Autor: Comfia Pais Valenciano

  • Constitución del observatorio del convenio de grandes almacenes

    Hoy, 7 de julio 2023 se ha constituido el observatorio de del sector de grandes almacenes que se acordó en el último convenio.

    Este observatorio se crea como foro de diálogo social de cara a realizar análisis de la realidad sectorial. Como objetivos prioritarios en este foro se tratarán los siguientes:

    • Análisis de la normativa sobre jubilaciones forzosas: En el seno del Observatorio las partes analizarán las distintas actividades incluidas en el artículo 1 del Convenio Colectivo para analizar la viabilidad de esta normativa.
    • Plan de Pensiones: Se analizara las novedades legislativas de los planes de pensiones de empleo para, en su caso, iniciar los trámites necesarios para formalizar, a nivel estatal, uno de estos planes, al que podrán adherirse, mediante acuerdo con la RLPT las Empresas pertenecientes a ANGED.
    • Contratación y compromiso de empleo: Se realizará un estudio anual sobre la evolución de las modalidades de contratación y su implantación a nivel sectorial. En este sentido las partes firmantes del Convenio Colectivo adoptan el compromiso de mantener un nivel de empleo indefinido a nivel sectorial de un 90% del que un máximo de un 10% podrá estar destinado a la formalización de contratos fijos discontinuos.
    • Se analizará la evolución del sector de cara a la mejora de las condiciones del sector, que permita la consecución de una retribución de 18.000 €/brutos/año para una persona trabajadora a tiempo completo del Grupo de Profesionales para el ejercicio 2026.
  • Firmado el VII Convenio colectivo para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales

    Tras varios meses de negociación, con fecha de 06 de julio de 2023, hemos firmado el VII Convenio colectivo para despachos de técnicos tributarios y asesores fiscales. El nuevo Convenio viene a regular las condiciones laborales de las personas trabajadoras del sector hasta el 31/12/2024.

    Los aspectos más reseñables del convenio son:

    VIGENCIA: (2023-2024)
     

    INCREMENTOS SALARIALES: en TABLAS para cada ejercicio:

    • 2,75% INICIAL A CUENTA en cada uno de los dos años 2023 y 2024.
    • CLAUSULA DE REVISIÓN SALARIAL FINAL: revisará la subida inicial, tomando como referencia el IPC anual resultante a 31 de diciembre de cada uno de los dos años, de acuerdo con el siguiente escalado:
      • + 0,25% Sí el IPC está entre 3,50% – 3,99% (TOTAL 3,00% de incremento)
      • + 0,50% Sí el IPC está entre 4,00% – 4.49% (TOTAL 3,25% de incremento)
      • + 0,75% Sí el IPC está entre 4,50% – 4,99% (TOTAL 3,50% de incremento)
      • + 1,00% Sí el IPC es IGUAL o SUPERIOR a 5,00% (TOTAL 3,75% de incremento)

    El pago de atrasos derivados de la revisión, será con efectos retroactivos del 1 de enero de cada uno de los dos años.
     

    DIETAS Y KILOMETRAJE:

    • KILOMETRAJE: 0,25 €/Km, lo que supone un incremento del 20%
    • DIETAS: 18 € (1 comida) y 36 € (2 comidas) supone un incremento del 11,11%
       

    TELETRABAJO:

    • Nuevo articulado que lo desarrolla al amparo de la Ley 10/2021.
    • Dotación de medios y compensación de gastos.
      • Ordenador o portátil, y en su caso, teléfono móvil con línea y datos.
      • Adicionalmente, y por acuerdo, la empresa podrá facilitar directamente: Teclado, Ratón, Pantalla o bien compensar por ello con una cantidad de 50 euros.
      • Compensación de gastos: 1€ día por día de trabajo a distancia efectivo, revalorizable a partir de 2024 en la misma cuantía que las Tablas salariales.
         

    BENEFICIOS SOCIALES:

    • SEGURO POR MUERTE E INCAPACIDAD: Mejora de las cuantías de las coberturas a 20.000 € (incremento del 10%) y 25.000 € (+20%) respectivamente.
    • COMPLEMENTO IT en caso de enfermedad común, mejora de las coberturas de complementación, en los intervalos de:
      • Del día 1 al 3 hasta el 60% del salario (antes 55%).
      • Del día 4 al 14 hasta el 85% del salario (antes 80%).
         

    PERMISOS:

    • Nuevo PERMISO RETRIBUIDO de 1 día laborable en caso de cirugía ambulatoria efectuada en unidad de cirugía sin ingreso, que no precise hospitalización (colonoscopias, cistoscopias, etc.) pero requieran sedación, tanto a familiares de 1° de consanguinidad o afinidad, como a la propia persona trabajadora afectada.
    • Los PERMISOS regulados actualmente en el art.29, apartados a), b) y e) coincidirán con DÍAS LABORABLES para la persona trabajadora (antes eran en días naturales). El permiso por enfermedad, accidente u hospitalización, apartado d) se ha adaptado ya a la nueva duración (5 DÍAS) y condiciones reguladas en el reciente RD 5/2023, desglosándose en dos apartados d), y d bis) este último para el permiso por fallecimiento que continúa siendo de 2 días, ampliables a 4 por desplazamiento.
    • El PERMISO POR MATRIMONIO de 15 días naturales, cuando la celebración de la ceremonia se realice en día no laborable para la persona trabajadora, se considerará primer día de cómputo del permiso, el primer día laboral inmediato siguiente a aquél en el que se produjera el hecho causante.
       

    CONCILIACIÓN:

    • Nuevo redactado Art. 32 Suspensión del contrato en caso de nacimiento y cuidado del menor que recoge y explicita todos los derechos derivados de la Ley.
    • Inclusión en el Art 33 del nuevo permiso de 4 DÍAS (distribuible por horas) para atender SITUACIONES FAMILIARES por FUERZA MAYOR.

     

    Desde CCOO consideramos que se produce un nuevo avance en la mejora de las condiciones y beneficios sociales de las personas trabajadoras de este Sector. Con los incrementos salariales pactados (ligados a una cláusula de revisión que tiene en cuenta la evolución del IPC), hemos intentado dotar de estabilidad económica a las empresas del sector tras los últimos escenarios de volatilidad derivados de la pandemia y de la crisis bélica en Ucrania, manteniendo el poder adquisitivo de las plantillas, en valores por encima de la media de lo que se vienen firmando en otros convenios sectoriales similares.

    Esta misma semana el texto del nuevo Convenio será registrado para su depósito y tramitación en el REGCON (Registro de Convenios del Ministerio de Trabajo). Después, pasará por un proceso administrativo de duración variable, dónde los tiempos del Ministerio de Trabajo ya no dependen de los firmantes, sino de la histórica escasez de recursos humanos de la que adolecen las administraciones públicas, la excesiva y lenta burocracia, y el "atasco crónico" que sufre este organismo…

    Aproximadamente en un mes y medio, dicho organismo nos contestará indicando si considera necesario que debe hacerse alguna corrección al texto, dando un plazo de 10 días hábiles para proceder a subsanarlo. En la casi totalidad de los convenios que se registran, el Ministerio requiere la obligación de hacer alguna corrección o pone alguna pega. De forma que, hasta que no se subsanen adecuadamente todos los temas, no proceden a aprobar el convenio definitivamente y enviarlo al BOE, organismo que suele tardar unos 10 días más en hacer dicha publicación.

    Obviamente, estos plazos son aproximados, y como ya hemos dicho no dependen de nosotros. Por todo esto, esperamos que como muy tarde, a mediados / finales de Septiembre el VII Convenio esté publicado en el BOE, y que pueda aplicarse planamente en las nóminas de Septiembre.

    Desde CCOO seguiremos trabajando con el objetivo de seguir mejorando las condiciones de este convenio, y esperamos poder contar con vuestro apoyo y complicidad. Para ello, os animamos a celebrar elecciones sindicales en vuestros centros de trabajo para poder contar con una representación fuerte.

  • Convenio Colectivo de Notarías: Firmadas las Tablas Salariales Iniciales y el variable para 2023

    En reunión extraordinaria de la Comisión Negociadora del III Convenio Colectivo estatal de Notarios y personal empleado, celebrada con fecha 5 de julio, las partes hemos alcanzado un acuerdo parcial sobre la revisión salarial y el variable a pagar en el año 2023.

    Desde CCOO y UGT hemos venido haciendo el planteamiento de que la revisión salarial y el variable derivado de los instrumentos públicos del año 2022 debía poder percibirse por parte del personal del sector a la mayor brevedad posible, sin tener que esperar a que se firme el III Convenio Colectivo que se está negociando.

    Como consecuencia de nuestra propuesta y una vez han sido publicados los resultados estadísticos de los instrumentos públicos del año 2022 vinculados a la revisión salarial prevista en el artículo 22 del II Convenio, las partes hemos acordado que, con carácter extraordinario, se reúna la Comisión Negociadora del Convenio Colectivo para aplicar, con carácter excepcional y con la naturaleza de acuerdo parcial, en tanto en cuanto se negocia el texto definitivo del nuevo Convenio, la revisión salarial para el año 2023, así como el variable a pagar en el año 2023.

    Concretamente las partes hemos llegado a los siguientes Acuerdos:

    1. Con carácter excepcional, en tanto y en cuanto se negocia el texto definitivo del nuevo Convenio, y con carácter de acuerdo parcial, aplicar los siguientes incrementos para el año 2023, que tendrán el carácter de pago a cuenta del incremento que finalmente se acuerde, en su caso; todo ello, de acuerdo con el sistema establecido por el artículo 22 del II Convenio Colectivo:
       

      1. Para el año 2023, una vez aplicada la revisión fija del 0,75 %, el salario fijo es el recogido a continuación (a cuenta del incremento que se acuerde):


         

      2. Variable adicional del 0,25%:

        El variable adicional que se devenga en el año 2023, atendiendo a que se ha producido un incremento superior al 2 % en 3 de los 5 grupos consignados en el artículo 22 del II Convenio Estatal de Notarios y personal empleado respecto del ejercicio previo de 2022, es el siguiente:

        Para las incorporaciones y bajas durante el año 2023 se tendrá derecho a dicho variable de forma proporcional, dado que el devengo se produce de forma prorrateada durante los 12 meses del año 2023.

        Como excepción a la regla general de compensación y absorción, este variable no será compensable ni absorbible en este año 2023, sin perjuicio de lo indicado en el punto 2 siguiente, que aplicará en todo caso. No será consolidable ni se incorporará a la tabla salarial.
         

      3. Particularidades Grupo 3°:

        Dado que el importe total (salario base + salario variable) del Grupo 3° referenciado (el "Salario 2023") es inferior al salario mínimo interprofesional de 2023 (el "SMI 2023"), se acuerda que, a las personas trabajadoras encuadradas en tal Grupo, se les abonará la cantidad que corresponda, en su caso, para que su retribución global alcance el SMI 2023. A modo de ejemplo, en los casos en los que su retribución se corresponda con el Salario 2023, la cantidad a abonar será la indicada en la columna "C. Diferencia":

        Los importes correspondientes a los atrasos y a la variable adicional que resultan de la revisión salarial reflejada se abonarán, en un único pago, en la nómina del mes siguiente a la publicación del Acta de la revisión salarial en el BOE. A partir de la referida nómina, se abonará el salario base recogido en la tabla aplicable en el año 2023 indicada en el apartado A precedente, así como el importe que corresponda, en su caso, de acuerdo con el apartado C.
         

    2. Las partes convienen igualmente que, en atención a su excepcionalidad, todos los incrementos anteriormente indicados (fijo apartado A, variable del apartado B y las cantidades del apartado C, en su caso) lo son con carácter provisional, a cuenta de los que definitivamente se pacten, en su caso, y serán compensables y absorbibles con estos últimos, sin que en ningún caso puedan considerarse como incrementos consolidados ni adicionales a los que finalmente se acuerden en el Convenio para todo su ámbito temporal de aplicación. En todo caso, se respetará como mínimo el SMI de aplicación en cada momento.

    Por parte de UGT y CCOO hemos propuesto que desde la Federación de asociaciones de notarios de España (FEDANE) se emita una circular aconsejando a los Notarios y Notarias que hagan efectivos los importes acordados a la mayor brevedad, sin necesidad de esperar a su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE), dado que entramos en fechas vacacionales y el trámite del registro y publicación de las tablas puede demorarse.

    Segiremos informando.

  • CCOO signem el III Pla d’igualtat en Santa Lucía

    Després de diversos mesos de negociació, el passat 27 de juny CCOO vam signar juntament amb la totalitat de la representació sindical en la Mesa de Negociació, el III Pla d’igualtat en Santa Lucía on en la Mesa del Pla hem desenvolupat tot el treball tècnic i de negociació.

    Aquest pla inclou mesures que mantenen i milloren les del II Pla d’igualtat; mesures que necessiten d'un previ diagnòstic de situació de l'empresa i que en aquesta ocasió com a novetat legislativa, inclou una auditoria retributiva i una valoració de llocs de treball, que ens ha permés veure la situació de bretxa salarial en l'empresa.

    Amb aquest tercer pla, reforcem el compromís en Santa Lucía per a aconseguir la igualtat real i efectiva, incloent-hi mesures d'acció positiva en la contractació de dones en llocs on es troben infrarepresentades, amb l'objectiu d'aconseguir el 40 % de dones en llocs de direcció.

    També millorant les mesures de conciliació, com el teletreball en períodes vacacionals escolars i per la cura d'ascendents dependents en període estival, un mes d'excedència sense baixa en la Seguretat Social per motius personals o familiars, flexibilitat en la distribució setmanal d'hores per a les reduccions de jornada, ampliació del permís per naixement de fill/a en 2 setmanes per a famílies monoparentals, entre altres.

    Hem creat una Comissió de Seguiment, en el qual al llarg dels 4 anys de vigència, tindrem com a comesa la revisió de l'abast de totes les mesures, a més de negociar un protocol per a víctimes de violència de gènere que incloga millores en els drets laborals establits per llei; la revisió dels rols en la definició dels llocs de treball, i la negociació d'un protocol de desconnexió digital que incloga la perspectiva de gènere. També revisarem el protocol d'assetjament vigent en l'empresa, adaptant-lo a noves normatives.

    Continuarem avançant. Continuarem treballant. Continuarem informant
    Volem comptar amb tu

  • Les ocupacions que es reactiven a l’estiu: cambrers, dependents i monitors de campaments (Notícies economia rtve)

    • Amb 2,75 milions d'afiliats a la Seguretat Social, el sector turístic supera ja al maig les dades de juliol de l'any passat
    • El comerç augmenta les plantilles en botiga i, cada vegada més, en magatzem i repartiment per les compres online

    rtve noticias

    04.07.2023 | 07:18 horas
    Por SOFÍA SOLER

    • Alejandro García és estudiant universitari, però aquest estiu treballarà en un bar de platja en los Caños de Meca, Cadis. "Com la majoria dels joves de la meua zona, ens dediquem a l'hostaleria per a traure'ns alguns diners", conta a Rtve.es aquest xic de 22 anys, que se suma a les xifres d'ocupació estacional que caracteritza des de fa dècades el mercat laboral espanyol.
    • És temporada alta i el sector turístic preveu superar enguany les xifres de 2019 en reserves, mentre en ocupació ja ha batut rècords: al maig es va arribar als 2,75 milions d’afiliats a la Seguretat Social, segons Turespaña, uns 50.000 més que al juliol de l’any passat i una xifra que suposa el 13,3 % del total dels afiliats del conjunt de sectors de l'economia espanyola.
    • "Les categories de cambrers de sala, barra i ajudants de cuina són les que més ens demanen en el sector d'hostaleria per a la campanya estiuenca, principalment, en les zones turístiques", concreta Julia Carpio, directora de Serveis d'Adecco Staffing, que recorda que supermercats i grans superfícies de la costa també "incrementen moltíssim la venda" i s'han d'assortir de personal: caixers, reposadors, repartidors…
    • Però no sols del sol i platja viu l'economia. El període de rebaixes aviva les contractacions de treballadors en comerç i, cada vegada més, en logística per a gestionar els enviaments. Carpio relata que el ritme també va minorar per a aquest sector durant la pandèmia de COVID-19, però l'afluència a les botigues ha tornat l’any 2023 i, amb aquesta, les ofertes d'ocupació.
    • La fotografia del treball estiuenc es completa, entre altres, amb les activitats relacionades amb l'oci i el temps lliure, com ara monitors de campament, socorristes o serveis de neteja, que la legislació obliga a reconéixer com a ‘fixos discontinus’ si la relació laboral es repeteix any rere any.

    Temporada alta en hostaleria

    • "Hi ha molta gent que té contracte fix discontinu que ja sap l'època de l'any i l'empresa per a la qual ha de treballar", refereix Marcos Gutiérrez, secretari institucional i de Comunicació de l'Executiva Federal de Serveis de CCOO. Aquest escenari és el que trobem, per exemple, a les Illes Balears, on els empresaris de restauració van avançar la recerca de plantilles a Setmana Santa per tractar de minimitzar els problemes per a trobar treballadors, segons relata el president de la patronal mallorquina, Alfonso Robledo Planet.
    • "L'any passat ja va ocórrer i ens va enxampar de sorpresa", comenta sobre la falta de cambrers. Per això, enguany es van completar les plantilles a l'abril sota la fórmula de fixos discontinus, després van passar unes setmanes amb part dels contractes inactius i, al juny, els han tornats a activar per a la temporada alta, que confien que puga allargar-se fins a octubre o novembre. "Si el temps ens acompanya", postil·la Robledo.
    • Amb tot, en hostaleria continua havent-hi una quota d'ocupació temporal intensiva, treballadors que aprofiten l'arribada de turistes per realitzar "molt d'esforç durant tres, quatre o cinc mesos a l'estiu i tindre una base econòmica en la resta de l'any", segons assenyala Omar Francisco Rodríguez Cabrera, secretari sectorial federal d'Hostaleria i Turisme en UGT.
    • Però tant Gutiérrez (CCOO) com Robledo (Restauració Mallorca) consideren que és una modalitat en declivi, en part, per la dificultat de trobar habitatge assequible en les zones més turístiques. "Abans no era estrany que el mateix treballador començava a treballar en santfermins, després s'anava a la costa i acabava a Canàries", assegura el sindicalista.
    • D'acord amb les seues dades, el personal fix dels serveis que pivoten al voltant del sector turístic (agències de viatge, recepcionistes d'hotel, etc.) s'ha incrementat en unes 6.000 persones en cadascun dels col·lectius, no així en la categoria de cambrers, on CCOO assegura que s'han destruït 32.000 ocupacions des de 2019. "Més turistes amb menys treballadors fa que s'hagen incrementat les càrregues de treball", lamenta Gutiérrez, encara que el sector hostaler confia que aquest siga l'any de la recuperació.

     

    • “Ja ningú vol ser cambrer": la falta de personal en hostaleria agita el debat per les seues condicions laborals
      SOFÍA SOLER

    Les rebaixes estimulen els contractes en comerç