO), Carrefour Property S.L.U., y Eureca Mayoristas S.L.U.

    Han sido 7 meses de ardua negociación que, tras 18 reuniones han dado como resultado la firma de los dos primeros Planes de Igualdad, uno del Grupo de empresas Carrefour y el otro de Grupo de Supermercados Carrefour, firmados con la mayoría absoluta de todos los sindicatos presentes en la Comisión Negociadora.

    Os avanzamos las medidas más novedosas:

    • En Selección: Se garantiza que al menos el 50% de las candidaturas finalistas sean Mujeres, en los puestos de Mandos donde se encuentre la mujer se encuentre infrarrepresentada.
    • En Contratación: En los casos de apertura de nuevos centros de trabajo , aumento de plantilla, vacantes o necesidad de contratación a T. Parcial de mayor jornada o a T. Completo, dar preferencia a las mujeres a condiciones equivalentes de idoneidad y competencia.
    • En Promoción: La Escuela de Lideres gestionará la promoción Interna para la cobertura de las vacantes en puestos de responsabilidad del G.Mandos, dando prioridad a las mujeres, en los puestos donde están infrarrepresentadas. Se convocarán al menos al 50% de Mujeres, ascendiendo al 55% a la finalización de la vigencia del Plan.
    • En Conciliación: Controlaremos, que el disfrute de los permisos, licencias, excedencias, reducciones o adaptaciones de jornada, no pueda dar lugar a ningún tipo de discriminación, especialmente en la Promoción.
  • CCOO PRESENTA EL INFORME SOBRE MODELO DE FUNCIONAMIENTO Y EMPLEO EN LOS COMEDORES ESCOLARES EXTERNALIZADOS

    El gran avance en el desarrollo y ampliación en la prestación del servicio de comedor escolar experimentado en las últimas décadas ha conducido a las Administraciones Públicas, a la celebración de un gran volumen de contratos públicos que conllevan un importante volumen de contratación laboral. Esta circunstancia ha convertido a las Administraciones Públicas, por la vía de hecho, en un agente clave en las relaciones jurídico-laborales. Es por ello que resulta imprescindible un compromiso con la garantía de los derechos de las personas trabajadoras que prestan sus servicios en la ejecución de estos contratos públicos en las Comunidades Autónomas.

    El servicio de comedor escolar proporcionó la comida principal del día a más de 2 millones de alumnas y alumnos durante el último curso lectivo 2021-2022, es decir, a más del 23% del alumnado total matriculado en enseñanzas no universitarias; con un mayor índice de participación en este servicio en la enseñanza privada y en la educación infantil y especial,

    Este informe trata de conocer la realidad laboral de los comedores escolares en España, analizando las condiciones de trabajo de las personas trabajadoras del sector, un empleo caracterizado por el trabajo a tiempo parcial y la contratación de carácter fijo-discontinuo, que puede ser una oportunidad para aquellas personas que quieran, por ejemplo, compatibilizar el trabajo con los estudios, pero que puede también ser susceptible de una importante carga de precariedad, especialmente para las mujeres, que son el colectivo trabajador mayoritario en este sector (79% del empleo total en el sector).
     

     

     

    • Rueda de prensa: RESTAURACIÓN COLECTIVA (comedores escolares): 

     

    • Resumen rueda de Prensa RESTAURACIÓN COLECTIVA (comedores escolares):
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