Autor: Seccion Sindical Unicaja

  • ‘El IRPF debe equiparar plan de pensión y dependencia’

    Sólo el 3% de las personas mayores de 65 años cuenta con un servicio de ayuda a domicilio. El Gobierno pretende incentivar los seguros de dependencia en el IRPF para primar fórmulas de ahorro a largo plazo, alternativas a los planes de pensiones.

    Bernardo Díaz / MADRID (11-04-2005) Vicente Pérez-Jaime – Director financiero de Mercer HR Consulting
    Sólo el 3% de las personas mayores de 65 años cuenta con un servicio de ayuda a domicilio. El Gobierno pretende incentivar los seguros de dependencia en el IRPF para primar fórmulas de ahorro a largo plazo, alternativas a los planes de pensiones.
    Vicente Pérez-Jaime lleva casi diez años tratando, entre otros, con seguros de dependencia, un producto financiero que el Gobierno quiere primar fiscalmente en la reforma del IRPF. El experto charla con Cinco Días sobre esta nueva figura que intenta abrirse paso en España.
    ¿Qué son los seguros de dependencia?
    Es todo aquel seguro que cubre las consecuencias económicas por la pérdida de funcionalidad (incapacidad física y psíquica) de las personas. Se llaman de dependencia porque los afectados dependen de terceros para realizar sus tareas. No cubren las circunstancias sanitarias o el fallecimiento, para eso están los seguros de salud y los de vida.
    ¿Está bien definido el término de ‘dependencia’ en España?
    Ni en España ni en el extranjero. Es un concepto subjetivo. En los países anglosajones (donde está más desarrollado), la dependencia varía en función de la póliza que se contrate. Es el gran problema de fondo. El Gobierno pretenderá acotar qué es lo que se entiende por dependencia, para darle una deducción fiscal.
    La dependencia tiene como principales escollos la definición del concepto, su graduación (cambia con el tiempo), y su tarificación (fijación del precio de la póliza. Hay dos corrientes que resuelven el problema de la tarificación. Una de ellas fija un precio estándar al seguro, al que se le ponen muchas exclusiones para delimitarlo. La otra alternativa es un seguro en el cual se van retocando las condiciones conforme va evolucionando el paciente y la experiencia del mercado financiero en estos productos. También hay soluciones mixtas.
    ¿Cómo están contemplados los seguros de dependencia en España?
    En España no existe legislación, pero no están prohibidos. Se pueden contratar. Algunas compañías los ofrecen, pero son pocas. Han tenido escaso éxito hasta el momento porque son pólizas de importe elevado y sin incentivo fiscal. No son las típicas cuotas de unos 200 euros al año sino esa cantidad al mes.
    Básicamente, hay dos tipos. En uno se calcula el riesgo de incurrir en una situación de dependencia, pagando una prima para el día en que ocurra. El otro tipo consiste en contratar el seguro una vez producida la contingencia, que cubra los riesgos de alza del coste del servicio. Cuando se dicte una norma concreta debería permitirse todo tipo de ofertas. Incluso fórmulas mutualistas, que regulen el coste según la experiencia (serían pólizas más dinámicas).
    ¿El IRPF es un instrumento adecuado para incentivarlos fiscalmente?
    Sí, aunque no tiene por qué ser el único. Otra opción sería que los recursos destinados a dependencia no pagaran otros impuestos. Por ejemplo, si tengo una casa y quiero suscribir una póliza de dependencia, la venta del inmueble podría quedar exenta o bonificada (la plusvalía y los gastos de transmisión).
    También podría estar bonificada la venta de un activo (acciones en Bolsa) para solventar este problema de dependencia. Todo esto permitiría al Estado restar presión asistencial. El modelo familiar está cambiando. No es lo mismo familias con cuatro hermanos (pueden soportar la carga de un familiar), que las que tienen un solo hijo.
    ¿Cuál sería la mejor fórmula para fomentarlos en el nuevo IRPF?
    Las deducciones deberían aplicarse en la base del impuesto en vez de en cuota, para tener el máximo atractivo. El IRPF debería equiparar el trato fiscal de la dependencia con el que reciben los planes de pensiones. Es decir, permitir aportaciones anuales a estos seguros con reducción en la base, como sugiere la patronal Unespa.
    ¿Tendrán éxito los seguros de dependencia?
    Tendrán un arranque lento, pero se irán extendiendo por la sociedad como ha ocurrido con los planes de pensiones. Habrá que esperar 15 o 20 años.
    ‘Solbes debería forzar el rescate en forma de renta’

    Pérez-Jaime se muestra contrario a recortar las aportaciones máximas a planes de pensiones con derecho a deducción fiscal, como ha anunciado el Gobierno. ‘Sería un error. Hay muy poca gente que llegue al máximo. Si, además, rompes la tendencia de Gobiernos anteriores de ir mejorando el trato, provocarás que se utilice menos este producto, dado que los contribuyentes tienen en muy cuenta el factor fiscal’, añade.Sin embargo, Vicente Pérez se muestra partidario de incentivar el rescate de estos planes como renta periódica, como también pretende el Ejecutivo. ‘Eso sí. Me parece razonable que como se están dando muchas ventajas fiscales éstas no puedan destinarse a otros fines como un mayor consumo. Solbes debería forzar el rescate de los planes en forma de renta, excepto si son cantidades pequeñas, que podrían cobrarse en forma de capital’, comenta.

  • Advertencia sobre la viabilidad de la Seguridad Social en España

    A partir del año 2015 habrá que echar mano del fondo de reserva de las pensiones de la Seguridad Social si antes no se hace reformas que eviten que, a partir de entonces, los gastos en las prestaciones superen a los ingresos por las cotizaciones, según advirtió ayer el secretario de Estado de la Seguridad Social, Octavio Granado.

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  • Solbes rechaza la petición de Múgica en pensiones de la banca

    El Ministerio de Economía, Pedro Solbes, ha rechazado la recomendación del Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, para que el Gobierno elimine legalmente la posibilidad que tiene la banca para no exteriorizar los compromisos por pensiones de sus empleados.

    El Ministerio de Economía, Pedro Solbes, ha rechazado la recomendación del Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, para que el Gobierno elimine legalmente la posibilidad que tiene la banca para no exteriorizar los compromisos por pensiones de sus empleados.
    El sindicato UGT denunció esta situación ante este departamento.
    Una de las principales consecuencias de no exteriorizar las pensiones es que los empleados que abandonan la empresa para la que trabajan antes de la edad de jubilación pierden el derecho a cobrar su pensión, y es la entidad la que retiene el capital acumulado para pagar la jubilación prevista.
    Tras recibir la contestación de Economía, el Defensor ha hecho saber a Economía que los argumentos esgrimidos por este departamento no desvirtúan la recomendación formulada. Además, entiende que los empleados de entidades que no han exteriorizado sus compromisos por pensiones son “una parte más débil” en relación con las entidades para las que trabajan y “se encuentran en una situación de desigualdad respecto a otros trabajadores del sector no sólo en España sino en Europa”.
    Santander, Banesto y Bankinter son las grandes entidades que mantienen los fondos internos en su balance. Estas entidades suponen más del 44% del sistema financiero y más del 34% de los trabajadores de la banca española. El resto de bancos y cajas de ahorros decidió en su momento exteriorizar sus compromisos por pensiones, pese a que no estaban obligados a ceder la gestión de este patrimonio a otras entidades especializadas.
    El Defensor del Pueblo considera que la posibilidad abierta a la banca para no exteriorizar sus compromisos es un obstáculo a la libre circulación de trabajadores.
    4 de Abril de 2005

  • El Constitucional equipara trabajo por horas a jornada completa para obtener pensión de invalidez.

    La Sala Primera del Tribunal Constitucional ha establecido en una sentencia que el trabajo por horas debe estar equiparado a la jornada completa, en cuanto al cómputo de días de cotización que dan derecho a la pensión de invalidez o de incapacidad permanente absoluta derivada de enfermedad común.

    El Constitucional revoca así una sentencia del Tribunal Supremo que dio la razón a la Seguridad Social, quien denegó la pensión por invalidez permanente a una limpiadora porque, si bien el período mínimo de cotización necesario era de 3.860 días y la mujer había cotizado un total de 5.584 jornadas, dicha cotización lo había sido a tiempo parcial, por lo que tan sólo acreditaba a su favor 1.208 días cotizados.

    El TC ampara a la trabajadora, Angeles Barroso Pereira, al considerar que se vulneró su derecho a la igualdad, y establece que el cómputo de los días cotizados debe hacerse en función de los días trabajados, con independencia de la duración de la jornada.

    De ese modo, restablece la vigencia de la sentencia que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid dictó en este caso el 18 de febrero de 1997, declarando a Angeles Barroso en situación de incapacidad permanente absoluta, derivada de enfermedad común, con derecho a percibir pensión vitalicia equivalente al cien por cien de la base reguladora mensual de 65.030 pesetas, con efectos desde junio de 1995.

    Para el Constitucional, «no parece justificado que se establezca una diferencia de trato entre trabajadores a tiempo completo y trabajadores a tiempo parcial en cuanto al cumplimiento del requisito de carencia para el acceso a las prestaciones contributivas de Seguridad Social, diferenciación, por tanto, arbitraria y que además conduce a un resultado desproporcionado, al dificultar el acceso a la protección de la Seguridad Social de los trabajadores contratados a tiempo parcial».

    Además, según explicó en una sentencia anterior, ello comporta una discriminación indirecta por razón de sexo por cuanto la regulación «afecta predominantemente a las mujeres trabajadoras».
    EUROPA PRESS

  • La OCDE rechaza las prejubilaciones de trabajadores

    La “inmensa” mayoría de los responsables de Asuntos Sociales de los países de la OCDE rechazaron ayer las prejubilaciones de los trabajadores para “reorganizar” las plantillas en las empresas.

    Expansión – Madrid
    La “inmensa” mayoría de los responsables de Asuntos Sociales de los países de la OCDE rechazaron ayer las prejubilaciones de los trabajadores para “reorganizar” las plantillas en las empresas.
    “No se puede facilitar a las empresas que reorganicen sus plantillas con prejubilaciones -hasta los 61 años-y jubilaciones anticipadas-en España está entre los 61 y los 64 años- que luego suponen costes sociales para el conjunto de las seguridades sociales de los países”. Así se expresó ayer la secretaria de Estado de Asuntos Sociales, Amparo Valcarce, en la reunión en la que participó en París con sus colegas de la OCDE.
    Por el contrario, Valcarce apoyó la necesidad de favorecer la permanencia en el mercado de trabajo. A tal fin, la responsable de Asuntos Sociales dijo que “[el esfuerzo que hacen los trabajadores en este sentido] tiene que ser reconocido y primado por los sistemas de protección social, porque es beneficioso para todos, para la sostenibilidad del sistema de la Seguridad Social y también aporta más riqueza al propio individuo”, dijo.
    De hecho, entre los ministros de Asuntos Sociales de los países más desarrollados del mundo hubo una coincidencia “muy amplia” en que cada vez más trabajadores, especialmente los más cualificados y los profesionales liberales, retrasan su jubilación “de forma voluntaria”.
    Bien es verdad que Valcarce matizó que a España le preocupa “una posible derivada no deseada de la prolongación de la vida laboral”: que dificulte el acceso de los jóvenes al mercado de trabajo.
    Por esta razón, la secretaria de Asuntos Sociales dijo que hay que buscar “fórmulas equilibradas que facilitando el retraso de la edad de jubilación no comporte dificultades para que nuevas generaciones” accedan a sus puestos de trabajo, recalcó.

    Sábado, 2 de abril de 2005