Autor: Seccion Sindical Telenium

  • Como solicitar Ausencias en Telenium

    A raíz del nuevo Procedimiento de Comunicación de Ausencias que ha enviado la empresa recientemente, y ante las numerosas consultas recibidas al respecto,la Sección Sindical de CCOO en Telenium quiere hacer algunas matizaciones.

    Solicitar AUSENCIAS de forma incorrecta puede ser motivo de SANCION según la empresa.

    Con
    carácter general entendemos
    que la redacción de algunos puntos
    demuestran un gran desconocimiento jurídico del sector por parte de la empresa
    además de una deficiente capacidad de optimización y automatización de los
    trámites de gestión,  (algo realmente
    preocupante en una empresa TIC).

    En el punto 3. Para comunicar la ausencia existen dos
    mecanismos
    ”, se habla de adjuntar la autorización del Responsable del Cliente a la comunicación.

    El Cliente no debe autorizarnos las ausencias. Quien las autoriza
    es Telenium. Al cliente no hay porqué pedirle que las firme, y en caso de que
    se le pida, lo normal es que se niegue porque es consciente de que ese
    documento puede estar demostrando una presunta situación de cesión ilegal. Por
    supuesto, esto no excluye el que nuestro Cliente deba estar informado de
    nuestras ausencias o pueda organizarlas.

    En los casos de Permisos según Convenio, recordad que no es necesario facilitar
    información privada y personal nuestra ni de nuestros familiares, indicar «Intervención quirúrgica familiar
    primer grado u hospitalización»
    es una información suficiente, no
    siendo necesario aportar más detalles al respecto como «operación de madre» ni «operación de madre de muñeca«. 

    En el punto 2 del apartado
    ENFERMEDAD O ACCIDENTE se dice: “Además
    de lo anterior, en caso de accidente laboral (es decir, ocurrido en el lugar de
    trabajo,o máximo una hora antes de la entrada o máximo una hora después de la
    salida)….”

    En lo referente al accidente
    laboral in itinere, ese margen de una hora anterior o posterior es una leyenda urbana; no es correcto. La Ley General
    de la Seguridad Social, en su artículo 115.2.a define como accidente de trabajo
    «los que sufra el trabajador al ir o al volver del lugar de trabajo«. Es decir, sólo se requiere que ocurra en el camino de ida o vuelta por el
    itinerario habitual. NO EXISTE LIMITACIÓN HORARIA.

    Dada la
    necesidad de entregar los originales de partes de baja y alta por enfermedad o
    accidente, así como en el caso de las comunicaciones de ausencias, os
    recomendamos que solicitéis una fotocopia con firma de recibí y fecha.

    Recordar
    que para entregar estos documentos en las oficinas de Telenium podéis
    desplazaros dentro de vuestro horario laboral, eso sí, tramitando
    previamente  la correspondiente
    comunicación de ausencia.

    Está claro que estas incorrecciones no se hubiesen publicado si la
    empresa nos hubiese pedido colaboración en la redacción de este Procedimiento como indica el Art 64.1.5.f) del Estatuto de los Trabajadores, que claramente se ha incumplido,  lo que nos obliga a informaros y haceros estas puntualizaciones.

    Entendemos
    poco eficiente, un procedimiento donde, por ejemplo, para comunicar una
    ausencia por enfermedad desde el primer momento, el trabajador o alguien en su
    nombre, tiene que:

    1)      Llamar al Gerente Telenium.
    2)      Llamar a Telenium o RRHH.
    3)      Avisar al Responsable del Cliente (si es posible).
    4)      Avisar al Fremap (si es accidente o enfermedad
    profesional).

    5)      Enviar ausencia y partes (posteriormente)

    No
    dudéis en contactar con nosotros si tenéis cualquier duda al respecto y
    especialmente en los casos en los que sufráis accidente o enfermedad, en los
    cuales os recomendamos encarecidamente que nos informéis de la situación lo
    antes posible para poder ayudaros a defender vuestros intereses.

    Para cualquier duda o consulta, escribenos en telenium@comfia.ccoo.es

    Diagrama de como actuar ante Ausencias

  • Horario de Verano en Telenium

    Hoy 13 de junio comienza la jornada intensiva en los centros de trabajo de Telenium con un horario flexible de 8 a 9 horas en la entrada y de 15 a 16 horas en el horario de salida.

    Esta jornada intensiva o de verano será hasta el 15 de septiembre inclusive.

    Os recordamos, que conforme el Art 20.7 del Convenio TIC de Consultoría, todo trabajador desplazado en el cliente, debe hacer el horario de su centro de trabajo.

    Para cualquier duda o consulta, escribenos en telenium@comfia.ccoo.es

    Horario de verano
  • En Telenium todos tenemos vacaciones

    Con la llegada del verano es bueno recordar algunos conceptos relacionados con las vacaciones. El derecho de los trabajadores a unas vacaciones periódicas retribuidas está reconocido en la propia Constitución Española(40.2). El Estatuto de los Trabajadores y los Convenios Colectivos son los encargados de desarrollarlo.

     

    Así, según el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores:

    El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será el pactado en convenio colectivo o contrato individual. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.

    Nuestro Convenio Colectivo TIC de Consultoría  concreta aún más en su artículo 21:

    Desde el 1 de enero de 2009, todos los trabajadores al servicio de las empresas sujetas a este Convenio disfrutarán de veintitrés días laborables de vacaciones anuales retribuidas …

    En resumen, TODOS los trabajadores de Telenium tienen derecho a 23 días laborables de vacaciones al año, independientemente de su tipo de jornada laboral (continua, partida, a turnos, etc. ). El derecho a vacaciones se genera por cada jornada trabajada. El cálculo del período devengado se hace, normalmente, considerando 2,5 días de vacaciones por cada mes trabajado.

    Siguiendo con el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores:

    El período o períodos de su disfrute se fijará de común acuerdo entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los Convenios Colectivos sobre planificación anual de las vacaciones.

    En caso de desacuerdo entre las partes, la jurisdicción competente fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.

     

    La simple lectura de este punto echa por tierra la leyenda urbana de que:

    leyenda urbana: “la mitad de los días de vacaciones los elige la empresa y la otra mitad el trabajador”.

    Los 23 días deben ser elegidos con el común acuerdo de empresario y trabajador. En caso de desacuerdo, será la jurisdicción competente quien fijará la fecha que corresponda para el disfrute y su decisión será irrecurrible.
    El procedimiento será sumario y preferente, teniendo veinte días para poner la reclamación una vez se tenga la negativa del empresario a conceder las vacaciones.

    El último punto del artículo 38 del Estatuto de los rabajadores dice:

    El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador conocerá las fechas que le correspondan dos meses antes, al menos, del comienzo del disfrute.

     

    Esto se traduce en que, por ejemplo, los trabajadores a turnos deberían conocer en todo momento sus cuadrantes con, al menos, 3 meses de antelación, para poder recurrir con tiempo en el caso de que no estén de acuerdo con las vacaciones que se les asignen en esos cuadrantes.

     

    Finalmente, y como dice el artículo 38.1 del Estatuto de los Trabajadores, el período de vacaciones no es sustituible por compensación económica, salvo que se produzca una finalización de contrato o un despido y aún no se hayan disfrutado las vacaciones.

    Para cualquier duda o consulta, escribenos en telenium@comfia.ccoo.es


  • Calendario Laboral Telenium 2011

    El pasado 10 de marzo la Representación Legal de los Trabajadores (RLT) firmamos con Telenium un acuerdo de Calendario Laboral para el 2011 de 1784 horas.

    El acuerdo recoge:

    • Jornada Ordinaria de 8-9 a 17.30-18.30
    • Jornada Intensiva de 8-9 a 15-16
    • Jornada de verano de 13 de junio a 15 de septiembre
    • 23 días de vacaciones

    Os recordamos, que según el Art 20.7 del Convenio TIC de Consultoría, todo trabajador desplazado en el cliente, debe hacer el horario de su centro de trabajo.

    Además os recordamos que las vacaciones deben disfrutarse dentro del año, hasta 31 de diciembre. De no poder disfrutarlas por necesidades del proyecto, solicitar por escrito a vuestro responsable directo o a RRHH la autorización para disfrutarlas en el año siguiente. De no tener este escrito, Telenium os la podrían quitar.
    Para cualquier consulta contacta con nosotros en telenium@comfia.ccoo.es

    Calendario Laboral 2011 Telenium

  • Negociando, Acordando, Firmando: Así, SÍ

    Como cada año, CCOO conmemora el Día Internacional de la Mujer Trabajadora denunciando las discriminaciones y los obstáculos que dificultan la igualdad real y  efectiva entre hombres y mujeres, y reivindicando más empleo y de mayor calidad para crear una sociedad más justa e igualitaria.

    Gaceta Sindical especial Día Internacional de la Mujer

    Comunicado Secretaría de la Mujer