Ayer estuvimos en el instituto laboral para intentar que la empresa abone las cantidades que ha ido quitando durante años a los trabajadores/as del famoso complemento personal. Estas absorciones fueron recientemente declaradas ilegales por el tribunal supremo, siendo una práctica habitual en nuestra empresa desde hace muchos años.
Autor: Secc Sindical SMS
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Sin acuerdo en la conciliacion
Ninguna persona de la dirección o del departamento de RRHH se molestó en acudir, mandaron al abogado (que no sabia de que iba el tema) y que dijo que no a todo porque tenía que enterarse.El siguiente paso es ir a juicio colectivo, si la dirección no pone remedio antes. -
Visto bueno para demanda colectiva
Después de recoger información sobre las distintas absorciones que la empresa ha ido haciendo en el tiempo sobre el complemento personal de todos los trabajadores, el gabinete jurídico ha dado el visto bueno para iniciar una demanda colectiva.
Hemos vuelto a pedir a la empresa que abra un periodo de negociación antes de tomar la determinación de la vía judicial. En sus manos manos está ahora evitar la demanda colectiva y devolver el dinero que un día quitaron. -
Antimadres y antipadres
Han sido varios los
percances que hemos tenido con la dirección de la empresa entorno a la figura
del embarazo, la maternidad y la paternidad en la empresa desde que comenzamos como RLT.
El pasado año conseguimos demostrar en inspección de trabajo que el plan de
igualdad no servía para nada culminando con un plan de igualdad negociado y
firmado por ambas partes (http://www.comfia.net/sms/html/24310.html) que daba la salida para que la
dirección tuviese muy en cuenta lo allí recogido en adelante y continuar mejorando
en las relaciones laborales. Además en la comisión de formación en la que
participamos se dio un curso de igualdad subvencionado a mando altos e
intermedios del que salieron con «otra visión» según dijeron.Pero parece que en cuanto las cosas se
tuercen volvemos a viejas formas de dirección donde el embarazo, la maternidad
o la paternidad parecen estorbar y, bajo despidos por fin de obra, se escudan
en castigar lo que la ley protege. Esto no va a quedar sin contestación por
nuestra parte, si a ti o algún compañero/a le sucede por favor ponte en
contacto con nosotros lo antes posible. -
Despido por fin de obra
Durante el último mes la
dirección de la empresa ha despedido a varias personas aludiendo
finalizaciones de obra, con el perjuicio consiguiente para éstos
trabajadores/as (recordemos que la indemnización son 8 días por año trabajado)
sin que la obra finalice. Ya es sangrante ver como despiden con indemnizaciones
mínimas con el proyecto en marcha, pero más sangrante es ver como en esos
mismos proyectos recolocan a jefes y mandos intermedios que sí que sobran (y
cobran 5 veces más), mientras al currito de a pie le despiden falsamente.Si te ocurre a ti o algún compañero/a ponte en
contacto con nosotros para poner la denuncia antes de 20 días después del
despido y facilitarte todas las pruebas necesarias de cara al juicio. -
Complemento de disponibilidad
Son varias las consultas
que nos han llegado sobre la eliminación del plus de disponibilidad con
distintas razones dependiendo del responsable que la aplique, vamos a intentar
explicarlo,. El Plus de disponibilidad es efectivamente eliminable
siempre que el trabajador no realice dicho turno, pero siempre existen un par
de salvedades que hay que tener en cuenta.La primera es que en base
al acuerdo que tenemos vigente con la dirección de la empresa con un solo día
de disponibilidad la persona ya tendría que recibir dicho plus, por lo que
no vale a mitad de año decir que ya no te pago el plus, ni tampoco, como
has estado de baja te he quitado la parte proporcional a dicho plus.La otra salvedad es que si
se elimina el plus de disponible, pero aumentan las semanas de noche (algo
bastante frecuente) lo que hay que solicitar es el aumento proporcional del
plus de nocturnidad, en base al cuadrante de turnos anual que todo el mundo
tiene que tener a éstas alturas (si no también hay que reclamarlo).