Os recordamos que, según los acuerdos firmados entre la dirección de Telenium y el Comité de Empresa, los trabajadores que cumplan los requisitos de aplicación deberán cobrar un bono del 1,35% del salario bruto anterior a la revisión aplicada en Marzo en la nómina de Octubre.
Autor: Seccion Sindical Telenium
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Nuevos despidos en Telenium
Desafortunadamente, la práctica del irreal despido disciplinario se repite en Telenium.
La
empresa ha comunicado en los días 14 y 19 de septiembre de 2007 a dos
compañeros su despido. El modo de proceder ha sido presentándole dos
cartas. La primera de ellas habla de despido disciplinario por
decremento continuado en el rendimiento (Art. 54 E.T.)En la
segunda carta, la empresa reconoce la improcedencia del despido y
presenta el importe del finiquito. Con esto pretenden disuadir al
trabajador para que no inicie medidas jurídicas, aceptando la ruptura
de la relación contractual. La compañía paga la indemnización y se
ahorra procesos, juicios, pérdida de imagen…Los trabajadores
han firmado conformes ambas cartas, estando el finiquito mal calculado
en los dos casos en la parte proporcional de las pagas extras.Otro
rasgo común a este tipo de despidos, además de la inexistencia del
motivo disciplinario, es que casi en su totalidad, se trata de
trabajadores y trabajadoras desasignados de corta duración.Desde
el comité de Empresa, delegados de CC.OO, peleamos para que se imparta
formación de calidad a todos los desasignados, de modo que sea mucho
más probable su incorporación de nuevo a proyectos, recibiendo los
compañeros y compañeras el valor añadido de la formación y redundando
también en beneficio de la empresa y el cliente para el que se trabaje.
Creemos que este es el camino a seguir y no despidos disciplinarios
ficticios.Necesitamos vuestra colaboración si en un futuro
tenéis conocimiento de procesos similares, de modo que podamos actuar
en plazos, dando toda la cobertura y asesoría jurídica necesaria a
cualquier compañero o compañera que la requiera.Gracias por anticipado.
Quedamos a vuestra disposición para cualquier consulta
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Negociaciones sobre Formación en Telenium
Como ya os avanzábamos en anteriores comunicados, llevamo manteniendo una serie de reuniones con la Dirección de la empresa para concretar un Plan de Formación que abarque al conjunto de los empleados y que, a día de hoy, no existe.
De estas negociaciones, ha partido el
compromiso por parte de la compañía de hacer una inversión, para lo que
queda de este año, en formación genérica. Tanto la Dirección como el
Comité de Empresa aportaron información sobre los temas que podrían ser
interesantes para ser impartidos y se acordó entrevistar a alguna
empresa de formación para que pudiesen remitir propuestas formativas.Por
parte del Comité de Empresa, nos hemos entrevistado con dos compañías
de formación y estamos a la espera de poder enviar las propuestas a la
Dirección para que de el visto bueno al inicio de las actividades
formativas para este año.Debemos comunicaros que el Comité de
Empresa, ante la falta de un Plan de Formación para toda la compañía,
está denegando la firma de las ayudas que la Fundación Tripartita (con
el dinero aportado por todos los trabajadores en su nómina) tiene
concedida a Telenium para formación y que, a día de hoy, Telenium
intenta aplicar exclusivamente a los cursos que sus clientes le
demandan.El Comité de Empresa también ha transmitido a la
Dirección su intención de que en Telenium se instaure un Plan de
Formación que abarque todo el año 2008, desde el 1 de Enero al 31 de
Diciembre, y para ello las dos partes deben sentarse lo antes posible
para que no pase un año más sin una formación mínima al alcance de
todos los trabajadores de Telenium.Nuestra próxima reunión con
la Dirección de Telenium sobre este tema es el próximo viernes 21 de
Septiembre. Os informaremos puntualmente de lo que allí se hable. -
Problemas en la negociación del XVI Convenio Colectivo
La Agrupación estatal de las TIC de COMFIA está negociando con la patronal del sector la XVI revisión del Convenio donde se quieren conseguir reivindicaciones tan evidentes como la supresión de la cláusula de Compensación y Absorción (por la que cualquier subida en las tablas salariales queda absorvida si tu sueldo es superior a las tablas), supresión de la antiguedad, unas tablas salariales acordes con los tiempos, la instauración de una jornada anual máxima tasada y un salario mínimo no inferior a 1000 euros.
Como muchos de vosotros sabréis, el Convenio Colectivo al que Telenium
está adscrita y que nos afecta a todos es el Convenio de Empresas
Consultoras.La Agrupación estatal de las TIC de COMFIA está
negociando con la patronal del sector la XVI revisión del Convenio
donde se quieren conseguir reivindicaciones tan evidentes como la
supresión de la cláusula de Compensación y Absorción (por la que
cualquier subida en las tablas salariales queda absorvida si tu sueldo
es superior a las tablas), supresión de la antiguedad, unas tablas
salariales acordes con los tiempos, la instauración de una jornada
anual máxima tasada y un salario mínimo no inferior a 1000 euros.En
el pdf que os adjuntamos se explica como la patronal no accede a estas
reivindicaciones y peligra la firma del Convenio (no os perdáis la
propuesta de la patronal del Sector).Este es un tema
fundamental para todos nosotros, y del que estaremos muy pendientes
para informaros y poder actuar todos juntos en caso de ser necesario. -
La Audiencia Nacional reconoce que el atraco es un riesgo laboral
En sentencia número 0029/2007, de 12 de marzo, este tribunal obliga a considerar el atraco como un riesgo laboral; algo que ya se contempla en nuestra empresa aunque bajo un epígrafe tan genérico como «agresiones de seres vivos».
La
Sentencia de la Audiencia Nacional, de fecha 12 de marzo, número
0029/2007 (procedimiento 175/2006) estima la demanda defendida por
COMFIA-CCOO y CSICA y obliga a las 35 cajas de ahorros adscritas al
Servicio de Prevención Mancomunado, con cerca de 80.000 trabajadores
afectados, a considerar el atraco como un riesgo laboral.Así
pues, obliga a revisar la evaluación de riesgos laborales efectuada en
las cajas de ahorros, teniendo en cuenta la posibilidad de que los
trabajadores sufran actos violentos por parte del público, incluyendo
en el Plan de Prevención las posibles medidas preventivas o correctoras
que deban aplicarse para una protección eficaz de su salud e
integridad. Asimismo, deben contemplar el atraco entre las situaciones
del Plan de Emergencia e impartir una formación eficaz a los
trabajadotes referentes al riesgo. Todo ello en el ámbito de la
relación laboral.La
Sentencia recoge fielmente los fundamentos de derecho indicados en el
informe emitido por el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el
Trabajo a requerimiento de COMFIA-CCOO y que fue aportado y defendido
por nuestros abogados durante el proceso en que, finalmente, hemos
obtenido esta importante sentencia favorable.Señala
la Audiencia que “Aquellas situaciones provenientes del exterior de los
bancos o cajas, que se materializan en el interior de los mismos y que
pueden afectar a la integridad física o psíquica del trabajador, han de
ser objeto de la correspondiente evaluación y valoración consecuente, a
fin de adoptar las medidas mas adecuadas al respecto”·Asimismo
señala que la adopción de las medidas mínimas obligatorias que impone
el Ministerio del Interior es compatible con otras posibles medidas
suplementarias que se deriven de la aplicación de la Ley de Prevención
de Riesgos Laborales.El
presunto conflicto entre Trabajo e Interior que alegaban las entidades
financieras queda resuelto por lo dispuesto en el artículo 5.2, párrafo
primero del RD. 39/1997, del Reglamento de los Servicios de Prevención,
que vincula la adopción de las medidas más favorables a la existencia
de un resultado fiable en las evaluaciones de riesgos laborales. Todo
ello con respeto a los principios establecidos en el artículo 15 de la
Ley de Prevención de Riesgos Laborales.Esperamos
que, en primer lugar las cajas obligadas, y después el resto de
empresas afectadas, mejoren, con criterios técnicos laborales, las
medidas protectoras anti-violencia, acabando con la actual situación de
empresas que dotan de medidas adicionales de protección a las personas
a casi todas sus oficinas (búnker, arco detector, vigilantes) frente a
otras que sostenían que protegiendo al dinero en cajas fuertes hay
protección suficiente para las personas frente a la violencia. Parece
de “Perogrullo”, como dice el alto tribunal.La
Sentencia, que recoge la necesidad de evaluar las posibles secuelas
psíquicas o miedo al atraco en sí de los trabajadores, es aplicable,
según COMFIA-CCOO, a las situaciones de violencia en otros sectores
como comercios, gasolineras, joyerías, vigilantes jurados, lo que
supone un precedente muy importante en la aplicación práctica del
Derecho Preventivo Laboral en España.