Autor: Seccion Sindical VIPS

  • Publicado el Convenio colectivo del Grupo Vips

    Con fecha 19 de noviembre de 2015 se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el III Convenio Colectivo de empresas del Grupo Vips que tendrá una vigencia de 4 años.

     
    Este convenio colectivo estará vigente desde el 1 de enero de 2015, hasta el 31 de diciembre de 2018. regula las condiciones laborales de los trabajadores y trabajadoras de las empresas que conforman el Grupo Vips, éstas son: Sigla, S.A.; Sigla Ibérica, S.A.; Reyse, S.A.; Starbucks Coffee España, S.L.; British Sandwich Factory, S.L.; SDH Sigla, S.L.; Grupo Vips Franchising, S.L. y Lúculo, S.A.

    Ver convenio colectivo Grupo VIPS

  • FIRMADO EL III CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO VIPS

    Hoy 18 de junio de 2015 CCOO ha firmado el III Convenio Colectivo de Empresas pertenecientes al Grupo Vips. Después de haber sido ratificado en asamblea por los trabajadores y trabajadoras.

    Vigencia: El convenio firmado tendrá una vigencia de entre el 1 de enero de 2015, hasta el 31 de diciembre de 2018 (4 años)

    Periodos de prueba: Se rebajan los periodos de prueba a veinte días de trabajo efectivo, en los casos de contratación por tiempo indefinido, y a quince días de trabajo efectivo cuando sean contratos de duración determinada

    Contratación eventual y garantía de empelo estable: Se garantiza la conversión en indefinidos todos los contratos eventuales al superar los seis meses. El Grupo Vips adquiere un compromiso del mantenimiento del 90% de empleo indefinido a lo largo de la vigencia el convenio.«

    Las vacantes de tiempo parcial de mayor jornada, se cubrirán con personal del Grupo Vips que tengan una jornada inferior dando prioridad a aquellas personas que vieron reducida su jornada anteriormente

    Ascensos: El
    ascenso de trabajadores del Nivel IV al Nivel III será automático al prestar
    servicios durante 12 meses consecutivos
    en el Grupo o ininterrumpidos dentro de un período de 18 meses.

    Horas complementarias: Se limitan la horas complementarias hasta el 50% de la jornada, éstas serán realizadas con carácter voluntario. 

    A la finalización del año, aquellos trabajadores/as que hayan realizado horas complementarias o hayan tenido ampliaciones de forma regular, tendrán la opción de consolidarlas

    Movilidad Geográfica: Siempre se tendrá en
    cuenta el tiempo que se tarda en transporte público y la referencia será el
    domicilio habitual
    acreditado mediante el certificado de empadronamiento o, en
    su defecto
    , se tomará el primer centro de trabajo.

    Los cambios definitivos de
    centro en localidades de diferentes municipios deberán ser preavisados con un
    mínimo de tres días de antelación.

    En el caso de realizarse
    más traslados de lo deseado, se tratará, en la Comisión de conciliación de la
    vida familiar y personal.

    Calendario laboral: Se publicará con una antelación de 15 días los
    horarios de cada trimestre.

    Descanso semanal: incluidos los horarios de los Equipos Gerenciales. La
    rotatividad de los descansos queda garantizada por el sistema de trabajo 7/2
    -7/5 
    o 
    7/2 – 8/4

    Quiénes tengan otras
    condiciones se les mantiene a titulo personal.

    Vacaciones: Podrán disfrutarse entre el del 1 de enero y el 31
    de diciembre. Se podrán disfrutar los 31 días consecutivos si así lo permite el
    calendario laboral fijado en cada centro de trabajo.

    Los períodos de
    vacaciones
     correspondientes a jornadas
    con rotatividad de sistema de triadas, salvo acuerdo, se iniciarán después de
    descanso semanal siempre que sea un período mínimo de 9 días
    .

    Cuando el período de
    vacaciones coincida con una I.T., Baja por maternidad o paternidad, o la
    lactancia natural, se tendrá derecho a las vacaciones en fecha distinta
    , al
    finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural. Las vacacionesserán re-programadas por acuerdo entre  la Dirección y el trabajador.

    Sistema retributivo: se pacta para el presente año incremento del 0,5% con carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2015. Se establece un nuevo modelo salarial que se vincula a los beneficios del Grupo de Empresas, para todos los trabajadores/as, independientemente de cuál sea su empresa dentro del Grupo y donde esté localizada la misma. 

    Este modelo garantiza incrementos del 1,36%, cuando el Grupo Vips se encuentre en situación de beneficios, pudiendo en algunos centros de trabajo obtener incrementos de hasta el 7% en función de la consecución de sus beneficios individuales.  (ver comunicado del 19-5-15). 

    Empleo: se establece un compromiso de mantenimiento del empleo indefinido del 90%, además de la transformación de los contratos eventuales y formativos a indefinidos a los 6 meses. 

    Licencias: se ha conseguido introducir en la licencia existente para nacimiento de hijos, fallecimiento, hospitalización, etc, el concepto de  afinidad, que no se contemplaba anteriormente y que significa una mejora sustancial de esta licencia. 

    Se crea un nuevo permiso retribuido de hasta 7 horas anuales para acompañamiento del hijo menor de 12 años o persona dependiente, para asistencia sanitaria de carácter urgente. 

    No retribuidas:

    4 días de asuntos propios

    En los casos de urgencia se amplia la licencia a los grados de afinidad.

    Se podrán solicitar licencias de un mes a dos meses siempre que se soliciten con un mes de antelación.

    Nocturnidad: se recupera el cobro de éste concepto en vacaciones. 

    Protección de la vida familiar: Se incluye la acumulación de horas de lactancia para
    los padres.

    Las trabajadoras en baja
    por maternidad podrán juntar tal periodo con el de vacaciones. También se podrá
    juntar con los festivos abonables del año anterior y con los del año siguiente
    compensando los posibles defectos de jornada.

    Incapacidad temporal:  Queda como estaba, solo que en el caso de tener
    únicamente 2 bajas en el año natural, se devolverá los tres días descontados de
    la 2ª baja, siempre que el absentismo en el Grupo VIPS no supere el 3,5%. 

    Seguro de Incapacidad Permanente y Fallecimiento:  Se mantiene la indemnización de 12.000 euros, se rebaja la antigüedad de 10 a 7 los años de
    permanencia en la empresa para obtener el derecho
    .

    Excedencias: 

    Maternidad: En los
    casos de excedencia por maternidad, los trabajadores/as tendrán derecho a
    reserva de puesto de trabajo
    hasta la edad de escolarización obligatoria. El
    máximo de antigüedad computable en estos casos será de 3 años.
    A partir del
    tercer año el regreso será en puesto equivalente y por el número de horas que
    tenga disponible la empresa.

    Excedencias por estudio: Se
    tendrán derecho a una excedencia por estudios durante el tiempo necesario para
    completar la formación reglada u oficial con reserva de un año. Si los estudios
    son de Hostelería o de grado superior la reserva sería de dos años.  

    ·         Y un aspecto muy importante, se modifica profundamente el redactado del articulado del Convenio Colectivo, mejorándolo y haciéndolo más racional y lógico.

  • ALCANZADO PREACUERDO EN EL III CONVENIO COLECTIVO DEL GRUPO DE EMPRESAS VIPS.

    En el día de ayer, se cerró un Preacuerdo en el III Convenio Colectivo del Grupo de Empresas Vips, después de un intenso periodo de negociación.

    Tenemos que valorar positivamente el Preacuerdo, ya que gracias, al empuje de la Sección Sindical de CCOO del Grupo Vips, se han logrado avances en materia salarial y social, significativos, para todos los trabajadores/as de la empresa. 

    Hay que destacar del Preacuerdo
    las siguientes materias:

    ·        
    Sistema
    retributivo
    , con incrementos salariales iniciales y un
    sistema de incentivo variable sujeto a los beneficios del Grupo de Empresas,
    para todos los trabajadores/as, independientemente de cuál sea su empresa
    dentro del Grupo y donde esté localizada la misma. (ver comunicado del
    19-5-15).

     

    ·        
    Empleo, se
    establece un compromiso de mantenimiento del empleo indefinido del 90%, además
    de la transformación de los contratos eventuales y formativos a indefinidos a
    los 6 meses.

     

    ·        
    Licencias, se ha
    conseguido introducir en la licencia existente para nacimiento de hijos,
    fallecimiento, hospitalización, etc, el concepto de  afinidad, que no se contemplaba anteriormente
    y que significa una mejora sustancial de esta licencia. 

    Se crea un nuevo permiso retribuido de hasta 7 horas anuales para acompañamiento del hijo menor de 12 años o
    persona dependiente, para asistencia sanitaria de carácter urgente. 

    Así mismo,
    se mejoran las licencias no retribuidas. 

    ·        
    Nocturnidad, se
    recupera el cobro de éste concepto en vacaciones. 

     

    ·        
    Y un aspecto muy importante, se modifica
    profundamente el redactado del articulado del Convenio Colectivo, mejorándolo y
    haciéndolo más racional y lógico.

     

    La fecha establecida para la
    firma del Convenio es el próximo día 18 de junio de 2015, en Madrid, por lo
    que, desde la Sección Sindical de CCOO, se van a realizar las asambleas
    informativas necesarias para explicación y ratificación, del citado Preacuerdo,
    por parte de los delegados/as, afiliados/as y trabajadores/as del Grupo de
    Empresas Vips.

    CCOO en tu lucha diaria

     

    Madrid
    11 de junio de 2015.

  • Cerrado acuerdo parcial del Convenio Colectivo del Grupo Vips

    En el día de hoy, se ha firmado por parte de quienes componen la mesa negociadora del III Convenio Colectivo de Empresas del Grupo Vips, un acuerdo parcial que cierra las conversaciones, debates y discusiones mantenidas durante el periodo de negociación abierto desde el pasado 19 de enero, fecha en la que se constituyó la mesa negociadora.

    Este acuerdo parcial, cierra las conversaciones en materia de retribución salarial, el cual garantiza una recuperación del poder adquisitivo de los trabajadores  y trabajadoras del Grupo Vips, siempre y cuando la cuenta de resultados del Grupo Vips arroje beneficios.

    Igualmente, este acuerdo parcial establece que si bien los trabajadores y trabajadoras del grupo IV pasarán a grupo III automáticamente a los doce meses de su contrato, serán indefinidos como máximo a los seis meses.
    En los casos de incapacidad temporal se establecen medidas de control que limiten el absentismo del grupo.
    Por primera vez en la vida del Grupo Vips, se establece un sistema retributivo que incentivará el esfuerzo de todos los trabajadores y trabajadoras del Grupo Vips independientemente de la empresa , la unidad y provincia en la que presten sus servicios. Con este acuerdo se acaba la discriminación entre empresas y centros de trabajo según su ubicación.
    Para el cálculo de incentivos se tendrá en cuenta la rentabilidad del Grupo en su conjunto y cada unidad de negocio particularmente.
    Se ha pactado una prima fin de convenio de un 0,5% de la RMG si los resultados de Grupo Vips en el último año de vigencia supera los 38.000.000 euros de EBITDA.
    En definitiva el acuerdo parcial alcanzado garantiza a toda la plantilla de todo el territorio nacional una percepción salarial por encima de 1,36% en función de los resultados generales del Grupo, pudiendo llegar en algunos casos a percibir hasta casi un 6% de incremento de percepción salarial
    A partir de ahora se abre la negociación del resto de puntos del convenio colectivo que básicamente se centrará en los aspectos sociales del articulado del mismo.
    CCOO seguirá apostando por un convenio colectivo igualitario y equitativo que finalice con  las desigualdades que hasta ahora se venían produciendo.

  • Trabajadores y trabajadoras del Grupo Vips celebran el 1º de mayo

    Mas de un centenar de trabajadores y trabajadoras del Grupo Vips, junto con sus representantes celebraron en Madrid el 125 aniversario del 1º de mayo reivindicando un convenio digno y un empleo con derechos.

    La Sección Sindical de
    CCOO en el grupo Vips acudió a la convocatoria de la manifestación que
    conmemoraba el 125 aniversario del 1º de Mayo en Madrid, sumandose a la decena
    de miles de personas reclaman libertad, igualdad y derechos.

    Igualmente se reivindicó un empleo con derechos,
    así como un convenio digno para las trabajadoras y trabajadores del Grupo Vips.
    Estas consignas se enmarcan en el entorno de la negociación del Convenio
    Colectivo del Grupo, que se está negociando actualmente, y que afectará a unas
    8.000 personas que trabajan en el Grupo Vips en todo el territorio nacional.

    Las negociaciones están centradas, en el momento actual, en el modelo de
    sistema retributivo que imperará los próximos cuatro años de vigencia de
    convenio.

    CCOO en la mesa de negociación está luchando por
    la mejora de las condiciones salariales y laborales de  los trabajadores y trabajadoras del Grupo
    Vips.

    VIVA EL 1º DE MAYO

    Por el EMPLEO con DERECHOS

    Por un CONVENIO DIGNO

    En el GRUPO VIPS