Autor: wpsysadmin

  • CC.OO. consigue que la exteriorización de nuestras pensiones entre en el Parlamento

    Como ya informábamos en la circular de COMFIA que repartimos recientemente, a iniciativa de esta Federación de Servicios Financieros y Administrativos de Comisiones Obreras, y a través de las gestiones de nuestra Sección Sindical de Grupo en SCH, hemos conseguido que Iniciativa per Catalunya Verds, a través del Grupo Parlamentario del que forman parte, haya presentado en el Congreso de los Diputados una proposición cuyo objetivo es la Externalización de los Fondos de Pensiones sin ninguna excepción.

    La Proposición No de Ley insta al Gobierno a tomar la iniciativa parlamentaria necesaria para que de la Ley 30/1995 desaparezca la excepcionalidad vigente para las entidades financieras.

    Esta excepción supuso en la práctica una clara discriminación hacia el colectivo de trabajadores del sector financiero. Agravio que se ha ido resolviendo en casi todas las entidades: sólo Banesto y SCH se siguen amparando en esta excepcionalidad que la ley permite.

    Nunca hemos estado más cerca de avanzar realmente en esta vieja reivindicación que, directa o indirectamente, afecta a toda la plantilla de nuestro banco. Si la ley se modificara, además de darle a cada uno la propiedad de sus Fondos, estaríamos en una posición privilegiada para negociar con la Empresa la creación de un Fondo de Pensiones para los compañeros y las compañeras que entraron a trabajar después de aquel fatídico Convenio de 1980, en el que se aceptaba la desaparición de los fondos para el personal de nuevo ingreso.

    Desde 1995 las gestiones que desde CC.OO. hemos venido realizando han sido continuas. Siempre hemos sabido que el único camino cierto era la modificación parlamentaria de la ley, cualquier otra gestión de otros colectivos, nunca ha pasado de cubrir un espacio puramente publicitario.

    Ya estamos ahí, en el Parlamento, con nuestra reivindicación, que es también apoyada por Instituciones tan destacadas como el Defensor del Pueblo, El Consejo de Estado y el Consejo Económico y Social. Ahora necesitamos que la apoye igualmente una mayoría parlamentaria. En ello estamos trabajando ya, como siempre, de manera discreta pero eficaz, porque en ciertos temas, la discreción es fundamental para conseguir aceptables niveles de eficacia.

    Os seguiremos informando.

    17 de diciembre de 2004

  • NUEVO PDP – ( CIRCULAR 2 )

    Aquí podras ver las equivalencias de las antiguas categorías con los nuevos niveles y la tabla con las 26 disposiciones transitorias.

    ACUERDO
    SOBRE EL PDP
    (2)

    Será necesario que pase un tiempo para la plena comprensión
    del sistema, dada su novedad y complejidad. Además, hay que hacer notar que
    algunos datos salariales que han sido publicados no son correctos.
    A continuación reproducimos
    una tabla
    que consta de los siguientes elementos:

    * 1ª columna: Categoría anterior.
    Aquí se expresan las categorías como
    las hemos conocido tradicionalmente.

    * 2ª columna: Nivel Convenio.
    Refleja los nuevos Niveles profesionales, consecuencia de la aplicación del
    Convenio Colectivo. El sistema funciona como hasta ahora, por acumulación de
    puntos para ascender.

    * 3ª columna: Posición de Promoción PDP. Se puede observar
    que en algunos Niveles conviven varias categorías anteriores (p.ej., el
    Nivel V engloba a los anteriores Jefes de 6ªB, 6ªA y 5ªC). Cada una de estas
    situaciones da lugar a una posición de promoción PDP, con su propio nivel
    retributivo. Desde ahora, y según el caso, cuando se alcancen los puntos
    necesarios se ascenderá de posición y de Nivel; o bien se ascenderá de
    posición sin cambiar de Nivel
    (percibiendo, eso sí, una mayor retribución,
    equivalente a la situación anterior).

    * 4ª columna: Puntos PDP acreditados. Tal y como venía
    ocurriendo hasta ahora, son los puntos necesarios para ascender a la siguiente
    posición de promoción PDP.

    * Aviso importante: la nueva
    situación personal no es el resultado de una lectura lineal de estas columnas,
    sino que antes hay que aplicar las disposiciones transitorias que exponemos
    posteriormente.



    Para ver la tabla con la nueva escala PDP de
    la que estamos hablando pincha aquí.

    En
    el siguiente cuadro
    se reflejan las 26 disposiciones transitorias
    acordadas para incorporar a la nueva escala a todas las personas de la antigua
    escala administrativa. Estas medidas consisten en la asignación de puntos
    PDP adicionales de entrada
    ; y/o en la asignación de puntos PDP adicionales
    a lo largo de los próximos años
    ; así como, en algunos casos, en la asignación
    de determinados complementos salariales.

    Además de lo que se expresa a continuación, el empleado
    recibirá, en los casos en que sea necesario, determinados complementos dotados
    de plenas garantías para
    garantizar su masa salarial anterior. También
    recordamos que el equilibrio que se ha buscado para ciertos Niveles consiste
    en adelantar el ascenso en vez de generar un trienio, lo que supone para
    el empleado más dinero y antes. Como se podrá comprobar, la asignación
    de puntos PDP adicionales va a adelantar el ascenso en muchos casos,
    en relación a la expectativa anterior que tenía el empleado.

    Una aclaración importante: estas disposiciones se
    van a aplicar con carácter retroactivo, con efectos 1-1-2004.
    Esto genera a menudo atrasos salariales, que se regularizarán al aplicar estas
    medidas. También hay que hacer notar que estas disposiciones y las
    condiciones recogidas en las llamadas de la parte inferior del cuadro
    deben aplicarse antes que cualquier otra cosa;
    por ejemplo, antes de
    sumar los puntos PDP correspondientes al año 2004.



    Para ver la tabla de TRATAMIENTO
    DE COLECTIVOS A 01.01.04
    pincha aquí.


    Desarrollamos algunos ejemplos para comprender mejor cómo
    funcionan estas medidas; partiendo
    de la situación actual del empleado, vamos a ver las medidas ya expuestas que
    se le aplican y una valoración de conjunto.

    * Auxiliar B con con mas 1 año en la categoria .


    Pasa a Nivel XI de Convenio
    (antiguo Auxiliar A) con efectos 1-1-2004.


    Se le asignan 20 puntos
    PDP adicionales en 2010.

    En este caso se mejora
    salarialmente de forma inmediata, por la vía de adelantar 1 año el ascenso al
    antiguo Auxiliar A. Asimismo, se asignarán nuevos puntos PDP en 2010 para
    favorecer sucesivas expectativas de promoción a futuro.

    * Auxiliar A con 5 años de antigüedad en la
    categoría .


    Pasa a Nivel X de Convenio
    (antiguo Of.2º) con efectos 1-1-2004 y mantiene un trienio ya generado.


    En este caso no se
    mantienen los puntos PDP que tuviera acumulados el empleado, sino que se
    sustituyen por los puntos que resulten de aplicar la siguiente fórmula: [(Puntos actuales-50) / 50 x 80] + 40 .


    En 2010 recibirá 16 puntos PDP
    adicionales.


    En este caso se mejora
    salarialmente de forma inmediata, por la vía de adelantar 1 año el ascenso al
    antiguo Oficial 2º. – Se produce un re-cálculo de los puntos PDP actuales,
    mediante una fórmula que produce más puntos que antes. A su vez, la asignación
    de puntos PDP adicionales en 2010 favorece sucesivas expectativas de promoción
    a futuro. .

    * Oficial 2º con 4 años de antigüedad en la
    categoría .


    Pasa a Nivel IX de Convenio
    (antiguo Of.2º – 3 años) con efectos 1-1-2004 y mantiene el trienio de Oficial
    ya generado y todos los anteriores que tuviera.


    En este caso no se
    mantienen los puntos PDP que tuviera acumulados el empleado, sino que se
    sustituyen por los puntos que resulten de aplicar la siguiente fórmula: [(Puntos actuales-100) / 50 x 25] + 120 .


    Recibirá 3 puntos PDP
    adicionales en 2004, 5 más en 2005 y otros 10 en 2010.


    En este caso se mejora
    salarialmente de forma inmediata, al ascender a una categoría superior.


    Se produce un re-cálculo de los puntos PDP actuales, mediante una fórmula
    que produce un número de puntos similar a la situación anterior. A su vez, la
    asignación de puntos PDP adicionales en años sucesivos favorece sus
    expectativas de promoción a futuro.

    No
    es posible explicar la situación de cada uno de los 12.000 profesionales a
    través de estas comunicaciones, por lo que vamos a seguir habilitando herramientas de consulta en nuestra web,
    www.comfia.net/cajamadrid
    . Esperamos que sean de utilidad a toda la
    plantilla. Asimismo, puedes exponer tus dudas a cualquiera de los 160 delegados
    de CC.OO.
    , o dirigirte directamente a nosotros por correo electrónico:
    ssecajamadrid@ comfia.ccoo.es
    .

    ► En las próximas jornadas vamos a seguir aclarando
    situaciones, despejando dudas y profundizando en los distintos aspectos de este
    acuerdo
    , que va a regular algunas de nuestras condiciones laborales más
    fundamentales.

    Deseamos
    a toda la plantilla unas felices fiestas y que el año 2005 sea propicio.

    Madrid, 22 de diciembre de 2004

  • FIRMADO EL ACUERDO DE JORNADAS Y HORARIOS

    Para CC.OO. Barclays este ha sido un muy buen acuerdo y estamos muy satisfechos con el trabajo realizado, ya que se ha conseguido la difícil tarea de que ambos colectivos consigan mejorar sus jornadas, sin que ninguno se vea perjudicado y haciendo compatibles ambos. Todos ganamos con este acuerdo, en mayor o menor medida, y proviniendo de cualquiera de los dos Bancos.

    FIRMADO EL ACUERDO DE JORNADAS Y HORARIOS

    Hoy, 21 de diciembre 2004, se ha materializado la firma del
    ACUERDO SOBRE JORNADA Y HORARIOS para toda la plantilla de
    Barclays España, SA entre los representantes de ambos sindicatos, CC.OO.
    y UGT, y la dirección de la empresa, representada por D. José
    María Hoya y D. Pedro L. Clemente.
    Los términos en los que hemos suscrito dicho acuerdo son los mismos que
    ya os trasladamos a todos en el anterior comunicado, en el que os informábamos
    del preacuerdo al que habíamos llegado y del cual os resumimos los aspectos
    más importantes :

    • Jornada continua:

    – Invierno (1 de Octubre a 22 de Mayo, ambos inclusive) Lunes
    a Jueves de 8:00 a 15:30 h.
    Viernes de 8:00 a 15:00 h.
    (Incluidos 15 minutos de descanso)
    – Verano (23 de Mayo a 30 de Septiembre, ambos inclusive)
    Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 h.
    (Incluidos 15 minutos de descanso)
    Dispondrán de una bolsa de hasta 16 horas para actividades formativas
    realizadas fuera del horario establecido.

    • Jornada partida:

    – Invierno (1 de Octubre a 22 de Mayo, ambos inclusive)
    Lunes a Jueves de 8:00 a 17:00 h. o de 9:00 a 18:00 h. (1 hora y 10 min. de
    descanso)
    Viernes de 8:00 a 15:00 h.
    (Incluidos 15 minutos de descanso)
    -Verano (23 de Mayo a 30 de Septiembre, ambos inclusive)
    Lunes a Viernes de 8:00 a 15:00 h.
    (Incluidos 15 minutos de descanso)

    Con este nuevo horario se consiguen mejoras para ambos colectivos,
    es cierto que unas más significativas que otras, ya que los empleados
    de jornada continua no trabajarán ni la tarde de los jueves ni los sábados
    y su mejora es más evidente. Pasan a disponer de una bolsa de hasta un
    total de 16 horas anuales para recibir formación, siendo así consecuentes
    con nuestra exigencia a la empresa que este colectivo reciba formación
    adecuada, para tener capacidad de proyección de futuro y carrera profesional
    (estas horas de formación en la práctica se hacían también
    fuera del horario de trabajo, y ahora pasan a computar como horas de trabajo
    efectivo).
    Pero no hay que olvidar que los de jornada partida también mejoran ya
    que consiguen reducir el número de horas anuales trabajadas con la realización
    del horario de continua las vísperas de festivos y la ampliación
    del descanso para la comida, además de revalorizar el plus de comida
    anualmente de forma automática.

    Los empleados serán adscritos el 1 de Enero de 2005
    al horario y jornada (continua o partida) que actualmente estipule su contrato
    de trabajo y a partir de esa fecha la empresa ofrecerá a los empleados
    el horario que estime más conveniente de los anteriores. EN CUALQUIER
    CASO LA ACEPTACION POR PARTE DEL EMPLEADO DEL HORARIO OFRECIDO SERA SIEMPRE
    VOLUNTARIA.

    Es decir, cada empleado pasará automáticamente
    a la misma jornada que actualmente tiene firmada en su contrato de trabajo (continua
    o partida)
    , y será la empresa quien se dirigirá a aquellos
    empleados que ella decida y les ofrecerá el cambio a la otra jornada.
    Resaltamos que el cambio tendrá que ser aceptado de manera expresa (por
    escrito) y voluntariamente por el empleado.
    Es el compromiso de CC.OO. Barclays velar para que se cumpla esta voluntariedad,
    y que no se produzcan situaciones de presión y aceptaciones impuestas
    al empleado. Necesitamos que nos hagáis saber si no se está cumpliendo
    esta voluntariedad para que podamos denunciarlo y exigir el fin de dichas presiones,
    así como si se están produciendo situaciones de desajuste entre
    la jornada real y la que se tiene legalmente (empleados que se ven obligados
    a prolongar la jornada continua sin que se les ofrezca un cambio a la jornada
    partida). Habrá que exigir a la dirección de Barclays que en un
    tiempo prudencial acometa la labor de ajustar cada empleado a la jornada que
    realmente desempeña.

    Ambas partes acordaran un sistema que regule los cambios
    de un tipo de jornada a otra y las condiciones y efectos que conlleve en su
    aplicación práctica.

    Este es otro compromiso que adquirimos ambas partes, el de establecer un sistema
    por el cual el empleado pueda volver a la jornada de la cual partió,
    quedando regulados dichos cambios y que no dependan de cada caso concreto, sino
    que halla una regulación uniforme y conocida por todos.

    El personal que pase a la jornada partida pasara a cobrar
    el plus de comida, que será revalorizable en el mismo porcentaje que
    el concepto “sueldo” del próximo convenio de Banca y durante
    la vigencia del mismo.

    El que este plus sea revalorizable, de forma automática según
    se revise el Salario por el Convenio, es otro logro de este acuerdo, que se
    hace eco de una reclamación de los últimos años de la plantilla
    que cobraba este plus.

    Así mismo, los días anteriores a festivo
    en el horario de invierno toda la plantilla realizará el horario de 8:00
    a 15:30 h.

    Esta mejora supondrá a los de jornada partida que en esos días
    realizarán el horario de jornada continua, en días tan señalados
    como las vísperas de festivo.

    Los días de libranza pasan a ser para los empleados
    de jornada partida 2 más de los establecidos por el convenio colectivo
    (6 en total según el convenio actual) y 1 más para los de jornada
    continua (5 en total según el convenio actual).
    Las plazas que decidan realizar el horario alternativo al del Convenio de Banca
    y opten por el de 9:00 h. a 14:30 h para la semana de Fiestas Patronales disfrutarán
    de un día más de libranza.

    Para CC.OO. Barclays este ha sido un muy buen acuerdo y estamos
    muy satisfechos con el trabajo realizado, ya que se ha conseguido la difícil
    tarea de que ambos colectivos consigan mejorar sus jornadas, sin que ninguno
    se vea perjudicado y haciendo compatibles ambos. Todos ganamos con este acuerdo,
    en mayor o menor medida, y proviniendo de cualquiera de los dos Bancos.
    Es un acuerdo que marca un referente en el sector de Banca y que debemos saber
    valorar.

  • ACUERDO EN CAJA MADRID PARA LA APLICACIÓN DEL CONVENIO COLECTIVO DE CAJAS DE AHORRO

    El pasado viernes se acordó la adaptación y mejora de la aplicación del convenio colectivo sectorial en Caja Madrid, tras casi un año de conversaciones. El acuerdo ha sido suscrito por COMFIA-CC.OO., ACCAM, FeS-UGT, CSICA y CGT, que suponen más del 90% de la representación laboral.

    Pincha aquí para Ver acuerdo completo

    La demora en la aplicación del convenio se ha derivado de la complejidad de compatibilizar la estructura de clasificación y carrera profesional existente en la caja con la establecida en el Convenio Colectivo Sectorial.

    La valoración de COMFIA-CC.OO., sindicato mayoritario en dicha entidad de ahorro, es muy positiva pues dicha aplicación se hace respetando y adaptando los acuerdos de empresa preexistentes al citado Convenio, además de ampliarse con materias varias, entre las que destaca, fundamentalmente, el compromiso de crear 400 nuevos empleos indefinidos durante el año 2005.

    Los principales aspectos del pacto en materia de clasificación profesional se relacionan con:

    ·La mejora de la carrera profesional de los trabajadores comerciales y administrativos, al anticiparse los saltos de promoción a los anteriormente establecidos en la Caja y por encima de los mínimos que marca el vigente Convenio Colectivo Sectorial.

    ·La mejora las retribuciones de quienes ejercen funciones de dirección y subdirección de oficinas.

    ·La revisión de la Retribución Variable de manera colectiva.

    ·La apertura de la regulación de carreras profesionales más rápidas para quienes ejercen nuevas funciones, no directivas pero de mayor responsabilidad en tareas comerciales.

    ·La mayor parte de las medidas se aplican con carácter retroactivo 01.01.2004, con lo que supone de anticipación de determinadas mejoras (reconocimiento y cobro, en su caso, de atrasos).

    Además de las citadas medidas de empleo, el acuerdo incluye la sustitución del horario reducido durante la semana de fiestas patronales por tiempo de permiso equivalente (2 días de permiso retribuido o 1 día y dos tardes de jueves, según los casos).

    Con el acuerdo de Caja Madrid y el avanzado estado en el que se encuentra la negociación en Bancaja, de las grandes cajas tan sólo quedaría pendiente de aplicarse por acuerdo el Convenio en Caixa de Catalunya. Empresa donde, dada la cerrazón de la Dirección al acuerdo laboral, COMFIA-CC.OO. recurrirá a todas las medidas a su alcance para que dicha aplicación se realice en términos similares al del resto de cajas. “Caixa Catalunya no puede jugar a pisar la raya y hacer como si nada hubiera pasado. Las reglas del juego son las mismas para todos y esta caja no puede saltárselas”, se declara desde la Agrupación Estatal de Ahorro de COMFIA-CC.OO.

    Madrid, 20 de diciembre de 2004

  • Principio de Acuerdo sobre el PDP en Caja Madrid

    Después de varios meses de contactos entre la Dirección y los sindicatos, se ha alcanzado un principio de acuerdo que incorpora al PDP las mejoras de clasificación profesional pactadas en el Convenio Colectivo de las cajas de ahorros. La aplicación del acuerdo tendrá carácter retroactivo, con efectos de 1-1-2004, en la mayoría de sus aspectos.

    Ver acuerdo completo

    La dificultad de adaptar dos sistemas diferentes respetando, como mínimo, expectativas anteriores, con una casuística tan variada como la que hay en la Caja, explica lo dilatado del proceso. Además, esta negociación ha ido más allá, incorporando contenidos no derivados del Convenio, como: tratamiento de nuevas situaciones profesionales que van surgiendo; revisión generalizada de la retribución variable; mejoras para Directores y Subdirectores; modificación de ciertas condiciones laborales… Las medidas adoptadas en materia profesional y otras, así como los conceptos que vertebran el nuevo PDP son los siguientes, de forma necesariamente resumida:

     

     Desde ahora, en el PDP habrá un Grupo profesional dividido en dos sub-grupos, que se corresponden a los anteriores Grupos I y II . En el Sub-Grupo 1 (antes escala administrativa) existirán ocho Niveles retributivos, en sentido descendente, del XIII al VI. En el Sub-Grupo 2 (anteriores Jefes) existirán cinco Niveles, del V al I. A su vez, habrá un sub-nivel retributivo en el Sub-Grupo 1 y ocho en el Sub-Grupo 2. Por su parte, los empleados Ayudantes, Oficios Varios y Telefonistas… se encuadran en su propio Grupo profesional. Cada empleado se encuadrará en el Nivel profesional que proceda en función de su nivel PDP anterior y años de permanencia en la categoría.

     

    * Auxiliares, Oficiales y Jefes de 6ª C

     

    – En el Sub-Grupo 1, tras estudiar todas las situaciones existentes en la Caja, se han acordado 26 disposiciones transitorias o medidas específicas para incorporar a todas las personas a la nueva escala, garantizando su masa salarial anterior o para adelantar ascensos, según lo establecido en el Convenio Colectivo. Esto se hará mediante complementos salariales, dotados de plenas garantías y/o la asignación adicional de puntos PDP.

     

    – Se ha pactado una escala nueva para ascender por acumulación de puntos, similar a la anterior y que permite adelantar algunos ascensos. La nueva escala y los puntos necesarios para ascender se publicarán próximamente.

     

    – Los trienios se devengarán desde ahora a partir del Nivel VIII. No obstante, en una comparación con la anterior escala salarial se garantizan, como mínimo, y año a año, niveles retributivos acumulados equivalentes. 

     

    Estas medidas van asociadas y hay que entenderlas como un conjunto. El equilibrio alcanzado para ciertos Niveles consiste en adelantar el ascenso en vez de generar un trienio, lo que supone para el empleado más dinero y antes.

     

    – Como se podrá comprobar, estas disposiciones, unidas a la retroactividad 1-1-2004, van a suponer a muchos empleados un importante efecto económico positivo. La nueva carrera profesional acumula importantes ganancias salariales en los próximos años, al anticipar ascensos e introducir nuevos niveles salariales.

     

    – La nueva carrera profesional también mejora el anterior techo salarial del PDP en la escala administrativa, ya que los Jefes de 6ªC actuales y futuros podrán alcanzar un nivel salarial equivalente al del anterior 6ª B.

     

    – Asimismo, se garantiza el ascenso en los plazos previstos por el Convenio Colectivo, en caso de que el empleado no lo logre antes a través del sistema pactado en la Caja.

     

    – También se acuerda eliminar la gradación de pagas en el Nivel XIII (anterior Auxiliar C).

     

    – Se incrementará en 8,30 € la base de la retribución variable de los empleados que no ejerzan función directiva. A su vez, las nuevas ponderaciones PDP para quienes no dirigen equipos de trabajo serán : 15% V1 + 50% V2 + 35% V3.

     

    – Se mantienen las mismas condiciones para pasar del Sub-Grupo 1 al 2 (ascensos a categorías de Jefes), con una única excepción para los Subdirectores.

     

    * Subdirectores

     

    Los Subdirectores que pasen al Sub-Grupo 2 mantendrán hasta alcanzar el Nivel V los puntos que tengan acumulados, lo que contribuirá a adelantar su carrera. También se acuerda limitar a un 10%, como máximo, las oficinas que pueden carecer de Subdirector, tratándose siempre de centros con 3 empleados o menos.

     

    – Se acuerda una categoría mínima para el Subdirector por cada nivel de la oficina: en las oficinas de tipo C, el Subdirector tendrá, como mínimo, Nivel X (anterior Of. 2º); en las de tipo B tendrá, como mínimo, Nivel IX (Of. 2º-3 años); y en las de tipo A tendrá, como mínimo, Nivel VIII (de nueva creación, ligeramente por debajo del anterior Of. 1º).

     

    – Se acuerda un incremento de la base de la retribución variable en las siguientes cantidades: Subdirector Oficina tipo A: 22 €; Oficina B: 19 €; Oficina C: 17 €. Esta subida se aplicará en dos tramos: 2005 y 2006. Se mantienen las mismas condiciones del Bonus por alcanzar 12,75 puntos, a efectos de retribución variable. Lo que se modifican son los efectos PDP por alcanzar 12,75 puntos en el SVR. A partir de ahora, los Subdirectores de Oficinas tipo A multiplicarán sus puntos PDP por 1,60; los de oficinas B, por 1,55; y los de oficinas C, por 1,50. Estas medidas van asociadas y suponen modificar ligeramente una expectativa en caso de Bonus, a cambio de consolidar una mejora salarial para todos.

     

    * Directores de oficina – categorías de Jefe

     

    – Se acuerdan los siguientes mínimos para el Director, por cada tipo de oficina: Oficina A, complemento hasta Nivel III (4ªA) + 1.800 €/año adicionales ; Oficina B, complemento hasta Nivel IV (4ªC); Oficina C, Nivel V (6ª B). 

     

    – Se incrementa la base de la retribución variable en las siguientes cantidades: Director Oficina tipo A: 86 €; Director Oficina B: 65 €; Director Oficina C: 52 €. Esta subida se aplicará en dos tramos, en 2005 y 2006. Como ocurre con los Subdirectores, se mantienen las mismas condiciones del Bonus por alcanzar 12,75 puntos, a efectos de retribución variable, pero se modifican los efectos PDP en este caso. A partir de ahora, los Directores de Oficinas tipo A multiplicarán sus puntos PDP por 1,75; los de oficinas B, por 1,70; y los de oficinas C, por 1,65. Estas medidas van asociadas y suponen modificar ligeramente una expectativa limitada a quienes alcancen el Bonus, a cambio de consolidar una mejora salarial permanente y para todos. Por último, las nuevas ponderaciones PDP para quienes dirigen equipos de trabajo serán : 15% V1 + 65% V2 + 20% V3.

     

    – El sistema de Clasificación de Oficinas se mantiene igual que hasta ahora.

     

    – Se acepta que los Jefes que no ejercen función directiva puedan seguir progresando profesionalmente hasta Nivel II (antigua jefatura de 3ª C). No obstante, se habilita un periodo transitorio de 5 años para que quien ya esté en dicho Nivel pueda acceder al siguiente por acumulación de nuevos puntos PDP. 

     

    * Informáticos

     

    – Se acuerda revisar la situación de empleados de Las Rozas que realizan funciones informáticas puras y que venían recibiendo un tratamiento como administrativos en el PDP. 

     

    * Modificaciones en la retribución variable para otros colectivos

     

    – También se incrementa en 65 € la base de la retribución variable de los Directores de Departamento; y en 19 € la de los Coordinadores de Equipo, Gerentes de Empresas y de Promotores.

     

    * Nuevas funciones en oficinas, Direcciones de Zona, Dir. de Negocio y Departamentos centrales

     

    – A partir de 2006 se producirá una mayor promoción por el desempeño de funciones hasta ahora no contempladas en el sistema, con más responsabilidad y un componente técnico. Todo ello deberá concretarse más y afectará hasta a 400 empleados: 250 de la red (incluidas DZ y DN) y 150 de departamentos.

     

    – En la red habrá un complemento funcional de 1.700 €/año para quienes tengan categoría inferior a Jefe 6ªC actual; base mínima de 240 € en el SVR; y un multiplicador de 1,20 si V2 alcanza 10, y de 1,5 si V2 alcanza 12,75. En servicios centrales el complemento será de 2.200 € (con independencia del Nivel que se ostente) y una base mínima SVR de 240€

     

    * Fiestas patronales: tiempo libre en lugar de reducción horaria. Creación de 400 nuevos empleos.

     

    – Asimismo, la Caja ha aceptado propuestas que le hemos planteado en otras materias: modificar la actual reducción horaria en la semana de fiestas patronales por 2 días libres, en departamentos centrales; y por 1 día que no sea jueves de invierno y 2 tardes de jueves, en oficinas. La Caja también se ha comprometido a crear 400 empleos en 2005. 

     

    ► Seguiremos profundizando en los contenidos de este acuerdo importante y complejo.

     

    Madrid, 17 de diciembre de 2004